Rebecca Adami,
Universidad de Estocolmo
Algunos actos solo se consideran delictivos si los comete alguien menor de 18 años, y si los comenten adulto, no. Esto no incluye solo cosas como el consumo de alcohol. En algunos estados de EE. UU., por ejemplo, es ilegal que los niños se escapen de casa o incluso que desobedezcan repetidamente la autoridad de los padres.
Este comportamiento se llama incorregibilidad . Si un tribunal decide que un niño es incorregible, las sanciones que puede recibir incluyen la detención en un centro de menores.
En muchos países donde existen recursos legales para los adultos contra la violencia de otros adultos, encontramos una preocupante falta de protección para los niños. En más de 130 países del mundo, los niños carecen de protección total contra el castigo corporal . En Inglaterra, los padres pueden legalmente abofetear a los niños si la bofetada se puede considerar un “ castigo razonable ”.
Este tipo de trato desigual es un ejemplo de infantilismo: prejuicio y discriminación contra los niños.
Definiendo el problema
El concepto de infantilismo fue utilizado por los psiquiatras Chester Pierce y Gail Allen ya en 1975, describiendo la opresión universal creada por las actitudes y prácticas contra los niños. Argumentaron que el infantilismo es “la suposición automática de superioridad de cualquier adulto sobre cualquier niño”.
En 2012, el término fue popularizado aún más por el libro de la psicoanalista Elisabeth Young-Bruehl Childism: confrontando el prejuicio contra los niños . Young-Bruel argumentó que el infantilismo debería considerarse un prejuicio junto con otros prejuicios como el racismo, el sexismo y la homofobia.
Las ideas sobre la inferioridad de las mujeres con respecto a los hombres o las suposiciones sobre la raza alimentan las ideas sobre la inferioridad de los niños con respecto a los adultos. Estos son prejuicios sobre quién tiene y quién carece de racionalidad, lógica y autoridad. Este prejuicio impide que los niños sean escuchados y tomados en serio.
Un niño puede enfrentar un trato injusto basado no solo en su edad sino también en otras características como la raza y el género.
Un niño puede ser discriminado por múltiples motivos. La edad, la raza, el género, la clase, la discapacidad, el idioma y la orientación sexual de un niño pueden obstaculizar sus derechos en la escuela o el acceso a las instituciones sociales.
Las expectativas de que la ley debe defender alguna forma de justicia, que las personas deben ser tratadas en igualdad de condiciones en la aplicación de las leyes y que los niños, como grupo vulnerable, deben estar adecuadamente protegidos por la ley, pueden chocar con la existencia del infantilismo.
Infatilismo en la ley
Los derechos del niño están formulados en el derecho internacional. La más conocida es la convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño ( CDN ) establecida en 1989. Pero si bien la convención establece que los derechos que establece deben aplicarse a cualquier niño sin discriminación por motivos como la raza y el sexo... , no define ni aborda la discriminación que se produce por la propia edad de los niños.
Esto contrasta marcadamente con otras convenciones fundamentales sobre derechos humanos. La convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial , como indica el título, aborda la discriminación racial, y la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer la discriminación sexista. Pero se ha pasado por alto la discriminación contra los niños basada en la edad.
La convención sobre los derechos del niño establece que el interés superior del niño debe ser una consideración primordial en los procedimientos judiciales y administrativos. Pero lo que está en el mejor interés del niño tiende a definirse a través de los adultos preocupados y sus intereses.
En casos de custodia, por ejemplo, a menudo se priorizan los derechos de los adultos involucrados . La investigación en Suecia encontró que el derecho de los niños al apoyo social tiende a determinarse principalmente a través de los reclamos de los adultos en la familia.
La convención sobre los derechos del niño también incluye la instrucción de que las “ capacidades evolutivas del niño ” deben tenerse en cuenta al juzgar asuntos relacionados con los niños. Esto puede silenciar las voces de los niños sobre sus propios derechos, ya que se puede considerar que un niño es demasiado inmaduro o que no está listo para opinar sobre su vida.
Sin embargo, no discriminar a los niños no significa tratarlos igual que a los adultos. Tal igualdad formal puede ser injusta para los niños, ya que sus circunstancias específicas serán diferentes a las de un adulto. Lo que sí significa es, por ejemplo, garantizar que un niño tenga derecho a ser escuchado sobre cuestiones que le afectan, y que sus puntos de vista no se desestimen simplemente porque son los puntos de vista de un niño.
La discriminación contra los niños debe abordarse desde una perspectiva multifactorial. Esto significa tener en cuenta cómo un niño puede experimentar simultáneamente una discriminación superpuesta en función de su edad y otros factores como la raza y el género. Los gobiernos deben reconocer que los derechos del niño se encuentran en el centro de las necesidades humanas.
Rebecca Adami es Profesora Asociada de Educación en la Universidad de Estocolmo
----------------- Infantilismo o Adultocentrismo------------------------------------------------------------------
Tal vez convenga mejor una denominación inversa de este asunto que se nos presenta más acorde con la realidad de esta discriminación: sería adultocentrismo:
es el adulto con sus actitudes, leyes, costumbres... el que circunscribe un modo de vida para los niños y niñas que no es el de sus protagonistas...; y con ello no solo conculca sus derechos, además ejerce un poder del que las víctimas pocas veces pueden sustraerse, y las consecuencias sobre sus vidas son trágicas no pocas veces.
No se trataría tanto de tratar al niño como infante, sino que el adulto no trate al niño desde su torre de adulto, sino desde las necesidades propias del niño; no hay que hacer adulto al niño, sino que el niño tiene que ser niño, y ser tratado como tal...
Como decía Antonio Benaiges i Nogués (Bañuelos de Bureva, ya el año 1.936): "Respetemos al niño. Que sea niño. Y sienta, luego, la necesidad de ser hombre".
Recientemente en España se ha atribuido a las familias derechos que son/deben ser de los niños, no en cuanto hijos, sino en cuanto niños/personas.
.- Eso hace que si, por ejemplo, se cambia la filiación por varias circunstancias (fallecimiento del tutor, cambios de tutela o guarda...) el niño pierda sus derechos por la insensata razón de que se le ha cambiado de familia.
.- También ha sido memorable la reciente sentencia del TS sobre la aplicabilidad a las familias monoparentales (la mayoría, madres solteras) de los permisos de paternidad. Varios Tribunales territoriales habían llegado a la conclusión que la conciliación familiar y laboral, y en entre ellos los permisos laborales que se conceden por nacimiento y cuidado de los hijos recién nacidos eran un derecho que se otorgaba porque es un derecho del bebe a ser cuidado convenientemente las primeras semanas tras su nacimiento; de modo que los niños de esas familias monoparentales debían disfrutar el mismo tiempo de permisos que los de las parejas, en los que hay días para el padre y para la madre. De esa manera los hijos de las madres o padres solteras tenían el mismo tiempo de cuidado porque a la familia monoparental se le concedía en razón del derecho del hijo el doble de tiempo de permiso por maternidad/paternidad. Bueno, pues el Tribunal Supremo establecido la doctrina adultocéntrica y, siguiendo criterios en que los derechos de los niños, no son de ellos sino de los padres, ha dictado de facto que los hijos de una familia monoparental tiene la mitad de tiempo y cuidados, que los otros niños que tienen dos progenitores laborando. (Asociación GSIA).
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