La pobreza y la exclusión social deben erradicarse en beneficio del bien común

La desigualdad, la pobreza y la exclusión social no son algo que solo padecen determinados grupos humanos, sino que es algo que revierte sobre la propia sociedad. En beneficio del bien común de todos y todas necesitamos erradicarla.


I
Hace poco me preguntaron por qué debe erradicarse la pobreza y la exclusión social[1]. Y después de un momento de duda pensé que me lo estaban preguntando por considerar que las personas en esa situación eran personas en situación de injusticia, debido a que la pobreza y la exclusión social es negación de derechos dado que en ella la dignidad humana queda negada y, por lo tanto, es injusto. Pero me decidí por pensar que me lo estaban preguntando desde otro punto de vista, el de una sociedad que conoce y sabe que la pobreza y la exclusión existe y, sin embargo, no acomete su erradicación. ¿No lo acomete porque no lo considera posible, rentable, beneficioso?, ¿porque considera que no es de su responsabilidad, o por un sin número de explicaciones que demoran el asunto para cuando se pueda? Sin olvidar que todo ello queda aderezado por la duda de si la sociedad tiene alguna responsabilidad, no sea que, si es cuestión de la responsabilidad, quede remitida a la competencia o incompetencia, a la responsabilidad o irresponsabilidad de los individuos, y, en concreto, de quienes están en esas situaciones.


La pobreza, por tanto, es un hecho que, como tal, oscila entre la paradoja de su realidad y de su invisibilidad; entre ser reconocido como un hecho existente, y ser considerado como un fenómeno social secundario a la hora de la toma de decisiones, especialmente en las decisiones que estructuran la sociedad. No cabe duda de que nuestra sociedad sabe que tiene un problema histórico en este tema, no en vano somos la 4ª economía del euro con una de las tasas de pobreza más altas. Pero la sociedad ha ido deglutiendo que la pobreza no tiene por qué estar en la primera página de la agenda, preocupada como está por salir de dos crisis sistémicas y prácticamente seguidas, la del 2008 y la de la pandemia. ¡Ahora lo que debe primar es el crecimiento! Cuestión en la que nunca se para nadie a pensar más en ello, porque se considera evidente y porque nunca se hace una retrospectiva de cómo, después de la crisis y con un nuevo crecimiento en expansión, se está haciendo frente a la desigualdad, a la pobreza, a la exclusión. ¿Es que una vez retomado el crecimiento se absorbe algo más que determinados efectos surgidos por tal crisis? ¿Todos? ¿Y la pobreza y la exclusión ya existente ante-crisis? ¿Y la estructura de la propia realidad de pobreza, y su dimensiones y condiciones, y su reproducción, y su permanencia, y su futuro dadas las decisiones que organizan y estructuran la propia sociedad?

Hubo una expectativa, allá por la década de los 80 y 90 en la que la pobreza estuvo en la agenda de la sociedad, de modo que la pobreza tenía toda una serie de retos que el propio modelo social tenía que afrontar. La pobreza estaba en el debate público, el famoso debate de los ocho millones de pobres, y eso ponía encima de la mesa que la problemática social tenía que contemplar este aspecto. Podíamos decir que ello nos llevaba a hacernos cargo de la pobreza en la construcción del Estado del bienestar. Y eso nos debía llevar a encargarnos de la pobreza ante la sociedad del crecimiento. Pero esto empezó a pesar cada vez más, y a lo más que llegamos fue a cargar con la pobreza en un modelo de desarrollo social precario. En definitiva, la pobreza siguió siendo un reto estructural.

Porque, a partir de la puesta en la primera página de la agenda, pronto las aguas volvieron a su cauce, y en el desarrollo de la Agenda Lisboa 2000, volvió a ser puesto todo bajo el paradigma del crecimiento. De modo que la propia actuación por la inclusión social, la propia política contra la pobreza, quedaba bajo el signo de lo que contribuía al crecimiento económico, que es lo que sancionaba las decisiones como acertadas o no. Cierto que se puede decir que esto es demasiado simple. Sí, si no se considera que una realidad compleja no se puede reducir a uno solo de sus elementos. Pero no, si se tiene presente cuál es el parámetro que articula esa complejidad. No se trata de olvidar las políticas por la inclusión social, como elemento significativo más elocuente de la complejidad. Pero tampoco se puede olvidar que esa misma estrategia se definía desde el parámetro del crecimiento. La inclusión lo debía ser en la sociedad del crecimiento, y eso en todos los ámbitos, empleo, formación, protección social, actividad de la economía verde, incluso inteligente, con todo lo que eso supone de gestión y construcción de sociedad desde las NTI.

Y cuando la respuesta se enfrenta con este proceso de pérdida de vigencia de la pobreza en la sociedad como cuestión sustantiva, la respuesta ante la pregunta formulada apunta a ponerlo de nuevo en valor. Dicho esto, debo reconocer que la pregunta que me formularon ha quedado sin responder. Porque para mí, la pobreza y la exclusión social hay que erradicarla por el Bien Común. Soy consciente de que esta respuesta se enfrenta con el muro que la ha dejado fuera de la agenda. Por otra parte, parecería lógico que la erradicación de la pobreza deba ser en beneficio de quienes la padecen. Y no es ilógico proponerlo así. ¿Por qué entonces focalizarlo sobre el Bien Común?

En primer lugar, precisar que en este enfoque no solo no están ausentes quienes se encuentran en estas situaciones, sino que están incluidos. Y, en segundo lugar y más importante, porque es un enfoque que no invisibiliza la responsabilidad de la sociedad, sino todo lo contrario. La cuestión es: si la pobreza es un hecho que hay que analizar como fenómeno social, es decir, como una relación social estructurada y estructurante de la sociedad, tenemos que contemplar los dos polos de esa relación, la pobreza y la sociedad en la que la pobreza existe, y la relación que se establece entre los dos. Análisis en el que ahora no podemos entrar, pero en el que me parece muy importante insistir en la conexión que se produce entre los dos polos.

Sin vida en común no hay sociedad. Por ello son decisivos los principios y valores que se tomen como los referentes que estructuran las grandes decisiones. Para ser sociedad deben girar en el sentido de construir vinculación social. Por ello, las formas de sociedad, las relaciones societales, en todos los ámbitos, no pueden quedar vinculadas a una sola, como está sucediendo en nuestra sociedad que están centradas en la relación de intercambio, guiada por el mercado. Así se trasmutan las relaciones de sociabilidad y societalidad que se generan desde las relaciones de reciprocidad y de redistribución.

Si tomamos como paradigma lo que es una red, sabemos que una red tienes conexión con todos los puntos. La red no tiene un principio y un final, sino que es la conexión entre todos; cualquier cosa que afecta a un punto, afecta a toda la red. Esa imagen de red sirve para analizar el conjunto de la sociedad, que es sistémica. Cada elemento tiene un gran valor, pero sus objetivos y fines están interrelacionados e interconectados; como en la sociedad. Hay que tener una visión holística y retroactiva, integral y global para desvelar todas sus potencialidades.

Esto es básico para poder plantear el tema del Bien Común como condicionante de lo que supone y exige la perspectiva de la erradicación de la pobreza. Y lo primero que constatamos es que el Bien Común es un referente que en nuestra sociedad ha quedado para el discurso, y este en muy contadas ocasiones. Y con ello no nos referimos solo a la pérdida de derechos, sino de la pérdida de las condiciones de acceso a los bienes necesarios para la satisfacción de necesidades básicas basadas en los derechos. Porque sin ello ni la dignidad de las personas ni lo que supone y exige una sociedad digna, son viables. Pero hoy constatamos que, cada vez más, todo gira en torno al individuo con olvido y menos aprecio de lo colectivo, de lo público. En esta lógica, aparece la culpabilidad individual ante la pobreza y la exclusión ocultando así que es un fracaso colectivo, e invisibiliza la responsabilidad colectiva.

Como una derivada, hoy no existe un concepto compartido (consenso) de lo que es el Bien Común. Su lugar lo ocupa el crecimiento económico, en el que la competitividad y la meritocracia ocupan los valores centrales. En una sociedad así, las estructuras generadoras de desigualdad quedan sin cuestionamientos, intocadas; ¿absueltas? Porque cuando se plantea el tema de la distribución, no es el Bien Común el eje del debate, sino la tributación. Y, junto con ella, la sospecha. No la sospecha de si así se puede mantener lo que con la tributación queríamos obtener, como la salud, la educación, la protección social, etc. La sospecha es que se da por entendido que es algo que le corresponde al individuo, y que eso está en la naturaleza de las cosas. ¿Qué espacio le queda al Bien Común? Y, desde ahí, ¿a la erradicación de la pobreza?

Si queremos una sociedad pacificada, donde sea posible la convivencia en la diferencia, necesariamente tenemos que generar condiciones para que todos puedan disfrutar de lo que significa ser sociedad, donde todos los seres humanos se puedan desarrollar. Justamente eso es lo que pretende la erradicación de la pobreza. Conviene señalar que lo contrario genera sociedades agresivas, muy agresivas. Y lo estamos viendo a nivel mundial con las guerras continuas, con los millones de refugiados y de inmigrantes económicos que hay hoy en el mundo. Y no nos damos cuenta de que la pobreza y la exclusión social no son algo que solo padecen determinados grupos humanos, sino que son algo que revierte sobre la propia sociedad. Por ello, decimos que en beneficio del Bien Común de todos necesitamos erradicarla.

Lo que, entre otras cosas implica que los recursos necesarios para ello no deben ser considerados como un gasto, sino como una inversión. Y es una inversión social que genera beneficios de todo orden: todos los seres humanos pueden contribuir a la sociedad y esto genera incluso crecimiento económico. Las crisis que estamos sufriendo no pueden ser superadas simplemente con recortes de gasto, exigen, necesitan inversión. ¿No es la pobreza y la exclusión una crisis estructural, sistémica, permanente? Para salir de una crisis hay que invertir en generar oportunidades de todo tipo.

 
II
¿Focalizar la erradicación de la pobreza y la exclusión social desde el Bien Común hace olvidar a las personas? Nada más lejos de la realidad. La cuestión es, ¿desde dónde se plantea y se construye el Bien Común? Recordemos que estamos hablando de la dignidad humana como fundamento del orden político y social, según el art. 10 de la Constitución, que es lo que anda en juego en la erradicación de estas situaciones. De esto trata el Bien Común, de la dignidad de la persona, especialmente en las situaciones que está más negada. Esto es lo que debe demandar la máxima atención de la sociedad, de los poderes públicos y de la propia ciudadanía, pues en ello definimos qué sociedad somos y queremos ser.

El art. 9.2. de la Constitución dice: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. ¿Por qué no está en la primera página de la agenda, social, económica, política y cívica, cuando se trata de la pobreza y la exclusión social? El Bien Común se la juega cuando pretendemos hacer frente a las desigualdades, a la pobreza y a la exclusión social. Y ello solo se consigue promoviendo las condiciones de la libertad e igualdad, y removiendo los obstáculos que impiden el bienestar de todos. Llama la atención que eso no aparezca cuando se está tratando de personas y grupos que no tienen tales condiciones, pues su propia pobreza y exclusión social se convierte en obstáculo para su erradicación.

¿Cómo afrontarlo? Depende del lugar social desde donde nos situemos, pues desde ahí veremos los obstáculos y las condiciones imprescindibles. Y para ello solo hay una respuesta: El bienestar social implica que hay que mirar desde los últimos y desde ahí ver a toda la sociedad. Y al ver toda la sociedad ver todo lo que necesita para que realmente todos podamos seguir siendo sociedad en plenitud y en dignidad.

La cuestión, pues, hay que llevarla a este lugar. ¿Qué ocurre cuando se hace la pregunta desde el lugar social de los últimos? ¿Qué se escucha ahí? ¿Alguien les está oyendo? Cuando se comparten estas preguntas con ellos mismos, la visión resultante responde a la cosmología social que está gobernando la intervención social en las situaciones de pobreza y exclusión, pues la intervención social es la concreción de la relación entre los dos polos de la relación pobreza-sociedad. ¿Una cosmología social? [2] La antropología dice que nunca quedamos al margen de una comprensión de la realidad, de unos valores a los que da cuerpo en su facticidad, de la suma acabada de representaciones del mundo y de la sociedad. Esto es, de una cosmología del espacio, tiempo, cuerpo (ser corpóreo), mundo. Así pues, ¿qué cosmología está sucediendo en el abordaje de la pobreza y la exclusión social?

En una cosmología social el espacio es un espacio existencial, lugar de experiencia de relación con el mundo de un ser esencialmente situado en relación con un medio. Pero lo que constatamos es que se está produciendo un no-lugar. No hay espacio, no hay lugar de relación con el mundo institucional que está cerrado, no abierto incluso físicamente, pero también relacionalmente, del que el mundo de la pobreza y la exclusión está EX-pulsado y no puede plantear sus condiciones de vida. Se ha cerrado lo presencial especialmente para quien necesita acompañamiento y asistencia incluso en la propia comprensión de su situación; o sea, para la relación persona (en pobreza y exclusión) y sociedad (la institución de la sociedad que debe hacerse cargo y encargarse de ello). Quien carga con la realidad no es el compromiso entre institución y persona, sino la persona sola, fuera de y abajo, ante unas instituciones que se han cerrado incluso a la propia reclamación, pues cuando se logra conectar, es muy habitual escuchar: no hay citas disponibles. Está perdida en ese no-lugar.

Pero ni las relaciones de las personas con quienes tienen la legitimidad, autoridad, capacidad para la intervención social, quedan enclaustradas en ese espacio, porque los procesos ni se paran ni se detienen. Por lo que la lógica de esa cosmo-logía, es también la del tiempo, del tiempo de los procesos que recorren la vida de los EX-pulsados. Por una parte, el tiempo de la urgencia ante los obstáculos para la supervivencia, con el que no se conectado ni se ha comprendido. Se trata de hechos que acaecen, no de los discursos o explicaciones. Por otra, del tiempo del proceso, largo y complejo, de ejercer su libertad y dignidad; su proceso de desarrollo humano. Pue si el espacio se clausura en el propio marco institucional, el proceso del tiempo de afrontar su realidad, ni es considerado ni es reclamable.

Qué corporeidad, como dimensión de esa cosmo-logía, qué concreción, qué comprensión, tienen sus necesidades. Prácticamente se puede resumir en la i-lógica de las carencias. ¿Y todo lo que las necesidades implican de desarrollo de capacidades y potencialidades? En estas situaciones ni son consideradas, ni se relacionan con los sujetos. Desde esta cosmo-logía no aparece este real y determinante cambio de concepción de la necesidad. Los sujetos, comprendidos como carentes, quedan igualmente comprendidos como no activos, y, por tanto, como no-actores. Vale preguntar en qué queda remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Quedan sin presencia, sin ser sujetos, sin ser sociedad. O sea, son los fuera de, los EX.

En esta cosmo-logía, ¿qué relación hay con el otro, con el mundo de los otros? Los otros no están ni en la agenda, ni en la comprensión de la relación pobreza-sociedad. Hay una relación abstracta derivada del distanciamiento entre el polo institucional (sociedad), y el polo personal (situación de pobreza y exclusión) que hace imposible el diálogo del encuentro. Se ha producido la pérdida de los vínculos sociales. No es extraño, pues, que nos cueste pensar en la alteridad. Se cierra la capacidad de comprender el sentido, o sea, la relación sujetos-medio social y sociedad. Con ello nos referimos al sentido que los seres humanos pueden dar a sus relaciones recíprocas; el sentido social. Y es precisamente de ese sentido del que hablan también los individuos cuando se preguntan o se inquietan por el sentido de su vida.

Pudiera parecer esta cosmología algo abstracto y desconectado del mundo de las personas, de los últimos de la sociedad. No es así. ¿Por qué? Lo que se escucha cuando se “está con y en” sus situaciones, espacios, tiempos, necesidades, y se oyen sus expresiones y vivencias, todo empieza por “SIN”: sin ingresos; sin RMI/IMV (y encima con requerimiento de una devolución imposible por la incongruencia entre esas tibias prestaciones); sin atención; sin posibilidad de que alguien presencialmente les ayude, oriente, acompañe; sin información: sin informática, cuestión dada por supuesto pues se impone como la única vía de intentar hacer algo; sin saber por qué  (o sea, por qué se ha creado este laberinto en el que se pierden, por qué no te oyen, por qué no te cogen el teléfono, por qué no te escuchan ni te contestan, por qué no te dan cita; por qué se dilatan hasta …); sin tiempo de respuesta, …..

Perdidos en un laberinto en el que se han visto instalados, sin que nadie explique por qué. Sin el acompañamiento que cualquier otra situación, aun menos grave, exige. Sin retornar a la atención presencial que en otros ámbitos sociales es real hace tiempo, pero que en este sector brilla por su ausencia. Sin que ni siquiera los servicios sociales comunitarios puedan resolverlo, encontrándose ellos mismos con el cuello del embudo que impide realizar su función. Sin dudar en exigir que las personas sean expertas telemáticas como quienes realizan este trabajo. Pero, eso sí, sin abordar ni la brecha digital, ni sus deudas, ni su desempleo, ni los fracasos escolares, formativos, laborales de los que siempre son acusados, ocultando así el fracaso de la sociedad en estos ámbitos, etc.

En resumen, ¿quiénes son? Ya ni siquiera son el grupo de pobres y excluidos. Son simplemente el grupo ‘sin’; o sea, el grupo de los nadie y los nada, de los que quedan invisibilizados; los sin grupo. Y, de remate, a su costa, porque resulta que la cuestión acaba siendo que no han resuelto ni afrontado su inexperiencia, incluso su incapacidad para ser los expertos tecnológicos que se exige como una evidencia indiscutible. Y se oculta el propio sentido de la pobreza y la exclusión. Y se niegan sus potencialidades y capacidades. Y se inutiliza su capacidad de actor de su propia realidad.

¡¡Paradójico, si no fuera sangrante!! ¡¡Cómo es posible que, en los momentos de máxima necesidad, se coloquen las máximas dificultades para los máximos necesitados!! ¿Que esto suena tremebundo? Hagamos comunidad, al menos de vivir en sociedad, de vivir en común las condiciones que no existen y los obstáculos que sí existen. Hagamos la comunicación de experiencia de vida para que cuenten, relaten, narren su realidad, lo que les dicen y lo que no les dicen, … Y luego vemos si esto es exagerado, o simplemente sangrante.

El Bien Común dice que para poder saber de qué estamos hablando, debemos ponernos en el final de la sociedad para poder ver los obstáculos a la justicia, la igualdad, la solidaridad, la libertad, la participación, el bienestar y la dignidad de todos y todas, para así poder erradicar la pobreza y la exclusión en beneficio de toda la sociedad. ¿No será que es esto lo que está en cuestión?

[1]  EAPN-ES (2021). «La pobreza y la exclusión social deben erradicarse en beneficio del bien común» Entrevista a Víctor Renes Ayala. Recuperado de: https://www.eapn.es/noticias/1460/%2522la-pobreza-y-la-exclusion-social-deben-erradicarse-en-beneficio-del-bien-comun%2522 [04 de enero de 2022].

[2] Hemos tratado este tema en Renes, V.: “Una nueva cosmología social”. En Documentación Social, nº 187. Madrid, 2017.

*Víctor Renes Ayala, ha recibido recientemente el premio EAPN de Participación a la Trayectoria para actuaciones a nivel individual, en reconocimiento de su experiencia y dedicación al fomento y promoción de la participación desde el ámbito social. 
Víctor Renes ha sido responsable del servicio de estudios de Cáritas Española y de la Fundación FOESSA, donde ha coordinado los informes de Cáritas  'Las condiciones de vida de la población bajo el umbral de la pobreza' y el 'V Informe FOESSA sobre exclusión y desarrollo social en España'. 
Además, ha participado en diversas redes del Tercer Sector de Acción Social, como la Plataforma de Voluntariado, y ha dirigido la Revista española del tercer sector (RETS)'

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Sexo, género e identidades diversas, ¿causa de ingreso en el sistema de protección a la infancia?.

Estudio de caso en el Centro de Primera Acogida de Menores de edad. 


Análisis y Debate,

En la actualidad el 10% de la población española son personas extranjeras empadronadas[i]. Muchas de ellas constituyen familias que cuentan con descendencia. Los hijos están insertos en más contextos de socialización de la cultura receptora y presentan una mayor orientación hacia la cultura de acogida que sus progenitores. Estudios como lo desarrollados por Birman (2006) indican que la brecha de aculturación entre las dos generaciones hace más problemática la relación familiar. En algunos casos, esta conflictividad familiar deriva en el ingreso en Centros de Primera Acogida de Menores. Concretamente, el 4% de quienes ingresan lo hacen por esta causa[ii].

Hay más datos. En los últimos años los ingresos de chicos en los Centros de Primera Acogida de Menores han aumentado con respecto al número de ingresos de chicas[iii]¿El aumento de la conflictividad familiar como causa de ingreso puede llevar implícitos de manera concomitante estereotipos de género, además de étnicos y sociales? Según el Observatorio de la Infancia (2018), las diferentes orientaciones sexuales y de género suponen un porcentaje creciente entre las causas que originan la conflictividad familiar y el ingreso en el sistema de protección.

Algunos estudios señalan que el género, el sexo y las identidades diversas son motivo de conflictividad en el ámbito escolar. Un 58% de las personas “trans” de entre 16 y 24 años ha sufrido transfobia en los centros escolares y en los espacios relacionados con ellos (40% insultos, 25 % acoso, 22 % amenazas, 18 % ciberviolencia, 12 %agresiones físicas y 9% violencia sexual) (FELGTB, 2019). Y otras investigaciones reflejan que los hijos e hijas de inmigrantes víctimas de acoso escolar está en torno al 10% y aumentando[iv]¿Pueden estar relacionadas estas dos variables, identidades diversas y condición de migrante, como causas de riesgo?

En el proyecto de investigación-acción que proponemos trataremos de analizar esta acumulación de causas, con el fin de poder intervenir sobre ellas de la manera más completa posible. No solo es necesario investigar con perspectiva de género los motivos que pueden explicar la conflictividad familiar en familias con hijos en el Sistema de protección a la Infancia, también es imprescindible la perspectiva intereseccional (Crenshaw, 1989)[v]. El fin último de la propuesta es trasladar los resultados a la mejora de la formación de los equipos educativos, en los centros escolares y en los centros de acogida, a fin de propiciar la integración y convivencia en la sociedad.

Según los resultados obtenidos del Informe de Evaluación del Proyecto FRIDA 2014- 2017 los niños y jóvenes comienzan a convivir con personas diferentes en el ámbito educativo y lo que ahí aprendan marcará su actividad a lo largo de la vida. Por eso escuelas y otros ámbitos educativos no formales como los Centros de Primera Acogida de Menores, han de ser espacios inclusivos, de convivencia intercultural, con participación de la comunidad y donde se valore la diversidad de las personas.


Estudio de caso en el Centro de Primera Acogida de Menores de edad Hortaleza (CPAH), Madrid

Las chicas y chicos que ingresan en el Centro de Primera Acogida de Menores de edad Hortaleza (CPAH) en Madrid presentan identidades múltiples con características que provienen de diferentes historias de vida y de diferentes relaciones con estructuras jerarquizadas (familia, instituciones, etc.), por lo que presenta características adecuadas para la realización de un análisis interseccional a fin de revelar, como señala Cubillos (2015), los diferentes tipos de discriminación y desventaja que se dan como consecuencia de la combinación de identidades.

La Teoría Fundamentada (Andréu Abela, García-Nieto y Pérez Corbacho, 2007)  nos permite analizar las experiencias vividas de los y las jóvenes, comprender la interacción y dar cuenta de los cambios que experimentan en el transcurso de su estancia temporal (Miguel Melendro Estefanía) en el Centro. Como instrumentos para la recopilación y compilación de las experiencias planteamos una triangulación metodológica: la utilización de entrevistas semiestructuradas, la aplicación de técnicas de escritura narrativa y la realización de grupos de discusión.

Los primeros resultados apuntan a que el CPAH es un espacio donde se reproduce la diversidad social y cultural de nuestra sociedad y que por ello se necesita la revisión del proyecto de centro que rompa con estas inercias. En una sociedad donde los estereotipos de sexo-género continúan reproduciendo desigualdades, los proyectos de intervención, la metodología de trabajo y las herramientas de observación e investigación deben trabajar las diversidades de las violencias estructurales.

La generalidad y homogeneidad en el diagnóstico e intervención socioeducativa con quienes ingresan en el centro solo puede definir proyectos, planes y metodologías en las que los profesionales educativos puedan caer en la reproducción de estereotipos de género basados en el binarismo, con modelos eminentemente europeos en la construcción de significados y narrativas, y en los que pocas veces se identifican las raíces de los conflictos existentes al deconstruirse y reconstruirse dichos significados en la segunda generación migrante.

Cuando avancemos en las siguientes fases de elaboración de este proyecto de investigación-acción, los resultados podrán resultar interesantes no solo para la mejora en la intervención educativa con los adolescentes y jóvenes que ingresan en el CPAH sino también en los diferentes Sistemas de Protección a la Infancia. Teniendo en cuenta que según la Memoria Estadística de Coordinación de Centros de la CAM (2018), los protocolos en Centros Educativos son muy escasos, creemos que el margen de mejora es amplio y necesario.


[i] Estadística sobre Migraciones del Instituto Nacional de Estadística, 2018
[ii] Memoria Estadística del Observatorio de Infancia (Coordinación de Centros de Protección de Menores de la Dirección General de Familia e Infancia de la Comunidad de Madrid)
[iii] Memoria Estadística del Observatorio de Infancia (Coordinación de Centros de Protección de Menores de la Dirección General de Familia e Infancia de la Comunidad de Madrid)
[iv] III Estudio sobre el acoso escolar y ciberbullying según los afectados (Fundación ANAR, 2018)
[v] La Teoría de la Interseccionalidad (Crenshaw, 1989) nos ofrece una perspectiva teórica- metodológica transdisciplinar orientada a conocer y comprender la incidencia de factores y la complejidad de las identidades y sus relaciones con determinadas desigualdades sociales como son las situaciones que derivan en el ingreso en el Sistema de Protección a la Infancia.

BIBLIOGRAFÍA

  • Andréu Abela, J; García-Nieto, A; Pérez Corbacho, A. M. (2007) Evolución de la teoría fundamentada como técnica de análisis cualitativo. Santiago de Compostela: Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).
  • Birman, D. (2006) Measurement of the “Acculturation Gap” in Immigrant Families and Implications for Parent-Child Relationships. En M. H. Bornstein & L. R Cote (Eds.) Acculturation and parent-child relationships: Measurement and development, 113–134. Lawrence Erlbaum Associates Publishers.
  • Centro de Primera Acogida de menores de edad Hortaleza (2019) Proyecto Educativo de Centro Curso 2018-2019.
  • Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid. (2018) Memoria Estadística 2018 de la Red de Centros de Protección a la Infancia de la CAM. Madrid: Observatorio Coordinación de Centros. Dirección General de la Familia y el Menor de la Comunidad de Madrid.
  • Crenshaw, K. (1989) Demarginalizing the Intersection of Race and Sex: A Black Feminist Critique of Antidiscrimination Doctrine, Feminist Theory and Antiracist Politics. University of Chicago Legal Forum, 1, 139-167.
  • Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (2019) Plan de Inmigración de la CAM 2019-2021.
  • Cubillos Almendra, J. (2015) La importancia de la interseccionalidad para la investigación feminista. OXÍMORA Revista Internacional de Ética y Política, 0 (7), 119-137.
  • INE (2018) Estadística sobre Migraciones del Instituto Nacional de Estadística.
  • García Borrego, I. (2008) Herederos de la condición inmigrante: Adolescentes y jóvenes en familias madrileñas de origen extranjero. (Tesis Doctoral). Madrid: UNED. Recuperado de http://e-spacio.uned.es/fez/eserv.php?pid=tesisuned:CiencPolSoc-Igarcia&dsID=Documento.pdf.
  • FELGTB (2019) Jóvenes trans en el sistema Educativo. Informe. Disponible en https://felgtb.org/wp-content/uploads/2020/09/Informe-menores-trans_FELGTB_2019.pdf.
  • Observatorio de Inmigración (2018) Informe de población extranjera empadronada en la Comunidad de Madrid. Observatorio de Inmigración-Centro de Estudios y Datos. Consejería de Políticas Sociales y Familia.
  • Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia (2019) Informe de Evaluación del proyecto FRIDA de Formación para la prevención y detección del racismo y la xenofobia en las aulas.
  • Pichardo Galán, J.I. (2015) Abrazar la diversidad. Propuestas para una educación libre de acoso homofóbico y transfóbico. Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
  • Portes, A., Aparicio Gómez, R., Willians, H. (2009) La segunda generación en Madrid un estudio longitudinal (Vol. 67). Análisis del Real Instituto Elcano (ARI).
  • Red de Centros de Protección a la Infancia de la CAM (2016, 2017 y 2018) Memorias Estadísticas de la Red de Centros de Protección a la Infancia de la CAM.
  • Villalba Indurría, P. (2018) Quiéreme con mi diversidad. Identidad y diversidad afectivo sexual en familias. Guía didáctica. GALEHI.

*José Santos González es Técnico de Grado Medio (Educador Social) de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad  de la Comunidad de Madrid desde el año 2001. Es licenciado en Psicopedagogía por la UNED y doctorando en Educación en la Universidad de Jaén.


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“La especialización de los juzgados de familia disminuiría la violencia de género”, Entrevista Encarnación Roca.

Encarnación Roca cree que los políticos no prestan atención a este problema «porque los niños no votan». 
Una entrevista con Encarnación Roca, vicepresidenta emérita del Tribunal Constitucional, exmagistrada del Tribunal Supremo y catedrática de Derecho Civil, es siempre muy interesante porque es muy directa, muy clara. Siendo catalana, podríamos decir también que es muy castiza, porque llama al pan, pan, y al vino, vino.


También es una mujer muy pegada a la tierra, a los problemas de nuestra sociedad. Su salida del máximo tribunal de garantías no ha supuesto su retiro.   Al contrario, sigue muy activa.
Ha vuelto a la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, el cuarto de calderas donde se elaboran las nuevas leyes, a la Academia de Jurisprudencia y Legislación y ha retomado un proyecto, que es una realidad y en cuyo nacimiento tuvo que ver, ha entrado en la Junta Directiva de la Plataforma Familia y Derecho.
El objetivo de esta asociación, de la que forman parte más de 1400 personas –todas ellas pertenecientes a las profesiones implicadas en el derecho de familia– es lograr la especialización de determinados juzgados para procedimientos de familia.

Para acabar con la realidad actual, en la que unas familias –parafraseando a George Orwell en su celebérrima fábula «Rebelión en la granja»– son «más iguales que otras».
Porque viven en partidos judiciales donde hay jueces y equipos especializados en esta jurisdicción frente a aquellas otras en las que dicha especialización no existe.
Es una idea que le ilusiona mucho. 

Entrevista

Entonces, ¿después del Constitucional, hay vida?

Siempre hay vida. Lo que pasa es que una se tiene que acostumbrar a la nueva vida. Estoy adaptándome. Tengo bastantes proyectos en la cabeza.

Uno de ellos es este. La Plataforma. Usted estuvo, precisamente, en el origen de la creación de la Plataforma. ¿Por qué?

Porque, desde mi experiencia en derecho de familia desde el Supremo, creí en el proyecto cuando vinieron a proponérmelo. Porque intenta reconducir la solución de todos los conflictos matrimoniales y no matrimoniales, que son muchos e importantes.
Afectan a lo profundo de la vida de las personas y esto necesita una especialización. Si se han creado juzgados especializados para resolver las cláusulas suelo, ¿por qué no se crean para una cosa mucho más importante?
Las cláusulas suelo son una cuestión contingente. Pasa y dejará de pasar. En cambio, el derecho de familia es para siempre.

¿Por qué cree usted que la política no presta atención a esta problemática?

Porque los niños no votan, siempre lo digo. Y los padres están tan preocupados con sus litigios personales que les importa poco. Lo que quieren es que resuelvan a favor suyo. Siempre a favor de uno, claro.
Y en el derecho de familia no hay ganadores ni perdedores. Quién gana y quien pierde es el pobre niño, que se convierte en una especie de bicicleta que llevan de aquí para allá.
Lo que quieren los padres es que se resuelva el asunto, sobre todo por la cuestión del piso y de los alimentos.

Una vieja amiga, ya desaparecida, la magistrada Raimunda de Peñafort, decía que los niños eran como los caracoles, porque iban con la casa a cuestas. Ella decía que había que romper con todo eso. ¿Está de acuerdo?

Sí, claro. Hace tiempo que se está diciendo esto. Yo conozco otras experiencias en otros países en las que cuando el juez ha decidido el divorcio y sus consecuencias, de su ejecución no se encarga el juez.
De eso se encargan servicios sociales específicos, dentro del juzgado.
Al juez no se le puede tener como la «muchacha para todo».

¿Usted cree que debía haber servicios de ejecución para esto?

Sí, servicios de ejecución dentro del juzgado. Porque tiene que haber una supervisión. Ahora mismo no existen.
El problema de la ejecución de las sentencias en el derecho de familia es de lo más complejo. Por eso creo que los juzgados especializados en temas de familia son indispensables. ¿Que son caros? Nadie ha calculado, hasta ahora, lo que están costando las consecuencias de los enfrentamientos entre los miembros de una pareja que se odia. Esto sí que es carísimo.

Es un hecho que a lo que a Juzgados de Familia se refiere, España tiene juzgados de primera y juzgados de segunda. Dependiendo de donde viva la persona hay juzgados especializados de familia o, por el contrario, juzgados mixtos. El tiempo de resolución en los juzgados mixtos es el doble o el triple que en los especializados.

Lo ha explicado usted muy bien.

Y lo mismo ocurre con los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Depende de donde viva la persona. El tratamiento es de primera o de segunda.

Yo creo que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tendrían que estar dentro de una misma estructura. Porque todo es lo mismo.

Está hablando de redefinir, organizativamente todo el sistema, ¿no?

Sí.

Aparte de lo que Justicia invierte en el mantenimiento de estos Juzgados, el Ministerio de Igualdad ha aumentado 29 millones de euros, a 209 millones el dinero destinado a la prevención integral de la violencia de género para 2022.

¿Y se ha acabado la violencia sobre la mujer?

¿Por qué el legislador se resiste a incluir en el Código Civil la jurisprudencia de la Sala de lo Civil del Supremo sobre la custodia compartida?

¿Quiere mi opinión sincera?

Sí, claro.

No tienen ni idea. Primero, porque no es un tema que les preocupe de forma prioritaria. No les preocupa en absoluto. Luego, porque piensan que les va a costar mucho dinero. Y tercero, porque no tienen bien estudiado lo que es la custodia compartida.
Ahora la cosa se ha modificado un poco, pero la primera idea de la custodia compartida era que el niño dormía unos días en casa de su madre y otros días en casa de su padre.
El problema de la custodia compartida siempre es el tema de la casa y las pensiones. Mire, hay un dato esclarecedor. En 2020, según el INE, los jueces acordaron un 41,4 % de custodias compartidas. En 2010 fueron un 10,5 %. En diez se ha cuadruplicado. Eso dice mucho del cambio de la sociedad, ¿no le parece?
Yo siempre ha dicho, y he escrito, que la custodia compartida no significa que el niño vive en casa de uno y luego se va a casa de otro, sino que las consecuencias de la patria potestad, que son la educación, la alimentación, etcétera, deben ser compartidas.
Si el padre vive fuera porque trabaja fuera este señor no puede tener –en el sentido que nosotros le hemos estado dando– una guarda compartida. Porque físicamente no puede.
Pero, a partir de aquí, por ejemplo, se le puede decir, los estudios los vas a supervisar tú. Lo que en Cataluña se ha venido denominando el plan de parentalidad en el que los padres comparten una serie de consecuencias de la separación y el divorcio en relación con los niños.
Yo creo que esto está teniendo un efecto muy positivo.

«La clave está en especializar órganos de los tribunales de instancia, concentrando en ellos las competencias de infancia, familia y capacidad, descargando a los restantes tribunales del entorno de esas materias»

Precisamente en Cataluña echó a andar en 2015 la figura de la coordinación parental que contribuye a reducir el daño emocional a todo el grupo familiar. Una figura que ya tenemos en Madrid.

Todas estas medidas tienen relación con lo que le he explicado antes. Es la ejecución de la sentencia en la que se establecen unos tiempos, unos derechos, unas obligaciones… Pero lo que pasa es que se van haciendo a base de poner un parche aquí y otro parche allí.
No hay una idea global de lo que debe ser una guarda compartida, las consecuencias de un divorcio, etcétera.
Se van poniendo parches. A ver si funcionan, porque cambiar, de pronto, todo el sistema a mí me parece un poco bestia. Lo tengo que decir.
Pero que hay que ir a esta idea de un juzgado de familia con varias secciones y que en estas secciones haya una de coordinadores de parentalidad. Y, además, como tienes al juez allí, si hay alguna cosa que el coordinador de parentalidad vea que afecta radicalmente a derechos del niño o del otro progenitor, pues envía directamente el caso al juez.

Esto conllevaría una redefinición de los partidos judiciales.

Sí, claro que sí.

Los actuales partidos judiciales se crearon en España hace 187 años, en 1834. Y nos encontramos, por ejemplo, con referencia a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, exclusivos, que no llegan a 50 % de la carga de trabajo o menos. Esa redefinición de partidos judiciales, fusionados, ampliados, haría que más personas pudieran ser atendidas por órganos especializados.

Cuando fui vicerrectora de la Universidad de Barcelona aprendí que, con un mismo presupuesto, sin necesidad de aumentarlo, si eres capacidad de reconducir, reorganizando un escenario como ese, obtendrás mejores resultados.
La clave está en redistribuir el presupuesto de una manera más racional. Lo que tienes que hacer es una planificación en el ámbito de familia, básicamente.
Porque le digo que esto se ha demostrado en otros países, en los que hay estudios sociológicos más solidos –que aquí no hay–, que una buena planificación en la solución de los conflictos de familia lleva a una sociedad menos crispada y más estructurada.
Esto es así en todos los niveles.
Un buen sistema de derecho de familia, de resolución de conflictos, la especialización de los juzgados de familia, disminuiría la violencia de género. Lo dice José Antonio Seijas, que fue mi compañero en la Sala de lo Civil del Supremo. Y es cierto.

Ya sabe que uno de los proyectos de ley en marcha es el de la eficiencia organizativa del servicio público que prevé la creación de los tribunales de instancia. Los juzgados de lo civil de cada uno de los 431 partidos judiciales se convertirán en 431 tribunales de instancia.

Bueno, la Plataforma ha hecho una propuesta de mapa judicial que, en su momento, era aplicable a los partidos judiciales y que está siendo readaptada a los nuevos tribunales de instancia.
La clave está en especializar órganos de los tribunales de instancia, concentrando en ellos las competencias de infancia, familia y capacidad, descargando a los restantes tribunales del entorno de esas materias.
Vamos a por todas en la especialización de los juzgados de familia.


La vicepresidenta emérita del Constitucional vería muy bien una reunión con la ministra de Justicia, Pilar Llop, para explicarle por qué es importante que la especializacion de los Juzgados de Familia sea una realidad. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

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Supongo que, a usted, y la Junta Directiva de la Plataforma, no tendrían ningún inconveniente en explicárselo a la ministra de Justicia, Pilar Llop, ahora que está metida en cambios de raíz en la organizacion de la Justicia, ¿verdad?

Sí, claro. La ministra es una mujer moderna, de su tiempo, y supongo que le interesará. No puede haber un momento mejor que este.

Recientemente publicamos en Confilegal la historia del español Borja Brañanova, residente en Dubái, quien consiguió, por vez primera en la historia, una sentencia de custodia compartida en un país islámico. Se quejaba de que nuestro Código Civil no está redactado de forma clara, como el francés o el alemán, y que no tiene asimilada, lo que le explicaba antes, la jurisprudencia de la Sala de Civil del Supremo sobre la custodia compartida. El Código Civil sigue diciendo que la custodia compartida con carácter excepcional. ¿No le parece que toca ya reformar el Código Civil español a fondo?

Un Código tiene que ser claro. Yo siempre pienso que la normativa de familia tiene que ser por principios. Es decir, la guardia y custodia compartida, como dice el Código Civil de Cataluña, la preferente. Pues ya está.
No es necesario que tenga que ser complejo. Pero eso no quiere decir que siempre se escapen cosas.
Para mí es un error que la pertenencia a la Comisión General de Codificación sea incompatible con ser juez. Es de locos.

¿Y es incompatible?

Claro que lo es. Cuando yo entré en el Supremo, en 2005, Luis Díez-Picazo, entonces presidente de la Sección Primera de Derecho Civil de la Comisión General de Codificiación dijo “esta es la sesión de despedida de doña Encarna porque a partir de aquí la tenemos que declarar en excedencia”.

O sea, ¿ningún juez en ejercicio puede estar en la Comisión de Codificación?

Esto es absurdo. Estando en el Constitucional eso es normal porque tú luego tienes que pronunciarte sobre la constitucionalidad o no de una ley. Si no creas una incompatibilidad.
También es posible que, estando allí, si viene un caso sobre una ley en la que has intervenido es lógico que te apartes. Es lo normal.
Pero en el caso del Tribunal Supremo, ¿que es el que tiene que aplicar la ley? Esto no tiene ninguna lógica.
En el ámbito del derecho civil en general nosotros estamos perdiendo terreno. Seguramente porque nosotros mismos no nos hemos hecho valer, también es verdad.
Pero que el derecho civil, en estos momentos, no tenga ningún representante en el Tribunal Constitucional. Y prácticamente haya solo un letrado en la lista de letrados, me parece una aberración. Y no porque sea una aberración. Es porque el Civil es la madre de todos los derechos.
Yo puedo hacer Constitucional sin haber estudiado Constitucional. Uno de Constitucional no puede hacer Civil sin haber estudiado a fondo derecho civil.

¿Eso se debe al desconocimiento por parte de los políticos?

Sí. A su desconocimiento y a que nosotros, los civilistas, no nos hemos sabido vender bien. Las luchas entre las denominadas “escuelas” –escuelas en el ámbito del derecho significa a ver quién coloca más de los suyos– nos ha hecho mucho daño. No somos poderosos. Y estamos muy divididos.

¿Ha vuelto a la Comisión General de Codificación?

Sí me he vuelto a incorporar.

«Que el derecho civil no tenga ningún representante en el Tribunal Constitucional me parece una aberración porque el Civil es la madre de todos los derechos»

¿A qué se debe que haya decidido dar el paso para formar parte de la Junta Directiva de la Plataforma Familia y Derecho, de la que usted fue fundadora, por cierto?

Cuando los promotores de la Plataforma me vinieron a ver, en 2019, yo estaba en el Tribunal Constitucional como magistrada. Me ofrecieron la Presidencia pero era incompatible con mi destino en aquel entonces. Les dije que cuando dejara el Tribunal nos pondríamos de acuerdo. Y ha llegado el momento.

Usted es consciente de que tiene una voz, una influencia, una auctoritas sobre la Academia y sobre la Justicia. Y de que la Plataforma es una herramienta o una palanca para cambiar las cosas, ¿verdad?

Esa es la idea. Desde que estuve en Oxford, donde estudié estos temas a fondo, y desde otra perspectiva distinta, me he convencido absolutamente de que hay que hacerlo. Para eso hay que crear un estado de opinión, desde un plan, para poder conseguir este objetivo.
Y cuando lo consigamos, es como cuando alguien consigue la Presidencia de un Gobierno: entonces tendremos que trabajar mucho más.

¿Sus esperanzas de que esto salga bien son fundadas?

Yo creo que sí. Es una cosa bastante obvia. Porque, aunque yo no he ejercido, siempre tienes amigos que te vienen a preguntar cosas. La gente se queja mucho de que los abogados siempre están enfrentados. Bueno, eso es normal, protegen a su cliente.
Luego, no hay un seguimiento de si se cumplen o no las sentencias.
Sobre los informes psicológicos, cada uno aporta el suyo. Y el suyo le pone a él, o a ella, como si fuera san, o santa, o y al otro, o a la otra, como si fuera el demonio con cuernos.
Todo lo que se juega en el derecho de familia es muy delicado. Por lo tanto, hay que analizar los diversos elementos que juegan en un conflicto para para llegar a una solución.
A una solución no definitiva, porque las circunstancias van cambiando. Me acuerdo de que una vez un señor muy importante en Madrid me preguntó por el caso de su nieto, que no había cumplido un año.
La madre estaba como una chota –diagnosticada–, las cosas como son. Le dije, mira, tu nieto tiene un año, ¿no? Pues te quedan 17 años de aguantar. Porque el niño va cambiando, crece…
Una sociedad bien estructurada requiere unas familias que tengan vías seguras y rápidas para resolver sus conflictos. El conflicto no lo puedes evitar.

Y para eso, tiene que haber personal especializado.

Exactamente.

Que no esté resolviendo un robo, por una parte, y por otra una guardia y custodia.

Así es.

Con lo que, si hay que redefinir todos los partidos judiciales y centrarlos en zonas más grandes, pero mejor estructuradas esa sería la salida.

Para mí esa sería la solución. En estos momentos en que estamos metidos en un mundo con los sistemas tecnológicos más avanzados, ¡por favor!, los jueces ya deberían planteárselo.
Actualmente formo parte de la Sección de Derecho de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, en la que tratamos todos los problemas que se plantean, problemas que no se huelen en el Consejo General del Poder Judicial.
Estamos en el siglo XXI, disponemos de recursos, de herramientas modernas. No podemos seguir trabajando como nuestros abuelos.
La Ley de Enjuiciamiento Civil, de 2000, es un fracaso de entrada porque no previó para la informatización de los procedimientos, de las comunicaciones… Nada.Esto es un parche detrás de otro.

Estamos hablando de grandes reformas estructurales y organizativas. Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, del Código Civil, de ir directamente a la madre del cordero.

Sí. Yo cogería el Código Civil y lo cambiaría radicalmente.

Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño para proteger los derechos de la infancia en el entorno digital.

Durante el mes de marzo de 2021, El Comité de los Derechos del Niño publicó su Observación General núm. 25 sobre cómo proteger los derechos de la infancia en el entorno digital. 

El objetivo de esta observación general es otorgar directrices interpretativas sobre cómo los Estados parte deben aplicar la Convención sobre los Derechos del Niño en relación con el entorno digital, así como ofrecer orientación sobre las medidas legislativas y normativas para que las niñas, niños y adolescentes puedan hacer uso de su derecho a la información y comunicación, a través del entorno digital, de una manera segura. 

Es importante señalar que, en la elaboración de estas recomendaciones, el Comité realizó un proceso de consultas que tuvo en cuenta las opiniones de más de 700 niños y niñas de diferentes edades y países. Desde la Plataforma de Infancia hicimos llegar al Comité las aportaciones propuestas por los 70 chicos y chicas participantes en el VIII encuentro estatal de la red Cibercorresponsales en 2019.

Cibercorresponsales es la red de la Plataforma de Infancia en la que participan alrededor de 900 chicas y chicos de 12 a 17 años a través de blogs en los que tratan cuestiones que les interesan, les preocupan o les afectan directamente. En el Ciberencuentro los chicos y chicas reflexionaron sobre la ciberseguridad y elaboraron un posicionamiento consensuado respecto al borrador del Comentario General. Este posicionamiento incluía, entre otras cuestiones, su preocupación sobre «cómo afrontar los bulos, las cadenas de mensajes, los contenidos ofensivos y con cualquier expresión de violencia”, así como propuestas como «fomentar una enseñanza adecuada a los usuarios, que permita un aprendizaje progresivo a todas las edades, permitiendo así tener un mayor conocimiento sobre el verdadero uso de las redes y también sobre los medios que existen para protegernos”. 

De acuerdo con el Comité de los Derechos del Niño, el entorno digital ofrece nuevas oportunidades para hacer efectivos los derechos de la infancia, aunque también plantea riesgos relacionados con su violación o abuso. El reconocimiento del derecho de los niños, niñas y adolescentes en un entorno digital debe tener muy presente los cuatro principios generales de la Convención:

  • No discriminación.
  • Interés superior del menor.
  • Supervivencia y desarrollo.
  • Respetar el punto de vista de los niños y niñas.

En este sentido, el Comité establece las recomendaciones del Estado para dar cumplimiento a dichos principios, así como a las medidas generales de aplicación, requiriendo una amplia gama de medidas legislativas, administrativas y de otra índole, incluidas medidas preventivas.  

Asimismo, el Comité hace una mención especial a las obligaciones de los Estados en relación con las empresas, de forma que estas cumplan con sus obligaciones de respetar los derechos de la infancia e impedir y reparar toda vulneración de sus derechos en relación en el entorno digital.

Si bien el Comité se pronuncia sobre los derechos de la infancia en el entorno digital en relación con cada una de las áreas temáticas, una de las principales preocupaciones del Comité es la violencia que se ejerce contra la infancia en internet, en particular en épocas de crisis, como la actual pandemia. Por ello, se insta a los Estados a diseñar y ejecutar normativa que proteja a los niños de contenidos engañosos y nocivos, de todas las formas de violencia que se producen en el entorno digital como, por ejemplo, ciber agresiones, trata de niños o extorsión por información.  

Durante la pandemia, la brecha digital, que afecta a más de un millón de niños, niñas y adolescentes en España se ha hecho más visible, especialmente por las dificultades para acceder a internet, la falta de dispositivos adecuados, supresión de recursos de apoyo, entre otros. Esta situación supuso que, debido a las diferencias socioeconómicas, muchas niñas y niños no pudieron seguir su formación como lo hacían sus compañeros y compañeras. Es importante destacar que España aún no ha traspuesto la Directiva (UE) 2018/1808, cuyo objetivo, entre otros es, evitar de forma efectiva el acceso de los niños y niñas a contenidos adultos. España además se comprometió en 2018 a elaborar una ley dirigida a garantizar los derechos de la infancia ante el impacto de internet y garantizar su seguridad.  

«Un acceso significativo a las tecnologías digitales puede empoderar a los niños, niñas y adolescentes y ayudarles a realizar toda la gama de sus derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales. Si estas tecnologías sólo están disponibles para algunos niños y no para otros, se producirán mayores desigualdades y se verán afectadas sus oportunidades de futuro», explicó Luis Pedernera, presidente del Comité. 

El texto completo de la Observación General 25 del Comité de los Derechos del Niño puede consultarse en español en el apartado Observaciones Generales de nuestra web.

Fuente web de la Plataforma de Infancia