"Jóvenes universitarios y medio ambiente en Chile", Encuesta.




Estudio realizado por las
Dra. Carolina León y
Dra. Iskra Pávez, Socia GSIA

Si bien el cuidado del medio ambiente es un tema visibilizado, aún falta pasar a la acción. Pese a que se declaran comprometidos, un 76% de los jóvenes nunca ha participado en algo concreto respecto al tema.
Así lo indica una encuesta realizada por el Centro de Investigación en Recursos Naturales y Sustentabilidad de la Universidad Bernardo O’Higgins a universitarios entre 18 y 24 años.
“Hay una sensibilidad alta respecto del medio ambiente, pero las acciones concretas son bajas”, afirma la investigadora Iskra Pavez. En tanto, más de la mitad consideró que el desarrollo económico y el medio ambiente son igual de importantes.
La académica destaca que existe consenso en que el cuidado es responsabilidad no sólo de las autoridades. “Un 86% considera que gobierno, municipalidad, empresas y ciudadanos deben hacerse cargo”, señala Pavez.

Art. 15. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 15:  El Derecho de Libertad de Asociación y de Reunión 



Todo niño tiene derecho a la libertad de asociación y de celebrar reuniones, siempre que ello no vaya en contra de los derechos de otros.




Art. 14. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 14:  El Derecho de Libertad de Pensamiento, de Conciencia y de Religión 



 El niño tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión bajo la dirección de su padre y su madre, y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley.

Infancias de color de rosa

Zona Crítica

A mi hijo de 6 años le gustan los trenes, los perritos calientes y el color rosa. Le aburre el fútbol, le apasiona la mecánica y ante la pregunta de si le gustan los niños o las niñas responde tranquilamente que a él le gustan los tranvías.

Crece en un entorno de gente compleja y variopinta que le quiere sin cuestionarle qué es ni que será, y donde sus gustos son bienvenidos por muy atípicos que sean.

Pero criar a un niño ensayando parámetros que no alimenten la masculinidad tóxica, la violencia, y el machismo está siendo un acto de resistencia constante contra un mundo que no admite en la infancia disidencia alguna en la expresión de género. Que trata de censurar de inmediato cualquier espacio donde la criatura pueda experimentarse sin categorías impuestas y sin prejuicios trasnochados.
Y estamos librando una batalla cotidiana porque este niño, al que nadie exige que se comporte como un hombre de verdad, ha decidido vivir en un mundo color de rosa. Literalmente.

La policía del género
En la infancia, la policía del género es implacable. Frases como “no llores, que pareces una niña” o “las niñas no hacen tal o cual cosa” están naturalizadas. En los parques infantiles se oye bromear a padres y madres sobre la masculinidad de sus bebés de pecho, que desde el cochecito ya saben seducir a las chicas, presuponiéndoles, por supuesto, heterosexualidad. Cualquier pequeño ensayo fuera de los roles establecidos es penalizado: a los niños se les enseña a despreciar los corazones y amar las espadas, las calaveras, a disfrazarse de piratas pero nunca de princesas. A escoger paraguas de niños, cuentos de niños, deportes de niños, juguetes de niños. Y, por supuesto, a renegar del color rosa desde muy pequeños, el color de la vergüenza.


Biberones generizados.
El primer susto lo tuvimos a las pocos meses de nacer, cuando compramos su primer biberón y la farmacéutica preguntó si lo queríamos de niño o de niña. La diferencia, claro, no estaba en la tetina, sino en el color.
A partir de entonces, el reguero de anécdotas en torno a la disidencia cromática es interminable.
A los 4 años quiso una bicicleta llamada “tarta de fresa”, el objeto más rosa que yo había visto en la vida. Fue con los abuelos a comprarla, pero volvió con una bici roja y azul, con coches de carreras estampados. “¡No le íbamos a comprar una bicicleta rosa!” exclamaron indignados ante nuestras quejas. 
Cuando quiso que pintásemos su habitación de color rosa chicle, encontramos resistencia en la tienda de pinturas. Intentaron convencerlo de que toda la habitación de ese color no quedaría bien, y que era mejor escoger otro. Azul, por ejemplo.
El último disgusto lo tuvo hace unos días, al tratar de comprarle las batas para el colegio. Modelo único, y varios colores. El tendero le preguntó por el color y él, lo sabemos, escogió el rosa. El hombre se puso a reír: “No, eso es ridículo, nene. Escoge otra, la roja, la azul”. Intervine: “Ha dicho rosa”. No lo conseguimos. Entre los argumentos que me dieron para no encargarle batas rosa al niño estaban que ese modelo era más incómodo, que los demás se reirían de él, o que no era bueno para el niño vestirlo de niña.

Sexismo y homofobia latente.
Lo que implica la cuestión no es tan solo un sexismo salvaje que ve denigrante para un niño tener actitudes o gustos considerados femeninos. Es el mismo sexismo que entiende como acto gamberro vestir a los novios con ropa femenina en sus despedidas de soltero, pues qué mejor forma de hacerle pasar vergüenza a un hombre que vestirlo con algo tan ridículo como… ¿una falda? Es el mismo sexismo que divide no solo los juguetes, sino infinidad de objetos en rosa y azul para seguir insistiendo en que hombres y mujeres somos tan distintos que hasta necesitamos champús diferentes. Recios y potentes para ellos, suaves y delicados para ellas.

Además del sexismo, en el rechazo a los niños que aman el rosa hay homofobia. Un niño que construye una masculinidad no-normativa, no-hegemónica, no es considerado un futurible “hombre de verdad”, ni tendrá los atributos que la masculinidad hegemónica considera necesarios. Será un “casi-mujer”, un afeminado, un marica. Gay, en el lenguaje políticamente correcto para actitudes igualmente homófobas. En la resistencia a nuestras decisiones de crianza está la repulsa a que desviemos su identidad sexual a fuerza de colorines. Se nos penaliza por no enderezarlo, cuando tal vez estemos a tiempo de hacer de él un buen hetero amante de los colores oscuros, del vino y de las mujeres. Homofobia, al fin.
Romper el círculo vicioso
Es indudable que necesitamos con urgencia nuevas masculinidades cuidadosas, empáticas y responsables. Infinidad de grupos de hombres que trabajan sobre sus privilegios y las construcciones de género lo demuestran. Hombres que se niegan a seguir siendo muy hombres, que reclaman poder llorar, poder fallar, poder estar asustados y decirlo en voz alta sin ser penalizados. Que reivindican cuidar no solo a sus hijos e hijas sino también a sus mayores. Que no quieren tener una carrera brillante sino una vida bonita. Una vida en rosa.
Para que todo ese trabajo de adultos tenga su efecto, es urgente también relajar la vigilancia de género sobre nuestros niños y niñas. Perder el miedo a las infancias disidentes, a las construcciones de identidad atípicas, a las criaturas que se atreven a ser como quieren, que se saltan esas normas que tanto nos oprimen porque, para su fortuna, aún no saben ni que existen.

Art. 13. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 13:   El Derecho a la Libertad de Expresión, y de Búsqueda de Información 



Todo niño tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que ello no menoscabe el derecho de otros.




"La participación infantil en internet es un fenómeno imparable", entrevista a Kepa Paul Larrañaga, GSIA

“Las TIC son un fenómeno en auge en LATAM”

Entrevista a Kepa Paul Larrañaga * 
Responsable de Vocalía de TICs de GSIA





¿Qué papel juega la tecnología en la consolidación de los derechos de la infancia?
El concepto tecnología tiene en esencia un carácter polisémico. Casi nadie, en la actualidad, lo pensaría en el sentido de la ‘techné’ aristotélica, como esa acción productora de una realidad anteriormente inexistente. Esta idea de lo producido queda atrapada en la asimilación de técnica y arte. Pero como toda acción productora es instrumental.Reservando la anterior observación y al intentar equiparar tecnología y derechos de infancia, podemos y debemos (haciendo memoria) recordar el año 1989, determinante con la aparición de una Convención de Naciones Unidas que fija sobre la agenda internacional la carta de los derechos humanos de los niños y las niñas. Y la aparición de un sistema para la distribución de hipertextos a través de internet que se denominó ‘World Wide Web’. Pero, centrándonos sobre nuestra cuestión, las coincidencias históricas no son razón de un desarrollo temporal equivalente.Simplemente si hiciéramos el ejercicio de preguntar a adultos y a niños por su definición de las TIC (Tecnologías de la Información y de la Comunicación), que es sobre el tipo de tecnología que estamos tratando, llegaríamos a plasmar un universo de respuestas quizá semejantes al ser verbalizadas, pero diversificables al formularse la pregunta: ¿qué vertebra el uso de las TIC en la realidad inmediata o en su interpretación, para el que define?Habrá quienes respondan que las TIC sean un lugar para construir relaciones de confianza o un espacio de comunicación de personas en el espacio virtual o lo distinto a la realidad o compartir experiencias o una amenaza o simplemente el lugar donde se desarrolla la actividad cotidiana. No es baladí la cuestión porque en la respuesta podríamos encontrar el tipo de categorización del lector o del interlocutor sobre la interpretación de la respuesta: ese es un ‘nativo digital’ o este es un ‘inmigrante digital’ (siguiendo la clasificación de Prensky). Pero recordemos que sobre esta determinante clasificación podríamos localizar fácilmente el supranivel de la ‘brecha etaria’, para quienes crean que ser usuario (que es definir las TIC de una manera determinada) nos posiciona como adultos frente a los que aún-no-son-adultos (para muchos la definición de niño).Pocos (de los que he conocido) hablan de ‘discriminación por edad’, ni tan siquiera la propia Convención de Derechos del Niño (celebramos su 25 aniversario) hizo referencia a esta cuestión. Pero parece ser que la evolución de las tecnologías o concretamente las TIC han supuesto la observación de categorías sobre la ‘discriminación por edad’, en el sentido del sesgo negativo sobre el usuario niño o niña ante su propia experiencia digital.Entonces, ¿se discurre sobre un camino afarente o eferente, cuando tratamos la relación entre TIC y Derechos de la infancia en su recorrido histórico?Retomando la idea de lo instrumental, internet, las TIC o las tecnologías no son un ente que provocan situaciones que las propias tecnologías (las que sean) hayan preestablecido. Lo determinante es el uso, porque este es el acto de producción de realidad… si estudiamos el concepto ‘hacking’, en esencia delata esa posibilidad de hacer cosas diferentes con herramientas pensadas para otros usos. Son los ‘hackers’ quienes más se acercan a la idea de Aristóteles de ‘Arte’.

¿Qué aplicaciones son las que han supuesto una mayor revolución en este sentido?Hay que comenzar diciendo que la participación infantil en internet es un fenómeno imparable.  Yendo desde planos más abstractos a concretos, y según la mayor parte de las investigaciones de vanguardia en este terreno sobre el uso de internet y las redes sociales por niños, niñas y adolescentes (entre éstas EuKids Online), hay que señalar, que nos encanta comunicar con otros situaciones experimentadas, emociones, logros, metas, ideas… además es lo que nos convierte en seres sociales. Comunicar no es un defecto o un efecto de un uso determinado de las redes sociales sino una peculiaridad del ser humano en su deseo de expresar y sentir el feedback durante el proceso del desarrollo constante de su identidad personal. Quizá (como factor peculiar) podemos mencionar la intensificación en la  aparición de oportunidades de poder comunicar con otros a través de las TIC. En sí, el fortalecimiento de las redes sociales, en el sentido de redes de pertenencia, es un efecto positivo de la adecuación de nuestra identidad a un entorno identitario o a una comunidad de pertenencia o de referencia (esta última desde el punto de vista del cambio), al poderse asumir valores no sólo del entorno local próximo sino por poder compartir valores (y generar identidad diversificada) con respecto a normas locales, donde el individuo se socializaba, y ahora se resocializa distintamente con el uso de las redes sociales de internet.Internet redimensionaliza los parámetros espacios-temporales. Entre lo local y lo global resurgen diversidades posibles de apreciaciones sobre información o datos, que al asimilarse y al experimentarse producen, a su vez, transformaciones sociales en el espacio social local. Haciendo desarrollar, o en todo caso, potenciar el desarrollo de las redes comunicativas personales y/o grupales de colectivos con fines comunes.La aparición de los videojuegos supuso para gran parte de la población (en este caso videojugadora) su alfabetización digital. El videojuego se ha visto y aún se sigue viendo por parte de la población adulta como subcultura, cuando subcultura en muchos casos se corresponde para otros muchos con movimientos contraculturales (en su desplazamiento respecto de su grupo de pertenencia). La aculturalización de gran parte de la población infanto-juvenil en subculturas, por ejemplo las relacionadas con el videojuego, ha supuesto su marginalidad social o su marginalidad al suponerse la infancia y la adolescencia un espacio-temporal determinado hasta lograr la adultez.Cuando nos referimos a aplicaciones o software específico dirigido a sectores poblacionales determinados, deberíamos comprender o que se trata de estrategias de marketing (objeto de observar a los niños y niñas como grandes consumidores) o que se trata de una continuidad con esa concepción del espacio infantil determinado: familia, escuela y espacio urbano acotado, (en esa limitación y separación entre espacios público y privados); o la realización de aplicaciones informáticas educativas desde un punto de vista didáctico, que es una forma particular de entender el currículo.Tenemos el caso de lo sucedido con los terminales ‘Blackberry’, que se idearon para un target empresarial-adulto y finalmente fueron mayoritariamente los adolescentes y jóvenes sus compradores. O el desarrollo del concepto de videojuego desde su fin para el entretenimiento hasta la gamificación, el proceso de introducción del juego en entornos y espacios que no lo eran. De la misma manera, la realización de aplicaciones informáticas o servicios informáticos más o menos privativos como solución a fenómenos vinculados al ciberdelito: cyberbullying, grooming, sextorsión… no atiende a la demanda real de aplicaciones por parte de la población infanto-adolescente pues el niño o el adolescente apuesta por la aplicabilidad o (en el caso de los videojuegos) por la jugabilidad, que atender a un producto específico. Además en el momento de gestar el concepto de lo prohibido (tabú) estamos generando la curiosidad por imitarlo o descubrirlo.En esta línea de razonamiento, tiene más sentido, no sólo pensar cómo la población adulta dota de aplicaciones determinadas sino cómo la población infanto-adolescente es capaz de aprender a crear y a programar software y aplicaciones que sean la exteriorización de sus particularidades y de su interpretación de su propia realidad. Y que sirva para el desarrollo del pensamiento computacional de los discentes niños y niñas.

¿Qué amenazas suponen para los menores las redes sociales y cómo se combaten? ¿Y qué oportunidades?No podemos seguir suponiendo que la calidad de la interacción humana es peor por internet. Estamos en un momento muy favorable para el desarrollo y potenciación de las redes de comunicación, como de las redes de aprendizaje. Ciertamente, internet es una infraestructura crítica. Pero, a su vez, nos obliga a decidirnos entre más libertad o más protección.La actualización del discurso proteccionista frente a la infancia no deja de ser más que una actualización de este discurso. Pero debemos comenzar a entender que las TIC y su uso por parte de niños, niñas y adolescentes, nos aproxima demasiado a la solución de un reto. Si entendemos por reto que el parámetro o la medida desde la cual nos hemos aproximado a los niños es y ha sido su protección.El mayor reto que enfrentamos no son cuestiones particularistas de las TIC. Perderíamos perspectiva para la solución. Y por supuesto existen problemas, y a veces graves, por ejemplo vinculados con la pederastia en internet y, en este caso, con fenómenos como el ‘grooming’, que es el chantaje a una niña o niño por parte de un adulto (que se hace pasar por niño o niña) a través de internet y las redes sociales con el objetivo de llegar a mantener relaciones sexuales. O el ‘Cyberbullying’, que es el acoso entre pares niños y/o adolescentes a través de las TIC y su uso en ese sentido.También debemos tener en cuenta que este tipo de delito es minoritario si analizamos los anuarios, por ejemplo en España del Consejo General del Poder Judicial. Otra cuestión sería hablar de su impacto informativo y del uso inapropiado de esta información por parte de informadores (ya sean profesionales o no). Así, habría que cubrir las demandas de códigos deontológicos profesionales en este sentido.Pero, retomando el argumento anterior, hay que matizar qué es perspectiva para tratar este tipo de cuestiones. Primero las Fuerzas de Seguridad del Estado son los profesionales habilitados para realizar estas labores contra el delito, y segundo ya no nos sirve esta querencia por ese lugar común, la separación entre eso denominado la realidad y la virtualidad. No deja de ser la realidad un continuo si es experiencia e interacción.Siempre deberíamos comenzar a entender que la perspectiva adecuada se sitúa y debe situarse sobre la pregunta: ¿qué es la participación social infantil? En el momento en que el uso de las TIC por parte de niños, niñas y adolescentes es, realmente, la posibilitación de su participación social (esta es la oportunidad). Además, desde el momento que calificamos a los niños y niñas de menores (aparte de ser una expresión de marcado carácter jurídico) olvidamos que sumado al concepto, minoría de edad, discriminamos al no suponer que los niños son protagonistas de su propia realidad y la infancia un grupo social en sí mismo.

¿Y qué particularidades se dan en Latinoamérica en la relación entre infancia y TIC?Las TIC son un fenómeno en auge en LATAM. El proyecto ‘One laptop per Child’ ha tenido y sigue teniendo un impacto significativo en la dotación de computadoras portátiles a niños y niñas latinoamericanas para su proceso educativo. Proyecto que suponía y supone superar un posible problema infraestructural, al carecer demasiadas comunidades de acceso a internet por cable.La gran evolución de la tecnología móvil (smartphones y tablets) así como la diversidad de terminales de coste reducido disponibles posibilitan la adquisición de los mismos. Así, un importante segmento de la población de LATAM se han convertido en internauta con el uso de tecnología móvil.Vinculado a los procesos migratorios, y al ser Latinoamérica una región donde el fenómeno de la migración es relevante, hay que destacar cuál es la experiencia migratoria de la población infanto-adolescente latinoamericana y cómo se adapta a este proceso, vinculado a la aculturalización a entornos, a veces diferentes en los países de acogida. La pregunta es conocer qué suponen las redes sociales para esta población migrante para la conservación y mantenimiento de los lazos con la familia en origen. Y, a su vez, conocer su experiencia y su afectación en la conservación de valores identitarios de la cultura de origen.También vinculado a los procesos de adopción internacional de niñas y niños de países LATAM, es interesante conocer el efecto emocional que supone para el adoptado la posibilidad de usar las redes sociales de internet para localizar a su familia biológica frente a la familia adoptante. Al ser las redes sociales posibilitadoras sobre esta iniciativa.En todo caso, cuestiones que son relevantes, y que supone analizar el impacto del desarrollo de las TIC tanto en origen y en destino, atendiendo al tipo de experiencia de la población migrante general como de la población infanto-adolescente migrante y adoptada en particular, y su efecto.

¿Cómo sabemos si nuestro menores están haciendo un uso racional de internet?La proliferación de controles parentales, que en muchos casos vienen por defecto, por ejemplo, en la instalación del antivirus en la computadora, debe de ser analizada (en su uso) desde dos vertientes: padres y madres que lo conciben como la solución definitiva para garantizar sin su presencia física un tipo de navegación por internet determinada de su hijo o hija; o padres y madres que lo conciben como solución parcial.El llamado control parental como idea, a veces se contrapone a la mejor interacción intrafamiliar como idea. Debemos saber que una, el control parental, no es sustitutiva de la otra y en muchos casos son contradictorias. La brecha etaria es una brecha intergeneracional que supone la distancia o el distanciamiento entre generaciones, por el hecho de ser distintos grupos de edad. El control parental es la manera negativa de nombrar la solución ante la supuesta brecha intergeneracional, y la mejor interacción intrafamiliar es la manera positiva de nombrar la solución ante la supuesta brecha intergeneracional.
Una de las preocupaciones (reflejo de los estereotipos sobre el uso de las TIC por parte de quienes mantienen un discurso internet-fóbico) es la adicción a las TIC o a los videojuegos de los niños, niñas y adolescentes. En este caso, deberíamos saber discriminar qué es un trastorno conductual o de la personalidad que tiene tratamiento psicológico, de qué es un ‘residente digital’ atendiendo a la clasificación de David White entre ‘visitantes’ y ‘residentes’ digitales.Así, ante la hibridación constante entre interacciones en espacio físicos y a través de las redes sociales de internet, aparte de ser valorado de ‘mala educación’, debemos entender que si la racionalidad es la medida del tiempo determinado de conexión, es un supuesto de racionalidad anclada sobre un modelo de interacción sin TIC. La racionalidad no deja de ser más que la expresión de una lógica de acción social o la asunción de esta lógica por un sector más conservador o menos conservador de la población. En todo caso, la racionalidad también debe de ser una medida sobre qué y cómo impacta un programa informático (en su defecto una aplicación) diseñado por una empresa sobre la sociedad. Desde este punto de vista, es importante su regulación por las autoridades competentes, en el caso europeo por las Leyes nacionales de sus Estados Miembros o por las Directivas Europeas en este sentido. Podemos destacar, a su vez, las medidas sobre PbD (Privacy by Design), ‘Privacidad por Defecto’ en su traducción española. Medidas que suponen que cuando alguien abre un perfil, por ejemplo en una red social, tenga por defecto la privacidad más restrictiva.


Kepa Paul Larrañaga  Netólogo y experto en TIC y derechos de infancia, es especialista en ‘Gestión estratégica y liderazgo social’ por el Programa del Departamento de Gestión Pública del IESE. Actualmente dirige un curso sobre derechos de la infancia de la Fundación Internacional O’Belen (FIOB), y otras acciones formativas de ICADE­-Universidad Pontificia Comillas y Aranzadi­-Lex Nova. Es miembro del Grupo de Trabajo Público­-Privado de Menores e Internet’de Red.es para la Agenda Digital española.
Del 26 al 28 de noviembre, estará en Salamanca para impartir el workshop titulado ‘Las aplicaciones tecnológicas en el fortalecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes’. Dicha actividad se enmarca dentro del Seminario Internacional ‘Políticas de Ciudadanía e Inclusión Social de la Infancia y de la Juventud’ de REDidi.

Art. 12. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 12:  El Derecho a Expresar su Opinión y a que Sea Tenida en Cuenta


 El niño tiene derecho a expresar su opinión y 
a que ésta se tenga en cuenta en los asuntos que le afectan.





Los niños primero: Mejor Gasto Público para lograr mejores resultados para los Niños y Familias, Conferencia Anaul Eurochild

EUROCHILD ,Conferencia Anual
 26-28 de noviembre de 
Bucarest, Rumania

El gasto público debe ser para el bien público. 
Creemos que no hay manera más efectiva 
de construir comunidades más cohesionadas y resistentes 
que invertir en los niños y las familias, en particular a los más vulnerables.

La conferencia se reflexionará sobre la aplicación de 
la Recomendación de la Comisión Europea 2013
 "Invertir en los niños: Romper el ciclo de desventaja"

De Eurochild Conferencia Anual 2014 se ocupará de cuestiones importantes en torno decisiones de gasto público. 
¿Qué evidencia se necesita para una buena toma de decisiones? 
¿Cómo se debe utilizar la evidencia?
¿Cómo podemos medir el retorno social a largo plazo de la inversión? 
¿Cómo funciona esta decisiones presupuestarias influencia?
¿Cuál es el papel de los sectores público y privado? 
¿Cómo podemos garantizar la rendición de cuentas en la prestación de servicios, así como la eficiencia y la eficacia? 
¿Cómo podemos involucrar de manera significativa y la autonomía de los niños y las familias que apoyamos?

El contexto europeo e internacional

La conferencia se reflexionará sobre la aplicación de la Recomendación de la Comisión Europea 2013 "Invertir en los niños: Romper el ciclo de desventaja" y el más amplio paquete de inversión social. Se analizará cómo los fondos estructurales y de inversión de la UE se pueden implementar mejor en el próximo período de programación para estimular las reformas y el desarrollo de prácticas innovadoras.

El evento también se enmarca en el contexto de las obligaciones del Estado a la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, que cumple 25 años en 2014 De acuerdo con el artículo 4, todos los Estados Partes adoptarán medidas [para implementar la CDN] al máximo medida de los recursos disponibles ". El Comité de los Derechos del Niño ha acordado elaborar una observación general sobre "Gasto Público para realizar los derechos de los niños 'para que esta conferencia puede hacer una valiosa aportación.

Art. 11. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de





Artículo 11:  Se prohíbe el Tráfico, el Secuestro, y la Compraventa de Niños y Niñas.

 Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para luchar contra los traslados ilícitos y la retención ilícita de niños en el extranjero, ya sea por su padre o su madre o por una tercera  persona.




Art. 10. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 10:  El Derecho a Reunirse toda la Familia en un Estado 

Es derecho de los niños y sus padres y madres salir de cualquier país y entrar en el propio, con miras a la reunificación familiar o el mantenimiento de la relación entre unos y otros.



Derechos del Niño y la crisis económica mundial, Seminario Eurochild

Cómo han respondido  las instituciones europeas 
ante los efectos negativos de la crisis financiera 
sobre los niños y niñas


Eurochild, 
Unidad del Menor europeos Derechos (Univ. Liverpool) y 
el Departamento de Política y Relaciones Internacionales (Univ. Southampton)
10 de noviembre 2014
 Universidad de Southampton, Inglaterra

Estas instituciones han organizado el seminario "Derechos del Niño y la crisis económica mundial", la cuarta de la serie "Las respuestas europeas a Global Infancia Cuestiones de Derechos: El intercambio de conocimientos y la capacitación "(2014-2015).

Este seminario interdisciplinario cubrirá una variedad de temas, centrándose en cómo y en qué medida los niños y los derechos de los niños se han visto afectados por la crisis económica mundial. Más específicamente, el seminario analizará temas clave como la pobreza infantil y la exclusión social, el desempleo juvenil y la protección de los grupos vulnerables (por ejemplo, niños con discapacidades, los niños romaníes). Las presentaciones del seminario se examinará, en particular, la forma en que las instituciones europeas han respondido a abordar los efectos negativos de la crisis financiera en chlidren.

El seminario es gratuita, pero las plazas son limitadas, la participación será seleccionado en un primer llegado, primer servido base. Haga clic aquí para registrarse.

Hay dos becas disponibles para cubrir todos los gastos de viaje y alojamiento de los estudiantes de doctorado que deseen asistir. Averigüe más aquí .


Art. 9. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




 Artículo 9: Los Niños y las Niñas No Serán Separados de sus Padres, salvo excepción 

 Es un derecho del niño vivir con su padre y su madre, excepto en los casos que la separación sea necesaria para su interés superior. Es derecho del niño mantener contacto directo con ambos, si está separado de uno de ellos o de los dos. Corresponde al Estado responsabilizarse de este aspecto, en el caso de que la separación haya sido producida por acción del mismo.

Las cinco cifras sobre pobreza infantil

Las cinco cifras sobre pobreza infantil 

de las que se burla el PP


Las alarmas llevan sonando mucho tiempo, aunque muchos se empeñan en no escucharlas. Desde que a principios de año el  informe de Save The Children sobre pobreza infantil en Europa puso en la mesa datos muy preocupantes relacionados con la situación de casi un tercio de los niños y las niñas en España, 
el Partido Popular ha esquivado en no pocas ocasiones cualquier tipo de debate en torno a la cuestión apelando casi siempre al mismo argumento: no se puede hacer uso político de un problema tan grave: 

1. Uno de cada tres niños vive bajo el umbral de la pobreza relativa

2. El segundo país con la tasa más alta de pobreza infantil de Europa

3. La mitad de los estudiantes sin recursos repite curso 

4. Reducciones de hasta el 50% en becas de comedor y de libros

5. Un presupuesto desinflado para infancia y protección social 

Art. 8. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



 Artículo 8: No Injerencias en su Identidad Personal y Familiar, y en su Nacionalidad 

 Es obligación del Estado proteger y, si es necesario, restablecer la identidad del niño, si éste hubiera sido privado en parte o en todo de la misma (nombre, nacionalidad y vínculos familiares).