Comunicado GSIA en el 30 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, #30añosCDN.

Comunicado de la Asociación GSIA 
con motivo de los
30 años de la Convención sobre los Derechos del Niño.
HACE AHORA 30 AÑOS, el 20 de Noviembre de 1989, fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. Apenas 10 días antes había empezado a caer el muro de Berlín, certificando el final de la guerra fría. Aparte de su dimensión política y material, ambos hechos tenían un gran valor simbólico, puesto que representaban el avance de los derechos humanos a nivel mundial.

La historia del reconocimiento jurídico de derechos para los niños y niñas se remonta, no obstante, hasta el primer cuarto del siglo XX. Así, fue en 1923 cuando la fundadora de Save the Children (Salvar a los Niños) elaboró un texto de cinco puntos que fue aprobado sin modificaciones por la Quinta Asamblea General de la Sociedad de las Naciones en 1924, dando forma a la primera Declaración de los Derechos del Niño. Este compromiso de la Sociedad de Naciones no logró evitar ni el genocidio, ni la violación de otros derechos que sucedieron durante las dictaduras fascistas, y el debate sobre los derechos de los niños murió mientras aumentaba el peligro para ellos debido a una nueva conflagración mundial.
Una vez terminada la II Guerra Mundial, y dentro de un clima favorable a la restauración de los derechos humanos, se reanuda el interés hacia los que podrían corresponder a los niños y niñas. Así, en 1948 se aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos y, al abrigo de la misma, en 1959, se aprobó por parte de Naciones Unidas una nueva Declaración de los Derechos del Niño, más amplia que la de 1924. De entrada, frente a los cinco puntos de recomendaciones para el buen trato a los niños que se recogían en la primera, en esta segunda Declaración se enuncian diez “principios” que se refieren a sus “derechos”. Al tiempo, se establece como finalidad que todo niño o niña pueda tener una infancia feliz, instando a los padres, a las organizaciones, autoridades, gobiernos y hombres y mujeres en general a reconocer esos derechos y luchar por su observancia.

Tuvieron que pasar otros 20 años para que llegara a dar frutos el consenso entre los gobiernos de los bloques comunista y capitalista representados en la Organización de las Naciones Unidas, con la colaboración de las organizaciones por la defensa de la infancia, en la forma de una CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, que ha sido ratificada por todos los países del mundo[1]
Se trata del documento jurídico internacional que ha alcanzado mayor aceptación por parte de los estados nacionales, contribuyendo de forma muy señalada a mejorar la situación de todos los niños y niñas del planeta. La Convención señala las obligaciones de los gobiernos para garantizar los derechos de las personas menores de dieciocho años de edad y está reconocida actualmente como el instrumento fundamental para implantar y desarrollar estos derechos.

El espíritu que guía a la Convención queda expresado en los párrafos de su preámbulo, algunos de los cuales es pertinente que se recuerden ahora:
(…) la libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,
(…) toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ellos, sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,
(…) la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales

La Convención se rige por cuatro principios que guían todo su articulado:
1. Principio de no discriminación, no hay causa que justifique el trato desigual de niños y niñas.
2. Principio de considerar siempre su interés como superior.
3. Principio del derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo. 
4. Principio de participación y ser escuchados/as en todos los asuntos que les afecten.

Para saber más, accede a la





[1] Excepto uno: los Estados Unidos de América.

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