Art. 19. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 19  Se Prevendrá y se Protegerá a Niños y Niñas de toda forma de Violencia... que Provengan de sus Padres


 Es obligación del Estado proteger a los niños de todas las formas de malos tratos perpetradas por padres, madres o cualquiera otra persona responsable de su cuidado, y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto.


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