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Los bebés fallecidos antes de nacer con más de seis meses de gestación deberán ser inscritos y tener nombre en el Registro Civil.

Según la Instrucción de 31 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, BOE de 08 de Agosto de 2023, 
los bebés fallecidos antes de nacer pero que hubieran alcanzado más de seis meses de gestación deberán ser inscritos y podrán tener nombre en el archivo del Registro Civil a partir de este miércoles, 9 de agosto, 
aunque esa inscripción no tendrá efectos jurídicos.

Boletín Oficial del Estado.

Información y foto, Diario Vasco.
La instrucción, firmada el 31 de julio por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, establece la obligatoriedad de que figure en un archivo del Registro Civil, sin efectos jurídicos, el fallecimiento ocurrido con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento, pudiendo los progenitores otorgar un nombre.

Además, no solo podrán ser inscritos los nasciturus fallecidos sino que podrán ser registrados todas aquellas defunciones acaecidas con anterioridad a su entrada en vigor siempre que así lo soliciten los progenitores en el plazo de dos años desde su publicación en el BOE.

Con esta orden del 21 de julio se modifica una orden del 26 de mayo de 1988 sobre ciertos modelos del Registro civil y se aprueba la Declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación (modelo 9 bis) y que se añade a los aprobados por la Orden de 26 de mayo de 1988, que recoge la nueva regulación en esta materia y, en concreto, al artículo 67 y la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, que regulan el supuesto del fallecimiento ocurrido con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento.
En estos supuestos, recibido el certificado médico acreditativo ocurrido con posterioridad a los seis primeros meses de gestación, antes del nacimiento, y, por tanto, no cumpliéndose las condiciones previstas en el artículo 30 del Código Civil, el registro civil abrirá el expediente correspondiente en libro físico o en la modalidad digital, según se haya implantado o no en dicho Registro Civil, la Ley 20/2011, de 21 de julio.

En concreto, el Registro Civil dispondrá de un archivo en el que se conservarán debidamente numeradas y ordenadas las declaraciones (modelo 9 bis), firmadas por el declarante y al menos, por dos facultativos, relativas a los fallecimientos ocurridos con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento, con indicación, en su caso, del nombre a imponer al nacido sin vida.
El registro tendrá un índice en el que constará el nombre y apellidos de la madre y, en su caso, el del hijo, y se numerará correlativamente, a los efectos de poder facilitar la búsqueda.

Asimismo, a solicitud de cualquiera de los progenitores se expedirá una certificación en la que constarán los datos del alumbramiento, el nombre, en su caso, del hijo o hija no nacidos.

Finalmente, para los fallecimientos producidos después de seis meses de gestación pero antes de este miércoles 9 de agosto, los progenitores tendrán dos años para solicitar su inscripción en el Registro Civil o bien de su domicilio o bien en el que conste archivado el fallecimiento en el «legajo de criaturas abortivas», donde se localizará la coincidencia de datos del no nacido para su cotejo y posterior inscripción en el «Archivo de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación».

Fronteras de permanencia, controles e infancias, Revista Sociedad e Infancias, UCM, monografías, vol7, nº1 2023.

 Fronteras de permanencia, controles e infancias 
¿El espacio educativo en Chile como extensión del control migratorio?

Angélica Alvites Baiadera, Sara Joiko, Milena Collazos
Monografías de la Revista Sociedad e Infancias.
Vol. 7 Núm. 1 (2023): La infancia migrante como nuevo actor global.
ISSNe: 2531-0720; https://dx.doi.org/10.5209/soci.87268.


Resumen.
El objetivo de este artículo es indagar la existencia/extensión de diversos dispositivos de control migratorio que se presentan en las infancias, al tomar como caso paradigmático el espacio educativo en Chile.
 
Se propone alcanzar esta propuesta a través de una metodología cualitativa que refleja el trabajo de campo individual y colectivo de las autoras. 
Una de las conclusiones alcanzadas señala que ciertos dispositivos escolares (exigidos por el Ministerio de Educación y otros de iniciativa propia de las escuelas) son parte de un conjunto heterogéneo y contingente de controles en las fronteras de permanencia, al buscar detectar a aquellos niños y niñas migrantes irregularizados que podrían amenazar el tejido social educativo, si no se sujetan a las solicitudes del sistema escolar.





Navegando el gobierno transnacional de la infancia y juventud en movimiento. Revista Sociedad e Infancias, UCM, monografía Vol. 7 Núm. 1 (2023)

Una doble mirada cruzada: harragas y aventureros entre España y Francia

 
Elisa Floristán Millán y Cléo Marmié.
Monografías de la Revista Sociedad e Infancias.
Vol. 7 Núm. 1 (2023): La infancia migrante como nuevo actor global. 
ISSNe: 2531-0720; https://dx.doi.org/10.5209/soci.87243.


Tras el acompañamiento a jóvenes africanos en movimiento hacia Europa, este artículo propone una mirada cruzada sobre el gobierno transnacional de la infancia y juventud migrante. 

A partir de una etnografía multisituada entre Marruecos, España y Francia, las autoras reflexionan sobre las maneras de navegar los contextos y normativas que afectan la cotidianidad e intereses de los jóvenes migrantes.

Nos enfocamos en los casos de España y Francia, primeros territorios
europeos cruzados por los chavales habiendo salido de Marruecos. Proponemos complejizar el análisis abarcando las experiencias tanto de la juventud marroquí (autodenominada harraga) como de la de los jóvenes de África Occidental y Central (autodenominados aventureros). 

Defendemos en este artículo la idea que los chavales son actores globales que, en un campo transnacional restrictivo, desarrollan estrategias específicas de movilidad y supervivencia dentro de universos normativos coercitivos y antagonistas. 

Estas maneras de navegar son a la vez resistencias al gobierno transnacional de las infancias y juventudes en movimiento y su consecuencia directa, con efectos diferenciados en los harraga y los aventureros, que tienen que inventar estrategias diferenciadas con efectos duraderos sobre sus trayectorias de vida.






La infancia migrante como nuevo actor global. Sociedad e Infancias, Revista vol.7, nº1, (2023), UCM

El Vol. 7 Núm. 1 (2023), de la Revista Sociedad e Infancias está dedicado 
a la infancia migrante como nuevo actor global.


Presentación. La niñez errante,
Iskra Pavez Soto  
La historia de la humanidad se podría narrar desde las rutas migratorias que han realizado históricamente nuestros ancestros. La especie humana, desde tiempos remotos, ha desplegado respuestas adaptativas –y de sobrevivencia– frente a los nuevos y complejos contextos que le toca enfrentar. Cuando la necesidad es imperiosa aparece el impul-so o el afán de cruzar las fronteras y buscar una vida mejor. En una época caracterizada por cambios acelerados, adicción a las tecnologías y una pandemia global que vino a reconfigurar el mundo, la migración sigue siendo un acto de porfía humana que se resiste a perecer y contra viento y marea se avienta al abismo con la ilusión de que en el otro lado del charco, o del muro, habrá un mundo mejor. Así, la migración surge como una estrategia de supervi-vencia frente a las desigualdades que, de forma triste, siguen siendo también globales.
Los humanos son gregarios por naturaleza, por lo tanto, en los desplazamientos, las crías jóvenes siempre han acompañado el periplo de su tribu. Sin embargo, a veces y por razones que aquí se discutirán, las generaciones jó-venes se han visto obligadas a emigrar solas o en compañía de otras aves igual de lozanas que ellas. Las niñas, los niños y las personas jóvenes navegan en las rutas migratorias y caminan por los caminos más recónditos, participan en la gesta desde su posición de poder, a veces, subalterna y otras, protagónica y la mayoría de las veces, regular y contradictoria...








Guía para el buen trato a menores migrantes: niños y niñas refugiados no acompañados y separados.

Guía para profesionales que trabajan con niños y niñas refugiados 
no acompañados o separados llegados a España, 
elaborada por ACNUR y la Universidad Pontificia Comillas.

Esta guía se refiere a cualquier persona menor de 18 años en el sentido que confiere a este término la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989. 
Con el propósito de facilitar su lectura, en general se hace referencia a niños/as no acompañados/as o separados/as. Si en algún momento se utiliza el término niño o menor se debe entender que incluye a todos los niños/as menores de 18 años.

Esta guía, presentada a principios de diciembre, está dirigida a todos/as los profesionales que desempeñan un rol en la asistencia y protección de los niños/as refugiados/as que llegan a este país y tiene como objetivo ser un herramienta práctica que contribuya a superar algunos de los retos existentes en la actualidad

Entre los actores principales a los que se dirige se encuentran los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, las autoridades autonómicas del sistema de protección de menores y las autoridades de los distintos Ministerios con competencia en la materia, incluyendo a la Oficina de Asilo y Refugio, así como las ONG y entidades que trabajan en este ámbito.

Autores:
Lázaro González, Isabel Eugenia ; Claro Quintáns, Irene ; Diez Velasco, Isabel ; Torres López, Paloma ; Martínez Castrejón, Elena ; Muller, Sophie ; García Cienfuegos, Marta ; Menendez Sebastián, Eva ; Rasilla del Moral, Margarita de la ; Bernad Olai
Universidad Pontificia Comillas ; ACNUR España

Resumen:

Esta guía es una herramienta práctica dirigida a los actores con responsabilidades en temas de protección internacional, sobre cómo intervenir y brindar una respuesta adecuada a los niños/as extranjeros/as no acompañados/as y separados en necesidad de protección internacional. Entre los actores relevantes estarían: los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, las autoridades autonómicas del sistema de protección de menores y las autoridades de los distintos Ministerios con competencia en la materia, incluyendo a la Oficina de Asilo y Refugio, así como las ONG y entidades que trabajan en este ámbito.

También es una herramienta útil para que las personas que trabajan o están en contacto con menores puedan detectar aquellos perfiles con posibles necesidades de protección internacional, por ejemplo, en el contexto de una entrada irregular o en centros de menores.

Esta guía se fundamenta en el derecho internacional, nacional y europeo y en un estudio realizado por un equipo de investigadoras de la Universidad Pontificia Comillas a petición de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en España. Dicho estudio tenía como finalidad:
  • Realizar un diagnóstico para evaluar el proceso de identificación, derivación y tratamiento de los niños/as extranjeros/as no acompañados/ as y separados/as en necesidad de protección internacional.
  • Identificar los principales desafíos, necesidades y riesgos a los que se enfrentan.
  • Valorar los estándares de protección y las buenas prácticas detectadas.
El objetivo de la guía es ayudar a todos los actores con competencia en la materia a hacer su trabajo de la mejor manera posible desde un enfoque de diligencia debida orientado a garantizar que el interés superior del niño/a en necesidad de protección internacional sea la consideración primordial cuando se tome cualquier decisión que les afecte, así como el respeto y acceso efectivo a sus derechos.

A lo largo de la guía podrán encontrarse llamadas de atención para alertar a estos actores de las actuaciones que les competen y se facilitará la referencia a herramientas prácticas que podrán ser de utilidad en el desempeño de las mismas.

El 40% de los 100 millones de desplazados forzosos en el mundo son niños y niñas. Con eso en mente, la Universidad Pontificia Comillas y ACNUR han presentado una Guía para profesionales que trabajan con niños y niñas refugiados no acompañados. "Estos niños llevan su espalda una carga, una mochila que supone un sufrimiento y tienen derecho a que esta sociedad los proteja y acompañe para que se conviertan en adultos completos y felices, no condenados a que esa mochila termine aplastándolos", subraya Isabel Lázaro, profesora de Derecho e investigadora de la Cátedra de Derechos del Niño  de Comillas.

La guía pretende ser una "herramienta práctica" para que distintos profesionales, desde la Policía que recibe a los menores al llegar a España, hasta los responsables de colegios, servicios de protección a menores, trabajadores de la oficina de asilo, intérpretes, abogados, jueces, fiscales, embajadas y ONG, sepan cómo actuar en cada momento y "proteger a los menores necesitados de protección internacional". Además, incluye un capítulo sobre niños víctimas de trata, “un escándalo para la sociedad”, según denuncia Lázaro, que insiste en la necesidad de que el procedimiento se ajuste al niño y no al contrario.

El documento presentado tiene un enfoque jurídico, de derechos humanos desde la perspectiva de infancia, de género, de protección integral y permite articular un proceso formal de determinación del interés superior del niño en diversas etapas, promocionando la solidaridad en las responsabilidades de todos los actores y la necesidad de coordinación entre ellos.

Durante la presentación se hizo hincapié en tres ideas: la necesidad de formación en materia de asilo para profesionales que trabajan con niños no acompañados; mejorar la ausencia de protocolos específicos para el acompañamiento, y la falta de información clara adaptada para niños en materia de protección internacional.


"Viajando en niñez", Acceso al libro.

 "Viajando en niñez"
Orientaciones para prevenir riesgos que afectan a la niñez migrante 
de Venezuela en Colombia.

Es una herramienta pedagógica que tiene como objetivo prevenir los riesgos y vulneración de derechos que puede correr la niñez migrante venezolana en Colombia por medio de una serie de historias, actividades, conceptos y reflexiones.
El diseño lúdico del libro, que incluye la ilustración del famoso dibujante Turcios, permite tratar temas muy complejos de una forma comprensible para un público amplio, incluyendo padres, madres, cuidadores, docentes, niñas, niños y adolescentes migrantes.



Autores:
Felipe Aliaga, Saint Thomas University.
Angelo Flórez de Andrade, Santo Tomás University Paola Vanessa Baracaldo Amaya, Saint Thomas University Laura Daniela Rincón Alarcón, Saint Thomas University Carla Rodríguez, Saint Thomas University Lisa Alexandra Pinto Martin, Saint Thomas University Alejandra Abril Roa Saint Thomas University David Fernando Velasco, Saint Thomas University
Antonia Olmos, University of Granada
Heydi Arévalo Mendoza, World Vision Nelson Darío Rojas Suárez ,World Vision


Video de la Presentación.


"No puede haber niños que no sean de ningún país": La Justicia reconoce por primera vez la nacionalidad española a una niña nacida en "el camino" hacia España

La Audiencia Provincial de Guipúzcoa concede por primera vez la nacionalidad española a una pequeña nacida en el tránsito migratorio hacia nuestro país.
 El auto visibiliza la realidad de un número creciente de madres y niños que llegados en pateras tienen cada vez más dificultades para documentarse en nuestro país: no aparecen en el registro civil, empadronamiento, asistencia sanitaria y la escolarización.
986 menores acompañados llegaron el año pasado a las costas españolas según la Comisaría General de Extranjería y Fronteras

Gsia ya ha tratado estos asuntos:

No tener una partida de nacimiento o "no existir" documentalmente ha hecho en alguna ocasión que a algunos de estos pequeños "se les haya arrancado de los brazos de sus madres al poco de descender de la patera". "No puede haber niños que no sean de ningún país , pero en España los hay" son frases literales de dos de las mayores expertas en la defensa de la infancia migrante en nuestro país para poner en valor la importancia del pronunciamiento sin precedentes que acaba de hacer la justicia española.

La cascada de vulneraciones de derechos que sufre un menor "invisible" que no consta en ningún registro oficial suele comenzar desde su llegada a España, pero se prolonga sine die por la negativa a inscribirlos, empadronarlos, multiplicando las dificultades para que accedan a derechos universales como la sanidad o la educación. Todo este relato, que a los más incrédulos les puede sonar a ciencia ficción, tiene en Anna, 7 años, un ejemplo paradigmático. Después de no ser reconocida por Marruecos, donde nació, ni por el país de su madre, Camerún, ni por España, desde donde está hace 4 años, al fin deja de ser invisible porque la Audiencia Provincial de Guipúzcoa le ha devuelto por fin sus derechos, obliga a la administración no solo a registrarla a todos los niveles, sino además a protegerla frente a una situación de apatrídia y por eso le concede la nacionalidad española.

Anna cruzó el Mediterráneo en el regazo de su madre, Mayi, en abril de 2018. Desde su llegada en patera a Tarifa hasta ahora, con el fallo judicial, esta niña no existía administrativamente en ninguna parte y su atención sanitaria o su escolarización, hoy ya con 7 años, se han podido llevar a cabo en el País Vasco "por favores" de sanitarios o profesores.

Más información

En realidad su caso se resuelve en dos sentencias, una en primera instancia por el juzgado Número 5 de San Sebastián, (donde residen la mamá y la niña) que fue apelada por la abogacía del estado pero que ahora ha sido ratificada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa.

"Se declara la vulneración de derechos fundamentales de la menor y por ello se declara su nacionalidad española de origen acorándose librar exhorto al Registro Civil Central para inscribir el nacimiento fuera de plazo de la menor", se afirmaba literalmente en la primera sentencia del juzgado de San Sebastián. Argumentos que avala y ratifica ahora uno por uno la Audiencia Provincial en esta nueva sentencia, que también adelanta la Cadena SER.

Centro por donde pasaron Mayi y su madre , en Córdoba. / Nicolás Castellano

Los tres magistrados que firman el pronunciamiento de la Audiencia Provincial ponen por delante "el interés superior del menor" a la ley de extranjería, recuerdan la obligación de España de seguir los convenios internacionales sobre la apatrídia, la Convención de los Derechos del Niño y, en definitiva, protegen los derechos de la niña por encima de cualquier otro concepto frente a la interpretación que hacía la Abogacía del Estado.

En este segundo pronunciamiento de la justicia se ensalza el esfuerzo de la mamá, camerunesa, por inscribir a su hija en los consulados de su país de origen, algo que no pudo hacer al no contar con partida de nacimiento porque la pequeña nació en una casa, en Marruecos, y no fue inscrita en ninguna parte.

"El caso de Anna es importante y extraordinario por varios motivos . En primera lugar porque identifica un problema que era desconocido, invisible, el caso de los niños que nacen en tránsito en el viaje migratorio de sus madres, que suelen proceder de África, y el país de destino es en nuestro caso España. Estos niños están en riesgo de apatrídia y sus derechos fundamentales no son respetados. Por las circunstancias del nacimiento de estos niños no tienen ni partida de nacimiento ni inscripción en ningún registro. En el caso concreto de Anna, su madre es de Camerún, se quedó embarazada en el trayecto migratorio y dio a luz a la niña en Agadir, en Marruecos, sin constar en ningún registro" explica a la SER José Alberto Navarro, abogado de Uría, que ha participado en la defensa de la madre.

La mamá "parcialmente feliz" después de 7 años de sufrimiento

"Soy una madre pacialmente feliz. Tener a un bebé sin ningún registro no es una situación fácil, ver crecer a tu hija inocente sin ninguna documentación es horroroso y no deseable. Algunas madres lloran porque sus hijos están enfermos y otras por falta de una firma en un papel para que sus hijos sean identificados como seres integrales en una comunidad, este último es mi caso" explica Mayi, la mamá de Anna valorando y agradeciendo las dos sentencias pero sin olvidar todo el sufrimiento que le ha generado esta maquinaria burocrática.

Mayi, que sigue estudiando y trabajando a la vez para dar el mejor futuro a su niña, asegura que hasta ahora no ha podido vivir con calma en Europa, "llevo 7 años durmiendo con los ojos abiertos con miedo de que algo pudiera pasar a mi hija, como pero no engordo, intento seguir adelante pero no llego a la felicidad. Saber que tu hija está escolarizada por un favor y no porque tiene derecho es muy muy doloroso" lamenta.

Después de intentarlo durante años por todas las vías, de las negativas de otros jueces a registrar a su niña pide que nos cuestionemos el sistema que existe en España, "me quedo con estas preguntas; ¿es verdad que los niños tienen derecho en este país? ¿y por qué juegan con las madres? Es maltratar a sus hijos y a sus madres si ellos mismos no les pueden proteger en situaciones vulnerables. No obstante, quiero dar mil gracias a los jueces que tomaron decisiones positivas en este caso y a todos los que me han apoyado".

Anna y Mayi fueron dos de las primeras niñas y mamás de las pateras que pasaron por el centro pionero especializado en estos casos que la Fundación ÖDOS tiene en Córdoba.

"Es una respuesta muy protectora y a la infancia no puede haber niños que no sean de ningún país y cuando queda acreditado que niños que viven en España ningún país ha reconocido debe declararse la nacionalidad española no puede haber niños son derechos" asegura Cristina Manzanedo, miembro del equipo coordinador del Programa ÖDOS, "hace un mes estuve cenando con ellas y recuerdo que la niña me decía que cuando le preguntan de dónde eres ella se queda callada porque sabe que no es de ningún país. Sabe el procedimiento que está defendiendo su madre y sabe que ningún país la reconocía como nacional de ese país que se queda callada y sonríe" una circunstancia que ahora cambiará gracias a la justicia.

"Es un paso importantísimo" ACNUR

"No podemos adelantar si es una solución que servirá para muchas otras personas pero si estamos seguros de que supone un paso importantísimo al introducir estas perspectivas de derechos humanos y protección de la infancia y la interpretación de las normas del derecho interno en este caso el de nacionalidad pero también de protección" destaca Francisco Ortiz, oficial de protección de la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en España.

De hecho, esta agencia de la ONU ha intervenido en el proceso elaborando varios informes "el tribunal adopta una interpretación en la línea que habíamos propugnado en nuestras intervención en el procedimiento, y que es la que solicitaba la demanda, apoyada también por fiscal, reconocer la nacionalidad española de origen a una niña que de otro modo sería apátrida y que no tenía ninguna otra forma de acceder una nacionalidad con lo que hubiera supuesto para el acceso pleno a sus derechos fundamentales, como son la educación, la atención sanitaria, la documentación, o su misma identidad", concluye Ortiz.

"Esta sentencia es pionera en España"

Otro apoyo en la defensa judicial del caso de Anna ha sido el expresidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, el ahora magistrado jubilado Juan Luis Ibarra, que subraya la inédita interpretación de los jueces, "la sentencia que reconoce a la niña Anna la nacionalidad española de origen efectúa una interpretación del Código Civil, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño, que es pionera en España. Anna, apátrida de origen al haber nacido en el viaje migratorio de su madre de Camerún hacia Europa, puede aspirar al estatuto de ciudadanía, al estado civil, que hasta ahora le han negado tres estados. Su situación, como la de los demás niños apátridas, invisibles para el derecho civil, define una injusticia reparable desde el buen derecho. Su reparación judicial expresa la justa medida de nuestras capacidades jurídicas", concluye.

Acceso a la justicia y protección integral de los derechos de las niñas y los niños en contextos de movilidad internacional.

Nicolás Espejo Yaksic, Editor.


Prólogo

La publicación de este libro sobre acceso a la justicia para niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad internacional resulta especialmente oportuna
. Se trata de un tema de creciente atención y preocupación, atendida la dramática situación que este colectivo vive en muchos países  de tránsito y destino y las respuestas insuficientes de muchos Estados al 
respecto.

Como se desarrolla en las contribuciones a este libro, son múltiples las dimensiones del derecho de acceso a la justicia de la niñez migrante, incluyendo la obligación de los Estados de basar sus políticas públicas en la materia en el principio del interés superior del niño, las exigencias especiales del derecho a un debido proceso en el caso de la movilidad infantil, la situación en el ámbito de los procedimientos de asilo o refugio y la detención migratoria infantil, entre diversas otras.

Desde la Relatoría Especial sobre derechos humanos de los migrantes hemos llamado reiteradamente la atención de los Estados y la comunidad internacional sobre la grave afectación de tales derechos de niñas y niños migrantes. En especial, en 2020 la Relatoría presentó un informe a la Asamblea General de Naciones Unidas sobre la necesidad de poner
término a la detención migratoria infantil, una práctica extendida en las diferentes regiones del mundo, que diversos organismos globales y regionales, tales como el Comité de Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias, el Comité de Derechos del Niño y la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, han calificado como
violatorio de los estándares internacionales de derechos humanos. Por su parte, el Pacto Mundial para una Migración Ordenada, Segura y Regular ha consagrado el compromiso de los Estados de trabajar para poner fin a dicha práctica.

Además, en el informe de la Relatoría sobre acceso a la justicia de migrantes, se aborda de manera específica la situación de la niñez migrante, refiriéndose a la necesidad de contar con defensores especializados, de garantizar el acceso a un juez imparcial, de que el sistema de justicia tenga unidades dedicadas al tema, de hacer efectivo el derecho del niño o niña migrante a ser oído en los procedimientos que le afecten, de adoptar procedimientos adecuados de determinación del interés superior del niño o niña y de mecanismos de remisión al sistema de protección infantil en su caso, de capacitar a los operadores de justicia sobre  los derechos de la niñez migrante, etc. También es indispensable que se 
establezcan barreras cortafuegos entre el sistema de justicia y las agencias migratorias, de manera que niños y niñas migrantes, especialmente quienes se hallan en situación indocumentada, puedan recurrir a los tribunales y otros operadores de justicia sin temor a ser eventualmente detenidos y deportados.

A todo lo anterior hay que añadir que resulta de particular importancia respecto de las niñas en situación de movilidad que se garantice su acceso a la justicia en casos de discriminación y de violencia de género, así como cuando ellas son víctimas de trata.

El contexto de Pandemia ha vuelto todavía más grave y acuciante la  situación de la niñez en situación de movilidad, poniendo en evidencia su precario acceso a los servicios de salud y otros servicios públicos, así como la inexistencia en muchos países de organismos estatales especializados que garanticen los derechos humanos de niñas y niños migrantes y les brinde la protección y cuidado adecuados, quedando a menudo su situación a cargo de las mismas agencias migratorias que abordan la situación de las personas migrantes adultas. En cuanto a la detención migratoria infantil, en el contexto de Pandemia las prácticas de los Estados han sido diversas, ya que mientras algunos la han discontinuado a lo menos temporalmente, en otros ha resurgido y cobrado fuerza.

De allí que sea indispensable emprender iniciativas como este libro, de  manera de ofrecer un panorama actualizado y de conjunto de la situación del acceso a la justicia de la niñez en contextos de movilidad, así como presentar propuestas para el desarrollo de políticas migratorias consistentes con la protección de sus derechos humanos.

Felipe González Morales, 
Relator Especial de Naciones Unidas sobre derechos humanos de los migrantes.
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"De apatridia se habla muy poco en Europa, y de apatridia infantil no habla nadie".

La valentía de un juez para visibilizar a bebés migrantes nacidos en tránsito.
El magistrado inscribió en el Registro Civil a una bebé nacida en Argelia 
cuando su madre camerunesa trataba de llegar a España
La decisión sienta un precedente en la protección de los menores.
"No hay mayor vulneración que no existir para el Derecho".
"Si la niña no llega a ser inscrita en España, no le será reconocida su personalidad jurídica ni, por ende, podrá ser sujeto de derechos, aun de los más elementales, pero ni siquiera podría ser retornada a ningún otro país, 
porque al no haber sido registrada tampoco consta ser nacional de ningún Estado".


Una madre agarra a su hijo tras llegar en patera a España / Efe

La decisión "valiente" de un juez de Montilla (Córdoba) de inscribir en el Registro Civil a una bebé nacida en Argelia cuando su madre camerunesa trataba de llegar a España, sienta un importante precedente en la protección de los derechos de estos menores apátridas cuya realidad es invisible.

Desde hace un par de semanas esta pequeña de 19 meses, que vive en la localidad cordobesa junto a su madre en el centro de acogida humanitaria del programa Ödos, que acoge a mujeres y menores que llegan de forma irregular a España, ha dejado de ser invisible.

Y lo ha hecho gracias a "la valentía del juez de Montilla de haber dicho: no hay mayor vulneración que no existir para el Derecho", explica a EFE Cristina Manzanedo, responsable y coordinadora jurídica del programa Ödos.

La pequeña nació en marzo de 2020 en Orán (Argelia) durante el viaje de la madre hacia Europa pero allí no fue inscrita en el registro. Un año después llegó en patera a España y desde entonces, los responsables del proyecto han trabajado para documentar su caso y poder inscribir a la niña.

"Desde la simple óptica de los derechos humanos, nos encontramos a una niña que para el Derecho no existe porque no ha sido inscrita", subrayaba el titular del juzgado de 1ª Instancia número 2 de Montilla, Francisco José Ortega, en su auto del 15 de octubre hecho público esta semana.

Y argumentaba: "Casi parece un callejón sin salida: si la niña no llega a ser inscrita en España, no le será reconocida su personalidad jurídica ni, por ende, podrá ser sujeto de derechos, aun de los más elementales, pero ni siquiera podría ser retornada a ningún otro país, porque al no haber sido registrada tampoco consta ser nacional de ningún Estado".

Un auto pionero porque "se hace cargo" de la realidad de estos niños invisibles que están "en riesgo fuerte de apatridia" por haber nacido en un contexto irregular, subraya Manzanedo, que remarca que el juez ampara su decisión en la Declaración Fundamental de Derechos Humanos y en la Convención Internacional del Niño, ya que el marco español no lo permite.

La solicitud de inscripción de nacimiento en el Registro Civil la ha realizado la Fiscalía a instancias de la Fundación Abogacía y el Colegio de Abogados de Córdoba que prestan asistencia jurídica al programa Ödos.

Dicha inscripción se hace en los primeros 10 días de vida de los bebés nacidos en España y los vinculados a los españoles, pero la Ley de Registro Civil -que entró en vigor el pasado mes de abril después de 10 años bloqueada tras su aprobación en 2011- no contempla los casos de menores migrantes en tránsito.

El auto del magistrado "es una llamada fuerte, severa a evitar la apatridia", según ha manifestado esta semana a los periodistas el fiscal Fernando Santos Urbaneja, que instó la afiliación en el Registro Civil.

Una vez que la pequeña ha sido inscrita, el siguiente paso es solicitar la nacionalidad, ya que esta inscripción no supone una concesión de la misma: "Vamos a ir a la Embajada de Camerún a solicitarla y si no pediremos la española", ha detallado la abogada.

Las embajadas no pueden proceder al registro del nacimiento de menores que no hayan nacido en territorio español, aunque sean hijos de nacionales suyas, lo que conduce a la invisibilidad de estos niños "si no se les da alguna protección desde los estados europeos a los que llegan".

Porque esta situación es un fenómeno europeo, no solo español, que "tiene que estar repitiéndose" en países como Italia o Grecia, asevera Manzanedo, que insiste en la importancia de este auto que no cuenta con precedentes tampoco en el ámbito europeo.

, lamenta la letrada, quien confía, no obstante, en que esta primera inscripción "abra un camino" que se pueda extender a más niños y que conlleve una respuesta general desde el Estado como puede ser una reforma del reglamento del Registro Civil.

Para visibilizar a estos "niños del camino", Manzanedo apuesta también por mejorar la recogida de información en costas porque no hay cifras desglosadas y por que esa atención cuando llegan en las pateras tenga un enfoque de infancia "sabiendo que tenemos este perfil dentro de las llegadas, aunque no sea el mayoritario".

"Por eso la importancia de este auto es que no es solo una respuesta jurídica, es un tratado filosófico", concluye feliz la abogada.

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Concentración y Manifiesto por la Reforma del Reglamento de Extranjería, YA!!!

POR LA REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA PARA FAVORECER LA INTEGRACIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS EXTRANJEROS QUE DEBEN ABANDONAR EL SISTEMA DE PROTECCIÓN AL CUMPLIR LA MAYORÍA DE EDAD


Las entidades y ONGs que trabajan e intervienen con niños, niñas, adolescentes y jóvenes extutelados, procedentes del sistema de protección de menores, han promovido un manifiesto en el que se insta al Gobierno de la nación a aprobar a la mayor brevedad la reforma del Reglamento de Extranjería propuesta por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, adaptándolo a las necesidades que presenta la población extranjera que fue tutelada por su condición de minoría de edad.

Para las entidades, asociaciones, colectivos y particulares firmantes de este manifiesto (274  entidades y 492 personas integradas en movimientos ciudadanos) esta reforma sería “una respuesta de justicia social a la situación de indefensión en la que se encuentran miles de jóvenes sin apoyo familiar y social que al cumplir la mayoría de edad no han podido regularizar su situación administrativa por las trabas que impone el actual Reglamento, impidiendo su integración social, educativa y laboral”.

Con el fin de hacer visible su demanda y dejar oír la voz de estos jóvenes, se llevará a cabo una concentración el próximo viernes 10 de septiembre a las 13 horas frente a la sede del Ministerio del Interior.

La Asociación GSIA manifiesta su apoyo a las acciones propuestas por las organizaciones y personas de la sociedad civil, en defensa de la dignidad y el mejor trato de las personas que emigraron siendo niñas, buscando mejores formas de vida para ellas mismas y sus familias.  

Acceso al MANIFIESTO: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfHsf_KjWIQNFBBVygxl8Hj7fxIMysXrnXJ0zP3ctv3URE9tA/viewform

 


REFORMA DEL REGLAMENTO EXTRANJERIA, ¡¡YA!!
MANIFIESTO POR LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERIA YA!!

Las entidades que trabajan e intervienen con menores y jóvenes extutelados procedentes del sistema de protección de menores y ONGs que se adhieren a este comunicado, haciéndonos eco de la situación en la que se encuentran los y las jóvenes que proceden del Sistema de Protección de Menores del estado español al cumplir la mayoría de edad,

MANIFESTAMOS QUE :
1.- Queremos expresar nuestro estupor ante la información publicada en los medios de comunicación recientemente en la que se frena por parte del Ministerio de Interior el Real Decreto que promovía el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones por el que se reforma el Reglamento de Extranjería, adaptándolo a las necesidades que presentan la población extutelada que ya se encuentran en nuestro país y que ha sido protegida siendo menores de edad.
2.- El gobierno hace más de un año se comprometió a la reforma del Reglamento de Extranjería con el claro objetivo de facilitar a los menores y adolescentes migrantes no acompañados/as su transición a la vida adulta. La medida garantizaría el derecho a documentarles, de manera automática mediante una autorización de Residencia y Trabajo a partir de los 16 años y simplificaría los requisitos de renovación de este permiso a partir de los 18 años para adaptarlos a la realidad de estas personas jóvenes.
3.- A la espera de su aprobación por el Consejo de Ministros, cada día que pasa tiene consecuencias nefastas en la vida de estos y estas jóvenes que desean estudiar o trabajar y no se les permite con la actual normativa: la gran mayoría pierde las autorizaciones de trabajo que obtuvieron gracias a la Instrucción 1/2020 de la Secretaría de Estado de Migraciones, quedándose con una autorización de residencia que no les permite trabajar; otros no pueden renovar sus autorizaciones de residencia por no contar con medios económicos suficientes, se les exige ingresar más de 2000€ mensuales, quedándose en situación administrativa irregular. Finalmente, se dan casos en los que ni siquiera han podido acceder por primera vez a la autorización de residencia que les habría correspondido porque no fue reconocida, en su momento, su minoría de edad.
4.- Esta reforma del Reglamento de Extranjería es una respuesta de justicia social a la situación de indefensión en la que se encuentran miles de jóvenes sin apoyo familiar y social que al cumplir la mayoría de edad no han podido regularizar su situación administrativa por las trabas que impone el actual Reglamento, impidiendo su integración social, educativa y laboral.
5- Las Ongs y el resto de entidades que cuentan con proyectos de emancipación e inserción socio laboral de estas personas ex tuteladas valoramos positivamente la iniciativa del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, siendo una recomendación que se realizó en su momento por el Defensor del Pueblo de España, considerando que estamos ante una medida de justicia y absoluta y urgente necesidad, que no puede permitirse más aplazamiento.
6 .- Si bien las instrucciones dictadas en 2020 por la Secretaría de Estado de Migraciones constituyeron un gran avance en los derechos de estos niños, niñas y jóvenes, el actual bloqueo a la aprobación del Reglamento , que estaba previsto que se aprobara en Consejo de Ministros el próximo 24 de Agosto, y la oposición del Ministerio del Interior, nos encontramos ante un escenario de nuevo desamparo que perpetúa, su situación de irregularidad. Un escenario de inseguridad jurídica, desprotección y fundamentalmente una situación de injusticia promovida por parte de un gobierno que dice defender los Derechos Humanos. Un escenario que fomenta el rechazo , la xenofobia, el racismo,y les criminaliza.
7.- El esfuerzo realizado por estos niños, niñas y jóvenes, por las administraciones durante el periodo de minoría de edad, por los y las profesionales que les apoyan cada día, entidades, colectivos, familias,… ofreciendo recursos (programas de emancipación y autonomía personal, pisos de mayoría de edad +18, etc), y el esfuerzo realizado por toda la ciudadanía y sobre todo el de dichas personas jóvenes se desaprovecha y se ignora. Tenemos abundantes datos que nos revelan los importantes resultados de estos esfuerzos: vemos cómo esta población de jóvenes se van haciendo mayores, siguen construyendo sus vidas de manera positiva, formando familias, siendo grandes profesionales de muy diferentes sectores, creando y manteniendo negocios, mejorando las vidas de sus familias, y la de nuestra comunidad promoviendo interculturalidad, enriqueciendo nuestra sociedad y aportando desarrollo económico.
Por todo lo expuesto las entidades y ONGs que atienden y apoyan a estos niños, niñas y jóvenes y las que se adhieren a este comunicado,

PROMOVEMOS

1.- Instar al Gobierno de España a la aprobación urgente en el próximo Consejo de Ministros , o en su defecto a la mayor brevedad posible, del Real Decreto que reforma el Reglamento de Extranjería promovida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y apoyada por numerosas Ongs del estado español, medida que se haga efectiva desde el mismo día de su aprobación y publicación, para favorecer la inclusión de estas personas jóvenes en España.
2.- A la espera de conocerse el texto final que ha sido enviado, las organizaciones firmantes esperan que las observaciones de algunos ministerios no desvirtúen el objetivo esencial de esta reforma, que no es más que dotar a estas personas jóvenes de derechos básicos para poder desarrollarse y vivir de forma autónoma.
3.- La movilización de las diferentes entidades y organizaciones sociales, así como de la población afectada, menores y jóvenes procedentes del sistema de protección de menores, instando a la reforma inmediata del Reglamento de Extranjería. Esta movilización culminará, en su caso, en una concentración ante la sede del Ministerio de Interior en Madrid para el próximo día 10 de septiembre de 2021.
Nuestra firme voluntad como sociedad civil es comprometernos a seguir denunciando los atropellos que se producen en los derechos fundamentales de esta población tan vulnerable. Debemos ser memoria de las personas desmemoriadas y conciencia de las inconscientes. Lo hacemos por humanidad, por justicia, por equidad y por la defensa de los valores democráticos que entre todos y todas hemos conquistado.

Firmado por 274  entidades y 492 personas integradas en movimientos ciudadanos...