Las voces de adolescentes privados de libertad en Argentina.

“El Sistema de Justicia Juvenil es claramente selectivo”.

Autores*:Matias Bruno, 
Mariángeles Misuraca, 
Hernán Monath.
Argentina,
CENEP.

UNICEF presentó hoy “Las Voces de las y los Adolescentes Privados de Libertad en Argentina”, un estudio sobre los chicos y las chicas detenidos en Centros Cerrados. La investigación de UNICEF y el Centro de Estudios de Población (CENEP) realizó encuestas al 40% del total de las y los adolescentes privados de la libertad, quienes hablan de la escuela, la violencia, sus familias, el proceso judicial que transitan, sus sueños y sus proyectos para el futuro. 

El último relevamiento nacional sobre adolescentes en conflicto con la ley penal de UNICEF y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2015) contabiliza alrededor de 7200 jóvenes que se encuentran cumpliendo algún tipo de medida penal, de los cuales 1300 están en Centros Cerrados. Las medidas penales son diversas e incluyen la privación de libertad en centros cerrados, alojamiento en centros de restricción de la libertad y medidas penales en territorio, también conocidas como medidas alternativas a la privación de la libertad.
“En la escuela me iba bien, era un alumno tranquilo. Nunca tuve problemas con profesores ni con compañeros. Dejé [en primer año del secundario] porque tenía que ayudar a mi mamá. (…) Mi papá estaba preso en ese momento y yo salí a trabajar para ayudar a mi mamá. Mi hermanito sí siguió yendo a la escuela”.

Quien habla es Brian de 16 años. Es uno de los 500 chicos y chicas encuestados por UNICEF en un estudio cuyo objetivo es generar un insumo -basado en el testimonio de los chicos- que produzca información para el diagnóstico, análisis e implementación de políticas públicas para un sector de la población altamente vulnerable.
Los nombres que se reseñan en el estudio se utilizan a modo ilustrativo y no guardan relación con los autores reales de las citas, para proteger y preservar la identidad de los y las adolescentes que participaron de las encuestas.

La muestra fue realizada por regiones geográficas: Buenos Aires (Provincia y Ciudad Autónoma), Centro, Cuyo y Norte del país. En total fueron relevados 22 centros cerrados. A través de las encuestas, se obtuvo información sobre las trayectorias biográficas de los chicos, su educación, sus experiencias con el trabajo, sus recuerdos sobre los lugares en donde se criaron y sus familias, el acceso a derechos básicos durante la privación de libertad, la relación con las fuerzas de seguridad.

“El Sistema de Justicia Juvenil es claramente selectivo”, advirtió Hernán Monath, Especialista en Protección de Derechos y Acceso a la Justicia de UNICEF. “El estudio muestra que los adolescentes que ingresan a los centros de privación de la libertad son los que tienen mayor vulnerabilidad y menores recursos para enfrentar tanto los riesgos sociales como el proceso penal, y eso determina que se los encierre. Hay una ausencia marcada del Estado para garantizarles tempranamente derechos básicos, pero una intervención férrea a través del sistema penal y las medidas de encierro cuando se les imputa haber infringido la ley”, explicó.

El 28% de los chicos encerrados vivió en la calle. El 14% lo hizo en “hogares de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales” porque sufrió violencia y maltrato en su casa, abandono, abuso sexual, entre otros factores. Casi el 40% manifestó haber sido maltratado por las “fuerzas de seguridad” antes del encierro. 3 de cada 10 sufrió algún tipo de violencia en la institución. La mayoría no pudo realizar la denuncia. 
Los datos presentados por UNICEF indican que la privación de la libertad es una medida sancionatoria ineficaz para cumplir con los fines educativos y de reinserción social que debe tener toda sanción especializada para adolescentes. La mitad de los encuestados afirmó que no se trataba de su primera vez en una institución de encierro. La mayoría de los adolescentes que ingresa a un centro de privación de la libertad egresa sin un proyecto de vida que posibilite su reinserción social y les ayude asumir un rol constructivo en la sociedad.

“La educación y la formación para el trabajo en los Centros es fundamental -señaló Monath- Los chicos valoran la escuela y los talleres de oficios, pero los recursos materiales y humanos son insuficientes y la calidad de las propuestas dependen de la voluntad de las personas que se desempeñan en las instituciones y no de una política establecida”.

La investigación de UNICEF y CENEP también indagó sobre las condiciones de vida en los centros y detectó, entre otras irregularidades, falta de acceso a tratamientos de salud, abusos en los regímenes disciplinarios, dificultades para mantener un contacto con el mundo exterior, situaciones de violencia. En cuanto a las condiciones edilicias, se constató ausencia de luz natural y ventilación, falta de calefacción, humedad en las paredes, pisos y materiales sueltos, roedores e insectos y espacios reducidos, principalmente en sitios de descanso, instalaciones sanitarias, patios y salones.

Los tratados internacionales como la Convención sobre Derechos del Niño establecen que la privación de libertad debe ser aplicada como último recurso y por el menor tiempo posible. Además, deben existir condiciones que respeten su integridad física y su dignidad. En Argentina 7 de cada 10 chicos desconoce cuánto tiempo estará encerrado. “Esta situación genera incertidumbre, desconfianza y el incumplimiento de sus garantías procesales -advierte UNICEF-. Hay una enorme distancia entre los chicos y el proceso judicial, y muchas dificultades para entender lo que les ocurre”.

“Me gustaría terminar el secundario, hacer un curso de capacitación -contó Luciano, 16 años -. Yo sí puedo. Tengo que poner empeño. Tengo que hacer lo posible, aunque me cueste. Igual no sé cuándo iré a salir de acá...”

El contacto con los jueces que siguen sus causas es mínimo: los procesos resultan incomprensibles para ellos. El estudio advierte que esta situación “impide cualquier aprendizaje o proceso de reflexión que pueda llegar a esperarse del tránsito por el proceso penal, aunque en cualquier caso la capacidad restaurativa de la sanción privativa de libertad está seriamente cuestionada”.
Adolescentes encerrados y con hijos. Los datos de la encuesta muestran que 1 de cada 4 adolescentes tiene al menos un hijo o una hija a cargo: el porcentaje es similar entre varones y mujeres (23,5% y 24,1%) en el total del país. Estos datos evidencian el carácter prematuro de las maternidades y paternidades en la población adolescente privada de libertad.

El abordaje socioeducativo en los centros de encierro debería fortalecer las capacidades para ejercer la maternidad/paternidad, así como afianzar los vínculos con sus hijos e hijas, y eventualmente con sus parejas. Las situaciones de traslado y las distancias con sus centros de vida dificultan los vínculos familiares.
 
MÁS VOCES

“Una vez por mes o cada dos meses viene mi mamá, pero no puede venir porque tiene muchos problemas económicos. No importa lo lejos, importa el boleto… Tiene a mis hermanitos, les tiene que dar de comer, mantener la casa. Mi papá no viene ni me llama por teléfono, ni yo lo llamo, no quiero saber nada de él.” Camila, 16 años.
“Yo no iba a la escuela, hacía que iba a la escuela. Me escapaba. Un día iba y otro día no, y no se daban cuenta…” Kevin, 16 años.


RECOMENDACIONES DE UNICEF

. FORTALECER LAS POLÍTICAS PÚBLICAS ORIENTADAS A GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS Y LOS ADOLESCENTES. Deben aplicarse políticas públicas universales para garantizar la igualdad de oportunidades, y el pleno respeto de todos los derechos de la niñez y adolescencia, en particular a través de las áreas de salud, educación, seguridad social, vivienda, entre las principales. Debe existir una fuerte participación del Sistema de Protección Integral de los Derechos de niños, niñas y adolescentes con líneas de trabajo específicas, que además sean útiles para prevenir las causas que pueden originar la comisión de delitos.


. PROMOVER UN SISTEMA DE JUSTICIA JUVENIL ESPECIALIZADO. La finalidad del Sistema de Justicia Juvenil debe centrarse en la prevención del delito y en las causas que podrían originarlos. Los procesos penales deben ser diferenciados de los que se aplican a las personas adultas. Los funcionarios que los llevan adelante deben tener conocimientos específicos y experiencia de trabajo en niñez y adolescencia. La intervención del derecho penal debe ser mínima, la utilización de las sanciones debe ser reducida y aplicada en dispositivos preparados para el trabajo con adolescentes. Asimismo, deben cumplirse las garantías del debido proceso legal en base a los estándares internacionales en materia de niñez y adolescencia que tienen jerarquía constitucional en el país. Las reformas penales necesarias deben surgir de manera coordinada entre la Nación y las provincias.
 
. IMPULSAR MEDIDAS ALTERNATIVAS. La privación de libertad debe utilizarse de manera excepcional, como último recurso y por el menor tiempo posible. UNICEF aboga por el empleo de medidas alternativas al proceso penal y medidas penales no privativas de la libertad con enfoque restaurativo y objetivos socioeducativos. Las sanciones penales que se aplican a las y los adolescentes tienen que focalizarse en la responsabilización subjetiva, acompañándolos en el diseño de un nuevo proyecto de vida que los aleje del conflicto con la ley penal. Los enfoques restaurativos además permiten un trabajo conjunto con las víctimas y la comunidad.


. CREAR Y FORTALECER MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO INDEPENDIENTES DE CENTROS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD. Las y los adolescentes deben tener la posibilidad de denunciar las situaciones de maltrato. Es imprescindible la generación de mecanismos de carácter independiente que, en caso de recepción de una denuncia o ante el conocimiento de una de violación a la integridad física o psíquica, tomen las medidas administrativas y judiciales correspondientes.

. REFORZAR LOS PROGRAMAS QUE ACOMPAÑEN EL EGRESO Y PERMITAN EL TRABAJO ARTICULADO CON LAS FAMILIAS. Es necesario aumentar los recursos destinados a apoyar programas de egreso de los dispositivos penales que fomenten la reintegración en la comunidad con proyectos de vida autónomos y respetuosos de las libertades fundamentales de terceros. Asimismo, y con el fin de alcanzar y potenciar los resultados de las medidas socioeducativas, se debe fomentar la participación de la familia y referentes afectivos.

. DESTINAR RECURSOS PÚBLICOS SUFICIENTES Y METODOLOGÍAS ESPECIALIZADAS EN EL TRABAJO CON ADOLESCENTES. El acompañamiento de las y los adolescentes que cumplen una sanción penal en dispositivos de encierro debe tener condiciones adecuadas para garantizar y resguardar todos sus derechos y dignidad. Además, deben contar con personal civil interdisciplinario, formado especialmente para trabajar con jóvenes y articular intervenciones con los sistemas educativos y de salud. Asimismo, debe aumentarse la inversión para la creación y fortalecimiento de programas y equipos que gestionen medidas no privativas de la libertad.

*AUTORÍASMatias Bruno, Mariángeles Misuraca, Hernán Monath
EQUIPO DE INVESTIGACIÓN: Matias Bruno (CENEP),Hernán Manzelli (CONICET/CENEP), Ana Safranoff (CENEP).
REVISIÓN DE CONTENIDOS: María Jose Veiga. Fundación Justicia y Derecho.

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