Comunicado de la Asociación GSIA
con motivo de los
30 años de la Convención sobre los Derechos del Niño.
HACE
AHORA 30 AÑOS, el 20 de Noviembre de 1989, fue adoptada por la Asamblea General
de las Naciones Unidas la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. Apenas 10
días antes había empezado a caer el muro de Berlín, certificando el final de la
guerra fría. Aparte de su dimensión política y material, ambos hechos tenían un
gran valor simbólico, puesto que representaban el avance de los derechos
humanos a nivel mundial.
La historia del
reconocimiento jurídico de derechos para los niños y niñas se remonta, no obstante,
hasta el primer cuarto del siglo XX. Así, fue en 1923 cuando la fundadora de
Save the Children (Salvar a los Niños) elaboró un texto de cinco puntos que fue
aprobado sin modificaciones por la Quinta Asamblea General de la Sociedad de
las Naciones en 1924, dando forma a la primera Declaración de los Derechos del Niño. Este compromiso de la
Sociedad de Naciones no logró evitar ni el genocidio, ni la violación de otros
derechos que sucedieron durante las dictaduras fascistas, y el debate sobre los
derechos de los niños murió mientras aumentaba el peligro para ellos debido a
una nueva conflagración mundial.
Una vez terminada
la II Guerra Mundial, y dentro de un clima favorable a la restauración de los
derechos humanos, se reanuda el interés hacia los que podrían corresponder a
los niños y niñas. Así, en 1948 se aprobó la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y, al abrigo de la misma, en 1959, se aprobó por parte de
Naciones Unidas una nueva Declaración de
los Derechos del Niño, más amplia que la de 1924. De entrada, frente a los
cinco puntos de recomendaciones para el buen trato a los niños que se recogían
en la primera, en esta segunda Declaración se enuncian diez “principios” que se
refieren a sus “derechos”. Al tiempo, se establece como finalidad que todo niño
o niña pueda tener una infancia feliz, instando a los padres, a las
organizaciones, autoridades, gobiernos y hombres y mujeres en general a
reconocer esos derechos y luchar por su observancia.
Tuvieron que
pasar otros 20 años para que llegara a dar frutos el consenso entre los
gobiernos de los bloques comunista y capitalista representados en la
Organización de las Naciones Unidas, con la colaboración de las organizaciones
por la defensa de la infancia, en la forma de una CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, que ha sido ratificada por todos los países del mundo[1].
Se trata del documento jurídico internacional que ha alcanzado mayor aceptación
por parte de los estados nacionales, contribuyendo de forma muy señalada a mejorar
la situación de todos los niños y niñas del planeta. La Convención señala las
obligaciones de los gobiernos para garantizar los derechos de las personas
menores de dieciocho años de edad y está reconocida actualmente como el
instrumento fundamental para implantar y desarrollar estos derechos.
El espíritu que
guía a la Convención queda expresado en los párrafos de su preámbulo, algunos
de los cuales es pertinente que se recuerden ahora:
(…) la libertad, la justicia y la paz en
el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los
derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,
(…) toda persona tiene todos los derechos
y libertades enunciados en ellos, sin distinción alguna, por motivos de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,
(…) la infancia tiene derecho a cuidados
y asistencia especiales
La
Convención se rige por cuatro principios que guían todo su articulado:
1. Principio de no discriminación, no hay causa
que justifique el trato desigual de niños y niñas.
2. Principio de
considerar siempre su interés como superior.
3. Principio del derecho a la vida, la
supervivencia y desarrollo.
4. Principio de
participación y ser escuchados/as en todos los asuntos que les
afecten.
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