La “política del miedo” amenaza los derechos, Informe


Informe Mundial 2016

Human Rights Watch

En el Informe Mundial 2016 de 659 páginas, su 26ª edición, Human Rights Watch examina prácticas de derechos humanos en más de 90 países. 
En el ensayo introductorio, el director ejecutivo Kenneth Roth escribe que la propagación de los ataques terroristas más allá de Oriente Medio y los enormes flujos de refugiados provocados por la represión y el conflicto, llevaron a muchos gobiernos a restringir los derechos lo que se tradujo en esfuerzos erróneos por proteger su seguridad

Al mismo tiempo, gobiernos autoritarios en todo el mundo, temerosos de la disidencia pacífica que a menudo se ve magnificada por las redes sociales, emprendieron su ofensiva más intensa en los últimos tiempos contra los grupos independientes.

“Estos retrocesos amenazan los derechos de todos, sin ninguna eficacia demostrada a la hora de proteger a los ciudadanos comunes y corrientes”.

Los diseñadores de políticas en Estados Unidos han utilizado la amenaza del terrorismo para tratar de revertir recientes restricciones modestas a la capacidad de las agencias de inteligencia de recurrir a la vigilancia masiva, mientras que Reino Unido y Francia han tratado de ampliar sus poderes de supervisión. Eso socavaría significativamente los derechos de privacidad sin una mejor capacidad demostrada para frenar el terrorismo. De hecho, en una serie de ataques recientes en Europa, los autores eran conocidos por los servicios de seguridad, pero la policía estaba demasiado desbordada como para poder llevar a cabo un seguimiento adecuado. Esto sugiere que lo que se necesita realmente no es una mayor cantidad de datos, sino más capacidad para investigar pistas específicas, señaló Human Rights Watch.

“Culpar a la totalidad de los inmigrantes o las comunidades minoritarias, además de un error por sí mismo, también es peligroso”, dijo Roth. “Denigrar a comunidades enteras por las acciones de unos pocos genera precisamente el tipo de división y animosidad que los reclutadores de terroristas anhelan explotar”.

La respuesta de Europa a la afluencia de refugiados también ha sido contraproducente. El efecto de dejar a la mayoría de solicitantes de asilo sin otra alternativa que arriesgar sus vidas en embarcaciones poco seguras para cruzar el mar y llegar a Europa ha creado una situación caótica que los terroristas potenciales pueden explotar fácilmente.

Asylum seekers and migrants descend from a large fishing vessel used to transport them from Turkey to the Greek island of Lesbos. October 11, 2015. LAUNCH GALLERY
“La creación de vías seguras y ordenadas para que los refugiados puedan llegar a Europa reduciría el número de vidas perdidas en el mar, a la vez que ayudaría a los funcionarios de inmigración a descartar los potenciales riesgos, incrementando así la seguridad para todos”, dijo Roth.

Los movimientos populares lanzados por organizaciones de la sociedad civil con la ayuda de las redes sociales preocuparon a muchos gobiernos autoritarios. Los precedentes de los levantamientos árabes, la “revolución de los paraguas” en Hong Kong y el movimiento Maidan en Ucrania desataron una determinación entre muchos autócratas para evitar que la gente se uniese con el fin de hacerse oír.

Gobiernos abusivos han tratado de sofocar a grupos cívicos promulgando leyes que restringen sus actividades y cortan el financiamiento internacional que necesitan. Rusia y China figuran entre los peores infractores. Una represión de esta intensidad no se había visto en décadas, incluyendo la persecución de grupos disidentes en Rusia y el arresto de abogados y activistas en China, dijo Human Rights Watch. El partido gobernante de Turquía ejecutó una fuerte represión, enfocada en los activistas y los medios de comunicación críticos con el gobierno.

Etiopía e India, a menudo mediante el uso de retórica nacionalista, impusieron límites a la entrada de capital extranjero para eludir la supervisión independiente de violaciones de derechos cometidas por el gobierno. Bolivia, Camboya, Ecuador, Egipto, Kazajstán, Kenia, Marruecos, Sudán y Venezuela han promulgado leyes imprecisas y excesivamente amplias para controlar a los activistas y socavar la capacidad operativa de los grupos independientes. Los gobiernos occidentales han sido muy lentos en pronunciarse en contra de estas amenazas globales.

A pesar de estas graves amenazas a los derechos, el 2015 también trajo novedades positivas. Las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT), a menudo víctimas de leyes abusivas y ataques violentos, lograron grandes avances hacia la igualdad con la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo en Irlanda, México y Estados Unidos, y la despenalización de la homosexualidad en Mozambique. En el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, una declaración de 72 países estableció el compromiso para acabar con la violencia y la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género.

Las históricas elecciones en Birmania transcurrieron pacíficamente en noviembre, y los nigerianos también celebraron la transferencia pacífica del poder a la oposición. En septiembre, la ONU adoptó 17 objetivos de desarrollo ambiciosos que por primera vez son universales y están fundados en los derechos humanos. Esta agenda incluye metas para alcanzar la igualdad de género y facilitar el acceso universal a la justicia. En la cumbre climática de la ONU en París, los gobiernos acordaron por primera vez “respetar, promover y considerar” los derechos humanos en su respuesta al cambio climático, especialmente en lo que respecta a los pueblos indígenas, las mujeres, los niños, los migrantes y otras personas vulnerables.

El fracaso de los enfoques punitivos al consumo de drogas ha impulsado un mayor diálogo y la toma de medidas para la despenalización en muchos lugares, entre ellos Canadá, Chile, Croacia, Colombia, Jamaica, Jordania, Irlanda, Túnez y EE.UU. Y las víctimas de Hissène Habré aplaudieron el juicio contra el ex dictador de Chad, procesado en Senegal por crímenes contra la humanidad durante su gobierno en la década de 1980: el primer juicio de un ex jefe de Estado por los tribunales de otro país.


“La sabiduría consagrada en el derecho internacional de los derechos humanos proporciona una guía indispensable para los gobiernos que tratan de mantener la seguridad de su nación y servir a su pueblo con mayor eficacia”, dijo Roth. “La abandonamos a nuestro propio riesgo”

La Defensora del Pueblo pide facilitar el cambio de nombre a los niños y niñas transexuales


La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha solicitado al Ministerio de Justicia que imparta instrucciones a fin de facilitar la "rectificación" del nombre propio de los niños y niñas transexuales con el objetivo de que concuerde con su identidad de género y quede garantizado tanto el interés superior del menor como su seguridad jurídica.
"La identificación pública con el nombre registrado en discordancia con el nombre que refleja su identidad provoca en los menores transexuales un malestar que puede ser perjudicial para su desarrollo personal", alega la Defensora en su informe anual, presentado esta semana ante las Cortes Generales.
Becerril pone de manifiesto su "preocupación" ante los "distintos tipos de discriminación que sufren los menores transexuales", entre los que se encuentra la dificultad con la que se encuentran sus padres para hacer efectiva esa rectificación en el Registro Civil.
Según explica este organismo, varias asociaciones de familias de niños y niñas transexuales han acudido a la oficina del Defensor del Pueblo para denunciar la disparidad de criterios de los encargados de los registros civiles de los distintos territorios de España ante la petición de cambio del nombre inscrito por el usado habitualmente.
"Estos menores presentan disforia de género o transexualidad y solicitan el cambio del nombre con el que están inscritos en el Registro Civil, el cual no se corresponde con la identidad sexual que sienten personalmente y muestran socialmente", alerta.
La Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, solo legitima a solicitar la rectificación de la mención registral del sexo a las personas de nacionalidad española mayores de edad.
Por este motivo, según indica la institución, los progenitores solicitan el cambio de nombre, conforme lo previsto en el artículo 209 del Reglamento del Registro Civil, ante los registros correspondientes que autorizan o deniegan el cambio de nombre con el resultado de una "disparidad de criterios" dependiendo de la oficina a la que se dirijan

Cadena Perpetua a los niños y niñas a nivel mundial. Situación en EEUU

Sentencias Inhumanas



Fuente               


En 73 países del mundo, las personas pueden ser condenadas a cadena perpetua por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años. Otros 49 Estados permiten sentencias de 15 años o más, mientras en otros 90 las sentencias pueden ser de 10 años o mas. El nuevo informe de CRIN, Condenas inhumanas: cadena perpetua a niños de todo el mundo (en inglés), revisa leyes de todos los Estados para analizar de qué manera los niños pueden ser condenados a cadena perpetua. Asimismo, examina qué nuevos regímenes de penas se han implantado en los países en los que se ha abolido la prisión perpetua. Este documento también presta atención a cómo se han empleado los mecanismos de derechos humanos a nivel internacional, regional y nacional para combatir la cadena perpetua para menores y qué posibilidades ofrecen a los activistas.
Puede leer un resumen del informe y las recomendaciones en español. 
El informe completo habla sobre: 
  • La legalidad de la cadena perpetua a niños a nivel global
  • Cómo definen los sistemas jurídicos la cadena perpetua
  • Las edades a las que niños pueden ser sentenciados a cadena perpetua
  • Cuántos niños cumplen sentencias de cadena perpetua
  • Las penas máximas que puede recibir un menor de 18 años en países en los que se ha abolido la cadena perpetua, y
  • La manera en que los mecanismos internacionales, regionales y nacionales de derechos humanos han abordado la cadena perpetua a niños, y las oportunidades disponibles para activistas que buscan la abolición de esta sentencia inhumana. 

Información adicional

Analice los perfiles de los países hispanoparlantes y de las Ámericas en español donde se examinan sus legislaciones nacionales y sus prácticas en profundidad, además de los de países en ÁfricaAsiaEuropa y Oceanía (en inglés).
Lea el documento de orientación de CRIN: Dejemos de convertir a los niños en criminales.
Explore la jurisprudencia sobre la cadena perpetua, la pena de muerte y la pena corporal, disponible en la base de datos jurídica de CRIN
La ONG sobre la Violencia contra los Niños, Crear un sistema judicial juvenil sin violencia.

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EEUU tiene a 79 niños con menos de 14 años 

condenados a cadena perpetua

presos-adolecentes

Y CASI 2.500 MENORES DE EDAD, SIN POSIBILIDAD DE LIBERTAD CONDICIONAL

  • Casi dos tercios de los miles de menores condenados a cadena perpetua son de color y 175 niñas, algunos de los cuales llevan más de media vida encerrados.

  • La Corte Suprema, el más alto tribunal de EEUU, declaró inconstitucional en mayo esta pena a menores, pero 29 estados todavía lo establecen por ley.

Washington, 24 feb. 2015
Librado al final de esta posibilidad, a cambio de una condena hasta 2018, Cristian escapó de unirse a un selecto grupo, el de los niños sentenciados a morir en una prisión norteamericana. 
En la actualidad, 79 presos con menos de 14 años se encuentran cumpliendo cadena perpetua sin posibilidad de excarcelación, de los casi 2.500 menores condenados en el país a estar toda su vida en una cárcel, según cifras de Human Right Watch, un 16,4% del total de presos. Casi dos tercios de estos menores son jóvenes de color y 175 niñas, algunos de los cuales llevan más de media vida encerrados.

Una polémica que se reabre después de que la Corte Suprema, el más alto tribunal de EEUU, declarase en mayo de este año que la cadena perpetua a menores era inconstitucional. Se trataba de la tercera decisión sobre esta materia que tomaba el grupo de nueve magistrados: en 2005 abolió la pena de muerte para este colectivo, salvando a 50 niños del corredor de la muerte, y en 2010 declaró inválida la cadena perpetua para 130 menores sin delitos de sangre.

A pesar de ello, la histórica decisión no supone el fin de estas condenas, como ha quedado patente en el caso de Cristian Fernández. Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Suprema concluyó “que cualquier jurado o juez debe tener en cuenta los factores atenuantes que han llevado al joven a cometer el delito antes de imponer una condena que implique pasar toda la vida en prisión”.
El alto tribunal se pronunció respecto al caso concreto de dos menores de 14 años, Evan Miller y Kuntrell Jackson, aunque la sentencia sentó jurisprudencia. “Espero que la mayoría de los convictos tengan nuevas sentencias, y admito que esta nueva decisión por parte puede hacer que los Estados cambien las condenas por su cuenta o modifiquen sus leyes”, sostenía Bryan Stevenson, abogado de ambos menores, tras conseguir la rebaja para sus defendidos.

EEUU dificulta la imposición de estas penas, pero no las prohíbe
Los magistrados del Supremo dejaban claro que “la posibilidad de que estas condenas se den, va a ser muy baja”, aunque no imposible, al acogerse a la Octava Enmienda, que garantiza el derecho a no ser sometido a castigos inusuales o crueles, a la inmadurez e impulsividad de los condenados para adoptar penas menos rigurosas que a un adulto.
Dejaba sin embargo la puerta abierta a la posibilidad de que sean juzgados como un mayor de edad, como es la situación de Cristian Fernández. Además, algunos de los miembros del alto tribunal expusieron sus reticencias a la decisión. “No hay nada en nuestra Constitución que autorice a esta Corte a cambiar esta decisión”, aseguraba el juez Thomas.
La facción más conservadora formada por su presidente, John Roberts, y los jueces Antonin Scalia, Clarence Thomas y Samuel Alito se opuso rotundamente a la medida, argumentando que “las decisiones sobre las sentencias más apropiadas para los adolescentes asesinos tienen que ser tomadas por los legisladores y no por los tribunales”.

29 estados no diferencian entre homicidas adultos y menores
Y es que en 29 estados norteamericanos, la ley todavía establece la cadena perpetua para el homicidio, con independencia de si el crimen ha sido cometido por un menor. Los Estados tienen libertad para determinar su duración máxima, la mínima es de 10 años, aunque la mayoría todavía recoge la pena de por vida, sin libertad condicional, siendo el único país del mundo en aplicar esta severa pena contra los menores, según Amnistía Internacional.
Varios tratados internacionales prohíben precisamente la imposición de estas condenas, como el artículo 37 de la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño de 1989, ratificada por todos los países salvo EEUU y Somalía. Por otro lado, la Convención Internacional de Derechos Civiles de 1966 fue firmada por EEUU a cambio de incluir una excepción a la prohibición para condenar a menores en “circunstancias excepcionales”.

Los menores con cadena perpetua se han multiplicado por seis desde 1966
Entonces había 400 menores en esa situación, ahora son más de 2.500 los niños que podrían pasar el resto de su vida tras las rejas. Una situación que parece no tener fin, a pesar de las sentencias del Supremo norteamericano. De hecho, el Departamento de Justicia de EEUU reconoce hasta 29 casos de menores de 14 años que han cometido asesinatos en los últimos dos años.
Cristian Fernández podría convertirse en unos meses en uno de esos menores que crezcan y envejezcan en prisión. La acusación de la Fiscalía para juzgarlo como un adulto por la gravedad de su crimen fue aceptada por el juez. De nada sirvió una iniciativa popular que recogió más de 190.000 firmas en todo el país para que sea juzgado como lo que es, un menor.
La fiscalía se opone a esta petición, que permitiría que Fernández quedase libre con 21 años. “Tenemos que proteger a la sociedad de este individuo. Aplicar la pena máxima a un niño de 12 años es algo muy triste, pero es la única medida legal que tenemos para asegurar la seguridad de los ciudadanos”,  aseguraban los responsables de la acusación contra el menor.

Registro Central de Delincuentes Sexuales

entró en vigor el 1 de marzo de 2016.



El Registro, regulado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, emitirá estas certificaciones específicas y obligatorias para quienes ejercen profesiones en contacto habitual con menores; exigencia que recoge la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificada por Ley 26/2015, de 28 de julio de Protección a la Infancia.

Pretende facilitar a los ciudadanos que ejercen profesiones en contacto con menores la obtención de un certificado de antecedentes penales específico sobre delitos sexuales.
Se persigue incrementar así el control de los delincuentes sexuales y prevenir su contacto con menores.

Protección a los menores
La creación de esta base de datos fue aprobada el pasado 11 de diciembre en el Consejo de Ministros para cumplir una previsión de la Ley Orgánica de Medidas de Protección de la Infancia que a su vez, obedece al Convenio de Lanzarote del Consejo de Europa que España ha ratificado y que ha permitido la creación de registros similares en otros países europeos, como Reino Unido.

El objetivo es proteger a los niños de agresores sexuales, pederastas, pornógrafos y tratantes de seres humanos condenados por sentencia firme tanto en España como en otros países y a su vez, favorecer la cooperación policial internacional contra estos delitos de los que sólo a nivel nacional tienen antecedentes más de 43.700 personas.

Obligación de presentar certificación negativa
Para ello, se impone que la persona que trabaje o pretenda trabajar o realizar cualquier tipo de actividad que conlleve contacto habitual con menores deberá presentar ante su empleador una certificación negativa que acredite que no está incluida en dicho Registro. En el caso de los ciudadanos extranjeros, deberán acreditar además que no tienen condenas penales por los delitos referidos en su país de origen o en donde sean nacionales.

Se podrá recurrir a él en procesos de selección
Aunque desde la entrada en vigor de la Ley de Infancia en agosto ya es exigible la presentación de antecedentes penales negativos y algunos centros educativos han comenzado a pedirlos en procesos de selección de personal, será a partir del 1 de marzo cuando puedan obtenerse las certificaciones específicas sobre delitos sexuales.

Mientras entraba en funcionamiento este registro, los antecedentes se han podido recabar en el Registro Central de Penados, pero se trata de un informe con todo el historial del individuo que deja a la vista del empleador cualquier hecho delictivo que haya cometido a lo largo de su vida, tenga o no relación con los menores de edad, tal y como han venido denunciando sindicatos de enseñanza.

Acceso a la información
En todo caso, la nueva base de datos recogerá tanto la información de los condenados en firme dentro y fuera de España como su perfil genético si así lo decide un juez y a ella tendrán acceso los propios interesados, que podrán pedir el certificado gratuitamente; los jueces y tribunales de cualquier orden jurisdiccional, el Ministerio Fiscal, la Policía Judicial y cualquier órgano de la Administración Pública en un procedimiento que requiera de esa información, siempre con autorización de la persona.

De hecho, el encargado del Registro sólo podrá realizar certificados de los datos inscritos sin consentimiento de los interesados cuando exista petición expresa de las entidades públicas de protección de menores para valorar la situación de desprotección de un menor respecto de sus progenitores, tutores, guardadores o acogedores, así como a instancia de las autoridades judiciales o policiales extranjeras inmersas en una investigación, conforme manda el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre.

Información contenida en las inscripciones
Tal y como establece el art. 5 del Real Decreto, el Registro Central de Delincuentes Sexuales contendrá toda la información penal que conste tanto en el Registro Central de Penados como en el Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores respecto de quienes hubieran sido condenados en sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales (en los que incluyen la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores), así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, con independencia de la edad de la víctima, en los términos previstos en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero.

Asimismo, deberá constar el código identificador del perfil genético (ADN) del condenado cuando así se haya acordado por el órgano judicial.
La Administración General del Estado colaborará con las autoridades competentes de los Estados miembros de la Unión Europea para facilitar el intercambio de información en este ámbito.

Control
En este sentido, si bien la norma define la naturaleza, finalidad, funciones y organización del Registro, no entra a regular la casuística relativa al cumplimiento de la prohibición establecida en el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, durante el ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, como el modo en que se controlará que un autónomo que trabaja con niños no tiene esos antecedentes o el proceder y los plazos que habrán de seguir los centros educativos para acreditar que sus empleados tampoco los tienen.

El Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, establece en su disposición adicional segunda que "en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor, el Ministerio de Justicia adoptará las medidas necesarias, en colaboración con los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte, de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de Empleo y Seguridad Social y, en su caso, promoverá las adaptaciones reglamentarias que sean precisas para facilitar el cumplimiento de la prohibición" de que estos condenados trabajen con menores.

'Los derechos de las niñas, niños y adolescentes en situación de desahucio.

El caso de Gipuzkoa

Joana Miguelena Torrado
Trabajo fin de Máster

Unicef premia un trabajo sobre niños 

en situación de desahucio en Gipuzkoa

  • Un trabajo fin de máster titulado 'Los derechos de las niñas, niños y adolescentes en situación de desahucio. El caso de Gipuzkoa', de Joana Miguelena Torrado, ha sido premiado por Unicef por su contribución al análisis de los derechos de la infancia.
  • Además de contextualizar el fenómeno de la pérdida de vivienda, el trabajo tiene como objetivo analizar los derechos de la infancia que se vulneran y estudiar cómo actúan distintos agentes encargados de salvaguardar los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes cuando éstas y éstos están inmersos en un proceso de desahucio.
    La autora del estudio ha pretendido conocer la realidad de las familias en una situación de desahucio, "sus vivencias, sentimientos y la realidad en la que encuentran las niñas, niños y adolescentes, tanto en lo concerniente a sus derechos como a su protección".
    Para ello, ha realizado una investigación basada en entrevistas que recogen perspectivas diferentes que interactúan con la infancia en un proceso de desahucio: por una parte, la perspectiva de la familia, por otra, la legal y, por último, la de la protección y de los derechos de la infancia. 


Según ha informado la Universidad del País Vasco en un comunicado, el trabajo fue presentado a la 'Convocatoria universitaria de ideas y proyectos para la infancia y la adolescencia' de Unicef.

El ojo que todo lo ve: La policía educa y enseña en los colegios

Por Burgos Dijital

La policía enseñando a los niños y niñas, 
y no precisamente convivencia cívica y pacífica basada en el diálogo y el respeto.



"El ojo que todo lo ve" de Burgos Dijital trae esta instantánea no por su belleza artística, que habría podido ser, sino para dejarla ahí y que cada cual haga su propia reflexión en los tiempos que estamos. La policía enseñando a los niños y niñas, y no precisamente convivencia cívica y pacífica basada en el diálogo y el respeto.

¿Qué hace la Policía en los colegios mostrando las armas? ¿Qué son? ¿Actividades extraescolares de la LOMCE?

Conste que hay que reconocer que hay campañas escolares de la policía que están muy bien, y se tratan cuestiones de prevención de la delincuencia, sobre todo. Pero... esta foto resulta perturbadora.

Sea como sea, ver a niños y niñas empuñando porras no parece que incida mucho en la idea de la paz (aunque en la simulación estuviesen atacando a supuestos "delincuentes", que se puede pensar que así era): ver a las y los pequeños portando escudos y porras inquieta. 

¿Qué opinan las familias que procuran a toda costa que sus pequeños no porten armas, ni de juguete?.

Es fácil que los agentes del Cuerpo Nacional de Policía  puedan haber dicho en sus casas "qué bien lo hemos pasado con los niños en un cole, ja ja ja".

Ser Colaborador

Concerniente al mundo real de la niñez trabajadora

Juan Enrique Bazán y Ángel González
Editores y Autores

Save the -Children
Lima, Perú
Enero de 2016


Ser Colaborador, concerniente al mundo real de la niñez trabajadora, es el título del presente estudio, el cual establece trazos de sentires y pensares en camino hacia su conceptualización. La figura del Colaboradorplanteada en este estudio, viene dada desde las voces vertidas por la misma niñez trabajadora, las expresadas por los Colaboradores que acompañan su quehacer cotidiano, y por la opinión de los Colaboradores referentes por su trayectoria, aportes y tiempos en el movimiento; todos los que actúan orgánicamente en el Movimiento social de niños, niñas y adolescentes trabajadores de América Latina y el Caribe (MOLACNATs)
Esas voces nos llevan a repensar el perfil del Colaborador del movimiento social de NATs.

El movimiento social de la niñez trabajadora tiene una data aproximada de cuatro décadas a escala nacional y de casi tres décadas a nivel regional en América Latina como MOLACNATs.
El movimiento ha sido colmado por el protagonismo de los niños, niñas y adolescentes trabajadores (NATs), quienes en su quehacer social han reivindicado sus necesidades fundamentales, la reposición de sus derechos, así como sus respectivos intereses. 
En estos procesos, Colaboradores adultos acompañaron a los NATs. 

Dichos procesos fueron de distinto orden: económicos, sociales, pedagógicos, culturales, legales, ideológicos y políticos. 
Así, la denominación Colaborador devino, en la acción social, en término polisémico, ya que en la praxis de acompañamiento su labor cumplió distintos sentidos y significados para los NATs. 
Unas veces, fueron más educadores, otras veces más defensores de los derechos humanos de la niñez trabajadora y, así sucesivamente, cumplieron también las demás funciones. El énfasis vino dado por las características y circunstancias de los mismos hechos en que los NATs y sus movimientos sociales estuvieron inmersos; en sus respectivos contextos, con su participación organizada, sus opiniones, su conciencia crítica, con su formación y dinámica social, en síntesis, por su protagonismo. En todo lo cual siempre estuvo presente el Colaborador. Esta fue la manera en que el Colaborador se mantuvo, “con un polo a tierra”, conectado con el sujeto de la realidad social, mediado por la amorosidad. 

La acción social del MOLACNATs fue configurada desde un inicio con la idea e imagen del Colaborador, porque el movimiento social entendió que requería, no solo la viva participación protagónica de los NATs, sino también de una
acción social colaborativa, en el que el otro, Colaborador adulto, resulte comprometido con los NATs en el marco de un nuevo tipo de relación social, un nuevo tipo de movimiento social, en el que la niñez trabajadora marcha acompañada de adultos en un movimiento social autónomo.

Pero en el proceso de repensar nos preguntamos: ¿Qué es ser Colaborador? Esta pregunta fue la que nos lanzó a explorar qué opinaban los niños, niñas y adolescentes trabajadores protagonistas de su participación organizada.

La misma curiosidad nos llevó a preguntarles a los propios Colaboradores activos y a los Colaboradores referentes  que mantuvieron relación orgánica con el MOLACNATs desde su origen. La pregunta tiene respuestas múltiples, reflejando un tanto la variedad de experiencias en el movimiento social de NATs. Sin embargo, el horizonte es, a grosso modo el mismo, tal cual podrán sacar sus propias conclusiones al leer el presente documento.

Los editores tuvimos la tentación de traducir la opinión de los NATs, de los Colaboradores activos y de los Colaboradores referentes del MOLACNATs. Sin embargo, en este estudio no lo hemos hecho, porque cuestionamos críticamente la idea de traducir las distintas voces, toda vez que podría cercenar la riqueza de sentidos que tienen los NATs, su movimiento social y, en él, el significado de la presencia del Colaborador. Toda traducción corre el riesgo de recortar sentidos en aras de un concepto genérico universal, resultando muchas veces en la realidad vacío de contenido. En tal dirección, asumimos que la traducción no necesariamente juega un papel leal con los sujetos, en tanto que cabe la posibilidad que la interpretación no solo sea discrecional, sino arbitraria y hasta antojadiza. No obstante, los editores nos tomamos un espacio en este mismo documento para verter nuestras propias subjetividades y reflexiones críticas sobre el particular.

De esta manera, el lector podrá informarse, comprender y tratar de explicar el ser Colaborador desde su particular posición y síntesis, sobre la base de las distintas opiniones vertidas en el presente estudio y contrastándolas con las suyas. La información de diversas opiniones que ponemos a disposición del lector, nos imaginamos debe conducirlo a sacar en claro su propia interpretación sobre lo que es Ser Colaborador.

Al terminar el estudio, el conjunto de opiniones vertidas, nos colocan frente a un abanico de posibilidades y límites de lo que es o puede ser un Colaborador. Esta apertura nos parece interesante para la reflexión y diálogo futuro en el interior del movimiento social de NATs. Al respecto, pensamos que no tendría mucho sentido cerrar el presente estudio, por parte de los editores, a través de conclusiones o síntesis alguna. Está suficientemente abierto para seguir pensando o para repensar las prácticas del ser Colaborador, e incluso, eventualmente reaprender a repensar qué sentido tendrá ser Colaborador en los escenarios futuros. Esta es una tarea abierta y el presente estudio solo un punto en el imaginario social del ser Colaborador. 

Las opiniones en la primera parte del estudio fueron levantadas en base a cuatro preguntas:
  i     qué es el movimiento social de NATs,
  ii    qué sentido y significado tiene ser Colaborador,
 iii    cuáles son los imaginarios de los Colaboradores,
  iv   qué papel juega el Colaborador en la producción del movimiento.  

Diecisiete NATs, diecisiete Colaboradores activos, y tres Colaboradores referentes contestaron el cuestionario. Al respecto, hilvanamos la redacción del texto final manteniendo la propia textura de cada opinión. Y asumimos que las opiniones vertidas, más que un punto metodológico de saturación técnica de estudio cualitativo, constituye testimonio vivo de posibilidades y límites de los diversos sentidos que los mismos sujetos atribuyen al Ser Colaborador, sean NATs o Colaboradores. 

La segunda parte del presente estudio la consignamos en tres aspectos: 
   i    breve mirada sobre la historia del MOLACNATs,
  ii   anotaciones sobre el ser Colaborador,
 iii   pensando en voz alta el Ser Colaborador en el movimiento social de NATs, diálogo entre los editores. 

Esta segunda parte del estudio es ensayística. En general el estudio se basa, tanto en lo que la gente siente como en lo que piensa, por lo que en cierto modo queda marcado por las subjetividades y la razonabilidad de quienes
han intervenido con sus voces, ante lo cual expresamos nuestro agradecimiento a cada uno de los que cooperaron expresando su opinión.
Es también oportuno manifestar nuestra gratitud al Movimiento Latinoamericano y del Caribe de niños, niñas y adolescentes trabajadores, a través de su Secretaría, por su buena disposición y facilitación para realizar el presente
estudio. Lo propio a la Cooperación financiera de Canadá a través del proyecto Children Lead the way gestionada por Save the Chidren.   


Coordinación de la publicación
Erika Alfageme
Diseño y diagramación
Pilar Elías
© Save the Children International
Oficina Regional para América Latina y El Caribe
www.savethechildren.net

Un juez italiano deshace familias para salvar a los hijos de la mafia

            
El polémico plan del juez Roberto Di Bella 
para detener la influencia de la ‘Ndrangheta en la provincia de Reggio Calabria 
consiste en alejar a los menores de sus padres y 
enviarlos a familias o instituciones de acogida
La madre del clan de los Carbone toca el ataúd de su hijo
Un fotograma de la película Calabria, de Francesco Munzi, 
sobre una familia perteneciente  a la 'Ndrangheta
Cuando en 2011 el juez Roberto Di Bella regresó a Reggio Calabria, sede de una de las redes criminales más poderosas del mundo, se dio cuenta de que los jóvenes menores de edad que comparecían ante su tribunal eran los hijos de los mafiosos que, años atrás, él mismo había puesto tras las rejas.
Darse cuenta de aquello fue como una "especie de epifanía" para este juez de 52 años, que ha pasado gran parte de su carrera (salvo por una temporada de cinco años en Sicilia) en esta región montañosa y algo aislada de Italia, en donde la mafia 'Ndrangheta demostró tener una inmunidad persistente a las tácticas de los cuerpos policiales que han ayudado a frenar la cultura del crimen organizado en otras plazas fuertes de la mafia.

 En 2014 la sociedad italiana se horrorizó con el hallazgo de un coche con tres cuerpos carbonizados, uno de ellos un niño de tres años, en un presunto ajuste de cuentas entre miembros de la Ndrangueta.
En 2014 la sociedad italiana se horrorizó con el hallazgo de un coche
con tres cuerpos carbonizados, uno de ellos un niño de tres años,
en un presunto ajuste de cuentas entre miembros de la Ndrangueta.
EFE
"La juventud perteneciente a la 'Ndrangheta es un fenómeno endémico que ha sido subestimado por mucho tiempo. Debemos detener esta espiral de violencia", sostiene Di Bella.
El juez ha adoptado un nuevo enfoque: desde 2012, el tribunal de menores que preside Di Bella quitó la custodia de unos 30 menores "en situación de riesgo" a sus familias, pertenecientes a la 'Ndrangheta. En algunos casos se reubicó a los menores con familias del norte de Italia; en otros, se trasladó a los jóvenes a centros de menores o se los dejó en manos de organizaciones que luchan contra la mafia.
En cada caso, explica Di Bella, el objetivo es claro: mostrarle al menor –que el tribunal cree que está, de alguna manera, siendo educado para una vida delictiva– que hay otras opciones. "La meta es resguardar a esos niños, darles la oportunidad de tener acceso a la cultura y a la socialización, que son totalmente opuestas a la realidad en la que viven. Queremos alejarlos del destino inexorable que son la cárcel o la muerte a temprana edad", asegura el juez.

Cuando la Acción Educativa en la Escuela Infantil promueve el Desarrollo

Debe prevalecer el Derecho a la Educación del niño
sobre el derecho a la Conciliación laboral/familiar

Con motivo del XV Aniversario


5 de Marzo de 11,30 a 13,30, 
en C/  Maldonado 53
Sede Fundación Progreso y Cultura

"En la sociedad que vivimos domina aún mayoritariamente la idea 
de que lo importante es la "conciliación de la vida laboral y familiar" 
sin  que por el contrario sea la Educación de los niños y niñas 
lo prioritario en los primeros años de la vida.."


De nuevo os invitamos  a compartir un par de horas intensas, de aprendizaje y disfrute, con Cintia Rodriguez profesora de la Universidad Autónoma de Madrid ( conocedora en profundidad de la Educación Infantil) que  impartirá con nosotr@s un estudio que han realizado en las aulas de bebes y un año, tendremos ocasión de conocer el estudio y debatir con ella todos los los aspectos del mismo así como los interrogantes que se plantean desde nuestra propia practica.

El momento es crucial, en la sociedad que vivimos domina aún mayoritariamente la idea de que lo importante es la "conciliación de la vida laboral y familiar" sin  que por el contrario sea la Educación de los niños y niñas lo prioritario en los primeros años de la vida. Así resulta que cuando el tema de l@s mas pequeños aparece en la agenda pública se habla de "guarderias" y a ser posible dentro de los centros de trabajo como una conquista fundamental. No estamos de acuerdo con ese enfoque.

La Educación de l@s niñ@s pequeños no tiene que ser incompatible con la necesaria  "conciliación de la vida personal y laboral", lo que pasa es que debe prevalecer el interés del niño y su derecho a una Educación Infantil de calidad, y esta pasa por proporcionarle un entorno rico y estimulante, unos profesionales bien formados, unos horarios racionales y adecuados a su edad, unos espacios lo mas próximo posibles a su entorno familiar, social, de ocio y convivencia con otros iguales y cercanos.

Nuestra Asociación que celebra ahora su XV Aniversario,  ha defendido y defiende que la conciliación  no  debe pasar por  l@s niñ@s, otras cosas han de cambiar para que sea posible, por ejemplo los horarios laborales, la mayor implicación de los  padres en la crianza, (los hijos no son solo de la madre) etc. Necesitamos Escuelas Infantiles  Públicas de Calidad para tod@s l@s niñ@s en todos los barrios, con recursos para responder a las necesidades especificas de cada sitio.

No son soluciones como guarderias en las empresas, cheques bebes para centros privados, establecimientos de 24 horas por que  los que los niñ@s son el problema y un largo etc. LA EDUCACIÓN INFANTIL  ES LA SOLUCIÓN, es el mejor legado que los padres pueden ofrecer a sus hijos y es la inversión  de futuro más importante  que puede hacer la sociedad.

Por todo lo anterior celebramos nuestros XV años de existencia, lo seguiremos celebrando con nuevos actos durante todo el año. De momento os esperamos el día 5 para compartir, disfrutar y aprender.
JUNTA DE PORTAVOCES DE EDUCACIÓN INFANTIL PÚBLICA 0 - 6 AÑOS

Guía de atención a menores con diversidad de género.

Dirección General de Servicios Sociales
Consejería de Asuntos Sociales, CM.


Resumen:
El derecho a contar con los mejores servicios públicos es una realidad que define a aquellas sociedades avanzadas, donde cada integrante tiene todas las posibilidades de conseguir sus metas y objetivos y donde se ejerce, desde los poderes públicos, una labor de máxima responsabilidad ofreciendo soporte a todos, y en especial, a quienes más dificultades pueden atravesar.

Son, por tanto, las Administraciones y sus gobiernos los encargados de materializar medidas que prevengan y acaben con situaciones de discriminación, en gran parte, basadas en la ignorancia por la falta de información, y los prejuicios sociales que existen en algunos ámbitos.

Este es el caso de la diversidad de género, insuficientemente conocida por gran parte de la sociedad, motivo que provoca simplificaciones, juicios de valor y, en ocasiones, actitudes y comportamientos de incomprensión e injusticia.

La Comunidad de Madrid está comprometida en erradicar los mismos, entendiendo que este objetivo pasa por ofrecer información y conocimientos a los madrileños, a los profesionales sanitarios, del ámbito educativo y de otros sectores y, en especial considera fundamental, realizar una atención específica a aquellas personas que viven con esta realidad y a sus familiares.

Esta Guía de Atención a Menores con Diversidad de Género es una concreción de este compromiso, porque entendemos que desde la infancia cada persona debe y tiene derecho a ser feliz, viviendo en armonía con su sentir y su ser, alejando y desterrando cualquier sufrimiento innecesario, encarando su futuro con optimismo y normalidad.

Por ello, en estas líneas intentaremos ofrecer información y orientación a aquellas familias cuyos hijos e hijas presentan esta disconformidad con su sexo de asignación, para que, en primer lugar, se acerquen a esta realidad, porque al hacerlo, comprenderán y podrán acompañarles en su desarrollo íntegro y pleno, ofreciéndoles la seguridad, el cariño y el amor que necesitan.

Se trata acercar a las familias los recursos especializados que existen en la Comunidad de Madrid en este ámbito, de conocer y reconocer la normalidad en la diversidad de género, de identificarse con experiencias de otras familias, de tener, en definitiva, un nstrumento que ayude a tomar aquellas decisiones que garanticen la felicidad de sus hijos e hijas, porque esta debe y sin duda, es, su principal meta.

Puede ser también una guía útil para todos los profesionales de diversos ámbitos, que en su trayectoria se encuentren con situaciones de diversidad de género, dotándoles de herramientas para llevar a cabo su labor, sin perjuicio de toda la ayuda, formación y orientación que puedan recibir de los profesionales que integran el Programa LGTB de la Comunidad de Madrid.