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Educación y TICs en Latinoamérica, Boletín SITEAL
Cadena perpetua a niños.
CONDENAS INHUMANAS.
Según una investigación publicada por CRIN, los niños, niñas y adolescentes pueden ser condenados a cadena perpetua en 73 países del mundo. El nuevo informe,Condenas inhumanas: cadena perpetua a niños de todo el mundo (en inglés), revisa leyes de todos los Estados para analizar de qué manera los niños pueden ser condenados a cadena perpetua. Asimismo, examina qué nuevos regímenes de penas se han implantado en los países en los que se ha abolido la prisión perpetua. Este documento también presta atención a cómo se han empleado los mecanismos de derechos humanos a nivel internacional, regional y nacional para combatir la cadena perpetua para menores y qué posibilidades ofrecen a los activistas.
Para leer la información recopilada sobre los países hispanoparlantes y de las Ámericas en español, haz clic aquí.
Cadena perpetua para niños de todo el mundo
Las sentencias a cadena perpetua abarcan un gran rango de prácticas: desde las formas más severas, en las que la persona es sentenciada a morir en prisión, hasta sentencias más indeterminadas; cuando son dictaminadas estas últimas, no dejan claro el tiempo que la persona condenada pasará en prisión. Lo que todas las penas tienen en común es que cuando son dictadas una persona probablemente pasará el resto de su vida en prisión.
La historia jurídica y la cultura han sido claramente influyentes en la abolición de la cadena perpetua. De los 73 Estados que permiten este tipo de condenas para niños, 46 se encuentran en la Mancomunidad de Naciones. Es difícil ignorar el impacto que la tradición del derecho penal británico ha tenido en los Estados de la Mancomunidad, entre los que se incluye un enfoque punitivo hacia las sentencias de menores. Por el contrario, casi todos los Estados de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa han prohibido este tipo de condenas para niños. Esto se debe a la influencia de las fuertes restricciones en las detenciones introducidas tras el colapso del régimen del Estado Nuevo portugués. La tradición jurídica española también ha sido en gran parte contraria a la cadena perpetua; práctica que está erradicada casi por completo en América Latina. Asimismo, en Europa este tipo de condena es cada vez menor. Tan solo tres Estados la mantienen claramente, mientras que otros tres continúan mostrando una posición ambigua al respecto.
La cadena perpetua, cuando se lleva a cabo con niños, adopta diversas formas:
En aproximadamente nueve Estados es legal sentenciar a un niño a una cadena perpetua sin libertad condicional, lo que equivale a un encarcelamiento de por vida para el menor. No obstante, solo Estados Unidos emplea actualmente esta sentencia.
Sin duda alguna, la manera más común de cadena perpetua a un menor es la que permite una detención de por vida pero sujeta a la posibilidad de ser puesto en libertad condicionalmente. Esta ley está vigente en 63 países.
La detención a discreción de los tribunales o del Ejecutivo figura entre las leyes de los 27 Estados de la Mancomunidad. Esta forma de sentencia se basa en la tradición de Derecho penal británico. En algunos sistemas jurídicos, la diferencia entre la sentencia mencionada anteriormente y la cadena perpetua pueden acabar siendo insignificantes. En Reino Unido, las provisiones de liberación son las mismas que las que se aplican a la cadena perpetua; mientras que en Kenia la puesta en libertad solo puede garantizarse si se emplea la prerrogativa de indulto. Por consiguiente, las provisiones de liberación quedan a voluntad del presidente y la cadena perpetua sin la posibilidad de libertad condicional serán oficialmente lo mismo.
Como parte de la investigación, CRIN ha publicado unos perfiles de países (en inglés) en los que se detalla la legalidad de la cadena perpetua en cada Estado. Asimismo, habla de cómo se define este tipo de condena y de la disponibilidad de otras sentencias de detenciones prolongadas en el Derecho nacional. También puede leerlos perfiles de los países hispanoparlantes y de las Ámericas en español.
¿Cuántos niños se ven afectados?Uno de los objetivos de la investigación era determinar cuántos niños se ven afectados por las sentencias a cadena perpetua en todo el mundo; y se pueden encontrar algunas cifras en el informe y los perfiles. Desafortunadamente, no ha sido posible obtener una descripción más detallada. Mientras que varios Estados a menudo publican datos sobre sentencias del sistema de justicia de menores, ningún país hace públicas las estadísticas completas o actualizadas sobre el número de personas que cumplen cadena perpetua por delitos que cometieron siendo menores de 18 años. Además, tampoco revelan la cantidad de tiempo que dichas personas pasaron en prisión preventiva. Esta carencia de acreditación y de información actualizada, no solo dificulta que los Estados rindan cuentas por su trato a los niños, sino que también mina la capacidad de los países para participar en investigaciones basadas en revisiones de aplicación de sentencias y en fondos de rehabilitación.
Desarrollando normas internacionales
La comunidad internacional se ha centrado durante mucho tiempo en la cadena perpetua sin libertad condicional (LWOP, por sus siglas en inglés), un tipo de sentencia destacada en muchos tratados de derechos humanos. Pese a que la LWOP es, sin lugar a dudas, la cadena perpetua más severa, este enfoque ha servido para enmascarar formas de pena perpetua generalizadas y no tan evidentes. Pero en los últimos años, este planteamiento más limitado hacia la cadena perpetua de menores ha comenzado a cambiar. La Asamblea General primero instó a los Estados a considerar la derogación de los distintos tipos de cadena perpetua de niños en 2012. Asimismo, el Consejo de Derechos Humanos exhortó en dos ocasiones a los Estados a que eliminasen este tipo de condena para niños tanto en su legislación como en la práctica. A principios de este mes, el Relator Especial sobre la tortura confirmó que la cadena perpetua y las penas de larga duración son crueles, inhumanas y degradantes y reclamó la prohibición de esta condena hacia los niños en todas sus formas.
El informe registra el desarrollo de los estándares internacionales e incluye un análisis completo del modo en el que los mecanismos de los derechos humanos de las Naciones Unidas han instado a que los Estados rindan cuentas sobre la cadena perpetua de menores.
Combatir la cadena perpetua para niños
El informe desveló una gran variación entre las maneras en las que los tribunales regionales sobre derechos humanos habían respondido para impugnar la compatibilidad de la cadena perpetua y las normas de derechos humanos. Estas variaciones abarcan desde la prohibición categórica establecida por la Corte Americana de Derechos Humanos en 2013, hasta las restricciones progresivas impuestas por Estados Unidos en materia de cadena perpetua junto con la situación, todavía sin aclarar, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha abordado la cadena perpetua en adultos en los últimos años pero no ha aclarado cómo se aplicarán estos estándares a los niños.
El informe examina estos casos en profundidad con el fin de analizar cómo podrían enfocar los futuros retos en la lucha contra la cadena perpetua para menores. También puede consultar casos de cadena perpetua publicados a través de la base de datos legal de CRIN, a la que iremos añadiendo nueva información en las próximas semanas y meses.
La campaña continúa
Esta investigación forma parte de la campaña de condenas inhumanas de CRIN que fue puesta en marcha para continuar con el estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños. El estudio de la ONU determinó la eliminación de la pena de muerte, la cadena perpetua y las penas corporales como requerimientos básicos para suprimir la violencia de los sistemas de justicia juveniles.
Nosotros nos centramos en este tipo de sentencias en concreto no solo porque eliminarlas hará que los sistemas jurídicos de todo el mundo se pongan en completa conformidad con los derechos de los niños, sino porque figuran entre las violaciones de derechos más graves del sistema de justicia. Además, su erradicación debe ser un punto de partida en cualquier reforma significativa de la justicia de menores. CRIN cree que la erradicación de los castigos crueles, inhumanos y degradantes debe ser parte de un progreso mayor hacia un sistema de justicia que respete plenamente los derechos de los niños.
Para más información:
- Lea el resumen del informe y las recomendaciones (en español)
- Lea el informe completo (en inglés)
- Analice los perfiles de los países hispanoparlantes y de las Ámericas en español donde se examinan sus legislaciones nacionales y sus prácticas en profundidad
- Los perfiles de países en África, Asia, Europa y Ocea
nía - Lea el documento de orientación de CRIN: Dejemos de convertir a los niños en criminales
- Explore la jurisprudencia sobre la cadena perpetua, la pena de muerte y la pena corporal, disponible en la base de datos jurídica de CRIN
- La ONG sobre la Violencia contra los Niños, Crear un sistema judicial juvenil sin violencia.
Dar el pecho en lugares públicos de Euskadi se convierte en un derecho
Eduardo Azumendi
La nueva Carta de Derechos y Deberes de las personas en el Sistema
Sanitario de Euskadi recoge por primera vez como un derecho de las
mujeres amamantar a su bebé en cualquier espacio público.
La lactancia materna en
pública nunca ha pasado desapercibida. Se trata de un debate que, en
mayor o menor medida, no deja de generar polémica. Bien porque se trata
de normalizar o porque las madres agraviadas protestan por miradas
inquisitivas o comentarios reprobatorios. A partir de ahora, amamantar a
los bebés en cualquier espacio público de Euskadi se ha convertido en
un derecho con todas las de ley.
El
artículo 9 de la Carta, dedicado a la asistencia sanitaria específica
referida a la salud sexual y reproductiva, refleja que las mujeres
tienen derecho a ser “informadas y formadas en materia de lactancia
materna con objeto de fomentar su utilización en la alimentación
infantil” y a “ejercer el derecho a amamantar a los hijos e hijas en
cualquier espacio público”. La anterior Carta de Derechos y Deberes
estaba vigente en Osakidetza desde el año 1989 y la nueva va más allá de
mero catálogo de derechos y aspira a promover un ética de máximos. Y
por eso, incorpora, por primera vez, derechos vinculados directamente
con la buena organización y gestión del sistema sanitario, derechos
referidos a colectivos integrados por personas vulnerables, así como
sobre las necesidades específicas de personas afectadas por enfermedades
raras y relativos a la infancia, adolescencia, sexualidad,
reproducción, ancianidad y final de la vida.
Entre las novedades destaca
el derecho a amamantar en público, algo que, quien más y quien menos,
podía dar por supuesto, pero que ahora no deja ningún lugar a las dudas.
Precisamente, del 1 al 7 de agosto se ha celebrado en más de 170 países
la Semana Mundial de la Lactancia Materna, destinada a fomentar la
lactancia materna, o natural, y a mejorar la salud de los bebés de todo
el mundo. Con la Semana Mundial se conmemora la Declaración de
Innocenti, formulada por altos cargos de la OMS y el UNICEF en agosto de
1990 con el fin de proteger, promover y respaldar la lactancia materna.
Según la OMS, la lactancia natural es el mejor modo de proporcionar al
recién nacido los nutrientes que necesita y la recomienda como modo
exclusivo de alimentación durante los seis primeros meses de vida. A
partir de entonces se recomienda seguir con la lactancia materna hasta
los dos años, como mínimo, complementada adecuadamente con otros
alimentos inocuos.
Juan
Luis Uría, presidente de la Asociación por el Derecho a la Salud,
aplaude la nueva redacción de la Carta de Derechos y Deberes. “Cuando
las cosas no están reguladas, siempre hay alguien que te puede llamar la
atención, aunque parezca que lo que haces es de lo más normal, como dar
el pecho a tu hijo, es decir, alimentarle. Ahora, ya no hay ninguna
duda al respecto”.
¡Atención! Aquí hay niños debatiendo sobre filosofía: ‘Filosofía visual para niños’.
.“Los niños van a pensar, aunque nos empeñemos en que no lo hagan”.
Necesitamos que los niños tengan voz,
esa voz que muchas veces apaga el sistema educativo al que pertenecen.
Advertimos a todos los adultos que antes de seguir leyendo este
artículo se hagan una sencilla pregunta: ¿Son ustedes de los que
necesitan instrucciones o una guía exhaustiva para entender las cosas?
Si la respuesta es afirmativa, quizá no deberían seguir leyendo. O quizá
sí, quizá hoy deberían hacer una excepción.
Porque Ellen Duthie y
Daniela Martagón nos traen, en unas cajas muy atractivas, Filosofía visual para niños: 14
láminas que van a dar mucho que pensar, con más de 100 preguntas que se
van a multiplicar en nuestras cabezas y en el intercambio dialéctico
que vendrá después.
Filosofía visual para niños, de Wonder Ponder, es un
proyecto que nace en un aula de niños de cuatro años.
Cada dos semanas
se reunía con ellos Ellen Duthie para realizar una sesión de filosofía
para niños. Una iniciativa nacida de la mano de Matthew Lipman en 1970,
que vio en la filosofía el modelo necesario para hacer una
transformación de las prácticas educativas tradicionales, buscando el
desarrollo cognitivo del pensar en detrimento de la repetición
memorística de los conceptos.
En las primeras sesiones, Ellen Duthie abría el diálogo sobre un tema
concreto en torno a un álbum ilustrado, a veces sobre algunas
fotografías, donde viajaba con los niños en búsqueda de las teorías del
por qué de las cosas. “Tratábamos de definir qué era un buen amigo, qué
entendíamos por reparto justo, ¿siempre hay que repartir la tarta en
tantos trozos como niños hay o más bien habría que repartirla
dependiendo de sus necesidades, de si uno es más grande o tiene más
hambre?”.
Un día, Ellen Duthie quiso tratar la crueldad con los niños y ahí
todo cambió.
No terminaba de encontrar el libro ilustrado que tratara el
tema como ella necesitaba. Su cabeza pedía determinadas escenas y le
trasladó esa inquietud a su amiga la ilustradora Daniela Martragón.
Ella, en muy poco tiempo, preparó las escenas que Ellen necesitaba.
“Cuando las utilicé en clase, enseguida vi que el enganche de las
imágenes con el tema era directa. Los niños empezaron rápidamente a
construir cosas. Nunca me había pasado eso en sesiones anteriores. Las
escenas que Daniela había dibujado eran inmediatas, lo que no pasaba con
los álbumes ilustrados”.
La primera sorpresa al abrir las cajas es que no nos vamos a
encontrar por ningún lado con una guía exhaustiva de uso, sólo con una
pequeña tarjeta orientativa.
Hay tantas formas de usar Filosofía visual para niños
como usuarios distintos se acerquen a ellas. Desde el enfoque más
frívolo, donde simplemente echemos una sonrisa al ver las láminas de
golpe. Hasta el enfoque más profundo, donde con un grupo de niños se
organicen el debate y el diálogo como vehículos para el aprendizaje. Se
pueden usar en modo individual o en modo grupal. Puede ser un material
para niños o para adultos. Con tutorización o dejándoles al libre
albedrío. Cualquier uso es correcto, siempre y cuando abramos las cajas
sin prejuicios.
La idea fundamental del proyecto es provocar un divertido juego en
las cabecitas de los más pequeños. Pero también en las cabezotas a
menudo duras de los adultos. “Juega tú también, métete a pensar tú
también con ellos. Los adultos que han utilizado las cajas se han
quedado pegados a ellas mucho rato, porque no encuentran respuestas
claras. Sobre todo porque pensaban que sí las tenían. Al principio es un
choque brusco, pero enseguida empiezas a disfrutar. Y es que de repente
hay un autorreconocimiento de tu incertidumbre y te entran una ganas
terribles de ponerte a pensar”, nos cuenta Raquel Martínez Uña, editora
del proyecto.
De momento están en el mercado Mundo cruel y Yo, persona, cada una con unos objetivos de trabajo muy concretos. Mundo cruel quiere
hacernos reflexionar sobre el concepto de crueldad y sus derivados. Es
una caja que quiere que hablemos con seriedad de este concepto con
preguntas del tipo: ¿Matar hormigas te parece cruel?¿Crees que a veces
los niños son crueles con los adultos?¿Cualquiera puede ser una víctima?
Yo, persona invita a asombrarte y reflexionar sobre dos
preguntas muy cortas y no tan sencillas: ¿Quién soy? (¿Yo?) y ¿Qué soy?
(¿Persona?). Si te atreves a adentrarte en la resolución de estas dos
cuestiones, tendrás que tomarte tu tiempo y reflexionar sobre los puntos
clave de cada una de las preguntas de cada lámina.
Pronto vendrán más cajas para tratar temas como la libertad, la
realidad, la imaginación, la felicidad, lo posible y lo imposible.
El humor está muy presente en todo el proyecto y se nota al ver los
dibujos de las escenas. “Empleamos el humor como forma de cuestionarnos
cosas. Una escena te puede hacer gracia y te hace preguntarte cómo te
sentirías si estuvieras pasando por esa vivencia. Te ayuda a
cuestionarte todo lo que hay dentro de ti, a tomarte las cosas de una
forma menos seria. Además, no hemos hecho algo especialmente bonito o
cómodo, esa era la primera trampa de la que queríamos huir. Hemos
intentado que haya varios niveles de lectura. Con un punto de humor, el
juego engancha mucho mejor. Las escenas son ricas e interesantes, son
para todos los públicos y poder afinar eso nos ha llevado mucho trabajo.
Ningún adulto puede quedarse indiferente antes las escenas, como les
pasa a los niños”, nos explica Daniela Martagón, que ilustra el
proyecto.
Tanto Ellen como Daniela han hecho un esfuerzo muy grande a la hora
de redactar las preguntas y elaborar las escenas, revisándolas
minuciosamente para sacar el mayor partido posible de cada una de las 14
láminas. “Vamos a hacer siempre una pregunta desde el ángulo
completamente opuesto al que puedas estar mirando las escenas. Las
escenas y las preguntas están pensadas para que se dé la sorpresa tanto
en el niño como en el adulto. Queremos jugar con ellos”. Incluso en el
proceso de producción han trabajado duramente. Desde el primer momento
querían un producto 100% hecho en España, sostenible, con gastos
asumibles y sin que se disparara el precio final del producto.
Los adultos que no son nadie sin las guías de uso tendrán que
relajarse un poco ante este innovador material. “Tendrán que prepararse
un poco una vez que abran las cajas, leerse las preguntas, posicionarse
antes de iniciar la conversación, para así poder enriquecer el diálogo
entre los niños. Para evitar que se vayan del tema, para ayudarles a
concretar, para reconducir. Si no puedes salir del ‘yo necesito un libro
de texto para trabajar’, este material quizás no sea para ti. Sé que no
es un material que puedan utilizar todos los maestros”, afirma Ellen
Duthie.
Estamos ante unas nuevas cajas de Pandora, donde de pronto salen un
montón de cosas, algunas no tan positivas al principio por la dificultad
que plantea no poder dar respuestas inmediatas a la amplia variedad de
escenas que hay. Pero, en el fondo, estas cajas guardan la esperanza de
poder construir diálogos por el simple hecho de cuestionar cosas porque
sí. “Hacerse preguntas se convierte en una actividad gustosa para mí, es
un material que abre más que cierra”, añade Ellen Duthie.
“Los
niños van a pensar, aunque nos empeñemos en que no lo hagan”,
interviene Daniela Martagón.
“Con nuestro proyecto, piensan más a gusto,
piensan en grupo, contrastando ideas, pensamientos. En ningún momento
queremos darles desde Filosofía visual para niños ideas que no
tendrían de otras formas. Todo lo que planteamos son cosas muy cercanas,
y que van a venir antes o después y no van a necesitar de un adulto
para hablar de ellas. No estamos insertando ideas, son cosas que salen
de ellos, de su día a día. Sí o sí. Los niños son felices con las cajas.
Tienen más problemas los adultos. Pero cuando ven cómo los niños se
desenvuelven a las mil maravillas con ellas, se relajan. Es simplemente
filosofía para niños, que es menos rígida de los que podemos llegar a
imaginar”.
Con preguntas no directivas, con un pequeña pregunta que empieza el
debate en cada escena. “Estamos tan acostumbrados a partir de la lección
que queremos insertar en el niño”, termina Ellen Duthie, “que nos
cuesta mucho abrir la posibilidad de barajar respuestas alternativas que
no habíamos programado”.
Seamos valientes y aceptemos este reto que nos plantean desde Wonder
Ponder. Porque cuando un adulto no quiere buscar respuestas, oculta al
niño la posibilidad de pensar. Necesitamos que los niños tengan voz,
esa
voz que muchas veces apaga el sistema educativo al que pertenecen
Leyes de la Infancia y de la Adolescencia entran hoy en vigor, 18 de agosto
Carlota Fominaya
Fuente ABC.es
Acceso a los textos de
.- Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y
.- Ley 26/2015 de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Foto ABC |
El sistema de adopciones, la regulación de los centros de
menores, o el papel de los niños en los procedimientos judiciales y su
protección frente a la violencia de género ejercida contra sus madres
son solo alguna de las normativas modificadas con la flamante Ley de la Infancia y de la Adolescencia.
En realidad se trata, según Salomé Adroher, directora general de
Servicios de Familia del Ministerio de Sanidad «de dos leyes mellizas,
que regulan a su vez 19 leyes, altamente consensuadas por todos los
partidos políticos».
Es también «la primera Ley del mundo que recoge las
orientaciones que el Comité Internacional de los Derechos del Niño
realiza en cuanto a los sistemas de protección a la infancia y la
adolescencia», añade Jorge Cardona, miembro del Comité Internacional de
los Derechos del niño.
Estas son las siete claves para entender los principales puntos de la norma:
1. Respuesta institucional ante casos de abandono o desamparo:
Los
proyectos reforman en profundidad la respuesta institucional al
abandono o desamparo pues en la actualidad, hay 35.000 menores tutelados
por las administraciones, 13.400 de ellos en centros de acogida,
conforme explica el Ministerio de Sanidad.
—Se dará prioridad al acogimiento familiar por encima del residencial,
lo que será preceptivo en caso de menores de 3 años, y ya no se
requerirá intervención judicial. Estas familias recibirán valoraciones
de idoneidad, como ya ocurre con las adoptantes, y responderán al
Estatuto del Acogedor Familiar, donde se recogerán sus derechos y
obligaciones. En todos los casos, será preceptivo un Plan Individual de
atención que se revisará periódicamente.
—Se definen tres tipos de acogimiento familiar: De urgencia
(para menores de 6 años con una duración no superior a 6 meses),
Temporal (máximo dos años y se resolverá si el menor vuelve con sus
padres o se decide una medida más estable, como la adopción) y
Permanente (se constituirá pasados los dos años de acogimiento temporal y
tendrá lugar cuando no sea posible la reintegración familiar o en casos
de menores con necesidades especiales, si las circunstancias lo
aconsejan).
2. Respecto a la adopción
Para menores en desamparo no será necesario el asentimiento de los
padres biológicos si al cabo de dos años no han intentado revocar la
situación y una vez iniciado el expediente, seguirá adelante si no
comparecen tras la citación. Se unifican los criterios para las familias adoptantes
y se introduce la restricción a quienes estén privados de la patria
potestad de un hijo. La Ley contempla asimismo que los padres que hayan
«devuelto» a niños adoptados no podrán volver a solicitar de nuevo la
adopción.
—Antes de que el juez autorice la adopción, podrá iniciarse
un periodo de convivencia entre el menor y la familia considerada
idónea, evitando así el centro de acogida. Se introduce además la adopción abierta,
que permite al menor en adopción mantener relación con miembros de su
familia biológica, en lo que el juez contará con el visto bueno de la
familia de procedencia, de la adoptiva y del propio menor.
—Mientras, se amplía a seis semanas el plazo de que disponen las madres que hayan dado a su hijo tras el parto
para asentir en el proceso de adopción, trámite que no habrán de
renovar al cabo de seis meses, como ocurre en la actualidad. Se
introduce además el derecho de los niños adoptados a conocer sus
orígenes, que podrán consultar su expediente cuando cumplan los 18,
obligando a las entidades públicas a conservar la información de la que
dispongan durante al menos 50 años.
3. Aislamiento y contención.
En materia de desamparo, se definirá con rango estatal las situaciones
de los menores en riesgo y desamparo, limitando ésta a los casos de
abandono, riesgo para la vida, salud o integridad física; o la inducción
a la mendicidad, la delincuencia y la prostitución. En estos casos, se
dará la tutela a la administración pública que, al cabo de dos años,
podrá acordar su adopción o cualquier otra medida de protección. Pasado
este plazo, sólo el Fiscal y no los padres, podrán impugnar la tutela.
4. Guarda voluntaria.
En cuanto a la guardia voluntaria (la que solicitan los padres a la
administración) se limita también a dos años para evitar que se
cronifique, al cabo de los cuales o el menor vuelve con su familia o se
dicta sobre él una medida de protección estable.
5. Trastornos de conducta.
Uno de los aspectos más novedosos de los proyectos es que por primera
vez, se regularán los centros para menores con trastornos de conducta,
comúnmente conocidos como «reformatorios», mediante una modificación de
la Ley de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Enjuiciamiento
Criminal que establece que no podrán convivir estos menores con otros
bajo tutela pública que no tienen diagnóstico de estas características,
como viene sucediendo. De hecho, para el fiscal de Sala Coordinador de
Menores de Menores Javier Huete, esta parte de la ley es «muy completa, y
está muy bien estructurada, por lo que dada la complejidad del tema va a
servir de guía para los directores de este tipo de centros».
—Se impone la orden judicial como requisito imprescindible
para el ingreso salvo urgencia (se dan 72 horas de plazo en este caso) y
se concreta el régimen disciplinario, estableciendo normas para el uso
de medidas de seguridad, contención y aislamiento, que no podrán
utilizarse como sanción y serán «el último recurso» en casos de defensa
propia, intentos de fuga, resistencia física a una orden legal, o riesgo
directo de autolesión, de lesiones a otros o daños graves a la
propiedad.
—Estas medidas, como la contención mecánica o física que
también regula el texto, deberán responder a un principio de
proporcionalidad, durar el tiempo mínimo imprescindible y aplicarse por
personal con formación específica. El aislamiento, también excepcional,
será acordado por el director del centro y notificado a la Fiscalía,
nunca tendrá carácter disciplinario y durará máximo seis horas. Nunca se
podrán administrar medicamentos como sanción.
6. Requisitos para los profesionales que trabajen con niños.
Otra de las novedades de la Ley establece como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con niños
no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y
explotación. Los profesores, entrenadores y pediatras, entre otros
profesionales, deberán presentar un certificado de idoneidad que tendrán
que solicitar en el Registro de Penados de España del Ministerio de
Justicia para garantizar que no han sido condenados por este tipo de
delitos.
7. La protección de los menores víctimas de violencia de géneroLa protección de los menores víctimas de violencia de género es union de los pilares de la nueva Ley de la Infancia. Los jueces
habrán de pronunciarse obligatoriamente sobre medidas cautelares de
protección del menor, y entre ellas se recoge específicamente la
suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con
el inculpado. Si no acordara esto, el juez tendrá que precisar cómo se
hará dicha comunicación y adoptará en todo caso las decisiones
necesarias para garantizar la seguridad, integridad y recuperación del
menor. Realizará un seguimiento periódico de la evolución. Otras
novedades consisten en que al agresor se le suspenderá el abono de la
pensión de viudedad desde el momento en que sea imputado, algo que ahora
podía suceder, y que los menores tendrán acceso a la pensión de
orfandad completa
Una Condena Compartida.
Elizabeth García.
Infancia y Educación
Agosto 2015.
¿A qué suena el silencio? ¿Y un perro?
Mamá, ¿qué es afuera? Afuera, hijo, afuera es un lugar.
Según UNICEF: “La infancia es la época en la que los niños y niñas
tienen que estar en la escuela y en los lugares de recreo, crecer
fuertes y seguros de sí mismos y recibir el amor y el estímulo de sus
familias y de una comunidad amplia de adultos. Es una época valiosa en
la que los niños y las niñas deben vivir sin miedo, seguros frente a la
violencia, protegidos contra los malos tratos y la explotación. Como
tal, la infancia significa mucho más que el tiempo que transcurre entre
el nacimiento y la edad adulta. Se refiere al estado y la condición de
la vida de un niño, a la calidad de esos años”.
Hoy abordamos una realidad compleja y
delicada. Hoy queremos hacer visibles a los bebés, niños y niñas que
viven con sus madres en un centro penitenciario en España.
“La legislación española contempla el
derecho de las madres a mantener a sus hijos con ellas hasta que cumplan
los tres años” Art. 38 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.
En España existen en la actualidad 79 centros penitenciarios, de los cuales 4 cuentan con unidades de madres dentro del centro y uno de ellos cuenta con una unidad familiar destinada a la convivencia de la madre y el padre encarcelados con su hijo/os menores de tres años.
Según el Informe de 2014 publicado por la Secretaría General de Instituciones Penitencias, hay más de 200 niños viviendo en los centros penitenciarios junto a sus madres.
Tras constatar que este segmento de la población encarcelada es el
más vulnerable y con el fin de mejorar la situación en la que viven
estos niños y niñas con sus madres, en 2005 se aprobó el “Plan de
amortización y creación de centros Penitenciarios” en el que se
contemplaba la creación de cinco Unidades externas de Madres. Una experiencia pionera en Europa.
Estas unidades son centros específicos, independientes de los centros
penitenciarios y con un régimen de convivencia específico. Su objetivo
es “crear un ambiente adecuado para que los niños puedan desarrollarse
emocional y educativamente durante el tiempo que tengan que permanecer
en el centro, a la vez que se favorece la reinserción social las
madres”. Actualmente hay en funcionamiento 3 de los 5 centros
contemplados.
María José es Licenciada en Sociología y Experta en Políticas Sociales
de Infancia por la UCM.
Pertenece a la Asociación GSIA, Grupo de
Sociología de la Infancia y la Adolescencia y
a la Red Temática
Internacional GEISPE sobre Género y Sistema Penal.
Su última
publicación, de 2014, es Una condena compartida. Un estudio de caso sobre el control penal. Niñ@s y mujeres en régimen carcelario. (Tierradenadie Ediciones (May 2014))
María José ¿Cómo valoras la situación de los niños y niñas que viven con sus madres en las cárceles españolas?
M.J.: Valorar
la calidad de vida de las personas que viven en prisión es un tema
complejo, pero la de los niños y niñas que acompañan a sus madres lo es
aún más. El debate sobre si debe o no permitirse que éstos residan en
las prisiones siempre ha girado en torno a la importancia de mantener o
no el vínculo materno-filial pero sólo desde dos opciones: que puedan
estar en prisión o que sean separados/as de sus madres. Esta dicotomía
resalta la escasa entidad que representan aún en el Estado español las
medidas alternativas a la privación de libertad: ¿mantener el vínculo?
Sí, pero no desde el ingreso en prisión del niño/a sino desde evitar el
ingreso de la propia madre. La
etapa de la primera infancia se caracteriza por una necesidad de
estímulos alta y por el mantenimiento de unos lazos afectivos seguros y
permanentes. En este caso, la pobreza estimular, especialmente en las
unidades de madres ubicadas en los centros penitenciarios, rodea la
permanencia en el centro (desde limitaciones visuales, de contacto con
otras personas, animales, acciones cotidianas como encender o apagar una
luz, abrir o cerrar una puerta…). Todas
estas cuestiones y muchas otras ponen en tela de juicio el cumplimiento
de los derechos del colectivo de la infancia en prisiones de adultos,
siendo el principal ejemplo la inexistencia de un protocolo de actuación
para con estos niños y niñas y la no preparación específica de los
funcionarios/as de seguridad que mantienen algún tipo de relación
con ellos.
Desde
que comenzaron a crearse los módulos externos de madres se han reducido
las unidades de madres dentro de los centros penitenciarios. Parece que
esta medida es positiva porque supone una mayor adecuación a las
necesidades de estos niños y niñas ¿Cómo valoras la creación de estos
nuevos centros específicos?
M.J.: Efectivamente los módulos externos de madres
están mucho más adaptados a las necesidades de los niños y niñas,
funcionan con un régimen más abierto y se encuentran fuera de los
centros penitenciarios por tanto se ha producido un avance importante.
Aún así, dicha reducción no está acorde con el número de plazas
existentes en las unidades externas por lo que se puede prever una
cierta masificación y lentitud en el acceso a este derecho. Además debo
puntualizar que la existencia de las unidades externas no supone la
desaparición de los módulos dentro de prisión, ya que hay perfiles
delictivos que no tienen cabida en dichos centros por lo que es
importante seguir luchando por mejorar las condiciones de vida de estos
niños y niñas dentro del centro penitenciario.
¿Qué
otras medidas consideras necesarias para reducir el impacto negativo
que tiene esta experiencia en el desarrollo de estos niños y niñas?
M.J.: Las medidas específicas, especialmente si
hablamos de las unidades de madres que se encuentran dentro de
la prisión, girarían en torno a preservar los derechos de estos niños y
niñas por encima de cuestiones de seguridad, eliminando cualquier acto
de violencia a su alrededor (recuentos, registros…), suprimiendo
barreras arquitectónicas y adaptando el espacio verdaderamente a la
realidad que alberga, implantando un protocolo de actuación para el
funcionariado y una preparación específica para trabajar con infancia,
facilitando visitas personales y salidas, eliminando el locutorio además
de muchas otras cuestiones que se denuncian desde los estudios
existentes (ver Dossier módulo de madres de la prisión de Aranjuez).
Aún así serían reformas necesarias pero no supondrían la adecuación del
medio para que se diera una verdadera crianza. No se puede criar de una
forma saludable entre cuatro muros de hormigón.
¿Qué publicaciones existen de referencia en este ámbito?
M.J.: Existe escasez de estudios y publicaciones
sobre este tema en nuestro país pero entre las principales obras de
referencia se encuentran:
Otras publicaciones y artículos:
- Marín, C. (1999). Niños en la cárcel con su madre: Pros y contras. España.
- Naredo, María (2007). Reclusas con hijos/as en la cárcel en Almeda, Elisabet y Bodelón, Encarna (ed.) Mujeres y Castigo: un enfoque socio-jurídico y de género. Madrid: Editorial Dykinson.
- Galera García, Laura (2008) Niños con sus madres en prisión: retos educativos, Universidad Complutense de Madrid, España.
- Gea Fernández, Mª José (2014). Una condena compartida. La primera infancia tras los muros de una prisión.
” Afuera es un lugar”
Teatro para bebés y niños hasta 4 años.
Autora: Elisa Vargas León
Directora: Rosa Díaz
Compañía: Arena en los bolsillos
Nos encanta la idea de que las compañías de teatro piensen en los niños y niñas ¡y en los bebés!
Enhorabuena por vuestro trabajo y os deseamos muchos éxitos en la nueva temporada.
Estaremos pendientes de vuestro calendario de funciones para la primera infancia.
Mi sincero agradecimiento a Mª José Gea (entrevista) y
a Elisa Vargas (autora de la obra “Afuera es un lugar”) por su generosidad, su tiempo y su implicación en la elaboración de este artículo ¡GRACIAS!
"La Niña Liberada. Violencia sexual y poder", Presentación del Libro
Nuestra Compañera y Socia de GSIA,
Iskra Pavez Soto presenta su nueva publicación
"La Niña Liberada. Violencia sexual y poder"
Y lo hace el día jueves 6 de
agosto a las 19:30 horas
en el Centro Cultural Espacio Literario de la I.
Municipalidad de Ñuñoa,
ubicado en Jorge Washington N°116, Ñuñoa. Chile
La presentación estará a cargo
de la escritora
feminista Andrea Franulic y
de José Andrés Murillo, de la Fundación para la Confianza.
Los vídeos de la presentación de mi libro "La niña
liberada. Violencia sexual y poder", Editorial Forja, realizado el pasado
jueves 6 de agosto de 2015 en el Espacio Literario de Ñuñoa, Santiago de Chile:
1.- Discursos
de Andrea Franulic (escritora feminista) y José Andrés Murillo (Presidente de
la Fundación para la Confianza): https://www. youtube.com/watch?v=fEvgx_ ONY4M&feature=em-upload_owner
2.- Mi discurso: https://www.youtube.com/watch? v=AJXPgJpJESA&feature=em- upload_owner
En conjunto con
la Editorial Forja, prontamente haremos una versión digital e-book que se podrá
comprar en Amazon, ya les contaré al respecto
PEDIDOS A
General Bari 234, Providencia - Santiago - Chile
Fonos : (56-2) 4153230 - (56-2) 4153208
E-mail: info@editorialforja.cl
Datos básicos de la Gestión de la Atención a la Dependencia y Coste de Fiananciación Autonómica, Evolución 2011/2015 de los
EVOLUCIÓN 2011-2015 DE LOS DATOS BÁSICOS DE
GESTIÓN DE LA
ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Y
COSTES DE FINANCIACIÓN DEL SISTEMA POR
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales
Más de 100.000 personas han fallecido desde 2012 mientras esperaban
recibir las prestaciones o servicios a los que tienen derecho .
Al finalizar la etapa de implantación del Sistema, sólo 5 Comunidades aprueban en la Escala de Valoración del Observatorio.
El XV Dictamen del Observatorio de la Dependencia (acceso al documento) realiza un
minucioso análisis que se corresponde con el final de la implantación
del Sistema de Atención a la Dependencia (SAAD), oficializada con la
incorporación desde el 1 de julio de 2015 de los Dependientes Moderados,
tras las dos prórrogas sufridas en este proceso que inicialmente estaba
previsto que finalizara en 2013.
El desigual desarrollo de la LAPAD por territorios, la baja calidad
e intensidad de la mayoría de los servicios prestados, la demora
excesiva en las atenciones, un sistema de información ¡aún en
desarrollo! y un modelo de financiación tramposo e insuficiente han sido
las pautas seguidas en todo este tiempo en el que contabilizamos más
sombras que luces. Con todo, en líneas generales, el esfuerzo autonómico
de los últimos años ha sido importante a pesar del abandono sufrido por
la Administración Central que, al tiempo que imponía recortes
inasumibles para las Comunidades Autónomas, pretendía crear un increíble
relato de las bondades de las reformas del sistema.
La situación del SAAD al finalizar su etapa de implantación podéis consultarla en la web de la Asociación de Directoras y Gerentes de
Servicios Sociales INCLUIDO EL INFORME PORMENORIZADO POR CC.AA
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