"Ningún juez español nos escuchó mientras nos imponían las visitas a nuestro padre".

El Tribunal de Estrasburgo ha condenado a España 
por impedir que Alba y su hermana fuesen escuchadas en sede judicial 
sobre su custodia durante el divorcio de sus padres.
A partir de 12 años deben ser escuchados.
Laura Galaup




La justicia española desoyó la petición en varias instancias: "Nos impusieron las visitas a nuestro padre, no teníamos ni voz ni voto"


“La justicia decide sobre la vida de los menores sin tenerles en cuenta” EFE
"Durante una década nos hemos sentido indefensas. A pesar de que se estaba decidiendo sobre nuestras vidas, no se nos tenía en cuenta. Nosotras no teníamos ni voz ni voto". Alba y su hermana pequeña han conseguido que la sensación de desamparo que han arrastrado durante los diez últimos años desaparezca ligeramente, después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya condenado a España al pago de 6.000 euros por vulnerar el Convenio Europeo, impidiendo que estas jóvenes fuesen escuchadas por el magistrado que decidió sobre su custodia en el proceso de divorcio de sus progenitores.

"Ningún magistrado español aceptó que declarásemos en los juicios en los que se decidía sobre nuestra custodia, nos imponían las visitas a nuestro padre. Es un avance que un tribunal europeo reconozca que sí teníamos derecho. A nosotras ya no nos sirve para nada, pero es una sentencia positiva porque va a tener repercusión en toda Europa", apunta de forma contundente esta joven.

Según recoge la sentencia de Estrasburgo, su progenitor le llegó a golpear con una fusta cuando ella tenía siete años. "Me pegó en el muslo", aclara Alba. Su padre no fue condenado por esa agresión y en un informe psicológico emitido por la clínica médico-legal de Madrid, los profesionales de este centro aseguraron en 2001 que "la conducta (del padre) de golpear (a su hija mayor) con una fusta parece desmedida" y que "existe una situación de descontrol de impulsos ocasional del padre (que debe corregirse), la cual es magnificada por la situación de enfrentamiento entre los progenitores y la situación de separación conyugal".  Sin embargo, él si fue condenado a una multa por delito de lesiones contra su exmujer, y ella fue sancionada por amenazas contra su exmarido.

En el 2000 se produjo la separación de sus padres, en aquella ocasión las visitas a su progenitor se suspendieron tras tres años de conflictos. Con el inicio del procedimiento del divorcio en 2007, su padre solicitó cambios en las medidas relativas a la guarda y custodia de las hijas. Alba y su hermana tuvieron claro a sus trece y once años que querían ser escuchadas en sede judicial.

El derecho que ahora les reconoce Estrasburgo fue desoído por varias instancias judiciales. No lo tuvo en cuenta el magistrado del juzgado de primera instancia nº 24 de Madrid, ni la Audiencia provincial que desestimó el recurso sin pronunciarse sobre este asunto, ni el Tribunal Constitucional que no lo admitió a trámite por "carecer de especial transcendencia constitucional".

Sin embargo, este tribunal internacional recuerda que el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos establece que "toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativamente (...) por un tribunal (...), que decidirá los litigios sobre sus derechos de carácter".

Durante el proceso judicial, esta madrileña de 22 años ha tenido la sensación de que desde la Administración española, magistrados, psicólogos y trabajadores sociales le imponían qué debía sentir hacia su padre: 
"Te obligan a querer a esa persona y a aceptar ese rol casi por ley. ¿Por qué? ¿Por qué tengo que tener impuesta una figura paterna? Si esa persona nunca se ha portado como un progenitor, solo ha intentado echarnos de su casa, reducirnos la pensión o intentar quitarle la custodia a mi madre, sin importarle que acabásemos en un centro de acogida". Por otro lado, critica que ningún trabajador social ni psicólogo "se parase a pensar, ¿por qué esta chica no quiere a su padre?".

"Queríamos hablar sin intermediarios"

De acuerdo a la sentencia emitida en Estrasburgo en octubre, el juez de primera instancia en 2007 "ordenó que las dos menores fuesen oídas por el equipo psicosocial adscrito al juzgado, pero él no las escuchó personalmente" y finalmente le concedió al padre un derecho de visitas consistente en dos horas diarias durante fines de semana alternos.

"Queríamos explicarle al juez, sin intermediarios, las razones por las que no queríamos volver a ver a nuestro padre. A veces con los gabinetes psicosociales se quedaban muchas cosas en el tintero o lo expresaban como ellos querían", añade. Asegura que en conflictos judiciales anteriores se habían encontrado informes que no recogían su testimonio. "Lo que posteriormente reflejaba la sentencia no coincidía con nuestro relato. Incluso hubo un momento en el que dijeron que yo había comentado que mi madre era mala y yo nunca había dicho eso", apunta Alba.

Tras la primera decisión judicial su madre continuó elevando a otras instancias la petición de que sus hijas fuesen escuchadas antes de decidir sobre ese régimen de encuentros. Adjuntó en un recurso dos cartas escritas por Alba y su hermana al juez de primera instancia. "Le pedimos que no removiese algo que nos iba a perjudicar. A mí se me agarraban los nervios en el estómago y mi hermana tenía jaquecas continuas al pensar que teníamos que volver a puntos de encuentro para ver a nuestro padre", explica Alba. Esta petición nunca recibió respuesta.

A partir de 12 años deben ser escuchados

Una vez que llegó a Estrasburgo, los representantes del Gobierno español aseguraron que "el derecho del menor a ser oído por la autoridad judicial no es absoluto". Sin embargo, el Tribunal Europeo destaca que tanto la Ley de Enjuiciamiento Civil nacional como la jurisprudencia de Estrasburgo recoge que "los hijos menores, si son capaces de discernimiento, deben ser oídos por el juez y, en todo caso, los menores con edades de 12 y más años". Además, destaca que "la denegación del trámite de audiencia deberá ser motivada".

A pesar de que ante el Tribunal Europeo denunciaron tanto las hijas como la madre, el tribunal solo ha admitido a trámite la demanda de la progenitora porque consideran que ella es "la única titular de los derechos reclamados en este caso, en el marco del procedimiento de divorcio".

Por su parte, Alba espera que los menores ganen presencia en los procesos judiciales. "He sentido que han puesto en duda en todo momento mi relato. Como si creyesen que a golpe de sentencia podían cambiar mis sentimientos", concluye esta joven estudiante de Derecho y Ciencias Políticas, que asegura que tras la decisión de Estrasburgo ha vuelto a "confiar un poco" en la justicia.

Feria Internacional del Libro Infantil y Juvenil, México.

Días 11 y 21 de noviembre,
Parque Bicentenario de 
Ciudad de México. 

FILIJEn la Feria Internacional del Libro Infantil y Juvenil (FILIJ), podrán participar niños y jóvenes de todas las edades, así como profesores o alumnos y padres de familia.


La FILIJ ha representado un lugar de encuentro fundamental para autores e ilustradores que hacen posible que los niños se encuentren con los libros. Escuelas públicas, escuelas privadas y asociaciones civiles de toda la República Mexicana estarán presentes en este evento.

Ha calculado el sueldo que su mujer debería ganar por “ser madre”


¿cuánto dinero deberíamos desembolsar si ser madre tuviera remuneración?
El resultado es impactante

por Kike Pérez
La voz del muro




Un trabajo de 365 días al año, 24 horas al día con servicio de guardias nocturnas, llamadas imprevistas, atención constante, cuidados debidos y sin remuneración, eso y mucho más es ser madre.
Un trabajo duro y a jornada completa que sólo se puede pagar con amor, pero ¿cuánto dinero deberíamos desembolsar si ser madre tuviera remuneración?

Bajo la premisa de que lo que no tiene precio no se valora justamente, Steven Nelms decidió hacer un experimento para demostrarle a su mujer cómo de valiosa era.


A precio de mercado.

Steven y Glory Nelms son un joven matrimonio que ha debido revisar su economía doméstica para hacer frente a los gastos derivados de su mayor ilusión y proyecto de futuro, su primer hijo.

Debido al alto coste que para ellos supondría contratar una niñera para su bebé, Glory decidió que ella se encargaría de su hijo hasta que alcanzara la edad suficiente para ir al colegio. De esta forma Glory se ocuparía del cuidado del niño y de varias tareas domésticas.
Sin embargo, Steven sabía que el trabajo que Glory realizaría sería duro y que a ojos de los demás, no sería valorado justamente. Es entonces cuando tuvo la idea de calcular el coste de su ayuda.

    “Mi esposa se queda en casa y cuida de nuestro hijo todos los días. Ella le cambia los pañales, lo alimenta, juega con él, lo duerme y lo consuela cuando está molesto. Y eso es solo el mínimo indispensable. Estas cosas hay que valorarlas”, asegura Nelms en su blog.
Debido a que la mayor parte de las tareas podían ser subcontratadas, Steven hizo los cálculos en base a la inversión de tiempo y el precio por hora que estas ocupaciones tienen en el mercado.

Tras consultar a varios expertos, completó su investigación y la publicó en una web llamada We are Glory. El resultado es tan sorprendente que inmediatamente se hizo viral.

Las cuentas.
Steven agrupó los servicios más representativos en varias categorías, introduciendo en Tareas de asistencia, todas aquellas cosas que como madre Glory desempeñara en favor de la crianza y cuidado de su hijo durante una supuesta jornada laboral.
– Servicio de limpieza: 50 – 100 dólares por servicio, mínimo una vez por semana.
– Personal Shopper: 65 dólares por 4 horas a la semana.
– Chef: 240 dolares a la semana.
– Servicio de lavandería: 25 dólares a la semana.
– Tareas de Asistencia: 75 dólares la hora.

Tras realizar el cómputo de horas invertidas, el sueldo de Glory ascendería a 73.960 dólares al año
Una gran suma de dinero que el matrimonio ‘ahorra’* gracias al amor y dedicación de Glory.

Tras el cálculo Steven realizó un emotivo comunicado:

    “Mi esposa a veces se siente incómoda cuando le pido permiso para comprarme alguna cosa. Ella siente que el dinero es mío y que por ello no debería pedir permiso para comprarme algo de vez en cuando.
    La verdad es que me da vergüenza pensar que en algún momento la haya podido hacer sentir culpable cuando ella ha comprado algo para sí misma. Me vergüenza que alguna vez haya sentido que no tiene el mismo derecho que yo.
    El hecho es que nuestros ingresos no se comparan debidamente con lo que ella hace por nuestra familia… Y trágicamente he fallado en mostrarle el reconocimiento que se merece.
    Ella me ama, ama a nuestro hijo, y le encanta nuestra familia, así que obviamente no está haciendo nada de esto por dinero ni reconocimiento. Pero, ciertamente, no está de más saber que el salario que debería ganar por el trabajo que hace en casa es casi el doble de mis ingresos.
    Es por eso, que de esta forma tan extraña quiero decir lo mucho que valoro a mi esposa y madre de mi hijo. Tú vales más que la joya más cara. Y yo no podría pagar todo lo que haces por mi”.

Esperamos que tras la declaración de Steven, mucha más gente empiece a valorar como es debido todo aquello que estas supermujeres hacen por sus hijos.

* Realmente quien se ahorra ese dinero es el sistema económico, es el que recibe a un joven con 18 años, formado y dispuesto a producir para él, sin que el sistema pague casi nada por ello... 
Ese dinero debería ser el salario de la mujer/madre (también padre, por qué no) que se dedica a la crianza/educación de los niños, porque el beneficiario final es la sociedad y )en términos económicos) el sistema, la empresa.... que reciben el trabajo de un trabajador criado y formado por la familia, y gratis para el sistema.

Fuente: Facebook/Steven Nelms y weareglory.com


No es una favela de Brasil, qué está pasando con estos chavales!

Menores tutelados por la Comunidad de Madrid malviven en un parque.

Son una quincena de adolescentes marroquíes, 
muchos de ellos menores de edad no acompañados tutelados por la Comunidad



Llevan meses durmiendo a la intemperie en el Parque Isabel Clara Eugenia
a muy pocos metros de donde se encuentra precisamente 
un centro de acogida de menores de la Comunidad de Madrid.

Fuente Cadena Ser

Alianza entre el REDidi y ORPAS.



se integra en 
Red Iberoamericana para la Docencia e Investigación 
en Derechos de la Infancia (REDidi)


El pasado 7 de septiembre de 2016 el Comité Técnico Directivo de la Red Iberoamericana para la Docencia e Investigación en Derechos de la Infancia, REDidi, del Instituto de Iberoamérica de la Universidad de Salamanca, España, informó oficialmente al Observatorio Regional de Paz y Seguridad (ORPAS) de la Universidad Bernardo O’Higgins que había sido aceptada su solicitud para ser un centro miembro de esta Red.

La REDidi se constituyó en el año 2013 y allí participan docentes, investigadoras, investigadores y profesionales de diferentes áreas disciplinares –Trabajo Social, Educación, Derecho, Sociología, Psicología o Medicina– y de diversos países iberoamericanos como España, Argentina, Brasil, Ecuador, Portugal y Chile, con la finalidad de promover la cooperación y el intercambio de buenas prácticas, fomentando la investigación y la formación, de tal manera que las sinergias puedan contribuir a la cohesión social, para proteger y promocionar los Derechos de los Niños y de las Niñas en nuestras sociedades contemporáneas.

Antonia Picornell, Presidenta de REDidi y académica de la Universidad de Salamanca, señaló que  “nos alegra recibir la solicitud de un Centro de Investigación de la Universidad Bernardo O’Higgins de Chile, porque, tengo a buen seguro que podremos organizar actividades conjuntas para mejorar el bienestar de la infancia. A partir de estos momentos, comenzamos a trabajar en aquellos proyectos de interés para ambas partes o con la concurrencia de otros miembros de la Red”.

Por su parte, la Dra. Iskra Pavez-Soto, la investigadora que realizó las gestiones para ser parte de esta Red, agregó que “Para ORPAS de la UBO es de vital importancia vincularnos con otros centros académicos de la región iberoamericana que realizan investigación, publicaciones y formación en torno al tema de la infancia, ya que cada vez más, las niñas y los niños son reconocidos como sujetos de derechos y la infancia, en tanto fenómeno social complejo, requiere ser abordado de manera multidisciplinar”.

Recordamos que el contacto con la REDidi surgió a raíz de la participación de la Dra. Pavez-Soto en el Simposio “Nuevas transformaciones de lo social: los desafíos del sistema de protección de derechos de la niñez y la adolescencia” en el marco del 8º Congreso Internacional CEISAL 2016 “Tiempos posthegemónicos: sociedad, cultura y política en América Latina”, realizado en Salamanca, España, entre los días 28 de junio y 1 de julio de 2016.

Mayor información REDidi: http://redidinfancia.wordpress.com/
Más Información ORPAS: http://www.orpas.cl/

"La infancia en el cine", Taller temático de Investigación.

Para Conmemorar el 27 Aniversario de la Convención de los Derechos del Niño. 

Organiza
Centro de Investigación 
Universidad​ Bernardo O'Higgins (Chile),






Organizado por la
Dra. Iskra Pavez y el 
Dr. Juan Pablo Silva del 
Observatorio Regional de Paz y Seguridad (ORPAS).



Inscripciones Aquí

En el Auditorio Campus Viel, Avenida Viel 1497
El 15 de Noviembre
Entre las 15-18 hrs.

Se proyectará la película: "Buda explotó por vergüenza"



Contratación de servicios en Internet: restricciones a los menores de edad


Beatriz Menéndez Vila.

Hace unos días, conocíamos la noticia de un niño de 12 años que había acumulado una deuda de 100.000 euros con Google al haber contratado por error los servicios online de Google Adwords. Se trata de una plataforma de publicidad para poder promocionarse en distintos sitios de Google a cambio de una cierta cantidad de dinero y, mientras más dinero inviertas, más visibilidad tendrá el anuncio. El niño, pensaba que dicha plataforma consistía en insertar publicidad junto a sus vídeos y así poder ganar dinero si lograba muchas visitas. Dadas las particulares características del caso y la gran expectación que había generado, Google decidió cancelar la deuda a través de un comunicado.

Este caso plantea dudas respecto a las restricciones a la contratación a través de Internet por menores de edad, puesto que es mucho más sencillo para los menores comprar bienes e incluso contratar determinados servicios usando la red que presencialmente.

En cuanto a la legislación en materia de contratación online debemos hacer referencia, en primer lugar, a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI en adelante). El objeto de esta ley es la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.

Por consiguiente, la contratación por Internet -vía electrónica- viene regida por lo dispuesto en dicha ley. Pero, ¿cuándo se considera válido y eficaz un contrato celebrado por vía electrónica?
En términos generales, un contrato es válido y eficaz cuando se dan todos los elementos constitutivos para la formación de los contratos, es decir los requisitos establecidos en el artículo 1.261 del Código Civil (consentimiento, objeto, y causa).

En el supuesto particular de la contratación electrónica, el artículo 23 de la LSSI fija que los contratos celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos necesarios para su validez, esto es, los tres requisitos generales que acabamos de mencionar. A esto se añade que para que sea válida la celebración de contratos por vía electrónica no será necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos. Además, siempre que la Ley exija que el contrato o cualquier información relacionada con el mismo conste por escrito, este requisito se entenderá satisfecho si el contrato o la información se contiene en un soporte electrónico. Por consiguiente, la validez y eficacia de los contratos online se sujeta a la legislación ordinaria.

La siguiente cuestión que se nos plantea es cuáles son las obligaciones del prestador de servicios por vía electrónica y, si tiene alguna peculiaridad.

Con carácter previo a la contratación, el prestador de servicios, además del cumplimiento de los requisitos en materia de información que establece la LSSI, tendrá la obligación de poner a disposición del destinatario, información clara, comprensible e inequívoca sobre los siguientes extremos (art.27 LSSI):
  1. a) Los distintos trámites que deben seguirse para celebrar el contrato.
  2. b) Si el prestador va a archivar el documento electrónico en que se formalice el contrato y si éste va a ser accesible.
  3. c) Los medios técnicos que pone a su disposición para identificar y corregir errores en la introducción de los datos, y
  4. d) La lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato.
Así mismo y, con carácter previo al inicio del procedimiento de contratación, el prestador de servicios deberá poner a disposición del destinatario las condiciones generales a que, en su caso, deba sujetarse el contrato, con el objeto de que éstas puedan ser almacenadas y reproducidas por el éste.

Ya hemos expuesto de forma breve la normativa que en términos generales se aplica a la contratación por vía electrónica, pero lo anterior queda modificado para el caso de los menores. Recordemos que según el artículo 1.261 del Código Civil uno de los requisitos para la validez y eficacia de los contratos es el consentimiento de los contratantes. No obstante, en el artículo 1.263 Cc se establece que no pueden prestar consentimiento los menores no emancipados, salvo en aquellos contratos que las leyes les permitan realizar por sí mismos o con asistencia de sus representantes, y los relativos a bienes y servicios de la vida corriente propios de su edad de conformidad con los usos sociales.

Esto implica que la ley traza una línea que delimita los supuestos en los que los menores de edad pueden dar su consentimiento para contratar, lo que también se aplica en el ámbito de la contratación online. 
Esta prohibición se basa en la presunción de una falta de madurez de los menores para tomar decisiones respecto de la indemnidad de sus bienes, lo que se traduce en la necesidad de asistencia de sus representantes legales (padres, tutores, curadores etc) para celebrar determinados contratos. 
No obstante, los menores sí pueden realizar actos propios de la vida corriente cuando la disposición patrimonial sea de escaso valor y sean apropiadas a su edad conforme a los usos sociales, como por ejemplo, comprar entradas de cine, ropa o videojuegos.

En otras palabras, un menor de edad podrá celebrar un contrato plenamente eficaz en dos casos: 
  1. a) Contratos que son habituales de acuerdo con los usos sociales (por su cuantía o clase de negocio) en relación con la edad del menor y su madurez para comprenderlo.
  2. b) Contratos fuera de los casos anteriores pero realizados con la colaboración y conocimiento de los padres, lo que deberá poder acreditarse.
El caso del niño de 12 años que generó una deuda de 100.000 euros queda claramente fuera de los límites permitidos por la legislación para que un menor pueda contratar, habida cuenta del alto valor de la disposición patrimonial, y que no se trata en ningún caso de un servicio que un niño de 12 años pueda contratar conforme a los usos sociales de su edad.

El problema que se plantea es cómo se puede restringir adecuadamente todo este tipo de servicios y bienes que se ofertan en las páginas web, ya que el vendedor o prestador del servicio no puede comprobar adecuadamente si quien está al otro lado tiene suficiente capacidad para contratar o, si por el contrario, se trata de un menor. No existe una normativa especifica sobre las herramientas que deben emplear los portales de internet para verificar la edad del contratante e impedir el acceso a los menores, si no que su elección se deja al arbitrio de estas compañías que deben tratar de restringir su uso.

Tales herramientas no suelen ser efectivas cuando el menor engaña a la otra parte, ocultando su edad, o utilizando los datos y tarjetas de sus progenitores. En estos casos, aún cuando se anulase el contrato celebrado por el menor, la parte vendedora o prestadora del servicio podría reclamar daños y perjuicios a los padres, puesto que hasta que el menor alcance la mayoría de edad son los responsables de los actos de sus hijos.

Para una mayor seguridad jurídica sería necesario la implementación de una nueva normativa que obligase a un control unificado y efectivo por parte de las páginas web que venden bienes o prestan determinados servicios con el fin de restringir adecuadamente la contratación electrónica en el caso de los menores, evitando así situaciones surrealistas como la del niño de 12 años.

Autora: Beatriz Menéndez Vila.

Falacias y realidades de una crisis humanitaria y política.

Menores centroamericanos que migran en busca del "sueño americano".  

Documento elaborado por 
Roberto Cajina y Lynda Orozco.


Este trabajo analiza un aspecto particular de la inmigración ilegal hacia Estados Unidos: el arribo masivo a la frontera sur de Estados Unidos de menores no acompañados, así como de Unidades Familiares, procedentes de los países del Triángulo Norte —El Salvador, Guatemala y Honduras— entre el 1 de octubre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014, la crisis humanitaria y política que provocó, y las respuestas de Washington y de los gobiernos de esos tres países para contener y, en última instancia, ponerle fin a ese flujo masivo de menores, así como los obstáculos que enfrenta el Plan de la Alianza para la Prosperidad del Triángulo Norte. 
Se examina cómo la combinación de factores expulsores y factores de atracción produce un complejo entramado multicausal en el que los padres de estos menores desempeñan un rol clave puesto que son el inicio de una peligrosa travesía que en unos casos ha terminado en captura y deportación y, en otros, en un mar de incertidumbres en las cortes inmigratorias estadounidenses. 
A pesar de ello este componente de la crisis está relativamente ausente en la mayoría de análisis, así como en los medios de comunicación social, que privilegian violencia y pobreza como los principales factores expulsores y plantean que se trata de una crisis de refugiados, no de una crisis migratoria. 
A pesar de su importancia, la reunificación familiar no se aborda como uno de principales disparadores, si no el principal, del flujo masivo de menores hacia Estados Unidos. Luego de arribo masivo en 2014, la cantidad de menores que llegan a la frontera sur de Estados Unidos se ha reducido, pero esto no significa que el flujo masivo haya cedido. Al poner en marcha el Programa Frontera Sur, el gobierno de México está capturando y deportando más menores y adultos centroamericanos a sus países de origen.
Documento elaborado por Roberto Cajina y Lynda Orozco.

La protección a las escuelas en los conflictos armados debe entrar en la agenda política de los líderes mundiales.

La protección a las escuelas en los conflictos armados  (DIEEEA36-2016).


Documento elaborado por la Analista del IEEE, 
Josefa Izquierdo Alberca.
Acceso al documento: La protección a las escuelas en los conflictos armados
debe entrar en la agenda política de los líderes mundiales.

A pesar de las denuncias de organizaciones y de las recomendaciones sobre la necesidad de proteger las escuelas, los ataques a instituciones educativas no solo no se han reducido en los últimos años, sino que aumentan sin parar. La tendencia a convertir las escuelas en objetivos militares en los conflictos armados ha convertido los actos en mensaje: la escuela es un objetivo débil, sin protección, vulnerable y dotado de un fuerte valor simbólico. Por ello, es necesario que la protección a los centros educativos durante los conflictos entre en la agenda política de los líderes mundiales en la cumbre de Estambul. 
Documento elaborado por la Analista del IEEE, Josefa Izquierdo Alberca

Informe de la Representante Especial del Secretario General para cuestión niños y conflictos armados 2016 (DIEEEI08-2016).

Documento elaborado por la Analista del IEEE, 
Blanca Palacián de Inza.

Acceso al documentoInforme de la Representante Especial del Secretario General para cuestión niños y conflictos armados 2016


El pasado 25 de julio de 2016 la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, la argelina Leila Zerrougui, presentó su informe anual  (ver Anexo) a la Asamblea General de Naciones Unidas en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 70/137. En él se da información sobre sus visitas sobre el terreno, sobre los progresos alcanzados en las últimas dos décadas y sobre los problemas que aún permanecen en relación a los menores de edad y los conflictos armados.
En este documento se hace un resumen de las cuestiones más relevantes: la situación general en el período que abarca —agosto de 2015 a julio de 2016—, los nuevos desafíos y algunas reflexiones a destacar en el 20º aniversario del programa sobre los niños y los conflictos armados.
Documento elaborado por la Analista del IEEE, Blanca Palacián de Inza.

Utilización bélica de la Infancia

El creciente fenómeno de la utilización bélica en la infancia. 
Aproximación multidisciplinar.






Acceso a la publicación: El creciente fenómeno de la utilización bélica en la infancia. Aproximación multidisciplinar.



Composición del Grupo de Trabajo
Presidenta del Grupo de Trabajo 
Dña. Francisca Sauquillo Pérez del Arco, Presidenta del Movimiento por la Paz –MPDL 
Secretaria / Vocal 
Dña. Blanca Palacián de Inza Analista del IEEE
Vocales 
.- Dña. Alicia Cebada Romero, Profesora Titular de Derecho Internacional Público, Universidad Carlos III de Madrid. Directora de la Cátedra Unesco/UC3M en Libertades Públicas y Valores Cívicos.
.- Dña. Mª Pilar Bardera Mora, Comandante psicólogo. Jefe del Servicio de Psicología. Cuartel General. Unidad militar de Emergencias (UME)
.- Dña. Lorena Cobas González, Responsable de Emergencias en UNICEF Comité Español.

Femicidio de la Infancia

http://www.pelotadetrapo.org.ar/2013-09-05-12-30-19/2016/3375-el-femicidio-de-la-infancia-2.html

"De rodillas, Monzón". La infancia de "cualquier" niño de los 60, (libro)


Ana Martínez Sanjurjo,
EFE.

Frente al "placer" de "la ausencia y la lejanía" de los padres (de antes
que le tocó vivir cuando los hijos eran "inevitables", 
actualmente la paternidad es un "proyecto de vida" 
que condena a los hijos a la "absoluta tortura" de las "24 horas al día de educación".

José Miguel Monzón ha presentado hoy su libro "El Gran Wyoming. ¡De rodillas Monzón!", un viaje a su infancia y a su barrio de siempre, La Prospe, donde vivió mucho antes de ser el tipo que es, y en el que cuenta, entre otras muchas cosas, que aprendió que el terror somete, que la música es lisérgica y que, en los 60 y 70, la vida estaba fuera de España. 

En su nuevo libro, el Gran Wyoming no es el Gran Wyoming sino José Miguel Monzón, "la persona detrás de la gran estrella" o, mejor dicho, el niño. "¡De rodillas, Monzón!" relata las vivencias de "cualquier" pequeño de principios de los 60 a través de los recuerdos del conductor de "El Intermedio".

La casa de sus abuelos en el pueblo, sin váter ni luz eléctrica; la farmacia de sus padres en el madrileño barrio de Prosperidad, "La Prospe"; el régimen represivo "que llegaba al terror" en su primer colegio; la huella de la enfermedad de su madre, que padecía "depresión clínica", o el "gran descubrimiento" de la música de Los Bravos.

Todos esos episodios forman parte de "¡De Rodillas, Monzón!", un libro que sale mañana a la venta y es la primera entrega de las "dos o tres" que tendrán las memorias de Wyoming (Madrid, 1955), que pertenece, ha asegurado en un encuentro con periodistas, a la última generación que tuvo "una infancia libre" en la que los pequeños no tenían "nada que ver" con los padres.

Además de un retrato generacional, este volumen busca ser una visión de "aquel mundo" -el de la España de los 60 y 70- que el autor no ve "normalmente reflejada": "Es una historia que parece que se ha perdido y no hace tanto que ocurrió", ha lamentado el humorista, actor, guionista, músico y presentador.

En ese sentido, ha añadido que pretende contar cómo vio la realidad aquel infante al que no le pasaron "cosas extraordinarias" en aquellos años que transcurrieron entre la aldea de La Puebla del Salvador (Cuenca) y "La Prospe", que "hasta que llegó el metro" era un "pueblecito autosuficiente".

Para Wyoming, las cosas "han cambiado más en los últimos 30 años que en los anteriores 5.000", algo que refleja el libro en distintos ámbitos como, por ejemplo, la relación entre padres e hijos.

Frente al "placer" de "la ausencia y la lejanía" de los padres que le tocó vivir cuando los hijos eran "inevitables", actualmente la paternidad es un "proyecto de vida" que condena a los hijos a la "absoluta tortura" de las "24 horas al día de educación".

El conductor de "El Intermedio", licenciado en Medicina que dejó de ejercer porque le "molaba más" su "otro curro" -el de la tele-, tiene también tres hijos veinteañeros con los que convive en Madrid aunque confiesa que no ha "cumplido sus expectativas" en su faceta de padre: "Es lo que peor he hecho", ha lamentado.

De la generación de sus hijos cree que va a "sufrir mucho más" que la suya porque, aunque "no es nostálgico", el autor sí cree que ha habido "un tiempo" en el que "algunas cosas", como el "libre acceso a la universidad", eran "mejores" que en la actualidad.

Y es que, pese a haber conocido una España -la que retrata con mucho sentido del humor en "¡De rodillas, Monzón!"- "muy represiva en todos los sentidos", Wyoming cree que quienes, como él, nacieron en 1955, han vivido la "mejor época de la historia de la humanidad" porque, asegura, han tenido "acceso a todo" y han vivido la "eclosión de la libertad".

Una libertad que él vio por primera vez en la "Tierra Prometida" de Amsterdam, escenario del último capítulo de este libro, a donde viajó a los dieciocho años junto a su hermano y dos amigos para "donar con mucho gusto" su virginidad.
"En Amsterdam se duchaban juntos chicos y chicas y entonces claro, yo me duchaba mucho", ha recordado, entre risas, el humorista, a cuyo juicio, España "aún no ha entrado en Europa" -"a nivel jurídico, ni de coña- aunque la globalización se haya "cargado" las ciudades y las haya "uniformado".

A pesar de eso, sostiene, España sigue siendo un país "único en el mundo", en el que la corrupción tiene un "sustento increíble" y donde "lo de las dos Españas no se ha movido ni un milímetro".
Y es que, a juicio de Wyoming, la Transición "no fue tal" sino que se trató de una "reconversión" del franquismo en una democracia que ha "heredado" los "poderes" del régimen: "Ha sido un maquillaje de la dictadura que ha contado con la participación de los partidos políticos", ha concluido.

Cuenta el Gran Wyoming que cuando cumplió sesenta años un amigo le dijo que a partir de entonces empezaría a decir aquello de "antes, todo esto era campo". Se sonroja al afirmar que esa dichosa frase llevaba diciéndola ya muchos años, mientras explica cómo era el madrileño barrio de la Prosperidad. El que le vio nacer en una pequeña alcoba de doce metros cuadrados.

Sin salir del barrio, muchos años después, él mismo presenta en una comida con periodistas el libro en el que cuenta como creció en aquellas calles y sí, aquellos campos. ¡De rodillas, Monzón!, que se pone a la venta este jueves, no es tanto una autobiografía al uso como un ejercicio de rescate de su propia memoria. En parte por dejarla negro sobre blanco antes de que la olvide, y en parte por no pervertirla con recuerdos falsos. Algo natural en la mente humana.

También, y no tiene miedo a decirlo, porque él disfruta de una posición en la que sus vivencias son significativas para explicar una España que quedó atrás. Para lo bueno y para lo malo. "Por alguna razón, las personas que no han trabajado nunca, como es mi caso, se convierten en grandes testigos", dice sobre su obra.

"Es difícil negar que es un acto de autocomplacencia, una especie de masturbación onírica en la que hablas de lo cojonudo que eres. Pero yo he tenido una infancia muy normal, no he salvado a nadie de morir ahogado. Por eso sólo quería contar cómo era el mundo y cómo lo vi", explica Wyoming.
"Se ha descubierto que el enemigo real del PSOE no es el PP, si no quien pueda quitarle votos"
"Creo que pertenezco a una de las últimas generaciones que han tenido una infancia realmente feliz en el sentido de que tuvimos una infancia propia. Hoy los niños están en permanente contacto con los adultos y esto es absolutamente nocivo. Los niños tienen que tener su espacio y crear su mundo", explica el presentador de El Intermedio.


"Yo salía a las tres y media de mi casa dando un portazo y cuando volvías a las nueve y te preguntaban dónde habías estado, la única explicación que dabas era 'por ahí'. Un caballo requiere una hora de doma al día. Veinticuatro, que es lo que viven hoy los niños, es algo insoportable", asegura. Esta libertad que defiende convierte el libro en el retrato de una infancia cualquiera. Podrían ser las memorias de su vecino, de sus amigos. Pero son las de  José Miguel Monzón, más conocido como el Gran Wyoming.

Sus vivencias se tiñen de un sentido del humor irónico único que sorprende por lo emocionante que resulta. Un ejercicio de sinceridad del popular presentador, que hoy tiene 61 años y echa la vista atrás a su infancia en un pueblo manchego arrasado por la guerra. Pero también a su adolescencia entre las calles de un barrio obrero de Madrid y las paredes de un colegio de padres agustinos hasta que, con 17 años, descubrió otro mundo en Amsterdam.


Son 350 páginas que recorren nuestro país en los años 50 y 60, pero en las que vemos también la España que somos hoy. Por suerte, apenas una hora antes de que se tenga que cambiar en el coche y se marche a grabar programa de esta noche, podemos hablar con él sobre la segunda.

Esto es el exilio: Diario de niños refugiados, video Save the Children.

una mirada del dolor en el destierro desde la perspectiva de la infancia. 

20 Octubre 2016


"No sé por qué nos están matando". Save the Children
Frente a la cámara, Aya, una niña siria refugiada, insiste en que no han hecho nada malo como para tener que huir de su país. Mantiene la mirada mientras explica que vive en un hogar provisional muy lejos de su tierra junto a su familia, que no quiere regresar a Siria debido a los ataques. 

"Nos están matando con sus jets y sus bombas", lamenta. 

Abdu, otro niño refugiado, ha huido también junto a su familia debido a la guerra que se libra en el país. Asegura que antes de que estallara el conflicto tenían una vida maravillosa, disponían de agua y comida, y podían jugar en las calles. Ahora, en cambio, todo es diferente. "Solo Dios sabe qué pasará con nosotros", reflexiona desde Líbano.

La historia de las personas desplazadas y refugiadas por el conflicto en Siria está llena de testimonios de sufrimiento como el de Aya y Abdu. Ellos narran su experiencia en el documental 'This is Exile: Diary of Child Refugees' (Esto es el exilio: Diario de niños refugiados), un trabajo del director Mani Benchelach, que hemos apoyado desde Save the Children. De él se desprende cómo la guerra resulta extraña para la infancia, si bien los niños son la población más vulnerable.

Más de 4,7 millones de personas, la mitad niños, han huido de Siria y otros 6,6 millones han tenido que desplazarse a otras zonas del país debido a los cruentos combates que se viven en Alepo, Idliib o Daraa. Entre quienes permanecen en Siria, alrededor de 13,5 millones de personas necesitan asistencia humanitaria. Es la peor catástrofe humanitaria desde la Segunda Guerra Mundial. La cifra de vidas perdidas ha superado las 450.000. De ellas, 50.000 mil son niños. Otros 250.000 viven bajo asedio en Siria.

'This is exile: Diary of Child Refugees' es una mirada del dolor en el destierro desde la perspectiva de la infancia. 
El documental es el reflejo de los efectos del fuego cruzado y de cómo la guerra interrumpe el desarrollo pleno de la niñez. Muchos niños han perdido a sus familias o han huido con ellas, enfrentándose a la falta de acceso a educación o a una vivienda digna y, en algunos casos, siendo obligados a trabajar.

Grabado en Líbano, 'This is Exile' recoge el seguimiento de algunos testimonios que se han enfrentado a la violencia, primero en Siria y luego en Líbano, así como el de una niña que ha llegado hasta Suiza tras resultar herida. A través de ellos, se ahonda en la transformación que experimenta la vida de la infancia refugiada, así como los efectos que el conflicto tiene a medio y largo plazo.

Con el objetivo de animar a la población a reflexionar sobre las consecuencias del conflicto en la infancia, el 8º Festival de Cine Invisible de Bilbao acogió el 19 de octubre la proyección de este documental y nos invitó a participar en un coloquio posterior, en el que nuestro compañero José Ignacio Alonso, del área de Advocacy y Políticas de Infancia de Save the Children en Euskadi, reclamó la protección de la vida de miles de niños y niñas que cada día la pierden o se la juegan.

En su opinión, el documental evidencia "la anormalidad de la normalidad que viven las niñas y niños refugiados" que huyen de su país en solitario o junto a sus familias para escapar de un conflicto que les somete a una situación total de desprotección. Por ello, insistió en que "no es una crisis de refugiados, sino una vulneración de los derechos humanos".

El Comité de los Derechos del Niño aprueba su Observación n 19 General sobre Presupuesto Público,

 para hacer realidad los Derechos de la Infancia.








Ya tenemos el documento original en inglés
Acceso a la Observación Nº 19 (inglés)

El objetivo primordial de esta Observación General es mejorar la comprensión de las obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos del Niño en relación con el gasto público a favor de estos derechos. 
Promueve avances en la forma en la que el gasto público es planeado, promulgado, ejecutado y monitoreado con la finalidad de implementar la Convención y sus Protocolos Facultativos.

La Observación General identifica una serie de obligaciones que los Estados deben asumir, de cara a garantizar un gasto público suficiente, eficaz, eficiente y equitativo para respetar, promover, proteger y cumplir los derechos de niños y niñas:

• Evaluar la situación macroeconómica, fiscal y de derechos de la infancia; considerar las leyes, políticas y los programas fiscales, presupuestales y relacionados con la niñez; movilizar recursos y formular presupuestos.

• Proporcionar un entorno propicio para que la legislatura supervise y promulgue presupuestos públicos, incluyendo las partes que directa e indirectamente afectan a los derechos de niños y niñas.

• Ejecutar los presupuestos, asegurando que los fondos asignados lleguen a donde se tengan que gastar, e informando sobre los gastos reales.

• Informar sobre, evaluar y auditar los presupuestos.


• Propiciar entornos favorables para que los funcionarios del Estado y la sociedad civil, incluidos niños y niñas, monitoreen activamente y participen de manera significativa en los procesos presupuestarios, a través de sistemas de gestión pública financiera transparentes y responsables.

Acceso al documento 16 de julio 2016 en español, traducción no oficial

El Comité de los Derechos del Niño ha aprobado recientemente su nueva Observación General nº19 sobre Presupuesto Público para hacer realidad los Derechos de la Infancia, tomando como principal referencia el artículo 4 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). Tan pronto se encuentre disponible su versión en español, la Plataforma de Infancia la dará a conocer.

El artículo 4 de la Convención establece que…


observacion_general_gasto_publico_derechos_infancia_791x413

 “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional”.




La versión definitiva de la Observación General, sobre cuyo borrador la Plataforma de Infancia informó de forma previa, recoge el siguiente contenido:

I. Introducción, incluyendo antecedentes, fundamento y objetivo.
II. Análisis legal del artículo 4 en relación con presupuestos públicos.
III. Principios generales de la Convención y presupuestos públicos.

IV. Principios del presupuesto público para los Derechos de la Infancia:

A. Eficacia.

B. Eficiencia.

C. Equidad.

D. Transparencia.
E. Sostenibilidad.



V. Implementación de los Derechos de la Infancia en presupuestos públicos:

A. Planificación.

B. Aprobación.

C. Ejecución.

D. Seguimiento.

VI. Difusión.


La presente Observación General se basa en la Observación General número 5 de 2003 sobre medidas generales de aplicación de la Convención, así como en el Día de Debate General celebrado por el Comité en 2007 sobre la responsabilidad de los Estados en relación con los recursos destinados a los Derechos de la Infancia.

El objetivo de la Observación es mejorar la comprensión de las obligaciones recogidas en la Convención en relación con los presupuestos para los derechos de la infancia, así como fortalecer la realización de esos derechos, y promover un cambio real en la manera en la que los presupuestos son planificados, aprobados, ejecutados y monitoreado para avanzar en la aplicación de la Convención y sus Protocolos Facultativos.

Respecto a su difusión, el Comité recomienda que los Estados Partes difundan ampliamente la presente Observación General entre todas sus divisiones, niveles y estructuras y entre la sociedad civil, incluyendo a niños, niñas y adolescentes y a las personas encargadas de su cuidado, así como entre entidades de cooperación al desarrollo, el mundo académico, los medios de comunicación y sectores relevantes del sector privado.

Igualmente el Comité recomienda la celebración de eventos para el intercambio de buenas prácticas en relación con la Observación General y para formar a las personas profesionales vinculadas y personal técnico sobre su contenido. En este sentido, la Plataforma de Infancia, en colaboración con la Cátedra Santander de Derecho y Menores de la Universidad Pontificia Comillas Madrid, tiene prevista la celebración en el mes de diciembre de una Jornada, con la que responder a esta demanda.

Por: Conchi Ballesteros Vicente
Responsable de Programas

Más información: