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Maternidad, fecundidad y paridez en la adolescencia y la juventud, América Latina.


 Rodríguez Vignoli, Jorge - San Juan Bernuy, Victoria
Signatura: LC/TS.2020/89,  68 p.
Editorial: CEPAL, Julio 2020

DESCRIPCIÓN

Por la relevancia de la reproducción en la adolescencia y la juventud en la agenda social de la región, en este documento se describe y analiza la evolución y desigualdad de varios de sus indicadores. Para ello, se usan los datos de censos y encuestas más recientes disponibles. Se halla que mientras la reproducción en la adolescencia ha caído lentamente luego de un aumento en las últimas décadas del siglo XX, la que ocurre en la juventud ha bajado significativamente. La desigualdad social es alta, pero mayor en la reproducción adolescente y no registra signos de reducción. La baja reciente de la reproducción adolescente se explica por el aumento de la educación y de la anticoncepción. Pero la reproducción temprana aún es frecuente entre los grupos desaventajados, por lo cual abatir las barreras de acceso a la anticoncepción para las adolescentes de estos grupos es fundamental, así como ofrecer oportunidades alternativas a la maternidad adolescente.

ÍNDICE

Resumen
.-- Introducción
.--I. Discusión conceptual y operativa. A. Sobre la tendencia de la reproducción en la adolescencia y la juventud. B. Sobre la desigualdad de la reproducción en la adolescencia y la juventud. C. Variables intermedias que explican el cambio de la fecundidad adolescente
.--II. Fuentes, indicadores, y grupos de edad
.--III. Resultados.y la medición de sus efectos

MENORES OLVIDADAS.

No había un problema, ni una necesidad social que justificase la modificación de la norma 
y, sin embargo, su cambio sí ha producido problemas, 
además de dejar más desprotegidas a las menores que decía se pretendía proteger.
El hecho de que una menor no pueda contar con sus padres, 
de que el miedo a comportamientos violentos de éstos le impida la comunicación con ellos, 
no se arregla cambiando la edad de consentimiento de la mujer, 
sino cambiando a los progenitores. 

José Antonio Bosch,Abogado.

Hasta el mes de julio del 2015, cuando una menor de 16 o 17 años alegaba de forma fundada que solicitar el consentimiento a su padre o madre para interrumpir su embarazo le provocaba un conflicto grave con posibilidad de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o la posibilidad de una situación de desarraigo o desprotección, la ley permitía que se practicase la interrupción del embarazo sin conocimiento ni consentimiento de sus progenitores.

Con los datos del Ministerio de Sanidad, en España no llegaban a cuatrocientas jóvenes al año las que acudían a los centros acreditados de interrupción de embarazo sin ser acompañadas por padre, madre o representante legal y, sin embargo, en base a una supuesta protección de las menores se cambió la ley, imponiendo desde entonces la necesidad de que el progenitor o responsable legal consienta el aborto de las menores de dieciocho años.

Se supone que cuando se modifica una norma es para mejorarla porque existe una nueva realidad social que reclama la reforma, pero no cabe duda que esto es una mera suposición y que son muchas las motivaciones que hay tras una reforma legislativa y ni qué decir tiene que muchas más y no todas abiertamente expresadas, cuando lo que se modifica es una ley de aborto con los votos de los partidos de la derecha.

Así, tras más de cuatro años desde la entrada en vigor la referida reforma, ya podemos analizar los beneficios o desventajas del indicado cambio, que no hay que olvidar afecta anualmente, aproximadamente, a cuatrocientas jóvenes.

Hace unos meses los medios se hicieron eco de una tragedia; una pareja de adolescentes, después de que la chica diera a luz en un hostal, el chico procedió a tirar al bebe al río Besós, donde murió ahogado. Al parecer, la menor había tratado de abortar, pero le dijeron que necesitaba la autorización de sus padres, lo que la hizo desistir.

Estudios recientes indican que hay menores que acuden a Internet en búsqueda de remedios que les permitan abortar porque no son capaces de hablar con sus padres e informarles de que están embarazadas, por miedo a que la reacción de sus padres les cause un daño mayor que el riesgo a una interrupción voluntaria de embarazo sin garantía sanitaria alguna.

La ley cambió para, en palabras de su exposición de motivos, que la menor pudiera contar “en un momento crucial y complicado de su vida, con la asistencia de quienes ejercen su patria potestad”, pero lo que demuestra la cruda realidad es que la menor, que entonces y ahora no puede contar con su padre o con su madre, bien porque se desentienden, porque ni están ni se les espera, o porque el temor fundado a represalias graves le empuja al prudente secreto o por circunstancias similares, no va a dejar de abortar por ello sino que buscará la forma de abortar despreciando el riesgo que supone interrumpir el embarazo al margen de los centros sanitarios, o parirá, con resultados tan tristes como el del río Besós o tan dramáticos como es tener un hijo no deseado en plena adolescencia.

No había un problema, una necesidad social que justificase la modificación de la norma y, sin embargo, su cambio sí ha producido problemas, además de dejar más desprotegidas a las menores que decía se pretendía proteger
El hecho de que una menor no pueda contar con sus padres, de que el miedo a comportamientos violentos de éstos le impida la comunicación con ellos, no se arregla cambiando la edad de consentimiento de la mujer, sino cambiando a los progenitores. Lamentablemente, el cambio en los progenitores no se logra con una norma, sino con educación. Esto es demasiado lento.

Soy consciente de los enormes retos y problemas que tiene por delante el Gobierno de España pero no por ello podemos olvidar que, año tras año, cuatrocientas mujeres se enfrentan al hecho de que, a pesar de haber tomado la decisión de poner fin a un embarazo no deseado, no tienen apoyo ni del sistema público de salud ni de los servicios sociales y que las dos únicas opciones que les quedan son o bien asumir el riesgo de pasar al enfrentamiento abierto con sus progenitores con la posibilidad de violencia física o incluso de ser expulsadas del seno de la familia o bien acudir al mercado clandestino asumiendo los riesgos que ello conlleva para la salud.

Cuatrocientas mujeres al año parecerán pocas o muchas en función de la sensibilidad y conciencia de cada uno. A mi juicio son demasiadas como para ignorarlas, entre otras razones porque coincide que, la casi totalidad de ellas, previo a sus embarazos ya están en situación de gran vulnerabilidad por no decir en situación de desprotección.

La solución es bien fácil. Tan sólo requiere derogar la Ley Orgánica 11/2015 que modificó la Ley del Aborto, devolviendo a su artículo 13 su redacción inicial. Cuatrocientas mujeres al año agradecerán la modificación amén de que evitaremos dramáticos sucesos como el del río Besós e impediremos el desarrollo de un mercado clandestino del aborto con las graves consecuencias para la salud que este tipo de mercado conlleva.

Juzgando con perspectiva de género, y del niño/a, las prestaciones por riesgo durante la lactancia natural.



Lactancia natural. Imagen de la maternidad

Glòria Poyatos i Matas,
Magistrada especialista TSJ 
de Canarias/Las Palmas (Sala Social).

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
1. La sentencia recurrida
El juzgado de lo social desestimó la demanda planteada por la trabajadora, en materia de prestaciones por riesgo durante la lactancia materna, por no haberse determinado con claridad los agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que pudieran influir negativamente en la lactancia. Según el relato fáctico:
  • La actora presta servicios como animadora sociocultural en el «centro de atención al discapacitado». Se le reconoció en fecha 5 de diciembre de 2017 el derecho a prestación derivada de riesgo durante el embarazo. Es madre de 2 hijos, uno de ellos nacido el 20 de abril de 2018 que encuentra recibiendo lactancia materna.
  • Su puesto de trabajo se halla afecto, entre otros, de los siguientes riesgos:
    • Contacto con productos químicos y agentes biológicos, siendo el tipo de exposición inhalatoria.
    • Alto nivel de exposición social, sin ayudas suficientes (apoyos, pausas, etc.) que pueden dar lugar a situaciones de tensión/dificultades de control elevadas/estrés que provoquen perturbaciones o malestar significativo (con agresiones o golpes involuntarios).
    • Según el plan de prevención de riesgos existen agentes, procedimientos y condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en la trabajadora embarazada o en lactancia.
  • No resultaba posible la adaptación del puesto de trabajo de la actora.
  • La actora solicitó prestaciones por riesgo durante la lactancia, que fue desestimada por resolución de la mutua de 24 de agosto de 2018.
  • La operaria percibió prestación de maternidad desde el 20 de abril al 9 de agosto de 2018 y ha permanecido en situación de incapacidad temporal desde el 31 de agosto al 10 de diciembre de 2018.
2. Integración de la perspectiva de género y la perspectiva del niño/a. «Interés superior del menor» como criterio prevalente
Lo más novedoso de la sentencia analizada radica en la integración, junto a la perspectiva de género, de una segunda hermenéutica de análisis jurídico: la «perspectiva del niño» en aplicación de los mandatos internacionales derivados de la Convención sobre los derechos del niño. La resolución camina jurídicamente para llegar al fallo sin perder de vista esta doble perspectiva.
En primer lugar, se parte del impacto de género del debate jurídico1 lo que motiva que la sala extreme las precauciones en su abordaje integrando la perspectiva de género como metodología de impartición de justicia equitativa, en cumplimiento de la «diligencia debida»2
 Pero, además, existe otro impacto sobre el niño/a lactante, que puede verse privado de su derecho a la alimentación natural en condiciones de salubridad, en una fase esencial en su corta vida, en la que necesita no solo una aportación de nutrientes adecuada a sus necesidades, sino también el contacto emocional derivado del vínculo afectivo que se establece entre la madre y su bebé a través de la lactancia materna. Por ello en esta resolución se aplica el principio internacional del «interés superior del niño» como criterio jurídico hermenéutico derivado del artículo 3.1 de la Convención internacional sobre los derechos del niño, vinculante para los Estados firmantes.3

También se hace referencia a la Observación general n.º 16 (2013) sobre las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño4; a la Observación general n.º 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial5 y al artículo 24.2 de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea6.

La aplicación de ambas perspectivas al caso de autos, llevan a la sala a estimar el recurso planteado. 
Los 3 pilares jurídicos de la sentencia son los siguientes:

1º. Carga de la prueba
En primer lugar, se parte de la existencia de riesgos para la lactancia natural porque está reconocido en el plan de prevención de riesgos. Constatado lo anterior, por lo que respecta a la carga de prueba en materia de riesgos que pueden redundar negativamente en la lactancia natural, se recuerda la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de octubre de 2017 (asunto C-531/15, Otero Ramos).7 La evaluación de riesgos del puesto de trabajo de la actora fue realizada en el año 2014 de forma abstracta y no individualizada.

2º. Estado biológico de la madre trabajadora lactante
El famélico informe médico aportado por la mutua en el que descansa su denegación8, es calificado por el tribunal de abstracto y no tuvo en cuenta el estado biológico actual de la trabajadora, pues la lactancia natural lleva consigo cambios hormonales importantes en el cuerpo de las mujeres, como es la liberación de la oxitocina que se inhibe por el estrés, el dolor o cualquier situación que active el sistema nervioso (riesgos psicosociales), con la consiguiente liberación de adrenalina y noradrenalina, aspecto que debe por tanto tenerse en cuenta en la vida de una mujer lactante, al igual que el mayor desgaste metabólico de las madres durante la lactancia.

3º. Impacto en el niño/a lactante
Y se insiste en el impacto nocivo que la denegación injustificada de las prestaciones tiene respecto al bebé lactante, lo que exige dar prevalencia al «interés superior del niño» para garantizar la integridad física, psicológica, moral y espiritual holísticas del niño/a, bajo la obligación de adoptar todas las medidas necesarias, expresas y concretas para hacer plenamente efectivo este derecho.

3. Conclusiones
La sentencia analizada es relevante porque integra la perspectiva del niño/a, derivada de la Convención internacional de derechos del niño, como hermenéutica jurídica de obligado cumplimiento para los poderes públicos, vinculados por el principio de diligencia debida. Se proyecta y concreta en la prestación por riesgo durante la lactancia, el principio internacional del «interés superior del niño», como consideración primordial especialmente relevante cuando se sopesan derechos que se contraponen, a fin de garantizar la integridad física, psicológica, moral y espiritual holísticas del niño/a lactante.

Y a la anterior hermenéutica se suma la perspectiva de género que también es desplegada y aplicada al caso, poniéndose el foco en el estado biológico de la madre trabajadora, pues la lactancia natural lleva consigo cambios hormonales importantes en el cuerpo de las mujeres, que no fueron tenidos en cuenta por la mutua, omitiendo su obligación valorar los riesgos de forma actualizada, específica y personalizada.
Esta sentencia abre un nuevo camino interpretativo acorde con los derechos humanos y las obligaciones internacionales asumidas por España, en aquellos casos, como son las prestaciones por riesgo durante la lactancia natural, donde el bien jurídico protegido transciende de la salud de la madre trabajadora afectando también la del niño/a, a través de la lactancia materna, que no es solo un proceso de aportación de nutrientes sino también catalizador de un potente vínculo afectivo entre la madre y su bebé, que constituye una experiencia única, singular y necesaria para el desarrollo físico y psicosocial del niño/a.

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1 Las prestaciones por riesgo durante la lactancia natural solo pueden ser percibidas por mujeres, por razones biológicas.
2 Esta misma sala ha venido aplicando dicho criterio en numerosas sentencias, entre otras: recs. 1027/2016; 1237/2016; 1596/2018; 19/2019 y 369/2019.
3 Que establece:
En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

4 Los derechos del niño son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí […] La obligación de que el interés superior del niño sea una consideración primordial es especialmente importante cuando los Estados están sopesando prioridades que se contraponen (párr. 12).
5 La plena aplicación del concepto de interés superior del niño exige adoptar un enfoque basado en los derechos, en el que colaboren todos los intervinientes, a fin de garantizar la integridad física, psicológica, moral y espiritual holísticas del niño y promover su dignidad humana […] (párr. 5).
Todos los Estados partes deben respetar y poner en práctica el derecho del niño a que su interés superior se evalúe y constituya una consideración primordial, y tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias, expresas y concretas para hacer plenamente efectivas este derecho (párr. 13).

6 «Entodos los actos relativos a los menores llevados a cabo por autoridades públicas o instituciones privadas, el interés superior del menor constituirá una consideración primordial».
7 Esta sentencia resuelve cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la que se cuestionaba la aplicación de las reglas relativas a la carga de la prueba previstas en el artículo 19 de la Directiva 2006/54/CE para demostrar la existencia de riesgo durante la lactancia natural, en el sentido del artículo 26.3 de la Ley 31/1995, que transpuso el artículo 5.3 de la Directiva 92/85/CEE al derecho interno. La resolución europea declara aplicable el citado artículo 19.
8 Literalmente se dice: «valoradas las fichas técnicas de los productos que manipula (enviados por el servicio de prevención) ninguno de ellos supone riesgo para la lactancia por lo que se deniega la prestación».

Niña incubadora.

 No sólo es en Corrientes donde acaba de legitimarse sin legalidad la adopción prenatal. 
Es decir, instituir a las pibas como incubadoras. 
Como depósitos de niños generados desde la violencia 
para ser paridos de prepo por madres pequeñas y frágiles 
y luego entregados a familias afortunadas.




 No sólo es en Corrientes donde acaba de legitimarse sin legalidad la adopción prenatal. Es decir, instituir a las pibas como incubadoras. Como depósitos de niños generados desde la violencia para ser paridos de prepo por madres pequeñas y frágiles y luego entregados a familias afortunadas. Que siempre esperan la desgracia de los desgraciados para quedarse con su fruto. 
No sólo es Corrientes, aunque sea provincia Pro Vida por decreto desde 2011, aunque sea allí donde una piba de 18, atravesada por la violación sistemática de su padrastro, con una nena de tres parida a los quince y otra en la panza, con la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) negada a pesar de que es una de las razones para la ILE. Pero Corrientes no tiene ILE porque Corrientes es una embajada. Es territorio de la injusticia. Pero no el único.

Porque fue en Jujuy donde obligaron a parir a una nena de once años ultrajada a la que le negaron la ILE. Y le guardaron la familia –lo dijo el gobernador Morales públicamente- para que le adoptara el fruto de su desgracia. Para eso la nena tenía que atravesar todo el embarazo. Nueve meses como envase de aquello que nunca quiso. Porque fue violada primero por el vecino y después por el estado. Una y mil veces.


Como la piba de 18. La de Corrientes. Violentada durante años en su casa. Sin que nadie la viera. Embarazada de esa violencia. Negado ese aborto. Y una vez más. Otra vez el ultraje y el embarazo y la desgracia de una provincia sin ILE porque es un territorio independiente que decide qué es la vida que hay que defender. Cuál es esa vida.

No habría alternativa para ella. Que no quería ver a ese bebé. Que si tenía que nacer, no quería verlo. Entonces es paquete. Es depósito. Es incubadora. Y es la legitimación de la adopción prenatal. Que es ilegal.

Porque desde 2011 Corrientes es provincia Pro Vida por obra, gracia y orgullo del entonces gobernador radical confuso Ricardo Colombi. Porque un tal Julián Dindart fue ministro de Salud de la provincia y más tarde diputado de Cambiemos y presidente de la comisión de Mujer, Familia, Niñez y Adolescencia de la Cámara baja. Y, con tajante coherencia, dijo en 2012 que las pibas se embarazaban para cobrar la AUH. Justo cuando en 2012 dos chiquitas de 10 años parían en Corrientes después de violaciones intrafamiliares. Bajo su ministerio. Y en 2016 lo reafirmó, desde su comisión.

En una estructura ultramontana, cada tres días una nena de 10 a 14 años se convierte en madre en Corrientes después de una violación. Nadie la ve. Ni las redes sociales cerradas ni el estado, que enceguece ante el destino de la fragilidad. Una de las mayores tasas de maternidad adolescente brota en Corrientes. La mayor parte son embarazos no deseados. Las pibas no quieren tener esos hijos. En 2012 ese ministro de Salud, Julio Dindart, mostró impúdicamente la hilacha de su desprecio: “se embarazan porque tienen un recurso económico como premio por haber tenido un hijo”, dijo. Tres años antes Clarín había titulado (el 5 de abril de 2009) “La fábrica de hijos: conciben en serie y obtienen una mejor pensión del Estado”.

Ante las chiquitas violadas y embarazadas, mínimos cuerpos sin desarrollo suficiente como para contener otra vida dentro, psicológicamente arrasadas, el arzobispo de Corrientes, Andrés Stanovnik, batió su lengua en el serpentario. Por las dudas. “Aun en medio de la conmoción e indignación que produjo el hecho, es importante recordar que toda vida humana es un don de Dios y que como tal debe ser respetada y protegida desde el inicio y luego en todas las fases de su desarrollo, hasta su término natural”.

Y luego cargarlas toda la vida con la sombra de su tragedia. O convertirlas en maletas de niños. Cajas transitorias donde se guarden los regalos para las clases predominantes.

En territorios sin derechos ni leyes

Enfermedades, lesiones y factores de riesgo en la salud de niños y adolescentes, 1990 a 2017


La mortalidad infantil y adolescente disminuyó en todo el mundo entre 1990 y 2017.
Estudio sobre la carga mundial 
de enfermedades, lesiones y factores de riesgo de 2017.

GBD 2017 
Colaboradores de salud infantil y adolescente. 
Publicado en línea el 29 de abril de 2019. 




Puntos clavePregunta 
¿Cómo han cambiado los niveles, las tendencias y las causas principales de la mortalidad infantil y adolescente y la pérdida no mortal de salud de 1990 a 2017?


Hallazgos 
Este estudio encontró que la mortalidad infantil y adolescente disminuyó en todo el mundo entre 1990 y 2017, pero la morbilidad ha aumentado como proporción de la carga total de la enfermedad, porque las principales causas de pérdida de salud no fatal durante la niñez y la adolescencia no han cambiado dramáticamente.

Significado 

A medida que la comunidad de salud global continúa dando prioridad a la salud de niños y adolescentes durante la era de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, también se debe prestar atención a examinar y abordar las enfermedades no fatales y la discapacidad en todo el espectro de desarrollo.


ResumenImportancia La comprensión de las causas y los correlatos de la pérdida de salud entre los niños y adolescentes puede identificar áreas de éxito, estancamiento y amenazas emergentes y, por lo tanto, facilitar estrategias de mejora efectivas.


Objetivo
Estimar la mortalidad y la morbilidad en niños y adolescentes de 1990 a 2017 por edad y sexo en 195 países y territorios.


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Conclusiones
A nivel mundial, el estado general de salud de los niños y adolescentes mejoró drásticamente entre 1990 y 2017, en particular debido a la disminución de muertes por enfermedades infecciosas, pero la pérdida de salud no mortal ha aumentado tanto en términos absolutos como relativos.

La brecha entre el mejor y el peor desempeño ha aumentado, ensanchado.
El monitoreo continuo de los impulsores de la pérdida de salud en niños y adolescentes es crucial para sostener el progreso de los últimos 26 años en la era de los ODS. 
La comunidad global debe comprometerse a crear una contabilidad sistemática de los resultados negativos de salud de larga duración y comenzando desde la infancia, asi como los efectos de la morbilidad a largo plazo en los sistemas de salud y el capital humano. Solo así podremos acelerar el progreso hacia 2030 y más allá.


DILEMAS EN LA CRIANZA: Reflexiones en torno a primera infancia.

 por parte de padres, madres y tutores requiere de un debate actualizado. 
Los modelos de crianza asumidos deben replantearse 
para la incorporación integral de los derechos de los niños y niñas de 0 a 6 años 
y para la mejor cobertura de sus necesidades
protección, alimentación, escolarización, provisión, apego, etc.

3 de abril de 2019 
de 9:00 a 14:30 horas.
En Cruz Roja Española. Salón de actos. 
Avda. Doctor Federico Rubio y Galí, 3 
(28039) Madrid.

La estandarización y la exposición a continuas modas periódicas sobre los tipos de cuidados en la primera infancia conviven con la prescripción profesionalizada en la atención a los niños y niñas, generando un clima de exigencia social sobre el cuidado infantil y la percepción de la ampliación de los riesgos y dudas relacionados con la crianza. Este debate concierna a padres y madres, pero con él se ponen de relieve las carencias y la falta de una mirada a los derechos establecidos de los niños y niñas en su primera infancia.

La parentalidad positiva, paradigma del modelo de ser padres y madres, plantea el avance en la mejora de la calidad de vida de la infancia. Se trata de una evolución que debe concretarse en consonancia con diversas cuestiones en las que se encuentran, a su vez, implicados los niños y las niñas como son la escolarización temprana, la socialización y los recursos que se dedican a la etapa de 0 a 6 años y otros derivados de estos, como la conciliación de la vida familiar y laboral, o la profesionalización de la crianza.


La importancia y el reconocimiento social de esta etapa para el desarrollo personal y social de los niños y niñas se plantea en esta jornada en dos debates principales: el “DESEO DE SER PADRE Y/O MADRE Y LOS DERECHOS DE LA INFANCIA” y “REFLEXIONANDO SOBRE LAS PAUTAS DE CRIANZA: ¿MODAS, EVIDENCIAS, CULTURA Y RECOMENDACIONES?”.

Organizan:


Contacto GSIA:
infogsia@grupodeinfancia.org

Abusos sexuales y embarazo forzado en la niñez y adolescencia. Lineamientos para su abordaje interinstitucional.

Plan nacional (Argentino) de prevención 
del embarazo no intencional en la adolescencia.

Gobierno Argentino,
UNICEF.

Consultoras y desarrollo de contenido:
Silvia Chejter de Unicef, 
colabora Valeria Isla.
Dirección y coordinación:
Lic. Silvina Ramos, 
Lic. Tamar Finzi, 
Lic. Natalia Gualdoni.


Introducción
Los abusos sexuales son un problema social que plantea desafíos a todas y cada una de las personas que forman parte de instituciones que tienen contacto con niñas, niños y adolescentes; la comunidad educativa; los equipos de salud; los miembros de otras instituciones, entre ellas, las que atienden a NNA con discapacidad; las personas ligadas a 0rganismos de protección de derechos de  la niñez y la adolescencia y a organizaciones de la sociedad civil que trabajan con NNA.
Dada la complejidad que presenta esta problemática son necesarias políticas y estrategias integrales e intersectoriales que deben traducirse en acciones articuladas, según la competencia de cada sector e institución.
Pensar en un trabajo articulado desde la corresponsabilidad trasciende la enumeración de las diferentes acciones que realiza cada institución. Conlleva conocer los derechos de NNA, las vías formales para su garantía, los resortes institucionales para su defensa y comprender que la protección de derechos implica tomar decisiones que involucran a la totalidad de actores que integran el Sistema de Protección Integral de NNA.

La intervención frente a los abusos sexuales demanda respuestas que tienen que ser interdisciplinarias e interinstitucionales.   Además del objetivo fundamental, que es la atención de cada una de las situaciones, hay otro objetivo, no menos importante, que es ir construyendo rutas de acción para mejores respuestas institucionales.
También se deben implementar acciones de prevención tendientes a evitar la reiteración de episodios y el incremento de sufrimientos y daños de NNA.

A quién va dirigido
Estos lineamientos están dirigidos a integrantes de equipos de salud, de la comunidad educativa, de organismos del sistema de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, a operadores y operadoras de diversos ámbitos del sector público que tienen la responsabilidad de dar respuestas a las necesidades y demandas de niñas, niños y adolescentes que han sido víctimas de  abusos  sexuales.

Población foco
Los lineamientos detallados en este documento están especialmente  orientados a niñas, niños y adolescentes con capacidad gestante menores de 15 años. Se trata de una población prioritaria del Plan ENIA por dos razones:
.- por un lado a causa de la gravedad y magnitud de los embarazos forzados que son producto de abusos sexuales en la Argentina; 
.- y por el otro, porque esta problemática no siempre está contemplada en los protocolos existentes en las provincias en donde se está implementando el Plan ENIA. No obstante, estos lineamientos también pueden ser seguidos en el abordaje de abusos sexuales hacia niñas, niños y adolescentes de otras edades. 



Madres que trabajan fuera de casa:

 entre la culpa y el deseo.

Un estudio considera que las hijas de estas progenitoras tienen empleos mejores de adultas. 
Para la socióloga Lourdes Gaitán es importante resaltar: 

¿es el trabajo un indicador de felicidad para todos?.



Madres que trabajan fuera de casa: entre la culpa y el deseo
Getty
Un estudio de la Escuela de negocios Harvard concluye que las hijas cuyas madres desempeñan un empleo remunerado tienen en la edad adulta una mayor probabilidad de encontrar un empleo, siendo además en la mayoría de los casos puestos de responsabilidad y bien retribuidos. En los hijos se observa una mayor presencia en el hogar y sentido de la corresponsabilidad. Las autoras se han basado en dos encuestas internacionales en las que han participado más de 100.000 personas de 29 países distintos.



Una de sus autoras, Kathleen L. McGinn, profesora de la Escuela de negocios Harvard, declara que “tanto las madres empleadas como las madres que se quedan en casa pueden ser modelos positivos”. Para la docente, lo que los niños ven como "normal" en sus familias a medida que crecen da forma a sus expectativas y preferencias para sus vidas como adultos. “Las madres empleadas buscan la manera de equilibrar el trabajo fuera de casa y las responsabilidades en el hogar, y eso influirá en que sus hijos, especialmente las hijas, tomen ese mismo camino y lo repitan en sus propias vidas”, explica a El País. El valor del ejemplo.

No siempre grandes profesiones.

Para Lourdes Gaitán, doctora en Sociología y socia fundadora del Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia (GSIA), aunque la investigación está bien fundamentada y bien realizada desde el punto de vista metodológico, cree que solo refleja la realidad de la clase media acomodada urbana de países desarrollados, “que es la que suele estar reflejada en la mayoría de los estudios de este tipo”.

Para explorar la posibilidad de que la asociación encontrada en el estudio varíe con la clase social de la familia de origen, sus autoras desglosaron los resultados por categorías ocupacionales generales de las madres: trabajo manual o equivalente, mano de obra no manual de baja calificación, alta destreza, y también el nivel de educación de las madres. 
Según McGinn, la relación positiva entre el empleo materno y la probabilidad de empleo de las hijas es independiente de la ocupación y educación de la madre: “las hijas adultas criadas por madres empleadas tienen más probabilidades de ser empleadas que las hijas criadas por madres que se quedaron en casa a tiempo completo”. En cuanto a la relación positiva entre el empleo materno y el nivel de ingresos, “se aplica principalmente a las hijas criadas por madres que trabajaban en trabajos de alta destreza y que tenían una educación relativamente alta”.

La fundadora de GSIA, por su parte, considera que más que “lo que demuestra el estudio”, es interesante pensar en lo que no se ve: “Tener un trabajo de responsabilidad, de muchas horas y de buena remuneración, es un indicador ¿de qué? ¿De éxito? ¿De felicidad? ¿Quién señala esto como patrón de logro?”, se pregunta. 
No solo el tipo de trabajo de la madre (y del padre) influyen, según Gaitán, en las oportunidades de las hijas e hijos, también la clase social de origen o la existencia (o no) de recursos y beneficios sociales públicos, entre otros.

La economía familiar es un marcador importante, pero en sentido distinto a los aspectos de “mejores trabajos” o de “corresponsabilidad de los hijos”. 
Para Gaitán, en cuanto a los mejores trabajos, si no hay una educación igualitaria y de calidad, los económicamente más potentes estarán mejor situados; además contarán con un “capital social”, que facilitará el acceso a mejores empleos. Sobre la corresponsabilidad, cree que esta puede ser mayor en una economía familiar más precaria, donde es más patente la necesidad de colaboración de todos los miembros. Añade la socióloga que una lectura superficial y rápida de estos estudios suele conducir a una explicación causal lineal: a madres trabajadoras y educación igualitaria, hijas mejor situadas e hijos más colaboradores en el hogar. Sin embargo, lamenta que no se tenga en cuenta a las hijas que fracasan, o que elijen un modelo tradicional, tampoco a las hijas que “triunfan” igual partiendo de situaciones totalmente contrarias. Por eso, frente a lo que la socióloga considera “explicaciones deterministas”, considera que debe primar la autonomía de las personas desde niñas “para marcar y hacer su propio camino”.

Ocurre que quizás también la percepción cuando se habla de términos como “desarrollo profesional” o “carrera profesional” es la de estar hablando de profesiones bien valoradas y remuneradas, y con una proyección enorme o de grandes responsabilidades. En el océano de empleos actuales en los que bucean las mujeres, también hay trabajos precarios, poco o nada reconocidos. Esto, para Lourdes Gaitán, está relacionado con que hay una tendencia a identificar “lo normal” con “lo nuestro”: “Las muestras no permiten, a veces, desagregaciones más finas, o no se buscan, o se cede a la predominancia (y popularidad) de los métodos cuantitativos, en detrimento de otros más largos, costosos y difíciles como son los de carácter cualitativo, que permiten mayor aproximación a lo que desborda lo normal”, explica Gaitán.

La culpa de las madres.
Pese a la relación positiva entre empleo materno y futuro profesional de las hijas que muestra el estudio elaborado por las docentes de la Escuela de negocios Harvard, muchas mujeres que tienen trabajos remunerados fuera del hogar siguen cargando con cierto sentimiento de culpa por tener que dejar a sus hijos pequeños para reincorporarse a su carrera laboral. Mientras que algunas desean la vuelta al trabajo tras la maternidad, otras hubieran preferido dedicarse más tiempo a la crianza y el cuidado de sus hijos. 
Una decisión y un sentimiento de culpa que aún hoy sigue siendo mayoritariamente “cosa de mujeres”. Así lo demuestra el informe La vida de las mujeres y los hombres en Europa, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Eurostat. Según el mismo, la tasa de empleo entre las mujeres de 15 a 64 años en España (datos de 2016) es del 54,3%, diez puntos y medio menos que la de los hombres (64,8%). Entre las madres con un hijo, la tasa de ocupación sube sorprendentemente hasta el 63%, pero la brecha con los hombres empieza a ampliarse (77,7%). Una brecha que se dispara con la llegada del segundo hijo (62,9% por 83,7%), para alcanzar su máximo en el caso de las familias con tres hijos (46,5% por 72,7%).

Laura del Valle es del 63% de las mujeres españolas con un hijo que tiene un empleo remunerado. Se reincorporó a su puesto de trabajo cuando su hijo tenía cinco meses y doce días porque acumuló la lactancia y las vacaciones del año anterior. Ella pudo dejar a su hijo con la abuela, pero reconoce que al principio fue muy duro. “Te invaden las dudas, te planteas si estará bien, y si tu madre le estará cuidando como tú deseas. Había días que se quedaba llorando y me sentía muy mal por no poder quedarme con él”, cuenta. Si no hubiera sido porque tenía que trabajar a jornada completa, admite que habría tenido otro hijo, pero dadas las circunstancias, ha preferido no tener más. “Yo no estoy mal en mi trabajo, pero hubiese necesitado alguna ayuda o algo más para poder estar con mi hijo al menos hasta el año o los dos años, porque tampoco me compensa tanto como para dejarle con alegría para desarrollarme profesionalmente yo... Si trabajaba entonces era porque no me quedaba más remedio, pero hasta que empezó el cole me hubiese gustado criarle solo yo”, lamenta.

A Gentzane Landa, maestra de educación primaria, no la renovaron su contrato por estar embarazada. No fue hasta que su hijo cumplió casi dos años cuando volvió al mercado laboral, y lo hacía en un sector muy distinto al de su formación, pero en un puesto en el que podía compaginar mejor el cuidado de su hijo. Ahora acaba de ser madre por segunda vez y a punto de reincorporarse tras el permiso de maternidad siente una gran culpabilidad por no poder estar con una bebé que tendrá 18 semanas de vida cuando llegue el día de su regreso laboral. “La vuelta al trabajo me genera muchos sentimientos. Por una parte me da mucha pena y siento una gran culpabilidad porque no le voy a poder dedicar el 100% de mi tiempo, como sí hice con su hermano. A veces incluso siento ansiedad al pensarlo. También me preocupa tener que depender de una guardería siendo tan pequeña. Por suerte solo voy a trabajar a media jornada, la guardería está al lado de mi trabajo, y los días de libranza no irá, por lo que la podré disfrutar bastante. En una pequeña parte de mí también tengo ganas de volver al trabajo porque me gusta mucho lo que hago, son pocas horas, y yo creo que lo podremos llevar bien las dos”, cuenta.

Concluye Lourdes Gaitán que nunca utiliza el término “conciliación” porque lo considera una falacia y una trampa para las mujeres. Para paliar en parte ese sentimiento de culpa materna con respecto a la reincorporación al puesto laboral y para disminuir la brecha entre hombres y mujeres en lo referente al impacto que la llegada de los hijos tiene en sus aspiraciones laborales, la socióloga ve fundamental que “las actitudes igualitarias y los horarios laborales y escolares compatibles para que hombres y mujeres, niñas y niños puedan vivir, convivir y desarrollar sus vidas de forma armoniosa, según sus deseos y preferencias, sean una realidad”.


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Una empresa catalana ofrece bebés a la carta utilizando un método que en España es ilegal:





 la contratación de un vientre de alquiler en otro país.


"El pack VIP de una agencia ofrece un bebé 
al módico precio de 86.000 euros", Nuria González.

Campaña de la Asociación "Son nuestros hijos"
que utiliza este lema del movimiento feminista 
para defender la "gestación subrogada".


La abogada especialista en Derechos Humamos Nuria González López cuenta en A vivir que una agencia de Barcelona que “ofrece servicios de gestación subrogada vende esta práctica como un mecanismo que permite quitarle los derechos a una persona que los tiene para dárselo a otra”.

Nuria se hizo pasar por una potencial clienta que busca ser madre alquilando el vientre de otra mujer. Así descubrió sus métodos de trabajo. “Esta agencia trabaja con todos los países del mundo donde esta práctica está regulada pero lo habitual es que prioricen aquellos donde la legislación es más laxa. No obstante, los clientes suelen buscar bebés con rasgos caucásicos así que España trabaja sobre todo con Rusia y Ucrania”. 

A ella llegaron a ofrecerle un pack VIP por 86.000 euros. El dinero que finalmente recibiría la gestante sería entre 10.000 y 12.000 euros.

Esta no es la única empresa que ofrece este servicio en España. “Es fácil encontrar en la red agencias similares. Es grave que vendan una práctica que en España ha sido declarada ilegal por el Tribunal Supremo y lo es también que aparezcan registradas en el registro mercantil como empresas de servicios inmobiliarios. Esto significa que comenten delitos fiscales que nadie está controlando”.




Si quieres saber más sobre los países a los que recurren los españoles para contratar vientres de alquiler, cómo es el proceso y el debate que existe sobre su legalidad y las críticas a esta práctica dentro del movimiento feminista, puedes escuchar este diálogo en el que participan Antonio Vila-Coro, vicepresidente de la plataforma "Son nuestros hijos" y padre de una niña por gestación subrogada, Alicia Miyares, portavoz de 'No somos vasijas', Silvia, madre de una niña por gestación subrogada en Estados Unidos, y María Eugenia Rodríguez Palop, jurista de la Universidad Carlos III de Madrid.


Maternidades adolescentes.

La influencia del origen cultural en la planificación familiar.

Trabajadora Social y Periodista.


Hace tiempo que vengo observando la extrema juventud de muchas de nuestras usuarias con hijos a cargo. La mayoría han sido madres mucho antes de lo habitual en estas latitudes, donde la maternidad ha tendido a retrasarse. Por esta razón he querido analizar la influencia del origen cultural en la planificación familiar.

Tal y como señalan Rodríguez Portilla y Martínez Rojo (2011), al analizar de qué manera influye la cultura del país de origen en la planificación del embarazo y la anticoncepción, hay que tener en cuenta el riesgo de caer en estereotipos. Cada persona es un mundo, incluso entre personas con una herencia cultural común. 
Partimos de esa base, para evitar generalizaciones. Los datos que se van a exponer son meras tendencias estadísticas, salvando siempre la individualidad de cada persona, sea cual sea su origen étnico o nacional.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en su informe : La reproducción en la adolescencia y sus desigualdades en America Latina (2014) señala que casi el 30% de las mujeres latinoamericanas son madres adolescentes, con un nivel superior al de África Subsahariana y al promedio mundial. Algunos estudios señalan que al migrar modifican sus patrones de conducta reproductiva (Bueno et al, 2008). Pero pese a ello, la incidencia de embarazos en adolescentes de origen latinoamericano en nuestro país es superior a la de las autóctonas.
Otro estudio señala que los adolescentes latinoamericanos presentan más conductas sexuales de riesgo que los autóctonos (Bermúdez et al. 2010). Un menor uso del preservativo en todos sus contactos sexuales, menos relaciones con parejas estables, más relaciones sexuales bajo el efecto de las drogas y mayor contagio de ETS. La edad media de comienzo de las relaciones sexuales es de 15 años, tanto para autóctonos como para latinoamericanos.

El CSIC en su estudio Maternidad adolescente en España nos muestra las consecuencias de los embarazos a esta edad, como el abandono precoz de los estudios o la precariedad en el empleo. Se abre así un camino lleno de obstáculos y desventajas para estas jóvenes.
Rodríguez et al (2011) realizan un análisis sobre la influencia de la cultura en la conducta sexual y la anticoncepción. Entre las razones para la elevada tasa de embarazos no deseados en adolescentes latinoamericanas, destacan el desconocer el uso correcto de los anticonceptivos, la oposición del varón a su utilización, la concepción tradicional de la sexualidad (vinculada a la reproducción), ideas preconcebidas sobre el uso de preservativo (vinculación a relación poco seria o a laxitud en la conducta moral) y la influencia de las creencias religiosas. En caso de embarazo no deseado, las parejas tienden a separarse y aunque en un principio este colectivo tiende a rechazar la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) posteriormente se acepta (Rodríguez et al, 2011). Según estas autoras, la mujer que emigra tiene un proyecto migratorio del que depende el futuro de su familia. Los embarazos no deseados (propios o de sus hijas adolescentes) ponen en riesgo ese proyecto migratorio. Esta es una posible explicación a las elevadas cifras de IVE en mujeres latinoamericanas.

Tras las españolas, las latinoamericanas son el colectivo con tasas de IVE más elevadas, según datos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (2016). La mayoría de las mujeres que se someten a una IVE son mujeres nacidas en España, seguidas por las nacidas en América, y porcentajes muy inferiores de otras procedencias. Un total de 9.375 intervenciones se realizaron en jóvenes de 15 a 19 años y 406 en menores de 15.

Solo con una educación sexual integral que tenga en cuenta sus características, sus valores, su herencia cultural, y sus condicionantes sociales, culturales, educativos y religiosos, se podrá luchar contra los embarazos no deseados en estas jóvenes. 

La educación sexual y la planificación familiar son vías esenciales para la prevención, y siempre han de tener en cuenta las características del colectivo al que se dirigen. Esto podría estar fallando, depositando en la familia la responsabilidad total sobre la educación sexual de sus hijos, y por tanto, dejando a muchas jóvenes expuestas a embarazos no deseados.