“El Sistema de Justicia Juvenil es claramente selectivo”.
Autores*:Matias Bruno,
Mariángeles Misuraca,
Hernán Monath.
Argentina,
CENEP.
UNICEF presentó hoy “Las Voces de las y los Adolescentes Privados de Libertad en Argentina”,
un estudio sobre los chicos y las chicas detenidos en Centros Cerrados.
La investigación de UNICEF y el Centro de Estudios de Población (CENEP)
realizó encuestas al 40% del total de las y los adolescentes privados
de la libertad, quienes hablan de la escuela, la violencia, sus
familias, el proceso judicial que transitan, sus sueños y sus proyectos
para el futuro.
El último relevamiento nacional sobre adolescentes en conflicto con
la ley penal de UNICEF y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y
Familia (2015) contabiliza alrededor de 7200 jóvenes que se encuentran
cumpliendo algún tipo de medida penal, de los cuales 1300 están en
Centros Cerrados. Las medidas penales son diversas e incluyen la
privación de libertad en centros cerrados, alojamiento en centros de
restricción de la libertad y medidas penales en territorio, también
conocidas como medidas alternativas a la privación de la libertad.
“En la escuela me iba bien, era un alumno tranquilo. Nunca tuve
problemas con profesores ni con compañeros. Dejé [en primer año del
secundario] porque tenía que ayudar a mi mamá. (…) Mi papá estaba preso
en ese momento y yo salí a trabajar para ayudar a mi mamá. Mi hermanito
sí siguió yendo a la escuela”.
Quien habla es Brian de 16 años. Es uno de los 500 chicos y chicas
encuestados por UNICEF en un estudio cuyo objetivo es generar un insumo
-basado en el testimonio de los chicos- que produzca información para el
diagnóstico, análisis e implementación de políticas públicas para un
sector de la población altamente vulnerable.
Los nombres que se reseñan en el estudio se utilizan a modo
ilustrativo y no guardan relación con los autores reales de las citas,
para proteger y preservar la identidad de los y las adolescentes que
participaron de las encuestas.
La muestra fue realizada por regiones geográficas: Buenos Aires
(Provincia y Ciudad Autónoma), Centro, Cuyo y Norte del país. En total
fueron relevados 22 centros cerrados. A través de las encuestas, se
obtuvo información sobre las trayectorias biográficas de los chicos, su
educación, sus experiencias con el trabajo, sus recuerdos sobre los
lugares en donde se criaron y sus familias, el acceso a derechos básicos
durante la privación de libertad, la relación con las fuerzas de
seguridad.
“El Sistema de Justicia Juvenil es claramente selectivo”, advirtió
Hernán Monath, Especialista en Protección de Derechos y Acceso a la
Justicia de UNICEF. “El estudio muestra que los adolescentes que
ingresan a los centros de privación de la libertad son los que tienen
mayor vulnerabilidad y menores recursos para enfrentar tanto los riesgos
sociales como el proceso penal, y eso determina que se los encierre.
Hay una ausencia marcada del Estado para garantizarles tempranamente
derechos básicos, pero una intervención férrea a través del sistema
penal y las medidas de encierro cuando se les imputa haber infringido la
ley”, explicó.
El 28% de los chicos encerrados vivió en la calle. El 14% lo hizo en
“hogares de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales” porque
sufrió violencia y maltrato en su casa, abandono, abuso sexual, entre
otros factores. Casi el 40% manifestó haber sido maltratado por las
“fuerzas de seguridad” antes del encierro. 3 de cada 10 sufrió algún
tipo de violencia en la institución. La mayoría no pudo realizar la
denuncia.
Los datos presentados por UNICEF indican que la privación de la
libertad es una medida sancionatoria ineficaz para cumplir con los fines
educativos y de reinserción social que debe tener toda sanción
especializada para adolescentes. La mitad de los encuestados afirmó que
no se trataba de su primera vez en una institución de encierro. La
mayoría de los adolescentes que ingresa a un centro de privación de la
libertad egresa sin un proyecto de vida que posibilite su reinserción
social y les ayude asumir un rol constructivo en la sociedad.
“La educación y la formación para el trabajo en los Centros es
fundamental -señaló Monath- Los chicos valoran la escuela y los talleres
de oficios, pero los recursos materiales y humanos son insuficientes y
la calidad de las propuestas dependen de la voluntad de las personas que
se desempeñan en las instituciones y no de una política establecida”.
La investigación de UNICEF y CENEP también indagó sobre las
condiciones de vida en los centros y detectó, entre otras
irregularidades, falta de acceso a tratamientos de salud, abusos en los
regímenes disciplinarios, dificultades para mantener un contacto con el
mundo exterior, situaciones de violencia. En cuanto a las condiciones
edilicias, se constató ausencia de luz natural y ventilación, falta de
calefacción, humedad en las paredes, pisos y materiales sueltos,
roedores e insectos y espacios reducidos, principalmente en sitios de
descanso, instalaciones sanitarias, patios y salones.
Los tratados internacionales como la Convención sobre Derechos del
Niño establecen que la privación de libertad debe ser aplicada como
último recurso y por el menor tiempo posible. Además, deben existir
condiciones que respeten su integridad física y su dignidad. En
Argentina 7 de cada 10 chicos desconoce cuánto tiempo estará encerrado.
“Esta situación genera incertidumbre, desconfianza y el incumplimiento
de sus garantías procesales -advierte UNICEF-. Hay una enorme distancia
entre los chicos y el proceso judicial, y muchas dificultades para
entender lo que les ocurre”.
“Me gustaría terminar el secundario, hacer un curso de capacitación
-contó Luciano, 16 años -. Yo sí puedo. Tengo que poner empeño. Tengo
que hacer lo posible, aunque me cueste. Igual no sé cuándo iré a salir
de acá...”
El contacto con los jueces que siguen sus causas es mínimo: los
procesos resultan incomprensibles para ellos. El estudio advierte que
esta situación “impide cualquier aprendizaje o proceso de reflexión que
pueda llegar a esperarse del tránsito por el proceso penal, aunque en
cualquier caso la capacidad restaurativa de la sanción privativa de
libertad está seriamente cuestionada”.
Adolescentes encerrados y con hijos. Los datos de la encuesta
muestran que 1 de cada 4 adolescentes tiene al menos un hijo o una hija a
cargo: el porcentaje es similar entre varones y mujeres (23,5% y 24,1%)
en el total del país. Estos datos evidencian el carácter prematuro de
las maternidades y paternidades en la población adolescente privada de
libertad.
El abordaje socioeducativo en los centros de encierro debería
fortalecer las capacidades para ejercer la maternidad/paternidad, así
como afianzar los vínculos con sus hijos e hijas, y eventualmente con
sus parejas. Las situaciones de traslado y las distancias con sus
centros de vida dificultan los vínculos familiares.
MÁS VOCES
“Una vez por mes o cada dos meses viene mi mamá, pero no puede venir
porque tiene muchos problemas económicos. No importa lo lejos, importa
el boleto… Tiene a mis hermanitos, les tiene que dar de comer, mantener
la casa. Mi papá no viene ni me llama por teléfono, ni yo lo llamo, no
quiero saber nada de él.” Camila, 16 años.
“Yo no iba a la escuela, hacía que iba a la escuela. Me escapaba. Un
día iba y otro día no, y no se daban cuenta…” Kevin, 16 años.
RECOMENDACIONES DE UNICEF
. FORTALECER LAS POLÍTICAS PÚBLICAS ORIENTADAS A GARANTIZAR EL
CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS Y LOS ADOLESCENTES. Deben aplicarse
políticas públicas universales para garantizar la igualdad de
oportunidades, y el pleno respeto de todos los derechos de la niñez y
adolescencia, en particular a través de las áreas de salud, educación,
seguridad social, vivienda, entre las principales. Debe existir una
fuerte participación del Sistema de Protección Integral de los Derechos
de niños, niñas y adolescentes con líneas de trabajo específicas, que
además sean útiles para prevenir las causas que pueden originar la
comisión de delitos.
. PROMOVER UN SISTEMA DE JUSTICIA JUVENIL ESPECIALIZADO. La finalidad
del Sistema de Justicia Juvenil debe centrarse en la prevención del
delito y en las causas que podrían originarlos. Los procesos penales
deben ser diferenciados de los que se aplican a las personas adultas.
Los funcionarios que los llevan adelante deben tener conocimientos
específicos y experiencia de trabajo en niñez y adolescencia. La
intervención del derecho penal debe ser mínima, la utilización de las
sanciones debe ser reducida y aplicada en dispositivos preparados para
el trabajo con adolescentes. Asimismo, deben cumplirse las garantías del
debido proceso legal en base a los estándares internacionales en
materia de niñez y adolescencia que tienen jerarquía constitucional en
el país. Las reformas penales necesarias deben surgir de manera
coordinada entre la Nación y las provincias.
. IMPULSAR MEDIDAS ALTERNATIVAS. La privación de libertad debe utilizarse
de manera excepcional, como último recurso y por el menor tiempo
posible. UNICEF aboga por el empleo de medidas alternativas al proceso
penal y medidas penales no privativas de la libertad con enfoque
restaurativo y objetivos socioeducativos. Las sanciones penales que se
aplican a las y los adolescentes tienen que focalizarse en la
responsabilización subjetiva, acompañándolos en el diseño de un nuevo
proyecto de vida que los aleje del conflicto con la ley penal. Los
enfoques restaurativos además permiten un trabajo conjunto con las
víctimas y la comunidad.
. CREAR Y FORTALECER MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO
INDEPENDIENTES DE CENTROS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD. Las y los
adolescentes deben tener la posibilidad de denunciar las situaciones de
maltrato. Es imprescindible la generación de mecanismos de carácter
independiente que, en caso de recepción de una denuncia o ante el
conocimiento de una de violación a la integridad física o psíquica,
tomen las medidas administrativas y judiciales correspondientes.
. REFORZAR LOS PROGRAMAS QUE ACOMPAÑEN EL EGRESO Y PERMITAN EL TRABAJO
ARTICULADO CON LAS FAMILIAS. Es necesario aumentar los recursos
destinados a apoyar programas de egreso de los dispositivos penales que
fomenten la reintegración en la comunidad con proyectos de vida
autónomos y respetuosos de las libertades fundamentales de terceros.
Asimismo, y con el fin de alcanzar y potenciar los resultados de las
medidas socioeducativas, se debe fomentar la participación de la familia
y referentes afectivos.
. DESTINAR RECURSOS PÚBLICOS SUFICIENTES Y METODOLOGÍAS ESPECIALIZADAS
EN EL TRABAJO CON ADOLESCENTES. El acompañamiento de las y los
adolescentes que cumplen una sanción penal en dispositivos de encierro
debe tener condiciones adecuadas para garantizar y resguardar todos sus
derechos y dignidad. Además, deben contar con personal civil
interdisciplinario, formado especialmente para trabajar con jóvenes y
articular intervenciones con los sistemas educativos y de salud.
Asimismo, debe aumentarse la inversión para la creación y
fortalecimiento de programas y equipos que gestionen medidas no
privativas de la libertad.
*AUTORÍAS: Matias Bruno, Mariángeles Misuraca, Hernán Monath
EQUIPO DE INVESTIGACIÓN: Matias Bruno (CENEP),Hernán Manzelli (CONICET/CENEP), Ana Safranoff (CENEP).
REVISIÓN DE CONTENIDOS: María Jose Veiga. Fundación Justicia y Derecho.
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