"COMPARTE EL MENSAJE, #NoALaViolenciaSexual", Campaña de concienciación y formación sobre la violencia sexual sobre niños, niñas o adolescentes.
La explotación sexual de la infancia y la adolescencia en España a examen, Informe de conclusiones FAPMI-ECPAT España.
"Arte y Parte" inaugura exposición fotográfica de adolescentes. Museo Virtual de DNI.
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¿Qué es la nueva pornografía y cómo la consumen los más jóvenes?.
Shutterstock / atsurkan |
PornHub, una de las páginas de porno más conocidas, realiza anualmente un estudio de consumo de su sitio. Según la página web oficial PornHub Insights, en el año 2018 contabilizaron 33,5 millones de visitas. En el 2019, se contabilizaron 44 millones, es decir, un incremento de 10,5 millones de visitas.
A finales del año 2020, dicha plataforma de pornografía se vio obligada a eliminar casi la mitad de todos sus contenidos audiovisuales tras recibir diversas denuncias por difundir y monetizar vídeos en los que aparecían violaciones a menores, vídeos fruto del abuso y la explotación sexual, así como escenas de prácticas sexuales en las que mujeres aparecían siendo violentadas de diversas formas.
En España, el acceso de personas menores de edad a la pornografía es una de las problemáticas actuales que generan preocupación en la sociedad y, en especial, a aquellas personas adultas con menores en proceso de crecimiento. Hoy en día, el libre acceso a las tecnologías entre los más jóvenes también se relaciona con el inicio del consumo pornográfico.
En un estudio realizado en 2019 se indicó que los menores acceden a la pornografía a edades cada vez más tempranas. Cabe destacar que, aunque los primeros contactos se realizan entre los 8 y los 9 años, la disponibilidad de pantallas y conexiones a internet son normalizadas desde los 7 años en España.
España, entre los grandes consumidores de porno
Además, ese mismo estudio puntualiza que la prevalencia del consumo de pornografía entre adolescentes y jóvenes llega hasta un 70 %, siendo la mayoría de los que acceden y la consumen chicos y las más explotadas las chicas. España se encuentra entre los países con los porcentajes más altos de consumo pornográfico: 41 %.
No podemos olvidarnos de que el contexto en el que viven las personas jóvenes de hoy ha cambiado drásticamente, no solo por el libre acceso a la tecnología, como se ha mencionado, sino también por la incorporación de las redes sociales, un espacio que es un poderoso transmisor de mensajes por segundo, muchos de ellos erróneos o sesgados, sobre la sexualidad.
Teniendo en cuenta la etapa evolutiva en la que se encuentran las personas menores de edad y atendiendo a que la educación afectivo sexual no está muy presente en las instituciones educativas, el consumo de la pornografía puede crear graves problemas de salud psicoemocional, al mismo tiempo que perpetúa las desigualdades de género entre hombres y mujeres y la violencia machista hacia las mujeres.
Buscando el placer del hombre
Todos y todas conocemos que la industria pornográfica está preferentemente enfocada al placer del hombre, cosificando a las mujeres y mercantilizándolas con el fin de satisfacer los deseos del hombre. El porno hetero designa a las mujeres como seres sexuales pasivos y a los hombres como seres activos, promoviendo así un modelo de sexualidad desde un sistema patriarcal dónde las mujeres no pueden ser libres ni autónomas.
Como ha señalado en numerosas ocasiones la investigadora y escritora feminista Rosa Cobo, el porno contribuye a rearticular el yo de muchos varones, pues la globalización del porno y los altos niveles de consumo masculino no solo pornifican la cultura, sino que transforman la cultura emocional y ponen en pie nuevos modelos de sociabilidad.
La llamada “publicidad del patriarcado” promueve las imágenes de mujeres cuyo papel se reduce a la estimulación sexual y satisfacción de las fantasías de los hombres. Estas imágenes tienen un impacto negativo.
Si ponemos el foco en la situación de aislamiento provocada por la crisis de la Covid-19, un estudio reciente señaló que el consumo de pornografía había aumentado un 18,5 %. Este creciente impacto influye en las relaciones futuras entre las personas jóvenes ya que consolida el imaginario de desigualdad entre hombres y mujeres y sigue amparando las prácticas sexuales de violencia y situando al hombre en el centro como único transmisor y receptor de placer.
Por lo tanto, la pornografía puede generar unas expectativas dentro de la pareja inalcanzables, además del deseo de realizar prácticas que puedan llegar a ser violentas. Como ya señalaban en el libro Educación sexual: de la teoría a la práctica, de María Lameiras y María Victoria Carrera, el contenido pornográfico, desafortunadamente, no está regulado, lo cual conlleva a que los espectadores, especialmente las personas jóvenes, terminen generando expectativas irreales de las actividades sexuales.
Una educación sexual adecuada
En un estudio realizado en 2020 se señalaba que uno de los peores efectos del consumo de pornografía en adolescentes y jóvenes era la distorsión perceptiva, la formación o deformación de actitudes, especialmente en grandes consumidores de pornografía (unas tres horas semanales) sin la maduración emocional para comprender lo que ven, maduración que ofrecería una educación sexual adecuada.
Todos estos efectos, las variedades de machismo regeneradas por el porno, la distorsión perceptiva y la formación o deformación de actitudes es lo que tendríamos intentar afrontar desde la educación.
El objetivo de la educación afectivo sexual no puede depender del compromiso del profesorado, debe crear un modelo de sexualidad liberadora, crítica y emancipadora, favoreciendo el autoconocimiento del cuerpo, el placer, la desestigmatización de la masturbación independientemente del género, el tamaño y la forma de los genitales, entre otras.
En España, la actual Ley de Educación ha regulado la implementación de la Educación Afectivo-Sexual (EAS) en la educación obligatoria. Además, la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia también la regula con bastante rigor. Por tanto, se puede decir que se han puesto las bases legales para dar respuesta a esa necesidad.
Por ese motivo, sería interesante comenzar a trabajar sobre pornografía con menores como medida preventiva de las futuras relaciones sexuales violentas. Aunque son las personas adolescentes las que más pornografía consumen, son también las personas que se encuentran en una edad donde se puede prevenir ese consumo.
No obstante, lo más recomendable cuando hablamos de prevención es trabajar desde la infancia para poder así conseguir una alfabetización entre las personas más jóvenes, favoreciendo el pensamiento crítico y no haciéndoles tan influenciables por parte de la pornografía androcéntrica.
Los jóvenes y la curiosidad
Sabemos que la curiosidad entre los y las adolescentes es inevitable, sin embargo, si no tienen alternativa de educación afectivo sexual, difícilmente podrán darse cuenta de lo que están consumiendo y del efecto que ese tipo de consumo tiene en el desarrollo de su deseo y, por consiguiente, de sus prácticas sexuales.
Las personas jóvenes tienen derecho a una educación integral. Además de proporcionarles conocimientos académicos, tienen el derecho a recibir una educación que les ayude a desarrollarse plenamente en todas las facetas de la vida, incluida la sexual.
Por otro lado, los factores que provocan el aumento de la explotación sexual son el incremento del uso de las tecnologías, las redes sociales, la pornografía y algunos otros factores, como pertenecer a la red de acogimiento residencial.
La pornografía es una escuela para la producción y distribución de imágenes propias, así como para solicitarlas de otras personas. Ciertamente, plataformas virtuales de pornografía como la citada PornHub pueden contribuir al aumento de la explotación sexual de menores, ya que, según el informe anual publicado por la propia página, una de las búsquedas más realizadas por los consumidores en el año 2019 fue la palabra inglesa teen (adolescente).
En ocasiones, cuando se trabaja con padres y madres, suelen creer que esas situaciones de victimización solo las experimentan niños y niñas con padres negligentes o que están acogidos en los servicios de protección a la infancia y adolescencia. Pero puede pasarle a cualquier menor. Por eso es tan importante que sepan que la dinámica familiar es clave: se tiene que aprender a escuchar y hablar, aprender a observar y aprender a dar ayuda.
Amaia Eiguren Munitis: Docente del departamento de Didáctica y Organización Escolar. Facultad de Educación de Bilbao, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Israel Alonso: Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Itsaso Biota Piñeiro: Investigadora predoctoral, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Lluís Ballester Brage: Professor de Mètodes d'Investigació. Facultat d'Educació., Universitat de les Illes Balears
Maialen Loureda Avilés: Educadora Social, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Maitane Picaza Gorrotxategi: Doctora en educación, Departamento de Didáctica y Organización Escolar, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Nahia Idoiaga Mondragon: Profesora del Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Facultad de Educación de Bilbao, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Naiara Berasategui Sancho: Profesora en el Departamento de Didáctica y Organización escolar, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Naiara Ozamiz Etxebarria: Profesora adjunta en el Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Facultad de Educación, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
IVº Plan de Acción contra la ESIA en España para el Cuatrienio 2021-2024.
¿Pueden las leyes erradicar los matrimonios infantiles?-
Se considera matrimonio infantil todo matrimonio formal o unión informal entre un niño menor de 18 años y un adulto u otro niño. En América Latina y el Caribe, alrededor del 25% de las mujeres que hoy en día tienen entre 20 y 24 años se casaron antes de los 18, y esta es la única región en vías de desarrollo donde el matrimonio infantil no ha disminuido en los últimos 25 años (UNICEF, 2018). Erradicar los matrimonios infantiles es crucial en la lucha contra la pobreza, ya que esta práctica conduce a un mayor riesgo de abandono escolar y maternidad temprana (Field y Ambrus, 2008). Esta práctica también tiene consecuencias intergeneracionales, ya que los niños nacidos dentro de un matrimonio infantil tienen peores resultados educativos y de salud (Sekhri y Debnath, 2014; Chari et al., 2017).
Aunque en la mayoría de países la edad mínima para contraer matrimonio es de 18, la existencia de numerosas excepciones hace que el matrimonio infantil sea legal en la práctica (Arthur et al., 2018). Las excepciones más comunes son el consentimiento de los padres, el embarazo, la autorización de los tribunales o la existencia de leyes religiosas o consuetudinarias. Una posible política para reducir el número de matrimonios infantiles es la eliminación de todas estas excepciones. Varios países, entre los que se incluye Chad, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, Malawi, Nepal, Panamá, Turkmenistán y Zimbabue, han aumentado recientemente la edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años, eliminando todas las excepciones.
No obstante, el impacto de este tipo de leyes sobre la incidencia de matrimonios infantiles no está claro. Si estas leyes se aplican de forma adecuada, se debería de reducir o incluso erradicar los matrimonios infantiles formales, reduciendo así la fecundidad temprana y el abandono escolar. Sin embargo, la aplicación de estas leyes podría no ser efectiva.
Si las uniones informales son una alternativa viable para los menores de edad, la reducción en el número de matrimonios infantiles formales podría verse compensada por un aumento en igual medida en las uniones infantiles informales, no afectando a las tasas de matrimonio infantiles.
Además, si los individuos en uniones informales no tienen los mismos beneficios legales o reconocimiento social que aquellos que están formalmente casados, esta sustitución entre matrimonios infantiles y uniones informales podría tener efectos negativos sobre el bienestar de las mujeres y sus descendientes.
Por otro lado, si las leyes que prohíben el matrimonio infantil tienen una función expresiva (Bernabou y Tirole, 2011), pueden llegar a modificar las normas sociales y reducir la incidencia de matrimonios infantiles tanto formales como informales.
En un estudio reciente analizamos el impacto de aumentar la edad mínima para contraer matrimonio sobre la incidencia de matrimonios infantiles, el abandono escolar y la maternidad temprana en México.
México es el séptimo país del mundo con mayor número de matrimonios infantiles. Aproximadamente un cuarto de las mujeres mexicanas que en 2013 tenían entre 20 y 24 años se habían casado o habían tenido una unión informal antes de cumplir los 18 años. Un tercio de estas uniones eran matrimonios legales. Antes del 2014, el matrimonio infantil era legal en las 32 entidades federativas mexicanas, aunque con algunas restricciones. Los menores que tuviesen cierta edad (generalmente 14 o 16 años, dependiendo del estado) podían casarse legalmente con el consentimiento de sus padres.
Las personas que fuesen aún menores o las que no contasen con el consentimiento de los padres podían casarse con la autorización de un juez o el alcalde municipal. Algunos estados también permitían que las niñas menores de 14-16 años se casaran si estaban embarazadas.
A finales de 2014, el Congreso Federal de México promulgó una ley estableciendo los 18 años como la edad mínima para contraer matrimonio, sin excepción. Como las leyes matrimoniales son competencia de los estados, éstos debían incorporar este cambio en su legislación. La adopción de esta reforma por los estados se realizó de forma gradual (Figura 1). A final de 2015, solo 7 estados (de un total de 32) habían adoptado la nueva legislación. Sin embargo, en diciembre de 2018, todos los estados menos uno habían aumentado la edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años.
Figura 1: Evolución del número de entidades federativas que aumentaron la edad mínima del matrimonio.
Aprovechando la introducción escalonada de la reforma, estimamos el impacto de prohibir el matrimonio infantil en las tasas de matrimonio infantil (formales), las tasas de fecundidad infantil y la escolarización de las niñas. En este análisis aprovechamos la variación temporal y entre estados en la aplicación de la ley usando un modelo de diferencias en diferencias.
Utilizando los microdatos del registro de matrimonios, encontramos que prohibir el matrimonio infantil condujo a una reducción del 48% en las tasas de matrimonio infantil formal. Esta reducción se concentra entre los 16 y 17 años (Figura 2), los grupos de edad con la tasa más alta de matrimonios infantiles antes del inicio de la prohibición.
Figura 2: Efectos de la prohibición del matrimonio infantil sobre el número mensual de matrimonios infantiles formales donde la novia tenía 16-17 años, por cada 1000 niñas de esta edad.
Si bien uno podría esperar que la reducción en los matrimonios infantiles formales se tradujera en un aumento en las tasas de matriculación escolar, utilizando la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo no encontramos ningún impacto de prohibir el matrimonio infantil en la asistencia escolar. Tampoco encontramos, utilizando los microdatos del registro de nacimientos, que la reforma tuviera un impacto sobre la maternidad temprana. Por tanto, podemos concluir que el aumento de la edad para el matrimonio no fue suficiente para eliminar dos de las consecuencias negativas que normalmente se asocian con el matrimonio infantil: el abandono escolar y la maternidad temprana.
Pero, ¿por qué no fueron efectivas estas leyes?
Una posible explicación sería que la disminución de los matrimonios formales fue compensada con un aumento en los uniones informales. Esto es difícil de examinar empíricamente, ya que no existe un registro de uniones informales, y las jóvenes tienen incentivos para no informar sobre el matrimonio o la unión informal en las encuestas. Aprovechamos, pues, que los microdatos de registro de nacimientos tienen información sobre el estado civil de la madre en el momento del nacimiento. Es importante destacar que, antes de la reforma, un 62% de las niñas en matrimonios infantiles tenían su primer hijo antes de los 18 años, por lo que la muestra de madres jóvenes representa a una gran parte de las niñas afectadas por la reforma. Tal como queda reflejado en la Figura 3, encontramos que la reforma implicó un cambio en el estado civil de las madres jóvenes. La prohibición del matrimonio infantil redujo la proporción de madres menores de 18 años que estaban casadas, y aumentó en la misma medida la proporción de madres menores de 18 años que estaban en una unión informal.
Figura 3: Efectos de la prohibición del matrimonio infantil sobre el porcentaje de madres entre 16 y 17 años que están casadas (gráfico de la izquierda) o en unión informal (gráfico de la derecha) al momento de dar a luz.
Estos resultados sugieren que en lugares donde las uniones informales son socialmente aceptables, elevar la edad mínima para el matrimonio solo lleva a la sustitución entre matrimonios infantiles formales y uniones informales. Esto lleva a que la reforma tenga un efecto nulo sobre las tasas totales de matrimonio infantil y, en consecuencia, en las decisiones de escolarización y fecundidad. Una alternativa para reducir la incidencia de matrimonios infantiles sería proporcionar a las jóvenes oportunidades económicas o incentivos directos para retrasar el matrimonio. Este tipo de políticas han sido implementadas en Malawi (Baird et al., 2011), India (Jensen, 2012), Bangladesh (Buchmann et al., 2018) y Uganda (Bandiera et al., 2020) y se ha mostrado que pueden ser efectivas en la reducción de las tasas de matrimonio infantil. Futuras investigaciones deberían corroborar si estos resultados se pueden generalizar para América Latina, donde las causas de matrimonio infantil podrían diferir.
Sexteo, Informe Anual 2018 de la IWF.
receive and share sexual images of themselves do not produce and possess “child pornography”.
“Sexting” by children (generating, receiving and sharing sexually suggestive or explicit images/videos of themselves through mobile technology) does not amount to conduct related to “child pornography”, when it is intended solely for the children’s own private use. Children coerced into such conduct should be addressed to victim support and not subjected to criminal prosecution.
“Me gusta nadar y disparar”, Diario de un niño adiestrado para la guerra en Ucrania:
«El abuso sexual infantil queda fuera de juego» #abusofueradejuego.
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3-6 años | 7-12 años | 13-17 años |