Arts. 42-54. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 42 - 45:   Cómo se gestiona esta Convención
Los Gobiernos tienen el deber de dar a conocer ampliamente los principios y disposiciones de la Convención, tanto a los adultos como a los niños.
  
Para examinar el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño por parte de los Estados firmantes, se establece el Comité de los Derechos del Niño. En estos artículos se recoge el  funcionamiento del Comité de los Derechos del Niño, conformado por 18 expertos de diferentes países que analizan los informes presentados por los Estados sobre los progresos y las medidas tomadas para el cumplimiento de la CDN.

Artículo 46 - 54:  De cómo los Estados se adhieren y hacen suya este Acuerdo o Convención.

 El contenido de los artículos comprendidos desde el artículos 46 hasta el 54 explican cómo los Gobiernos y organizaciones internacionales  deben colaborar para el cumplimiento de estos  derechos.







Art. 41. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 41 Cualquier Ley que Sea Mejor para los Niños y las Niñas que esta Convención, Será Valida


 En el caso de que una norma establecida por una ley nacional u otro instrumento internacional vigente en dicho Estado sea más favorable que la disposición análoga de esta Convención, se aplicará dicha norma más favorable.

Art. 40. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 40:  Derechos de los Niños y Niñas Privados de Libertad por Conflicto Social

 Todo niño que sea considerado acusado o declarado culpable de haber infringido las leyes tiene derecho a que se respeten sus derechos fundamentales y, en particular, el derecho a beneficiarse  de todas las garantías de un procedimiento equitativo, incluso de disponer de asistencia jurídica o de otra asistencia adecuada en la preparación y presentación de su defensa. 

Art. 39. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 39:  El Derecho de los Niños y las Niñas a la Rehabilitación, Recuperación y Reintegración Social por las Consecuencias Negativas de sus Derechos Conculcados

 Es obligación del Estado tomar las medidas apropiadas para que los niños víctimas de la tortura, de conflictos armados, de abandono, de malos tratos o de explotación reciban un tratamiento apropiado que permita su recuperación y reintegración social







Nuevas Energías para la Educación, Jornada

NUEVAS ENERGÍAS PARA LA EDUCACIÓN
Revolucionando el sistema, ecologías pedagógicas y neuroeducación    

Fechas: 13 de diciembre de 2014
Hora: 11,00 a las 18,00
Dónde: Sala de Actos de la BNE 
y Museo de la BNE 
Paseo de Recoletos, 20-22 
28071. Madrid 
 




Nuevas Energías para la educación es una jornada de ponencias y talleres que parte de la idea de la educación como un proceso de investigación permanente. 

El objetivo de esta jornada es reflexionar y discutir sobre los cambios y desafíos que afronta el sistema educativo y como la Educación en valores puede ser una herramienta para abordar nuevos enfoques educativos estimulando el dialogo entre profesores, educadores de museos y público en general.



Dirigida a: Profesores, educadores de museo, profesionales de la enseñanza, público general

Ponentes y conferencias:
11h00 María Acaso: Revolución en la educación: nuevos paradigmas, nuevas energías y metodologías.

11h45 Heike Freire (Socia GSIA): Ecologías pedagógicas.

12h00 Francisco Mora: Neuroeducación.

16h00 Taller: los participantes se dividen en tres grupos de trabajo con cada uno de los ponientes.




Filipa Barros
Coordinadora proyecto didáctico E2
Tel: 91 516 89 67 / 91 580 77 59

Art. 38. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 38  Los Niños y Niñas, la Edad de Ser Soldados, y Derechos en las Guerras 



 El Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados entró en vigor en 2002 y establece que los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de sus fuerzas armadas menores de 18 años participe directamente en hostilidades.






Art. 37. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 37  Contra la Tortura, la Pena de Muerte Infantiles...

Ningún niño será sometido a la tortura, a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, a la pena capital, a la prisión perpetua y a la detención o encarcelación ilegales o arbitrarias. Todo niño privado de libertad deberá ser tratado con humanidad, estará separado de los adultos, tendrá derecho a mantener contacto con su familia y a tener pronto acceso a la asistencia jurídica u otra asistencia adecuada.







Esos pequeños objetos de la Navidad.Hay Navidades equivalentes a vertederos de objetos

Por Kepa Paul Larrañaga *   
Responsable de Vocalía de TICs de GSIA    


La fábricas de objetos navideños comienzan fabricando bombillas ‘led’ 
y luego consumen, a propósito, toneladas de kilovatios por afán. 
Encarecidamente.

Generamos propósitos de objetos. Angostamos su uso. Sustituimos cosas por otras.

 Esos pequeños objetos de la NavidadHay (y los conozco) quienes compraron libros para ‘oler papel’. Por supuesto, no estoy en contra de los instantes perfumados de lo nuevo. Es otra forma de concebir que el deseo pretende a la novedad. Desenvolver papeles, cintas y lazos donde ponga: “tú eres merecedor del cariño, por eso te lo compro”.
Entusiasmado por el olor de los libros, pude clasificar el fetiche del aroma, entendiendo otro nuevo olor. Esta es la clave, los olores. Los olores del papel. Y como ‘en barrica’ hay contenedores de objetos que fecundan ‘impactos mentales’: los lugares donde estuvieron ubicadas las bibliotecas, las manos de los lectores, el tamaño de las letras (para leer más o menos distante), las hojas seleccionadas, las veces que se han leído… Creo que existen menos lectores que libros. Éstos, los libros, han sabido contener relatos pero aquéllos, los lectores, confundieron los relatos con ser dictados. Es el eufemismo de la ‘educación’ de los más niños: repetir palabras sin más conexión que decir o pronunciar en silencio. Pero, ¿cómo conservamos lo dicho en el espacio de lo decible? A veces, como un mal recuerdo.

Procedemos de una tradición de exégetas cuando la glosa era de otros, cuando la Universidad pudo mantener su propia jurisdicción, aunque ésta, a su vez, cayó en la exégesis monopolizada. Para que uno sólo al dictado, haya definido los ‘espacios educativos’.

Aprender a leer se convirtió en el ejercicio de ocultar las palabras. Pero la lectura debe de ser como los olores de los libros, dicha y resonante. En nuestra pretérita cultura oral todo se interpretaba para resonar en el ‘pathos’ del público, y sentir los diferentes tonos de las palabras y de las ‘cosas’. Pero la ‘lectura conceptual’ aprende a conversar sólo consigo misma pensando que por repetir aprende sin otro. La educación es compañía, una grata compañía. Desde la lectura del gesto de los labios hasta la pléyade de sonidos posibles donde pronunciar una sola primera consonante.

Debemos aprender y educar a reprogramar conocimiento para orientarlo a otros objetos. Por esto -y descifrando lo dicho- la memoria es saber experimentar algo, contraponiendo objetos. Ubicar. Pero, si se fijan, la mayor parte de los objetos están programados, están porque los objeto-máquinas ‘se suponen que hacen lo que deben hacer’ o ¡no!. Si no observen lo pluriempleados que se encuentran los fabricantes de ‘smartphones’ y demás artilugios sin otro destino que la felicidad de la Navidad, intentando convencer a los pluri-consumidores para que elijan la bandera de quien quieran que les espíen. Los objetos estrictamente programados siempre tuvieron ‘puertas traseras’. ¡Elijan, elijan!… bonitos ‘smartphones’ que les asegura un confortable servicio de su espía favorito incluido.

No les quiero aburrir con su ‘James Bond’ particular. Para esto no escribo. Quería anunciarles, simplemente, que la libertad siempre ha tenido como vecina su vigilancia. Pared con pared.

Orientarse a objetos’ es reprogramar el uso del objeto, transformándolo. Relatar a ‘viva voz’ es reprogramar el relato en un nuevo espacio. Conjugar la ‘orientación a objetos’ y el ‘relato’ es sentirse incluido con los ‘hacedores’ de las cosas. Para poder llamar al después, su-saber-del-recuerdo-en-ese-genuino-espacio-hecho. Aprender no es la suma de sus letras o palabras. Aprender es entender cómo suena la articulación de las palabras y las letras: rehaciendo los actos, desmenuzando complejos. Y proponerlo en público a sabiendas. Frente a los adversarios.

Habrá que leer en público, sin vergüenza. Imitando la algarabía de los niños cuando se juntan para pintar libros. Por esto, no necesitamos tantos objetos, sólo los necesarios para aprender a convertirlos en otros. Yo así es como aprendí y he aprendido. Leyendo en voz alta. Escuchando las noticias y pistas de sus entornos. Sobre lugares inhóspitos, frugales, sin cuerpo.
Aunque también tienen esa otra posibilidad, no la mía, comprar objetos. Y si entre éstos incluyeran algún libro, lo podrán utilizar de podio para elevar la altura de la pantalla del ordenador para cuando deseen leer mejor.

Kepa Paul Larrañaga,  Netólogo y experto en TIC y derechos de infancia, es especialista en ‘Gestión estratégica y liderazgo social’ por el Programa del Departamento de Gestión Pública del IESE. Actualmente dirige un curso sobre derechos de la infancia de la Fundación Internacional O’Belen (FIOB), y otras acciones formativas de ICADE­-Universidad Pontificia Comillas y Aranzadi­-Lex Nova. Es miembro del Grupo de Trabajo Público­-Privado de Menores e Internet’de Red.es para la Agenda Digital española.
Del 26 al 28 de noviembre, ha estado en Salamanca para impartir el workshop titulado ‘Las aplicaciones tecnológicas en el fortalecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes’. Dicha actividad se enmarca dentro del Seminario Internacional ‘Políticas de Ciudadanía e Inclusión Social de la Infancia y de la Juventud’ de REDidi.

“Necesidades de apoyo y calidad de los servicios de atención a las familias”, Vª Jornadas


“Necesidades de apoyo y calidad de los servicios
de atención a las familias”
18 y 19 Diciembre
Madrid

En el marco del XX aniversario del Año Internacional de la Familia, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Obra Social “la Caixa”, organizan las V Jornadas  sobre Parentalidad Positiva para analizar y reflexionar sobre las necesidades de apoyo y de servicios de calidad que tienen las familias españolas en el desarrollo de sus  competencias parentales.

Se pretende  difundir y extender  el conocimiento de los servicios,  recursos y programas  existentes entre profesionales, técnicos y responsables de la atención a las familias y la infancia.

Objetivos: 
  • Reflexionar sobre los retos más relevantes en materia de apoyo a las familias en relación con cuatro ejes temáticos:
Ámbito socio sanitario.
Intervención con familias en dificultad social.
Conciliación y corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.
Solidaridad intergeneracional.
 
  • Presentar la Guía y un protocolo de buenas prácticas en Parentalidad Positiva.
     
  • Ofrecer un espacio de intercambio, de debate y reflexión  para los  técnicos y profesionales.

Art. 36. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




 Artículo 36  Contra Toda Otra Manera de Explotación que Perjudique su Desarrollo 


 Es derecho del niño recibir protección contra todas las otras formas de explotación no consideradas en los artículos 32, 33, 34 y 35.

Art. 35. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de




Artículo 35  Contra Todo Secuestro, Trata, Compraventa o Tráfico de Niños y Niñas



 Es obligación del Estado tomar todas las medidas necesarias para prevenir la venta, el tráfico y la trata de niños.

Art. 33. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de





Artículo 33:  El Derecho de los Niños y Niñas a Estar Protegidos de las Drogas 



 Es derecho del niño ser protegido del uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y se impedirá que esté involucrado en la producción o distribución de tales sustancias.

Art. 32. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 25 años de



Artículo 32:  Contra la Explotación Económica y el Trabajo Peligroso de Niños y Niñas 


 Es obligación del Estado proteger al niño contra toda explotación económica y laboral. Debe garantizar su educación o desarrollo, y fijar y reglamentar las condiciones del mismo.