26 de enero 2015 el Congreso de Chile aprueba proyecto de Inclusión Escolar
y queda listo para su promulgación.
Hay que recordar que, en gran parte, esa Ley es fruto de la lucha
que los adolescentes y jóvenes chilenos mantuvieron
contra viento y marea durante más de dos años...
Es un ejemplo de cómo los adolescentes y los jóvenes
han hecho cambiar la realidad.
Ahora nuestra compañera en Chile, Iskra Pavez, analiza esa Ley
desde los presupuestos de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Por Iskra Pavez Soto
Siendo la infancia un actor clave
en la educación, su papel ha sido poco claro en esta Reforma Educacional, aún
no sabemos
.- si finalmente la educación será vista solo como una etapa de
formación intensiva que prepara a las niñas y los niños para su vida futura
(mirada adultocéntrica)
.- o, por el contrario, si el nuevo modelo de educación
les verá como sujetos de derechos y actores centrales de un proceso de
desarrollo integral que ya están viviendo en el presente (mirada protagónica)
y, por lo tanto, desde este enfoque, también deberían participar del debate
público que se está dando hoy en día sobre esta cuestión.
En enero recién pasado se aprobó
en el Congreso de la República de Chile el
Proyecto de Ley de Inclusión Escolar que propone tres importantes medidas
en el marco de la actual Reforma Educacional. No olvidemos que esta Reforma
Educacional surge como una respuesta política a las demandas sociales planteadas
por el Movimiento Estudiantil durante los años 2011 y 2012, quienes exigían una
educación pública, gratuita, de calidad y que fuera avalada por el Estado como
un derecho y no como un bien de consumo. Cabe decir que en el Movimiento
Estudiantil participaron activamente estudiantes adolescentes y jóvenes, junto
a diversas organizaciones de la sociedad civil, quienes tuvieron el reconocido
mérito de instalar este tema como una prioridad país.
En este escenario, observamos que
los principales actores de la Reforma Educacional han sido, por un lado,
adolescentes y jóvenes participantes protagónicos del Movimiento Estudiantil y,
por otro, las instituciones del Estado que están liderando este asunto, las
organizaciones gremiales y de la sociedad civil (los llamados grupos de
interés) y, en menor medida, las familias. Si bien el Ministerio de Educación
ha establecido un Plan Nacional de Participación Ciudadana a través de canales
formales donde se podrá oír la opinión de todos los actores, estas iniciativas
están organizadas según qué actor vaya a participar. Habrá Diálogos Ciudadanos, donde podrán participar todas las personas
interesadas; Diálogos Temáticos,
donde podrán debatir estudiantes, comunidades escolares, universitarias,
representantes políticos, pueblos indígenas, migrantes, personas con
capacidades especiales, gremios, sindicatos, apoderados; y Diálogos Técnicos donde presentarán sus propuestas académicos,
centros de estudios, organizaciones y expertos. Queda pendiente que el
Ministerio de Educación informe públicamente sobre los mecanismos concretos y
más idóneos que se facilitaron para que las niñas y los niños también
participaran y se tomaran en cuenta sus opiniones en el diseño e implementación
de la Reforma Educacional, tal como lo establece el Artículo 12 de la
Convención de los Derechos del Niño.
Si analizamos a grandes rasgos el
mencionado Proyecto de Ley de Inclusión
Escolar vemos que aborda tres aspectos fundamentales de la demanda
ciudadana, pero el actor central que parece latente en cada uno de ellos no siempre
es la infancia:
a. Fin al lucro: Se crean una serie de
estrategias administrativas y legales para certificar efectivamente que las
personas naturales o los “sostenedores” que administran establecimientos
educacionales y reciben aportes del Estado sean organismos sin fines de lucro.
Es decir, se evitará el enriquecimiento privado con dineros públicos. Aquí, el actor
central son las entidades que administran establecimientos educacionales, ya
que deberán cumplir con mayores requisitos para percibir dineros públicos. Si
el Estado es capaz de realizar efectivamente esta fiscalización, a la larga,
las niñas y los niños más pobres de Chile –que son quienes más asisten a este
tipo de establecimientos en la actualidad– se verán beneficiados, porque los
colegios dispondrán de más recursos económicos que deberán ser re-invertidos
obligatoriamente en el propio proceso educativo.
b. Fin del copago: Se instaura la
eliminación gradual del financiamiento compartido, es decir, se prohibirá el
pago regular por parte de las familias a los colegios particulares
subvencionados donde estudian sus hijas e hijos, ya que todos los
establecimientos serán gratuitos (excepto los particulares pagados). Aquí, se
observan dos actores principales, por un lado, las entidades administradoras de
colegios que no podrán cobrar co-pago y las familias, que hasta ahora se veían
presionadas para pagar mensualidades. Sabido es que existe un largo debate –que
está lejos de resolverse– sobre la pertinencia de la gratuidad en la educación;
ahora bien, si lo analizamos desde el punto de vista de las familias que viven
en situación de exclusión es evidente que se beneficiarán directamente de esta
disposición, porque no tendrán que pagar. Si la educación gratuita logra ser verdaderamente
de calidad, sin duda, será una medida que impactará positivamente en el presente
de las niñas y los niños, porque será un alivio para el presupuesto familiar y,
además, facilitará un desarrollo infantil integral y, también, en el futuro,
porque promoverá efectivamente la igualdad de oportunidades.
c. Fin de la selección: El Ministerio de
Educación propondrá gradualmente a los establecimientos educacionales un nuevo
procedimiento de admisión de estudiantes; estos mecanismos garantizarán
transparencia, inclusión social y no discriminación; en este proceso de
selección de colegios se priorizarán las preferencias que tengan las madres, los
padres o personas adultas responsables de las niñas y los niños. Por ejemplo,
los colegios particulares subvencionados ya no podrán seleccionar por criterios
socioeconómicos familiares o de rendimiento escolar de la o el estudiante y los
llamados “emblemáticos” (públicos con alto rendimiento educativo) solo podrán
seleccionar al 30% de sus estudiantes. Aquí, nuevamente el actor central es la
familia. Por un lado, las niñas y los niños se verán beneficiados con esta
medida, ya que no se les podrá discriminar a ellas y ellos en función del nivel
socioeconómico familiar, pero, por otro lado, los valores y las creencias de
las madres, los padres o personas adultas responsables primarán por sobre los
infantiles, a la hora de elegir un determinado Proyecto Educativo.
Este
último punto es de vital importancia dentro del debate de la Reforma
Educacional, ya que de modo informal se ha oído que algunas madres y padres han
manifestado abiertamente su rechazo a esta medida de evitar la selección
escolar, porque valoran relacionarse con personas socialmente similares. En
otras palabras, hay familias que no quieren que sus hijas e hijos “se mezclen”
con hijas e hijos de personas “delincuentes” (sic), inmigrantes o de un nivel socioeconómico distinto del propio,
sin consultar o sin comunicar la visión que tienen las niñas y los niños sobre
la posibilidad de compartir el aula con otras niñas y niños que viven situaciones
de vida distintas de la propia.
Entonces, valdría la pena preguntarse de qué
forma el Estado chileno considerará la opinión de las propias niñas y los niños,
por ejemplo, en el proceso de selección de un establecimiento educacional, incluso
si es contradictoria o crítica con la visión de sus familias y cómo o con qué
criterios se resolverían estos conflictos generacionales y qué preferencias
primarían. En la situación antes descrita serían las propias familias quienes
estarían discriminando informalmente a otras niñas y niños por las condiciones
de vida de sus familias, obstaculizando que sus hijas e hijos conozcan, compartan
y aprendan a valorar la diversidad, el respeto y la inclusión en la experiencia
escolar cotidiana.
Mirar la Reforma Educacional desde la infancia permite
reflexionar sobre el sentido profundo de la educación desde un enfoque de la ciudadanía,
comprendiendo que la educación no es solo una obligación o un cúmulo de conocimientos,
sino, y esencialmente, es un derecho.
*Iskra Pavez Soto,
Integrante / fundador
a de nuestro Grupo GSIA, Doctora en Sociología por la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) y
Trabajadora Social por la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM) . Actualmente es
Investigadora de la Universidad Bernardo O'higgins.