Infancia, la Democracia y la Libertad de Expresión.

por Emilio García Méndez,
Cuadernos de Comunicación e Información, nº16.

Agotamiento  de  la  “incapacidad”  de  la  infancia  
como  fundamento  adecuado  para  establecer estrategias de protección de la misma.


Este ensayo de la Oficina de la UNESCO en Montevideo es una invitación a revisar críticamente el derecho a la libertad de expresión de los niños, niñas y adolescentes. Fue escrito en el contexto de nuestra tecnología de la información y la comunicación (TIC), en el que los niños y adolescentes usuarios de YouTube, los entusiastas de Instagram, y los bloggers van en línea para permitir que sus compañeros y el mundo de los adultos saben lo que quieren y piensan..... 

Esto incluye la expresión a través de puntos de vista minoritarios y formas del discurso contracorriente. Sin embargo, "el acceso a Internet sin un complemento educativo adecuado produce una herramienta de vacío que no contribuye a la reducción de las brechas de desigualdad ..." [OCT 2019] 

Resumen ejecutivo  
Se  trata  de  un  texto  que  desde  una  perspectiva  crítica  e  histórica  analiza  los  problemas  vinculados  a  la  libertad  de  expresión  de  la  infancia  en  su  relación  con  la  democracia. Se toman en consideración las diversas concepciones sobre la infancia y en ese contexto se plantean la libertad de expresión de los niños como una forma privilegiada de participación de los mismos. Los  Derechos  del  Niño,  incluidos  sus  problemas  y  limitaciones,  se  analizan  en  el  contexto del conjunto de los Derechos Humanos. Se  pone  en  evidencia,  en  el  contexto  del  desarrollo  social  y  tecnológico  actual,  el  agotamiento  de  la  “incapacidad”  de  la  infancia  como  fundamento  adecuado  para  establecer estrategias de protección de la misma.

Todo  individuo  tiene  derecho  a  la  libertad  de  opinión  y  de  expresión;  este  derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Art 19. Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.
2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.
Art 12. De la Convención sobre los Derechos del Niño

1. El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño.
2. El ejercicio de tal derecho podrá estar sujeto a ciertas restricciones, que serán únicamente las que la ley prevea y sean necesarias:a. Para el respeto de los derechos o la reputación de los demás; ob. Para la protección de la seguridad nacional o el orden público o para proteger la salud o la moral públicas.
Art 13. De la Convención sobre los Derechos del Niño.
.................

Conclusión:
En primer lugar, se trata de crear las condiciones para que en el diseño de las políticas públicas los niños puedan emitir su voz con el menor grado de interferencia posible
No se ignora aquí el problema de la legitimidad de la voz de los niños. La legitimidad de la voz de los niños participa de todas  las  dificultades  que  afectan  a  los  adultos  con el agregado del obstáculo ya mencionado de la  mediación  de  los  adultos.  
Poner  de  manifiesto los problemas vinculados con la mediación por parte de los adultos constituye tal vez la recomendación más fuerte en este campo. 
Se trata también de reformular las estrategias de protección  de  la  infancia  no  solo  sin  afectar  su  libertad  de  expresión  sino  expandiendo  esta  libertad.  
Encontrar  estrategias  de  diálogo  franco  y  sincero entre los niños y los adultos constituye en todo caso el corazón de cualquier estrategia seria en este ámbito. 
Aceptar la libertad de expresión que plantean las nuevas  tecnologías  (redes  sociales)  sin  demagogias y sin condicionamientos que excedan lo previsto normativamente es uno de los desafíos centrales, no solo de la relación con la infancia sino de la posibilidad de ensanchamiento de las bases de la democracia.

"En Chile, no se justifica ni la violencia, ni la represión que en la actualidad vivimos y que ha causado muertes de Niños y Niñas".

"Fue desnudada y obligada a hacer sentadillas": 
39 recursos por violencia uniformada contra niños.
El INDH ha presentado 39 acciones judiciales en favor de niños, niñas y adolescentes 
que han sufrido golpes, malos tratos físicos y verbales, desnudamientos y heridas por balines.

210 niños detenidos reza uno de los carteles:
Diputadas chilenas defendiendo derechos, y se enfrentan al Mº del Interior.


Miércoles 23 octubre de 2019 


Añadir leyenda
El último balance (23/10/2019) del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) reveló que 243 menores de edad (142 niños y 41 niñas) han sido detenidos durante las protestas sociales registradas en el país.
Tras el estallido social, en redes sociales han circulado videos y denuncias de ciudadanos que acusan abuso de poder contra menores por parte de Carabineros y las Fuerzas Armadas.

Hasta las 12:00 horas de este miércoles, el INDH ha presentado 39 acciones judiciales en favor de niños, niñas y adolescentes que han sufrido golpes, malos tratos físicos y verbales, desnudamientos y heridas por balines.

Además han podido constatar que, en la región Metropolitana, 24 niños han sido ingresados a hospitales públicos por diferentes lesiones.

Por este motivo, el organismo ha presentado 35 querellas criminales, de las cuales, varias involucran a menores de edad que fueron golpeados u obligados a desnudarse y hacer sentadillas.

Las acciones judiciales
BioBioChile tuvo acceso a algunos documentos del instituto, que dan cuenta de las denuncias realizadas por el delito de apremios ilegítimos:

1. F.D.Y.P., de 14 años de edad, fue detenida el 18 de octubre, en las manifestaciones por el alza del pasaje del Metro en la región Metropolitana.

Ella denunció haber sido golpeada durante su traslado a pie desde las afueras de la 12° Comisaría hasta los calabozos de la misma, mediante bastones retráctiles, en distintas partes del cuerpo, incluyendo la cabeza y el abdomen.

El documento del instituto detalla: “Ya en calabozos, fue obligada a desnudarse por completo, realizar sentadillas, en presencia de dos funcionarias policiales. Informa además haber sido insultada en repetidas oportunidades por estas mismas funcionarias por haber participado en la manifestación, tratándola de “estúpida””.

2. M.J.R.M., de 16 años de edad, fue detenido el 19 de octubre en la Estación Santa Ana, por supuestamente haber estado manifestándose.

El menor denunció que al momento de la detención por Carabineros: “Se le aplicó una llave en su garganta, con tal nivel de fuerza que fue ahogado y le cortaron la respiración hasta que se desmayó. Acto seguido fue llevado a una sala del Metro en donde, estando ya bajo custodia de Carabineros, su captor le aplicó patadas en el suelo, lo escupió en la cara mientras estaba en el piso, le aplicó golpes y le dijo expresiones discriminatorias aduciendo una calidad homosexual atendido que tenía sus uñas pintadas”.

3. Daniel fue detenido el 20 de octubre, por presuntamente haber participado de saqueos a supermercados en el centro de la comuna de San Bernardo.

El hombre denunció que tras ser detenido por funcionarios policiales fue trasladado al recinto policial de la 14° Comisaría de San Bernardo, lugar donde fue desnudado completamente, y obligado a hacer sentadillas en presencia de un funcionario policial, en una sala contigua a los calabozos.

Además del funcionario de Carabineros, se encontraba en el mismo lugar su sobrino, menor de edad, quien también fue desnudado en el mismo momento y obligado a hacer sentadillas”.

Los derechos que protegen a los niños
En relación a estos hechos, la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, condenó la situación y acusó falta de información por parte del Minsal, a través de la Subsecretaría de Redes Asistenciales.

La autoridad agregó que la mayoría de los menores fueron heridos por alcance de perdigones, cuando estaban en situaciones cotidianas y junto a sus padres.

Cabe señalar que el control preventivo de identidad está vigente desde los 18 años de edad. Sin embargo, si se sorprende a un menor alterando el orden público dentro de un Estado de Emergencia, puede ser detenido por funcionarios de Carabineros o personal de las Fuerzas Armadas.

Además pueden ser puestos a disposición de los Tribunales de Garantía, para pasar luego a control de Identidad y ser formalizados por los delitos de daño, lesiones, robo, hurto, o lo que corresponda.

Pese a ello, deben ser medidas que se apliquen de manera razonable. No están permitidos actos vejatorios, burlas o afines, que pueden calificarse como trato cruel, degradante e inhumano.

Quienes comentan estas acciones deben ser sancionados no sólo por las normas del Código Penal, sino que además por la propia Convención de las Naciones Unidas.

Lee también...
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Situación en Chile a 21/20/2019




Niños, niñas y adolescentes chilenos vuelven a ser protagonistas en Chile.

CIDH* condena excesivo uso de la fuerza y 
rechaza toda forma de violencia en el marco de las protestas sociales en Chile.


Como sucedió hace tres años
los chavales de Chile ha protagonizado una revuelta democrática en la defensa de los derechos humanos.
En aquella ocasión fue por su derecho a un educación igualitaria, comunitaria y no clasista;  y lo consiguieron.
Deseamos que Chile solucione sus problemas en paz, pero no al precio de la pérdida de DD HH.(GSIA)


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su condena tanto al uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad como a los actos violentos cometidos por civiles en el marco de protestas sociales en Chile en los últimos días. La CIDH rechaza de manera enfática la escalada de la violencia que ha resultado en al menos 18 personas fallecidas, decenas de personas heridas, periodistas agredidos, y más de mil personas detenidas. La Comisión urge al Estado chileno y a todas las partes involucradas a entablar un diálogo efectivo e inclusivo para abordar las demandas legítimas de la población, en el marco democrático del Estado de Derecho.

Según información de público conocimiento, tras los diversos anuncios de alzas de coste de servicios públicos y privados hechos los últimos meses, y en particular, tras el anuncio hecho el pasado 6 de octubre sobre el aumento de la tarifa del pasaje de metro, distintos sectores de la sociedad iniciaron diversos llamados a ingresar masivamente al metro sin pagar en forma de protesta. En tales actos participaron cientos de personas, y en especial, niños, niñas y adolescentes, estudiantes de secundaria y universitarios, bajo el lema “Evasión todo el Día”. 

La Comisión observa que varios de estos eventos derivaron en incidentes, incluyendo destrozos de inmobiliario público, produciéndose varias detenciones y enfrentamientos entre agentes de Carabineros y manifestantes.

En este contexto, el viernes 18 de octubre, el Gobierno anunció cierre de la totalidad de la red de Metro en Santiago de Chile y la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado. Paralelamente, se iniciaron una cadena de manifestaciones de protesta y disturbios en la Región Metropolitana, incluyendo destrozos, incendios y enfrentamientos entre manifestantes y fuerzas del orden, que se extendieron posteriormente a otros puntos del país, entre otros, a las ciudades de Valparaíso, Concepción y Rancagua. 
La Comisión observa que en respuesta a estos hechos, en la madrugada del 19 de octubre el Presidente de la República emitió los Decretos No.472, 474 y 479 por los que declaró el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia por 15 días en las provincias de Santiago y Chacabuco y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo, en razón de la alteración del orden público. Posteriormente, esta medida ha sido extendida a Valparaíso, Concepción, Rancagua y Coquimbo y a otras zonas del país.

Al respecto, la Comisión observa que el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia establece un mando militar como Jefe de la Defensa Nacional, con la función de restablecer el orden y la seguridad pública, al tiempo que establece restricciones a la libertad de movimiento y reunión en el marco del plazo indicado. Asimismo, la Comisión observa que el jefe de la Defensa Nacional designado declaró el toque de queda las noches del 19, 20, 21 y 22 de octubre en varias zonas del país. Como resultado de la declaratoria del Estado de Excepción Constitucional de Emergencia y de los toques de queda, la Comisión advierte que fueron desplegados efectivos militares de las Fuerzas Armadas, además de efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) y de Carabineros de Chile, en varias ciudades del país para llevar a cabo funciones de seguridad ciudadana.

De acuerdo con información pública, durante las jornadas de protesta posteriores, centenares de personas habrían resultado heridas, algunas de ellas afectadas por el uso indiscriminado de gas lacrimógeno y un uso desproporcionado de la fuerza por parte de fuerzas de seguridad. 
Según cifras publicadas el 23 de octubre por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en el marco de su observación al menos 2.128 habrían sido detenidas y 376 personas habrían resultado heridas, de las cuales al menos 173 por arma de fuego. 
Por su parte, el subsecretario del Interior de Chile, confirmó el martes 23 de octubre que 18 personas han fallecido a nivel nacional en el marco de las protestas. El Estado de Chile informó a la Comisión que en todos estos casos el Ministerio Público ha iniciado las investigaciones  correspondientes, dictándose incluso prisión preventiva en contra de presuntos responsables. Respecto de estas cifras, si bien la Comisión ha observado positivamente los esfuerzos de comunicación permanente de autoridades del Estado sobre la situación en el país, advierte la ausencia de cifras oficiales unificadas y debidamente desglosadas sobre la cifra total de personas heridas y fallecidas en el contexto de las protestas.  Adicionalmente, la Comisión expresa su preocupación por la información recibida sobre agresiones en contra del personal del INDH que se encuentra realizando sus funciones de observación, ello pese a contar con su identificación y equipamiento institucional.
Por otra parte, la CIDH expresa su preocupación por hechos de actuación policial y militar en las que se habría hecho un uso desproporcionado de la fuerza contra civiles. Entre otros, el 20 de octubre la Comisión conoció del fallecimiento por impacto de bala de un manifestante que se encontraba participando de una protesta en la ciudad de La Serena, en el contexto de un enfrentamiento entre manifestantes y personal de Fuerzas Especiales de Carabineros. Asimismo, la Comisión conoció de otra intervención militar para impedir el saqueo a un supermercado que resultó en dos personas heridas por arma de fuego. La Comisión advierte que ambos hechos fueron comunicados y lamentados públicamente por la Jefatura de Defensa Nacional.

La CIDH también expresa su preocupación por la información que señalaría un uso desproporcionado de la fuerza y malos tratos en el marco de detenciones. Al respecto, la Comisión advierte que el 20 de octubre el INDH señaló haber constatado lesiones graves de al menos 22 personas detenidas y haber recibido denuncias de uso desmedido de la fuerza al momento de la detención y de alegadas vejaciones injustas a niños y a niñas, malos tratos, golpes en rostros y muslos, torturas, desnudamientos a mujeres y vejaciones sexuales, entre otras vulneraciones. Entre otros, el INDH señaló haber conocido del caso de un hombre que recibió impacto de bala disparado por Fuerzas Especiales a cinco metros de distancia y se encontraría actualmente en estado grave. Asimismo, el INDH identificó a un adolescente que tiene alojadas balas en su hígado, riñón y en sus piernas; y otra adolescente herida con un balín en la pierna.

La Comisión condena estos hechos e insta al Estado a seguir adoptando las medidas necesarias para que los hechos de violencia que han resultado en graves afectaciones a la vida e integridad de las personas sean investigados de manera pronta, exhaustiva y diligente, estableciendo las responsabilidades materiales e intelectuales y sancionando a los responsables.

Asimismo, la CIDH recuerda que bajo la Convención Americana los estados de excepción deben ajustarse a causales estrictas como la existencia de un peligro objetivo y de extrema gravedad que ponga en riesgo la preservación de la democracia o la integridad de la nación, pero no debe invocarse para la suspensión genérica de derechos fundamentales como la expresión, o la protesta que busca expresar un malestar social. Aún cuando los derechos de reunión y asociación se encuentren entre aquellos pasibles de ser suspendidos durante estados de excepción de manera temporal, ello no debe significar la suspensión automática de toda protesta, a menos que se verifiquen los supuestos establecidos por el derecho internacional. 
 La Comisión advierte que las numerosas vulneraciones de los derechos humanos que se registran de manera constante durante estados de excepción, demuestran que no constituyen una respuesta sostenible y eficaz para enfrentar y resolver los conflictos sociales o políticos. La CIDH llama a los órganos constitucionales del Estado a aplicar con estricto apego a estos principios los controles sobre el contenido y alcance del estado de excepción.  
Al respecto, el Estado de Chile informó a la CIDH que la declaración del estado de emergencia se justificaría dado que el país enfrenta una situación de “grave alteración del orden público producto de la acción coordinada de grupos violentos que nada tienen que ver con quienes se manifiestan pacíficamente” y se decretó con “la finalidad de permitir a las personas volver a ejercer sus derechos DE forma libre”, “siendo incluso compatible con la realización de manifestaciones pacíficas”. En este sentido, el Estado informó que “la declaración del estado de emergencia no implica la dictación automática de ninguna medida restrictiva  respecto de los derechos de locomoción y reunión, cuestión que deberá ser posteriormente establecida por el jefe de zona de acuerdo con la evaluación de los hechos”. El Estado informó además que estas medidas no pueden durar más allá del periodo en estado de emergencia, que de acuerdo con la legislación interna, debe durar un máximo de 15 días, prorrogables a otros 15 días.

La Comisión advierte que si bien el Estado tiene el deber legítimo de garantizar la seguridad y el orden público, el uso de la fuerza debe regirse por los principios de legalidad, estricta necesidad y proporcionalidad. Al respecto, recuerda que las armas de fuego deben estar excluidas de los dispositivos utilizados para el control de las protestas sociales. El uso de este tipo de armas es una medida extrema, y no deben utilizarse excepto en aquellas oportunidades en que las instituciones policiales no puedan reducir o detener con medios menos letales a quienes amenazan la vida e integridad de otras personas. La Comisión llama a todas las personas que participan en manifestaciones a no recurrir a actos de violencia y reafirma que el hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve, per se, violenta toda la protesta. 
La CIDH, alerta que el uso de las fuerzas de seguridad debe centrarse estrictamente en la contención de actos de violencia así como garantizar el derecho a la protesta, sin ningún tipo de represión directa o de detención arbitraria de manifestantes pacíficos.
Asimismo, frente a las detenciones realizadas, la Comisión ha sido informada de la emisión de un salvoconducto institucional limitado únicamente a defensores públicos, miembros de la Fiscalía,  miembros del Poder Judicial y funcionarios del Servicio Nacional de Menores, imposibilitando así el acceso de los y las detenidas a defensores de su confianza, especialmente durante los horarios de toque de queda. Respecto de lo anterior, la CIDH recuerda que a las personas detenidas se les debe garantizar sus derechos a la seguridad, integridad, al debido proceso y a no ser sometidas a tratos crueles e inhumanos. Adicionalmente, la Comisión reitera que en el marco de su obligación de debida diligencia, las autoridades deben tener en cuenta las situaciones específicas y los estándares legales aplicables en los casos de mujeres, niños y adolescentes.

Por su parte, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ha advertido con preocupación ataques contra medios de comunicación y periodistas en el marco del Estado de Emergencia y del toque de queda decretados en varias zonas del país. En este sentido, la Relatoría Especial recibió información sobre la detención de al menos dos periodistas, pese a que portaban credencial y salvoconducto para desempeñar su labor. Adicionalmente, se habrían registrado dificultades en el acceso a las acreditaciones para los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación que cubrían la situación durante el toque de queda. Además, según información de público conocimiento, decenas de manifestantes habrían incendiado, el sábado 19 de octubre, el edificio del diario El Mercurio en la ciudad de Valparaíso, debido a lo cual los periodistas tuvieron que ser evacuados.
Al respecto, la Relatoría Especial recuerda que el Estado tiene el deber de garantizar que los periodistas y comunicadores que se encuentran realizando su labor informativa en el marco de una manifestación pública no sean detenidos, amenazados, agredidos o limitados en cualquier forma en sus derechos por estar ejerciendo su profesión. Su material y herramientas de trabajo no deben ser destruidos ni confiscados por las autoridades públicas. La protección del derecho a la libertad de expresión exige que las autoridades aseguren las condiciones necesarias para que los comunicadores puedan cubrir hechos de notorio interés público como los referidos a las protestas sociales.
Por otra parte, La CIDH toma nota que en determinadas circunstancias, grupos de manifestantes han provocado graves desmanes durante algunas manifestaciones, arrojando objetos contundentes contra efectivos de las fuerzas del orden, destruyendo equipamiento público como colegios, buses, trenes y estaciones de metro, protagonizando saqueos y otros tipos de agresiones, inclusive contra los bomberos. La CIDH condena enérgicamente todo acto de violencia, y recuerda que la protesta social es legítima en tanto se desarrolla en forma pacífica. A su vez, la CIDH recuerda al Estado que las fuerzas de seguridad tienen la obligación de permitir el desarrollo de las manifestaciones y protestas y de aislar a los manifestantes que recurren a la violencia.

La Comisión recuerda al Estado de Chile que, de conformidad con los estándares interamericanos, el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana son deberes del Estado más han estar primordialmente reservados a los cuerpos policiales civiles. En todo caso, la jurisprudencia interamericana ha establecido que en los casos de la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad ciudadana, ésta debe de ser extraordinaria, de manera que toda intervención se encuentre justificada y resulte excepcional, temporal y restringida a lo estrictamente necesario en las circunstancias del caso; subordinada y complementaria a las fuerzas policiales civiles, así como regulada mediante mecanismos legales y protocolos sobre el uso de la fuerza.

Finalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos urge a todas las partes involucradas a entablar un diálogo efectivo e inclusivo para abordar las demandas legítimas de la población y para que todos los actores políticos y sociales resuelvan sus diferencias por la vía pacífica y con el máximo respeto a los derechos humanos, en el marco democrático del Estado de Derecho. Al respecto, la CIDH toma nota de que el 19 de octubre el Presidente de la República llamó a un diálogo con los poderes del Estado y las fuerzas políticas del país. La CIDH insta a que en el diálogo que se establezca con diversos los sectores de la sociedad se asegure una participación amplia y representativa de la sociedad civil.

*La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.


Comunicado de UNICEF  Chile.


2º Coloquio GSIA, 28 de octubre: "Infancias postcoloniales en América Latina, Nuevos Debates de Infancia".



SEGUNDO COLOQUI0 2019
Nuevos debates de infancia: infancias postcoloniales 
en América Latina.

PONENTE: MANFRED LIEBEL, 
de la Universidad de Ciencias Aplicadas de Potsdam (Alemania), fundador de la 
Red Europea de Máster en Derechos de los Niños, y socio de honor de GSIA

MODERA: 
Justina de Pablo (Asociación GSIA).


Un motivo más de dedicarme y reflexionar sobre infancias postcoloniales es que las personas que viven en Europa (como descendientes involuntarios de las potencias coloniales) saben poco sobre niños e infancias fuera de Europa y América del Norte. La colonización saliendo de Europa desde el siglo XV hasta la fecha tiene consecuencias para las estructuras de poder del mundo y de la vida y las formas de pensar en diferentes partes del mundo. Cuando hablo de infancias postcoloniales, quiero expresar que la colonización de los continentes “ajenos” tiene consecuencias para la manera de pensar, hablar y escribir sobre las infancias de hoy y debe ser reflexionado críticamente.
                        Manfred Liebel en su libro: Infancias Dignas, o cómo descolonizarse.

Fecha: 28 de octubre de 2019
Horario: de 16.00 a 18.00 horas
Lugar: LANAU. C/ Mallorca 4, semisótano 3. Madrid

METRO Líneas 1 y 3 (Atocha, Embajadores, Lavapiés)


Inscripción gratuita hasta completar aforo

diecisiete, película.



El cine de Daniel Sánchez Arévalo siempre ha tenido como uno de sus ejes de referencia la incapacidad de los hombres para gestionar nuestras emociones – Primos, La gran familia española – y, casi como contrapartida, la vindicación del cuidado como una herramienta desde la que construir otro proyecto de subjetividad masculina – Azul oscuro casi negro. Su última película, Diecisiete, rodada sin grandes estrellas y con una apariencia engañosa de pequeñez, retoma buena parte de ese relato y lo convierte en una historia hermosa de dos hombres jóvenes que, más que a perder, aprenden a quererse. Esta road movie en la que acompañamos a dos hermanos por un viaje no solo físico sino también emocional, nos muestra a dos tipos, Héctor e Ismael, que de distintas maneras no son capaces de lidiar con todo lo que bulle dentro de ellos. El primero, cercano a la mayoría de edad, y que lleva dos años interno en un centro de menores, porque no ha sido capaz de salir de sí mismo y proyectar todo su enorme potencial, intelectual y afectivo, en los otros. El segundo, porque ha estado siempre condicionado por un papel excesivo de padre que no le correspondía y que le ha llevado a poner siempre la cabeza por delante del corazón. Los dos, cada uno a su manera, son seres incompletos, infelices, desnortados. Diecisiete es la historia de cómo ambos se quitan las máscaras y se reencuentran.

El hecho de que Héctor consiga salir de sí mismo gracias al aprendizaje que para él supone cuidar de un perro es la llave lúcida con la que Sánchez Arévalo nos da una hermosa lección sobre la ética del cuidado. Sobre los vínculos amorosos que nos unen al resto de seres vivos y a la Naturaleza en su conjunto. La misma lección que está presente en la luminosa relación que el joven mantiene con su abuela moribunda, otra de las protagonistas de la película, aunque apenas ni hable ni reclame el foco. Ella es, en su estado terminal que acaba albergando esperanzas, la llave que en gran medida hace que los dos hermanos se alíen en su singular aventura y, por tanto, el espejo en el que como hombres se miran para reconciliarse con su lado de humanidad al que con poca frecuencia habían escuchado. Una abuela que podría ser la nuestra, la de cualquiera de nosotros, las que representan en el siglo XXI la frontera del bienestar y de la vida buena.

Con un guión lleno de diálogos brillantes pero sin parecer impostados, y con unas interpretaciones de premio (los merece todos el joven Biel Montoro, pero tampoco desmerece un Nacho Sánchez que tanto me recuerda a un Tosar rejuvenecido y con pelo), Daniel Sánchez Arévalo ha conseguido una de sus mejores películas. Entre otras cosas, porque sin grandes estridencias, sin golpes de efecto, con solo la fuerza de unos personajes y una historia muy auténticos, es capaz de emocionarnos.  Y debería hacernos pensar muy especialmente a los hombres en cómo continuamos empeñados en negar lo que nos une con los otros y con las otras, con quienes necesariamente son parte de nuestras vidas de seres interdependientes, con la irremediable fragilidad que nos reclama cuidar y ser cuidados. Justamente ese arma cargada de futuro es la que Héctor e Ismael aprenden a usar en apenas dos días. La alternativa al Código Penal, a las chanclas que impiden correr, a los silencios que como hombres con frecuencia nos atrapan. Diecisiete se convierte así en una hermosa fábula sobre dos hombres que recuperan la parte más animal que habita dentro de ellos y que es la que les permite abrazarse.  Una apuesta revolucionaria en estos tiempos de individualismo neoliberal y de deseos depredadores. Frente a ellos, las manos acariciadoras de Héctor y la ironía salvadora de Ismael. Con ellos, la abuela que nos recuerda cómo es la vida, la sostenibilidad de la vida, lo que debería estar en el centro de nuestras agendas. 

*La Asociacion GSIA se ha propuesto para este año dedicar estudio, reflexión y recursos al Cuidado. Así Vocalía de Comunicación GSIA estará muy atenta para que, en consonancia con ese propósito, todos los medios de comunicación de la Asociación GSIA sean portadores de mejor sobre ese tema.

Atención a inmigrantes adolescentes no acompañados, Defensores del Pueblo.


Octubre de 2019.

Acceso a Documento de síntesis.

Importante Ver Declaración de Tarifa 16/10/2019.



Resumen ejecutivo:


La atención a inmigrantes adolescentes no acompañados se mueve entre la lógica de las políticas migratorias, cuyo objetivo es limitar el número de llegadas de personas, especialmente de determinados perfiles; y la lógica de la protección y defensa de los derechos reconocidos a la infancia y adolescencia en situación de desprotección.
Se trata de un fenómeno muy complejo por su heterogeneidad causal, por la especial vulnerabilidad en la que se encuentran sus protagonistas, por la complejidad de las respuestas a las consecuencias que tiene en las personas que lo protagonizan, por el entramado de administraciones que intervienen y por las repercusiones sociales que provoca. 
En el caso de niños y niñas siempre debe primar la condición de persona menor de edad por encima de la de extranjero, lo que supone que cualquier intervención de las administraciones públicas tiene que estar orientada a la búsqueda de una solución duradera de acuerdo con su interés superior. 
Por estos motivos, y en cumplimiento de las normas sobre protección de menores, los poderes públicos, las administraciones y la sociedad deben redoblar sus esfuerzos para garantizar la defensa de los derechos de estos menores que se encuentran en España en situación de especial vulnerabilidad y desprotección. Al mismo tiempo los países de origen de los menores han de atajar las causas que motivan estos procesos migratorios inseguros y desarrollar sistemas de protección a la infancia y a la adolescencia que eviten el desarraigo familiar y social de aquellos.
Las defensorías del pueblo de España ratifican su compromiso con la Convención de los Derechos del Niño y recuerdan que, como menores de 18 años, los menores extranjeros no acompañados han de ser considerados niños y niñas hasta su mayoría de edad. Sus motivaciones o el contexto del que provienen no pueden servir de excusa para construir respuestas jurídicas que subrayen la diferencia al considerar que su grado de autonomía para “elegir migrar” los hace diferentes a “nuestros niños” y, por tanto, menos merecedores de la protección que les otorga su condición de menores en situación de desamparo.
Presentamos a continuación las principales conclusiones del trabajo de puesta en común de las actuaciones que, respecto de la atención a menores extranjeros no acompañados, desarrollan las distintas defensorías de España.

Conclusiones Principales:

Los niños creen que los genios son hombres... excepto si son negros.

Los niños creen que los genios son hombres... excepto si son negros
Los estereotipos se forman a una edad temprana y varían según el género y la raza. 
Un estudio publicado por investigadores de la Universidad de Nueva York muestra que,
aunque los escolares de su ciudad asocian la brillantez con hombres más que con mujeres,
este prejuicio se revierte cuando la comparación es con personas negras. 
Además, el grupo étnico de los pequeños no influye en esta decisión.

Sergio Ferrer*, 

<p>Los niños y niñas relacionan la brillantez con hombres blancos más que con mujeres blancas, pero no muestran la misma asociación al comparar hombres negros con mujeres negras. / Adobestock</p>Los niños y niñas relacionan la brillantez con hombres blancos más que con mujeres blancas, 
pero no muestran la misma asociación al comparar hombres negros con mujeres negras. 

Los hombres son más brillantes que las mujeres, pero solo si son blancos. Así es, al menos, en la mente de los niños y niñas. 

Un estudio publicado esta semana en la revista Journal of Social Issues analiza cómo afecta la etnia a los estereotipos de género. Los resultados sugieren que el grupo étnico de los propios pequeños no cambia estas ideas preconcebidas.

Los niños y niñas relacionan la brillantez, el ser ‘muy, muy listo’, con hombres blancos más que con mujeres blancas, pero no muestran la misma asociación al comparar hombres negros con mujeres negras”, explica a Sinc el investigador de la Universidad de Nueva York (EE UU) y coautor del estudio, Andrei Cimpian.

El equipo de investigadores preguntó a más de 200 niños y niñas de entre 5 y 6 años pertenecientes a escuelas de Nueva York para comparar sus ideas sobre las capacidades intelectuales de hombres y mujeres, blancos y negros. 
Para ello, mostraron a los pequeños imágenes de ocho pares de adultos en sitios cotidianos como oficinas y casas.
Cada fotografía mostraba una pareja de distinto sexo pero de la misma raza. Los investigadores dijeron a los niños que una de las dos personas de la imagen era “muy, muy inteligente”. A continuación, les invitaron a adivinar quién.
Los resultados para las parejas blancas replicaron lo observado en estudios anteriores. 

No depende de la raza propia.
Cimpian es coautor de un conocido trabajo publicado en 2017 en la revista Science. En él, mostraron que las niñas cambian la visión que tienen de su propio género con 6 años, cuando empiezan a asociar la brillantez más con los varones.
“Replicamos el estereotipo de ‘hombre brillante’ al preguntar sobre personas blancas de nuestro hallazgo anterior, pero esto se revertía con las mujeres y hombres negros”, comenta Cimpian. En ese último caso, los niños asociaban la brillantez más con ellas que con ellos.

Cimpian considera que esto puede deberse, al menos en parte, “a la negatividad con la que los niños ven a los hombres negros desde pequeños, al menos en los Estados Unidos”. Esto, añade, “puede facilitar la asociación de rasgos negativos, más que de positivos”, en este grupo.
Los autores afirman que el estereotipo sobre la brillantez es clave en la brecha de género y raza en ciencia.

El psicólogo explica que para este nuevo trabajo quisieron analizar la posibilidad de que los estereotipos de género cambien según el grupo étnico sobre el que se pregunte a los niños. También tomar en consideración la propia raza, que “parece no importar tanto” como la de la persona que se juzga: de hecho, los niños latinos, afroamericanos y asiáticos coincidían con sus compañeros blancos en sus ideas preconcebidas.

Todo esto casa, según el autor, con lo observado en adultos, donde los estereotipos de género también se aplican de forma diferente según la raza. “Los estereotipos de género surgen pronto y también se matizan desde una edad temprana”. Con ‘matizar’, Cimpian se refiere al hecho de que los niños piensen diferente sobre hombres y mujeres según otras identidades sociales, como el grupo étnico.

Los resultados del estudio señalan, según el experto, la necesidad de tener en cuenta cómo el género y la raza se cruzan en las mentes de los niños a la hora de diseñar políticas para abordar los estereotipos. Según los autores, el estereotipo sobre quién puede o no puede ser brillante es un factor clave en la brecha de género y raza observada en aquellos campos que valoran el talento intelectual, como la ciencia y la tecnología.

*Sergio Ferrer. Periodista científico. Amante de la paleontología, la cultura japonesa, los cómics, la paella y Madrid. Exbiólogo. Colaborador de SINC. 

Greta & Divina honoured by Dutch children’s organisation

KidsRights has given its International Children’s Peace Prize 
to Thunberg and peace activist Divina Maloum.

A Dutch children’s rights organisation has awarded its annual prize to 16-year-old climate activist Greta Thunberg and a 14-year-old peace campaigner from Cameroon.

Thunberg’s prominence on the world stage is the result of her role as the instigator and leader of a series of recent global climate strikes. Maloum meanwhile warns youngsters about the dangers of getting involved in armed groups, while also promoting the role of children in peace and sustainable development efforts.
‘You are true change-makers’

South African Archbishop Desmond Tutu, patron of the organisation, said he was ‘in awe of the winners’, who were chosen by the KidsRighs’ Expert Committee out of 137 applicants from 56 countries.

Archbishop Tutu told the two award winners that their messages were ‘amplified by your youthful energy and unshakable belief that children can, no must, improve their own futures’. “You are true change-makers who have demonstrated most powerfully that children can move the world,” he added.

Marc Dullaert, Founder of KidsRights and chairman of the Expert Committee, said: “The impact of both Greta and Divina for the future of many children is unmistakable, they are the rightful winners of the International Children’s Peace Prize 2019.”
‘They are rightful winners’

The prize will be awarded at a ceremony on Universal Children’s Day, November 20, in The Hague. The ceremony will also celebrate the 15th anniversary of the International Children’s Peace Prize which became a global phenomenon and reached 1.2 billion people last year.

More information about Greta and Divina’s award, along with other young people who were nominated, and the International Children’s Peace Prize is available here.

El estado de la pobreza.España 2019, IX Informe anual sobre el riesgo de pobreza y exclusión.


European Anti Poverty Network (EAPN-ES)
Juan Carlos Llano Ortíz
Octubre 2019

El 17 de octubre se conmemora a nivel mundial el Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza. Sólo en España, 12,3 millones personas (26,1% de la población) se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión social. Se percibe una leve mejoría en la tasa general pero la pobreza ha aumentado ya que hay colectivos que no perciben dicha mejoría.
Ante esta situación, y con el objetivo de ofrecer una radiografía actualizada del impacto de la pobreza y la exclusión social en España y sus comunidades autónomas, se presenta ‘El Estado de la Pobreza. España 2019 IX Informe anual sobre el riesgo de pobreza y exclusión’ realizado por EAPN España. 
En este noveno informe, se muestran los cambios registrados en el número de personas en riesgo de pobreza y/o exclusión social mediante el estudio de la evolución del indicador AROPE (At-Risk-Of Poverty and Exclusion) y de sus componentes, entre los años 2008 y 2018.


INTRODUCCIÓN. 
Por noveno año consecutivo, la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social presenta su Informe anual de seguimiento del indicador AROPE -At Risk Of Poverty and/or Exclusión- en España y sus comunidades autónomas, que ofrece a la sociedad española una evaluación minuciosa del grado de cumplimiento del objetivo de inclusión social especificado en la Estrategia Europa 2020 en España. 
A partir de la explotación propia de la base de microdatos de la Encuesta de Condiciones de Vida, que proporciona el INE, se desarrolla un análisis longitudinal  de la evolución de los indicadores definidos para el seguimiento de la Estrategia, es decir, del AROPE y sus componentes, desde el año 2008. Además, con el objetivo de facilitar una comprensión lo más completa posible sobre la pobreza, la exclusión, la desigualdad y los elementos que en ellas participan, se analizan otros indicadores en función de distintos criterios, entre los cuales destaca el territorial. 
En lo que sigue se resumen los principales capítulos desarrollados en el informe.

INCUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO EUROPEO UE2020.
En el marco de la Estrategia Europa 2020, España se comprometió a “reducir  entre 1.400.000 y 1.500.000 (en el periodo 2009-2019) el número de personas en riesgo de pobreza y exclusión social de acuerdo con el indicador AROPE” y la parte proporcional en pobreza infantil. A pesar de que este objetivo no era particularmente ambicioso en su momento, a falta de un año de que se cumpla el plazo, será muy difícil cumplir el objetivo especificado en la estrategia. 
Sin negar la evidente mejora del AROPE en los últimos cuatro años, aún falta reducir la tasa en otros dos puntos para llegar a la situación de partida y en más de cinco puntos para alcanzar el objetivo. 
En términos absolutos, cumplir con el compromiso significaría reducir el AROPE en algo más de 2,6 millones de personas en un año, algo que no ha sucedido nunca.

INDICADOR AROPE.
En el año 2018, un total de 12.188.288 personas, que suponen el 26,1 % de la población española está en Riesgo de Pobreza y/o Exclusión Social. Se mantiene la tendencia descendente por cuarto año consecutivo, pero se rebaja mucho la intensidad de la reducción. Con respecto al año pasado, el indicador bajó medio punto porcentual, lo cual, combinado con el leve aumento de la población, implica que unas 190.000 personas dejaron de estar en riesgo de pobreza o exclusión social. 




*Coordinación:  Secretaría Técnica EAPN-ES
c/ Tribulete, 18 1º - 28012 Madrid www.eapn.es
91 786 04 11 eapn@eapn.es