Las Lenguas cooficiales, Apuntes sobre la nueva ley de educación (LOMLOE).

 Convives promueve la CONVIVENCIA POSITIVA y la CULTURA DE PAZ y 
quiere aportar información sobre la nueva ley 
que contribuya al mejor entendimiento, sobre los siguientes temas: 
la repetición,  las lenguas cooficiales,  la Educación Especial, 
y la enseñanza concertada.





Aquí la  información sobre:

 LAS LENGUAS COOFICIALES. QUÉ DICE LA NUEVA LEY EDUCATIVA.
¿“ELIMINAR EL CASTELLANO COMO LENGUA VEHICULAR EN LA ENSEÑANZA”?.

En estos días estamos asistiendo a un intenso ruido sobre la propuesta de la Ley de  (LOMLOE), aprobada en el Congreso por mayoría absoluta, pero sin el necesario consenso que debería impregnar toda Ley educativa. Uno de estos temas, de mucho clamor y escaso debate en profundidad, es el tratamiento que la Lengua Castellana tiene en su articulado. Frente a este ruido, muchas veces interesado, pretendemos hacer unas reflexiones sosegadas de la realidad objetiva que en ella figura, basándonos en la literalidad que dice la Ley y no en interpretaciones que se hacen de ella.
Vayamos a nuestro marco general, la Constitución, que en su art. 3 dice “el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas CCAA de acuerdo con sus Estatutos”. No debemos olvidar que la lengua es nuestro vehículo de comunicación, con el que nos relacionamos de manera habitual.

¿Qué dice la LEY?.

Disposición adicional trigésima octava titulada: Lengua castellana, lenguas cooficiales
y lenguas que gocen de protección legal.

1. Las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios de conformidad con la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la normativa aplicable.

2. Al finalizar la educación básica, todos los alumnos y alumnas deberán alcanzar el dominio pleno y equivalente en la lengua castellana y, en su caso, en la lengua cooficial correspondiente.

3. Las Administraciones educativas aplicarán los instrumentos de control, evaluación y mejora propios del sistema educativo y promoverán la realización de análisis por parte de los centros, de modo que se garantice que todo el alumnado alcance la competencia en comunicación lingüística, en lengua castellana y en su caso en las lenguas cooficiales, en el grado requerido. Asimismo, impulsarán la adopción por parte de los centros de las medidas necesarias para compensar las carencias que pudieran existir en cualquiera de las lenguas.

4. Tanto la materia Lengua Castellana y Literatura como la Lengua Cooficial y Literatura
deberán impartirse en las lenguas correspondientes.

5. Aquellas Comunidades Autónomas en las que existan lenguas cooficiales que no tienen ese carácter en todo su territorio o lenguas no oficiales que gocen de protección legal podrán ofrecerlas en los términos que determine su normativa reguladora.”

Un poco de Historia.

De todas las leyes educativas que hemos tenido: Ley 1970, LODE 1985, LOGSE 1993, LOCE 2002, LOE 2006, LOMCE 2013, ninguna dijo nunca que el castellano fuera la lengua vehicular hasta 2013, tras una sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 que subrayaba que tanto el castellano como el catalán debían ser vehiculares.

Posiblemente tendríamos que preguntarnos por qué, si todas estas leyes no lo recogieron nunca y el castellano ha seguido, obviamente, siendo nuestra lengua de comunicación, haría falta recalcar en la práctica algo que ya estaba en la Constitución.

Más bien podemos considerar que el debate que se está generado es un debate ficticio
porque el texto no dice que el castellano se eliminará, sino que preserva que todo el
alumnado adquiera las competencias en ambas lenguas al final de su escolarización
básica, dejando en manos de las autoridades educativas los instrumentos de control,
evaluación y mejora para garantizarlos.

Cataluña y la lengua vehicular
● El Estatuto de Autonomía Catalán en su artículo 11 dice que el catalán es la lengua vehicular. Este artículo no ha sido recurrido por nadie, ni por los gobiernos de diferentes signos políticos y por lo tanto está en vigor.
● La Ley Educativa Catalana de 2009 recoge el catalán como lengua vehicular y se mantiene. Todas las asignaturas se dan en catalán menos la Lengua Castellana y Literatura. A efectos prácticos la introducción de la vehicularidad del castellano en estos 7 años de la LOMCE no ha supuesto modificaciones en la práctica docente de los centros catalanes.
● El tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo sí han dicho reiteradamente que el castellano es lengua vehicular.
● Juristas consideran que en Cataluña había desde 2013 una inseguridad jurídica puesto que la Ley Autonómica decía que solo el catalán era la lengua vehicular y la Ley Orgánica decía que el castellano también lo era. Con la redacción quedará blindado el modelo de inmersión porque reconoce que ambas lenguas son vehiculares y garantizar el dominio de ambas.

En ningún momento se dice que la Lengua castellana dejará se enseñarse ni de hablarse en Cataluña, más bien se asegura la necesidad del dominio de ambas lenguas vehiculares para seguir siendo vehículos de comunicación y relaciones en esta CCAA.

Entendemos que se está generando un debate interesado, que utiliza la lengua en una CCAA para otros intereses ajenos a la educación, siendo que muchos centros de las distintas comunidades en nuestro país son bilingües o incluso trilingües. Entendemos que lo fundamental es garantizar que al término de la escolarización todo el alumnado domine ambas lenguas y muy deseablemente alguna otra más en un contexto global como el que vivimos.

La Ley manifiesta en su Preámbulo “la ciudadanía reclama un sistema educativo más moderno, más abierto, menos rígido, multilingüe y cosmopolita que desarrolle todo el potencial y talento de nuestra juventud”. En este sentido las lenguas crean nuestro pensamiento y fortalecen un mayor desarrollo cognitivo, por ello, cuanta más riquezas haya en estas, mayor desarrollo y creatividad tendremos en aquel.

  ¡¡QUE NO NOS CONFUNDAN, CREA TU PROPIA OPINIÓN!!. 


La Repetición, Apuntes sobre la nueva ley de educación (LOMLOE).

Convives promueve la CONVIVENCIA POSITIVA y la CULTURA DE PAZ y 
quiere aportar información sobre la nueva ley 
que contribuya al mejor entendimiento, sobre los siguientes temas: 
la repetición,  las lenguas cooficiales,  la Educación Especial, 
y la enseñanza concertada.





Aquí la  información sobre:

 LA REPETICIÓN. QUÉ DICE LA NUEVA LEY EDUCATIVA.
REPETICIÓN - PASAR DE CURSO - CULTURA DEL ESFUERZO.

España es según PISA 2018 el 4o país de los 37 de la OCDE con la mayor tasa de alumnado repetidor, un 28,7% frente al 11,4% de la media europea. La repetición es además muy injusta porque los pobres repiten 4 veces más que los que tienen más recursos.
La cultura de la repetición de curso en nuestro país, es muy común, es una inercia histórica, se repite mucho, y en muchos casos de una manera injustificada. El sistema permite repetir en exceso porque piensa que es bueno para el alumnado, pero ya en 2013 la propia OCDE lo criticó por su ineficacia (no ofrece solución a la situación) e inequidad (se concentra en el alumnado vulnerable).
Ante esto cabría preguntarse ¿Es nuestro alumnado menos competente que el de otros países europeos?, ¿se esfuerza menos que los de otros países?, ¿quiénes repiten más?, ¿porqué?. Sin duda un debate necesario en los claustros y de repercusiones muy decisivas para todos los elementos del sistema educativo y que a veces despachamos muy ligeramente.

¿Qué dice la Ley de Educación LOMLOE al respecto? Art. 28

● Evaluación y promoción La evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos y alumnas de educación secundaria obligatoria será continua, formativa e integradora”.

Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, serán adoptadas de forma colegiada por el equipo docente, atendiendo a la consecución de los objetivos, al grado de adquisición de las competencias establecidas y a la valoración de las medidas que favorezcan el progreso del alumno o alumna.

Las decisiones sobre repetición de curso serán adoptadas de manera colegiada por el equipo docente al alcanzar los objetivos o tenga evaluación negativa en dos materias como máximo. Excepcionalmente podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las materias no superadas le permita seguir con éxito el curso siguiente, se considere que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica”.

Quienes promocionen sin haber superado todas las materias seguirán los planes de refuerzo que establezca el equipo docente, que revisará periódicamente la aplicación personalizada de los mismos en diferentes momentos del curso académico y, en todo caso, al finalizar el mismo.

Este alumnado deberá superar las evaluaciones correspondientes dichos planes, de acuerdo con lo dispuesto por las Administraciones educativas. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de promoción y titulación previstos en los apartados anteriores.

La permanencia en el mismo curso se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o alumna. En todo caso, el alumno o alumna podrá permanecer en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria. Independientemente de que se hayan agotado el máximo de permanencias, de forma excepcional en el cuarto curso se podrá permanecer en él un año más, siempre que el equipo docente considere que esta medida favorece la adquisición de las competencias establecidas para la etapa.

En todo caso, la permanencia en el mismo curso se planificará de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumnado y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas. Estas condiciones se recogerán en un plan específico personalizado con cuantas medidas se consideren adecuadas para este alumnado.

Las políticas educativas de la mayoría de los países europeos contemplan las repeticiones de cursos, a criterio de los equipos docentes, como hechos excepcionales estableciendo sistemas de apoyo que permita al alumnado esforzarse en superar las dificultades encontradas, primando su actitud favorable y su predisposición para superarlas. Pasar de curso con estos apoyos y seguimiento disminuiría la alta tasa de abandono temprano y el fracaso concentrado en el alumnado más vulnerable.

¡¡QUE NO NOS CONFUNDAN, CREA TU PROPIA OPINIÓN!!. 



"Derechos y Realidades", Revista de DNI Costa Rica,, nº 3.

Laboratorio de Ideas en Derechos de NNA, 
DNI Costa Rica. 


Tercera edición:
Revista "Derechos y Realidades".

Contenido:

    Editorial: Hoy más que nunca, debemos defender los derechos humanos y construir sociedades con oportunidades para todos y todas en igualdad de condiciones.

    Campaña “Ponete en mis Zapatos” de DNI Costa Rica, junto a Naciones Unidas y ACNUR da inicio a los 16 días de activismo contra la violencia de género.

    DNI Costa Rica se solidariza con 300 familias en condición de pobreza y lanza campaña de navidad para satisfacer sus necesidades más básicas.

    DNI Costa Rica junto al INEINA – UNA presenta informe de resultados de la consulta  “El día más terrorífico de mi vida: Miradas y Vivencias sobre situaciones de violencia”.

    En el marco del 31 aniversario de la CDN y 72 de la Declaración Internacional de Derechos Humanos, queremos darle voz a las personas menores de edad y recordar palabras de Eleonor Roosevelt.





La Educación como derecho de las Niñas, Niños y Adolescentes, Especial HDIA mes Diciembre, GSIA.

Diciembre 2020. 

La educación constituye la base del progreso de una sociedad. Podría decirse que esta frase formaría parte de la manera más común de concebir el papel de la educación. Sin embargo, solo de tiempo en tiempo la educación se convierte en objeto de debate en la opinión pública. Tal sucede, desde luego, cuando se anuncian cambios en las normas reguladoras del propósito y el contenido en la educación. En el mes de noviembre se ha producido la aprobación por parte del Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley Orgánica de Modificación de la Ley de Educación, que será conocida por unas nuevas siglas (LOMLOE) cuando llegue a culminar su proceso de tramitación y aprobación.

Puede suponerse que, en ese momento, los medios volverán a hacerse eco de lo que parece ser un rasgo característico de estos tiempos, esto es, la polarización frente a los problemas, y las soluciones, en temas de interés general.

Sin perjuicio de otros análisis que puedan realizarse, desde GSIA queremos ofrecer este mes algunas pinceladas que sirvan para la reflexión sobre el propósito de la educación y su significado para los que son sus principales destinatarios hoy. Una reflexión que sirva no solo para el momento de la aprobación de una nueva ley, sino también a durante su implantación y desarrollo.  Pensamos que los cambios necesarios para lograr una educación a la altura de las exigencias de las sociedades del siglo XXI, serán imposibles de conseguir sin la concurrencia, sin la complicidad, de quienes deben ser reconocidos como principales actores: los niños, niñas y adolescentes que transitan por el sistema educativo. 

Son tres las pinceladas que vamos a presentar. En primer lugar, el planteamiento y conclusiones de la Jornada de GSIA celebrada en junio de 2016, que trató, precisamente sobre la educación como un derecho de los niños. En segundo lugar queremos poner el foco en la educación como derecho humano, reconocido en la Declaración Universal de las Naciones Unidas (en la que se basa nuestra Constitución Española) y garantizado a través de dos Convenciones internacionales suscritas por España, como son la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Por último, dedicaremos un espacio a los mecanismos establecidos para la participación de las y los estudiantes en los centros educativos, aspecto en el que consideramos que queda mucho camino por recorrer. 


JORNADA ANUAL GSIA: La Educación por derecho. 

El objetivo de esta Jornada fue el de ofrecer una base para la reflexión sobre el derecho de los niños y niñas a la educación, desde el punto de vista de diferentes actores sociales relacionados con la misma.  Consistió en el desarrollo de cinco mesas temáticas con profesionales de la sociología, la educación y la política, más una mesa de padres y madres, y otra de niños y niñas. 

Todas las personas participantes expusieron sus puntos de vista y debatieron alrededor de las tres mismas cuestiones, propuestas por GSIA: 

1. DERECHO A LA EDUCACIÓN 

2. DERECHOS EN LA EDUCACIÓN 

3. DERECHOS A TRAVÉS DE LA EDUCACIÓN 


Resumen general de las aportaciones de las mesas:

‐ Los ponentes coincidieron en que, aunque formalmente se garantiza el derecho a la escolarización universal, no se consideran los factores condicionantes sociofamiliares determinantes en el acceso y mantenimiento de los niños en la escuela.

‐ El sistema escolar ha sufrido una deriva tendente a segregar, expulsar y estigmatizar a los alumnos entre válidos y no válidos académicamente hablando. A pesar de ser un sistema que implica un gasto social considerable, su estructura anquilosada no sirve para garantizar la igualdad de oportunidades ni de resultados.

‐ Los ponentes buscaban otros enfoques de debate que supusieran la superación de la dicotomía clásica entre público y privado. Sin embargo entraron de lleno en la crítica en lo que se refiere a la formación docente, la desconexión entre alumnado y aprendizaje y la rigidez de las estructuras educativas ajenas al devenir social.

‐ En lo que se refiere a los espacios de participación, todos coincidieron en que las estructuras formales existentes en la escuela no eran suficientes. Más allá de las diferencias en el cómo, todos los ponentes creen que la participación se aprende generando momentos y lugares para las prácticas democráticas.

‐ En relación al inmovilismo de la institución educativa, se realiza una crítica global de la primacía de los intereses de los adultos y de las luchas corporativas entre docentes, padres y autoridades. Una de las ponentes sentenció: “Mientras la mentalidad adulta no cambie en relación al lugar que ocupan los derechos de los niños, no cambiará el sistema educativo


Detalle de las aportaciones de la mesa de Niñas y Niños:

Respecto al Derecho a la Educación los participantes perciben:
‐ Falta de comprensión hacia el alumnado por parte del profesorado y también desánimo en éste.
‐ Se perciben diferencias económicas de base que determinan el acceso educativo a niveles superiores, lo que representa una injusticia de base.
‐ Se perciben problemas sociales que no son atendidos desde la propia educación.
‐ Se dan problemas sociales que se reflejan en las notas: alumnos que se esfuerzan mucho pero obtienen malos resultados por ausencia de atención u orientación adecuadas.
‐ Existen diferencias económicas no sólo entre los alumnos de la pública y de la privada, sino en temas aparentemente menores como el coste de los libros que no pueden ser asumidos por todos los padres, el absurdo cambio de libros de texto cada curso sin que haya un cambio de contenidos en los mismos…
‐ Lo público se reivindica: se entiende que es un Derecho.

Respecto a los derechos en la Educación:
‐ Existe una escala jerárquica en los centros educativos que impide comunicación real y las figuras intermedias como los delegados en realidad no son útiles. La información se pierde por el camino.
‐ La implicación/relación con los profesores depende del instituto y del profesor (se percibe diferencias de trato de los profesores según les caiga cada alumno) más que del sistema. Hay ausencia de una figura de confianza más allá del tutor, ya que éste no siempre es la persona que más confianza da a los alumnos.
‐ Los ponentes son muy conscientes de la importancia de la escucha y la implicación por parte de los profesores.
‐ Existen mecanismos parciales, incompletos, que responden sólo ante problemas puntuales, sin continuidad.
‐ Las instalaciones educativas son muy diferentes entre unos colegios y otros.

Respecto a los derechos a través de la Educación:
‐ Prevalece lo académico, el valor de las notas por encima de los valores humanos y sociales, de conciencia etc.
‐ Se ve necesario trabajar en general más estos valores en los colegios, sobre todo en la etapa de secundaria, donde se dan contenidos solo académicos.




UNA MIRADA A LOS DERECHOS

La educación es un  Derecho Humano Universal
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 así lo establece en su artículo 26:
Toda persona tiene derecho a la educación. 
La educación debe ser gratuita, al menos su nivel elemental, que será, además, obligatorio.
El acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.
Favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el mantenimiento de la paz. 
Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

La educación es un derecho de todo niño o niña, sin ningún tipo de discriminación
La Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de 1989, así lo establece:

Artículo 28. EDUCACIÓN:
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular:
a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos;
b) Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad;
c) Hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre la base de la capacidad, por cuantos medios sean apropiados;
d) Hacer que todos los niños dispongan de información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales y tengan acceso a ellas;
e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar.

Artículo 29. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN:
1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades;
b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;
c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya;
d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena;
e) Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural.

El derecho a la educación de niños y niñas con discapacidad: 
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de 2006, lo establece así: 

Artículo 24. EDUCACIÓN:
1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida,
2. Al hacer efectivo este derecho, los Estados Partes asegurarán que:
a) Las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad;
b) Las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan;
c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales;
d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva;
e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión.



LA PARTICIPACIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO

El derecho a la educación está proclamado en la CE de 1978  que ya establece, en su artículo 27, que: “Los profesores, padres y, si procede, los estudiantes, intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos con fondos públicos”. 
Varias leyes orgánicas posteriores desarrollan este mandato constitucional. 

En primer lugar la Ley de Ordenación de la Educación (LODE, 1985) expresa una idea participativa de la educación esto es, que la organización de cada centro depende de todos los miembros de la comunidad escolar. La participación de los niños en el sistema educativo se establece a través de tres vías: Consejo Escolar, Delegados de Alumnos y Asociaciones de Alumnos.
El Consejo escolar está compuesto por profesores, padres, personal de administración y alumnos. 
.- En conjunto, el número de  padres y alumnos  representados en el mismo no debe ser inferior a un tercio del total (la misma proporción que de profesores). 
.- Los estudiantes eligen a sus  representantes en el Consejo. 
.- Los Delegados de alumnos son  los representantes elegidos en cada clase.
.- Todos los Delegados de un centro, así como los alumnos que son miembros del Consejo Escolar constituyen la Junta de Delegados. 
.- La ley también reconoce a los  alumnos el derecho de constituir y afiliarse a asociaciones con el fin de defender sus intereses. 
.- Los centros privados sostenidos  con fondos públicos (centros concertados) tienen el mismo sistema de representación, mientras que 
.- Los centros privados no están  obligados, si bien pueden establecer sistemas de representación con sus propias normas. 

Posteriormente, la Ley de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Escolares (LOPEGCE, 1995) establece que: 
-Los estudiantes pueden ser elegidos para el Consejo Escolar  desde el primer nivel de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), es decir, cuando tienen 12 años. 
.       Los electores son todos los  estudiantes del centro y su mandato es por dos años
- Los alumnos de Educación Primaria pueden “tener voz” en los Consejos Escolares si las normas internas del centro lo admiten, pero esto no es obligatorio. 
Sin embargo, más adelante, una nueva Ley, de Calidad de la Enseñanza (LOCE, 2002): 
- Eleva la edad para que los alumnos puedan ser elegidos como representantes en el Consejo Escolar, al señalar que esto sucederá a partir del tercer curso de ESO, es decir, con 14 años. 
- Los de cursos anteriores solo podrán participar según lo establezcan las Administraciones Educativas.
 
La siguiente Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006): 
- Retorna a la situación establecida en la ley de 1985, añadiendo la cautela de que los alumnos de los dos primeros cursos de ESO no podrán participar en la selección o cese del Director del centro.

La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE 2013) no modifica el artículo que se refiere a la participación de los alumnos en el Consejo Escolar de los centros públicos.

Por lo que respecta al Proyecto de Ley Orgánica de Modificación de la Ley de Educación (LOMLOE) hay que señalar, en primer lugar, que en el preámbulo se menciona que “la Ley incluye el enfoque de derechos de la infancia entre los principios rectores del sistema, según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989), reconociendo el interés superior del menor, su derecho a la educación y la obligación que tiene el Estado de asegurar el cumplimiento efectivo de sus derechos”.
Respecto al articulado, una modificación del artículo 119, en su primer apartado, abre una pequeña ventana al reconocimiento de la participación activa de los estudiantes en la comunidad educativa:   
«1. Las Administraciones educativas garantizarán la participación activa de la comunidad educativa en las cuestiones relevantes de la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros, fomentando dicha participación especialmente en el caso del alumnado, como parte de su proceso de formación.»


Equipo Asociación GSIA










La Asociación GSIA desea a todos Felices Fiestas.

Desde GSIA agradecemos a todos los niños, niñas y adolescentes 
el esfuerzo y la responsabilidad que han ejercido  tanto en su vida familiar, 
en su tarea educativa o con su ejemplar comportamiento contra el virus  
en cada día de este aciago año que no debimos haber vivido.

Por eso nuestro deseo, y nuestra responsabilidad, 
es conseguir la salud colectiva en este año que ahora comienza, 
porque los NNA han entendido antes que muchos adultos 
que en una pandemia o nos salvamos todos, o no nos salvamos. 

Gracias!. 

Feliz Navidad!. 

Saludable año 2021!. 

Diseño de Mavi.

La protesta social de los jóvenes "sin miedo" se convierte en el motor de cambio de América Latina.

Las protestas lideradas por jóvenes en este último tiempo 
han generado cambios importantes en países como Chile, que redactará una nueva Constitución; 
Guatemala, que suspendió la aprobación de unos polémicos presupuestos; 
o Perú, donde el presidente interino Manuel Merino tuvo que renunciar. 
Esta nueva generación protestan contra un sistema que consideran injusto y corrupto. 

María García Arenales. 

El estallido social como consecuencia del descontento ciudadano no es ninguna novedad, y menos en América Latina, una de las regiones más desiguales del mundo. Sin embargo, la frecuencia de las protestas multitudinarias ha ido en aumento en los últimos años, sobre todo desde que en 2015 los precios de materias primas como el petróleo, el cobre o la soja se desplomaron, provocando un efecto devastador en la región. A partir de ese año no solo crecieron las tasas de pobreza en Latinoamérica, sino también los movimientos neopentecostales y la extrema derecha, lo que generó un contexto mucho más incierto en una situación de descrédito de la democracia por su incapacidad de dar respuestas adecuadas a los problemas de la población.

Los jóvenes, al igual que ocurrió en épocas pasadas en América Latina, están siendo ahora los grandes protagonistas de las movilizaciones sociales que ha habido en países como Chile, Perú, Ecuador, Bolivia o más recientemente Guatemala. Protestan por la desigualdad, la corrupción, la fragilidad institucional, la falta de oportunidades o la informalidad laboral y lo hacen de diversas formas, desde caceroladas y protestas pacíficas en plazas hasta saqueos y destrucción de mobiliario público. 

Una nueva generación
A diferencia de los jóvenes de generaciones anteriores, los de esta han nacido inmersos en un entorno digital y no tienen ni miedo ni traumas por haber vivido en dictadura, si bien, se han criado en un ambiente de crisis y precariedad constante. Las redes sociales se han convertido en una herramienta fundamental para sus reclamos.

"Hay tres aspectos importantes. El primero es que se trata de personas nacidas y educadas en la era digital, con todo lo que eso implica en términos de sociabilidad, y lo segundo es

Hablando de Infancia y Adolescencia: Revista GSIA, mes de Diciembre 2020.

                Hablando de Infancia y Adolescencia.    


La Asociación GSIA edita esta publicación periódica  y  digital,
que analiza la actualidad recogida por los medios 
en relación a la infancia y la adolescencia, 
aportando nuestro propio enfoque 
con distintos secciones, artículos y columnas de opinión.




Los derechos de la infancia no están en cuarentena

“Protegedme de la sabiduría que no llora, de la filosofía que no ríe y de la 
grandeza que no se inclina ante los niños.” 
Como diría el poeta libanés, Khalil Gibran, protegednos 
de la grandeza que no se inclina ante los niños. 

El 20 noviembre se celebra en todo el mundo el Día Universal del Niño, que cada año recuerda la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 1989.  Este año en especial, por la crisis generada debido a la pandemia en todos los ámbitos de la humanidad, queremos hacernos eco del incumplimiento de los derechos y obligaciones recogidos en dicho texto internacional por parte de los diversos actores de la sociedad. 

Con especial hincapié, nos gustaría remarcar, como recogen los artículos 12 y 13, que los Estados deben garantizar a los niños y niñas el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones. Con tal fin, se dará en particular a los niños y niñas la oportunidad de ser escuchados. Además,  se debe reconocer el derecho a la libertad de expresión en la forma y medio elegido por los niños y niñas sin restricción de fronteras

Queremos reclamar la puesta en práctica de estos artículos olvidados por muchos y por el que su incumplimiento tanto hace sufrir hoy en día a todos los niños, niñas y adolescentes.
En las noticias de este mes, mostramos cómo a menudo son olvidados los derechos inherentes a la vida, la salud y la educación, el derecho a jugar, a la vida familiar, a la protección frente a la violencia y la discriminación, y a que se escuchen sus opiniones.

En esta edición queremos dejar claro, como recoge el artículo de La Vanguardia, que los derechos de la infancia no están en cuarentena. El nuevo mundo de la era de la digitalización y las redes sociales, si bien proporciona una manera eficaz de expresión para los adolescentes, también es motivo de intimidación que a menudo se muestra en la falta o el silencio de sus opiniones.  Unicef, la Universidad de Santiago de Compostela y el Consejo General de Colegios de Ingeniería Informática, realizan un estudio muy interesante sobre Derechos de infancia en el entorno digital en el que os animamos a participar.

La Convención sobre los Derechos del Niño recoge una premisa que nos parece propia de una edad pero de la que muchos no disfrutan, ni tienen oportunidad para hacerlo, el derecho a jugar, tan importante para el desarrollo cognitivo, social y personal de los niños y niñas....  

En este número, en la sección Escaparate GSIA, no te pierdas el 

Especial sobre Derecho a la Educación y LOMLOE. 

 


Equipo GSIA.  

Acceso números anteriores de la Revista "Hablando de Infancia y Adolescencia".

También en la web puedes encontrar Documentación relativa a la infancia y la adolescenciaartículos, documentación, investigaciones, estudios,  legislación, etc.

Una infancia sin otros niños: una generación criada en cuarentena, una donde no hay otros niños.

La COVID-19 ha significado que los niños más pequeños 
no puedan ir a fiestas de cumple, ni  a citas para jugar. 
Los padres los mantienen fuera de la escuela infantil. 
¿Cuál es el efecto de la pandemia en nuestra próxima generación?.
Alice forma parte de una generación 
que vive en un nuevo tipo de burbuja especialuna donde no hay otros niños. 
Son los niños pequeños de la COVID-19. 
 
Matt Richtel*, 
Cayce Clifford para The New Y.T.
Alice McGraw, de dos años, caminaba con sus padres en el lago Tahoe este verano cuando apareció otra familia que se dirigía hacia ellos. La niña se detuvo.
“Oh, oh”, dijo. Y señaló, mientras exclamaba: “Personas”.
Su madre comentó que la niña ha aprendido a mantener la distancia social adecuada para evitar el riesgo de contagio de coronavirus. 

De esta y otras maneras, Alice forma parte de una generación que vive en un nuevo tipo de burbuja especial, una donde no hay otros niños. Son los niños pequeños de la COVID-19.
Para ella y para muchos de sus compañeros se acabaron las citas para jugar, las clases de música, las fiestas de cumpleaños, la serendipia en el arenero o el vuelo en paralelo en los columpios contiguos. Muchas familias omitieron la inscripción a la guardería en otoño y otras la abandonaron debido a la nueva oleada de casos de coronavirus.

Ahora que los meses de aislamiento invernal se avecinan, los padres están cada vez más preocupados por las consecuencias de las carencias sociales en el desarrollo de sus hijos pequeños.

“La gente trata de sopesar los pros y los contras de lo que es peor: poner a su hijo en riesgo de contraer covid o en riesgo de enfrentarse a un grave obstáculo social”, señaló Suzanne Gendelman, cuya hija, Mila, tiene 13 meses de edad y antes de la pandemia había sido una compañera de juegos habitual de Alice McGraw.
“Mi hija ha visto más jirafas en el zoológico que a otros niños”, dijo Gendelman.

Es demasiado pronto para que existan investigaciones publicadas sobre los efectos de los cierres por la pandemia en niños muy pequeños, pero los especialistas en desarrollo infantil aseguran que es probable que no afecte a la mayoría de los niños porque, a esa edad, sus relaciones más importantes se dan con los padres.

Informe Europeo y Foro sobre los desafíos y avances del Sistema de Protección y Reforma, Presentación de Resultados.

 

PRESENTACIÓN DE RESULTADOS DEL INFORME EUROPEO Y FORO
 SOBRE LOS DESAFÍOS Y AVANCES DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN Y REFORMA


PONENTES
 Dª. Giovana Cangahuala. Presidenta. DNI España
D. Kepa Paul Larrañaga. Presidente. Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia - GSIA
D. Benoit van Keirsbilck. Director.  DNI Bélgica. Nuevo miembro electo del Comité de Derechos del NIño de Naciones UNidas
Dª. Eva Gangneux. Oficial de abogacía. DNI Bélgica
Dª. Virginia Murillo. Socióloga. DNI España
D. Tomás L. Martín Rodríguez. Magistrado de instrucción nº3 de Las Palmas
Dª. Isabel Lázaro González. Universidad Pontificia Comillas
Dª. Cristina Guerrero Millara. Responsable del programa de infancia en Andalucía, Cruz Roja Española
D. Ignacio Campoy Cervera. Universidad Carlos III
 
MODERAN
Dª Nerea Tello. DNI España
Dª Maribel Illescas. Directora del CAI 1 del Ayuntamiento de Madrid  
 

Cuando: Miércoles, 16 de diciembre de 2020

Horario: de 10.00 a 13.30 horas (hora española)


Donde: Plataforma WEBEX (se remitirá a los/las inscritos/as el enlace la víspera del evento)

MODERAN
 
Dª Nerea Tello. DNI España.
Dª Maribel Illescas. Directora del CAI 1 del Ayuntamiento de Madrid.
 
Cuándo: Miércoles, 16 de diciembre de 2020,
Horario: de 10.00 a 13.30 horas (hora española),
Dónde: Plataforma WEBEX (se remitirá a los/las inscritos/as el enlace la víspera del evento).
 
La Red Justicia Amigable y Accesible para los Niños Niñas y Adolescentes (CFJ, Child Friendly Justice) cree que no hay derechos del niño sin una justicia amigable del niño y considera que es necesario adaptar los sistemas de justicia y de protección a las especificidades de los niños: sus necesidades particulares, capacidades y vulnerabilidad.
En los últimos dos años, socios de 7 países (Bélgica, Países Bajos, Francia, República Checa, Italia, España y Grecia) realizaron investigaciones para comprender los desafíos y las mejores prácticas que se encuentran en la implementación efectiva de los principios de Justicia Adaptada a los niños, en procedimientos administrativos que involucran a niños en contextos de migración.

Defensa de Niñas y Niños – Internacional, DNI Internacional España y el Grupo de Sociología de la Infancia y Adolescencia - GSIA han venido trabajando juntos en promover y generar conocimiento alrededor de los derechos de participación y consideran que el acceso a la justicia es indispensable para la garantía de los derechos humanos tanto en procedimientos administrativos como judiciales.
 
En ese sentido unen esfuerzos para convocar al evento de presentación de resultados en el marco del proyecto ERASMUS + y de la Red Europea, así como para reflexionar acerca de los desafíos existentes en los sistemas de protección y reforma en cuanto a los derechos de participación y las personas menores de edad en contexto de migración.

Programa:
Objetivo: Conocer resultados del estudio europeo y opinión de adolescentes migrantes no acompañados tutelados, los principios de la Justicia Adaptada para los niños, niñas y adolescentes y reflexionar acerca de los desafíos y avances de los sistemas de protección y reforma en España.

10,00 a 10,15 hrs. Bienvenida y encuadre del proyecto ERASMUS +,
Intervienen: Giovana Cangahuala y Kepa Paul Larrañaga.

10,15 a 10,40 hrs. Introducción sobre las directrices de Justicia Amigable para los niños, niñas y adolescentes,
Interviene: Benoit van Keirsbilck.

10,40 a 11,00 hrs. Presentación de resultados del informe europeo,
Interviene: Eva Gangneux.

11,00 a 11,20 hrs. Resultados de consulta a adolescentes migrantes tutelados,
Interviene: Virginia Murillo.

11,30 a 12,50 hrs. Panel: Desafíos y avances des Sistema de Protección y Reforma: propuestas, perspectivas y aprendizajes desde los diferentes ámbitos,
Intervienen: Tomás L. Martín, Isabel Lázaro, Cristina Guerrero, Ignacio Campoy.

12,50 a 13,10 hrs. Espacio de diálogo con los y las asistentes.

13,10 a 13,30 hrs. Elementos centrales de la jornada y cierre,
Intervienen: Kepa Paul Larrañaga y Virginia Murillo.


Inscripción gratuita.


** Ultima hora: El pasado día 18 de noviembre, El Consejo General del Poder Judicial ha fallado los IX Premios a la Calidad de la Justicia, en la categoría Justicia más accesible, modalidad "órgano judicial" para el Juzgado Decano del partido judicial de Las Palmas de Gran Canaria por su proyecto “Eficacia para resolver con rapidez y calidad las demandas de los justiciables”, con el que se ha establecido un protocolo de actuación para facilitar el acceso a la Justicia de menores o personas vulnerables, generando espacios de tranquilidad, confianza y seguridad y evitando la victimización secundaria. Juzgado dirigido por este ponente, el Magistrado Tomás Luis Martín Rodríguez,  también asociado de la Asociación GSIA.



Los Derechos de la Niñez a través del Cine, libro.

 Carlos Villagrasa Alcaide, 
Cristián Lepin Molina. 
ADDIA, 
Univ. Barcelona,  
HUYGENS Editorial. 

El pasado 4 de diciembre fue presentado, desde Chile, el libro "Derechos de la Niñez a través del cine".

Un libro necesario que permite "leer" las películas con un enfoque diferente sobre el cine y los derechos de la infancia, que pocas veces que se ha dado al tratamiento de los mismos desde el cine. 
El cine es portador de valores y contravalores que se referencian con la Convención sobre los Derechos del Niño.

Un recurso que nos parece de interés  y  en el que han colaborado socios de la Asociación GSIA.








Maltrato infantil, Cifras y Datos: Boletín especial OIA.

Berta Ruiz Benítez. 
Junta de Andalucía. 
Cª. de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.  
Escuela Andaluza de Salud Pública. 
Cifras y Datos nº16, diciembre 2020: 
Maltrato infantil. 

 

Descarga el Informe.

El maltrato contra la infancia y adolescencia se presenta como un problema de salud pública entre otras cosas por la múltiples consecuencias que se alargan hasta la vida adulta. 

La Convención de los Derechos del Niño (1989) reconoce como derecho fundamental la protección contra los malos tratos, y a partir de aquí, tanto a nivel nacional como autonómico las administraciones competentes elaboran un entramado legislativo para proteger a la infancia y adolescencia.

En este nuevo número de Cifras y Datos se aborda en primer lugar, la tipología de maltrato así como los indicadores de cada uno de ellos. 

En segundo lugar, para conocer la incidencia del maltrato infantil, tarea difícil en su abordaje, se recogen los datos desde la perspectiva de los registros oficiales sobre notificaciones de posibles sospechas de maltrato infantil que se ponen a disposición de las y los profesionales que trabajan con la infancia y adolescencia para detectar y notificar posibles casos. 

Para conocer los datos de España se ha extraído información del Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI) y, en Andalucía, del Sistema de Información de Maltrato Infantil (SIMIA), además de los datos de las líneas de atención telefónica disponibles para la notificación de casos de maltrato infantil por la sociedad en general.