Pese a la enorme preocupación que existe actualmente
en torno al uso de las pantallas por parte de los menores y sus efectos negativos,
lo cierto es que niños y niñas comienzan su relación con el entorno digital
mucho antes de tener siquiera capacidad de desearlo.
Según el estudio que realizó la firma de seguridad informática AVG en diferentes países, el 23 % de los menores tenía presencia en internet antes de nacer y el 81 % antes de cumplir seis meses. En España, una encuesta realizada entre padres y madres de niños y niñas de 9 a 17 años puso de manifiesto que el 89 % de las familias compartía alrededor de una vez al mes contenidos de sus hijos en Facebook, Instagram o TikTok.
Es lo que conocemos como el sharenting, una práctica cada vez más extendida hoy día entre las familias que parecen no ser conscientes de los riesgos que conlleva.
Por no hablar de los padres o madres influencers y el beneficio que les supone usar imágenes de sus hijos en sus cuentas para atraer a las marcas: el estudio “Exposición de menores en Instagram: instamadres, presencia de marcas y vacío legal”, señala que, de las cuentas analizadas, las publicaciones donde aparecen menores reciben un 41 % más likes respecto a las que no.
¿Acaso no tienen los padres derecho a publicar las imágenes de sus hijos? Sí y no. Hasta los 14 años, los padres, como tutores legales, tienen la potestad de decisión sobre cómo gestionar sus datos personales y, por ende, de su imagen. Pero precisamente son los padres y las madres los que están obligados a velar por la seguridad y el bienestar de los hijos. Los derechos de la infancia deben estar siempre por encima de los nuestros.
Cuando subimos una foto o vídeo a internet perdemos su control
Porque ¿quién puede resistirse a compartir una bonita foto familiar de unas vacaciones o un momento especial con nuestros amigos y seres queridos? Algo esporádico y natural que no debería convertirse en recurrente.
Además, debemos ser conscientes de que cualquier imagen publicada en internet (también en perfiles privados) puede poner en riesgo la seguridad y privacidad de los hijos (su huella digital). Una vez que se envía, aunque sea a un círculo pequeño de personas, la imagen escapa a nuestro control y podría convertirse en pública, a todos los efectos, si se comparte o se descarga por nuestros contactos.
Según el informe Perfil del detenido por delitos relativos a la pornografía infantil, en el 72 % de los casos de agresores sexuales duales penados existían imágenes cotidianas de menores no sexualizadas, es decir, fotos provenientes de fuentes comerciales, álbumes familiares o fuentes legítimas. Esto se aplica especialmente a esas fotos inofensivas y familiares en una piscina o en la playa, ya que nunca se sabe dónde puede acabar ese contenido.
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Y a estos riesgos, ahora se suma el aumento exponencial del uso de aplicaciones de inteligencia artificial generativa, dando lugar a los deepfakes y al morphing, que consiste en alterar la imagen del menor (puede ser cualquier foto en cualquier contexto) con otras de carácter pornográfico, dando lugar a una nueva fotografía de alto contenido sexual protagonizado, sin quererlo, por parte del menor.
Pero si es una foto muy ‘graciosa’, ¿por qué le da vergüenza?
A este comentario le suelen seguir otros del tipo: “Pero si son niños jugando en la piscina; si solo es mi bebé en la bañera; fue una caída muy graciosa… ¿qué peligro puede tener eso? ¡Anda que no hay cosas peores en las redes sociales!”.
El 56 % de los padres comparte información potencialmente vergonzosa de sus hijos, el 51 % da datos con los que puede localizárseles y un 27 % cuelga fotos directamente inapropiadas. En España, el 42 % de los menores siente vergüenza por los contenidos subidos por sus padres a internet.
Además, también nos encontramos ya en redes sociales con muchos perfiles de centros escolares, centros deportivos o asociaciones que, para promocionar sus servicios y actividades, publican y comparten cientos de imágenes de los menores, muchas veces muy inapropiadas (en bañador), aunque cuenten con las autorizaciones familiares correspondientes para ello.
Repercusiones legales
¿Y qué ocurre cuando esos hijos crecen, se hacen adolescentes y nos piden que las borremos?
Cuando nuestros hijos, sobrinos o nietos tienen edad suficiente para opinar sobre lo que se publica de ellos en redes, su voluntad debe prevalecer. Así lo especifica la ley, por ejemplo, en España, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:
“En caso de que el derecho se ejercitase por un afectado respecto de datos que hubiesen sido facilitados al servicio, por él o por terceros, durante su minoría de edad, el prestador deberá proceder sin dilación a su supresión por su simple solicitud”.
Y debemos de saber que, aunque pongamos emoticonos para cubrir sus caras, en caso de poder ser identificables de alguna manera, podremos ser sancionados por la Agencia Española de Protección de Datos con multas de hasta 3 000 €, máxime si no tenemos permiso de los progenitores o estos nos han solicitado su borrado (hay sanciones por ello de 10 000 €.)
Aun así, parece necesario adoptar futuros mecanismos o medidas, más allá de las existentes (en el Código Civil, la Ley Orgánica de Protección a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, LOPIVI, la Ley de Servicios Digitales, DSA, o la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, LOPDGDD), ya que resultan insuficientes para garantizar la seguridad y privacidad de los menores en las redes sociales.
Antes de publicar fotos de menores, pensemos
Lo primero y más importante: ¿nos gustaría que esa imagen estuviera en manos de personas desconocidas? ¿Cómo podría perjudicar la publicación de este contenido al menor en la vida adulta (de cara a conseguir un empleo, entablar una relación sentimental o en cualquier otra faceta de su vida personal)?
Empaticemos con los menores y su sensibilidad, especialmente en la edad adolescente: preguntemos siempre antes de publicar una fotografía suya en internet o enviarla a familiares.
Debemos compartir esta preocupación con los familiares más cercanos, hermanos y padres, para que respeten la voluntad de los menores.
Configuremos la privacidad de redes sociales y canales de mensajería instantánea para asegurar que usuarios que no sean contactos no puedan acceder a las fotos, e incluso aunque lo sean, no puedan descargárselas.
Desactivemos siempre la opción de etiquetado en las redes sociales para que las personas no puedan etiquetarnos ni a nosotros ni a nuestros hijos (si tuvieran perfil) automáticamente si nuestra autorización.
Tal y como nos recuerdan desde la Agencia Española de Protección de Datos y la iniciativa PantallasAmigas:
existe la obligación de cuidar la imagen e intimidad de los menores,
no el derecho de hacer un uso arbitrario de ellas.
Es su huella digital presente y futura la que está en juego.