Hito del Juzgado de Violencia contra la Infancia de Las Palmas:
Practica la primera prueba preconstituida con menor que declara desde su casa.
Esta prueba evita que tenga que asistir al juicio.
El Juzgado de Violencia contra la Infancia y adolescencia de Las Palmas de Gran Canaria -el de Instrucción número 3-, realizó ayer (02/03/2023) la primera toma de la declaración de una víctima menor de edad de un delito contra la libertad sexual desde su propio domicilio, lugar designado por la propia víctima para prestar testimonio.
Este pionero Juzgado lo alberga el de Instrucción número 3 de Las Palmas. |
La declaración tendrá el valor de una prueba preconstituida, de modo que la víctima no tendrá que acudir al acto del juicio oral, si este se produce. Un hito.
Evitar la revictimización o victimización secundaria es uno de sus objetivos.
Mientras el juez Tomás Martín interrogaba a la víctima, que estaba en su domicilio, en el partido judicial de San Bartolomé de Tirajana, el resto de las partes, cuya intervención es obligatoria -representante de la Fiscalía, abogados de las partes- escuchaban y veían todo desde la sala de observación de las dependencias del Juzgado.
Al concluir el interrogatorio, las partes pudieron hacer a la víctima, a través del magistrado, las preguntas que estimaron procedentes, asegurando así el pleno respeto a los principios de contradicción y defensa, pero al mismo tiempo, atendiendo a las especiales circunstancias de vulnerabilidad de la víctima.
Tanto durante como al concluir la declaración, la frecuencia cardíaca y niveles de estrés de la presunta víctima fueron estables y óptimos, elementos que el juzgado registra mediante pulseras que porta la víctima con el fin de asegurar su bienestar durante la declaración.
Desde el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) destacan que «este modo de realizar la denominada prueba preconstituida -que evita que las personas denunciantes tengan que acudir al acto del juicio, al quedar grabado su testimonio, con los requisitos mencionados- se revela esencial para casos de presuntas víctimas con discapacidad, determinados trastornos en los que un cambio de espacio pueda incidir en su testimonio o personas especialmente vulnerables necesitadas de especial protección».
MEDIOS ADECUADOS
El sistema monitoriza la frecuencia cardiaca y el nivel de estrés mientras se practica la prueba |
El Juzgado ha destacado que todo esto ha sido posible a partir del impulso de la Consejería de Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias y del apoyo firme de la viceconsejera de Justicia, Carla Vallejo, para la dotación de los medios precisos que permitieran realizar una diligencia de un modo hasta ahora desconocido, se subraya desde el órgano judicial.
Según explica, mediante la dotación de los dispositivos técnicos adecuados (denominados Bird en el ámbito profesional), el personal del juzgado puede conectarse telemáticamente desde cualquier punto de la Isla con la Ciudad de la Justicia), logrando que el testimonio de la víctima quede grabado en alta resolución, tanto la imagen como el sonido.
El TSJC destaca que la Ley Orgánica de Protección a la Infancia y Adolescencia y, en el marco de su desarrollo, la estrategia nacional de erradicación de la violencia contra la infancia y adolescencia «remarcan la necesidad de crear y fomentar entornos protectores, se enfatiza desde el órgano judicial».
Los sistemas amigables son multidisciplinares, practican la atención integral y comunican y se coordinan entre ellos, «poniendo el bienestar del niño, niña o adolescente en el centro».
Evitar la revictimización o victimización secundaria es uno de sus objetivos.
Un entorno seguro se define como aquel que respete los derechos de la infancia y promueva un ambiente protector físico, psicológico y social. Con esta experiencia se trata de seguir avanzando en la consolidación de servicios amigables o adaptados: «sistemas que garantizan el respeto y la efectiva realización de todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes al más alto nivel posible, teniendo presentes en particular los principios de participación, de no discriminación, del interés superior y de supervivencia y desarrollo».
Esto supone, señala el TSJC, que la concepción y el funcionamiento de los servicios como la justicia, los servicios sociales y sanitarios se adaptan a las necesidades específicas de cada niño o adolescente y protegen su integridad, dignidad y privacidad, cuentan con profesionales formados en materia de infancia y adolescencia y comunican de forma adaptada a las capacidades, edad y madurez de estos.
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