Art. 14. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 14:  El Derecho de Libertad de Pensamiento, de Conciencia y de Religión 



 El niño tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión bajo la dirección de su padre y su madre, y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley.

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