El Congreso aprueba la primera ley que protege a la infancia frente a la violencia, LOPIVI:

Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia 
frente a la Violencia.
Qué cambia para los niños y niñas la nueva ley 
contra la violencia hacia la infancia, en diez claves.

Un total de 61 artículos despliegan medidas de prevención, sensibilización, detección y reparación frente a todos los tipos de maltrato que sufren los menores, aunque una vez aprobada en el Congreso, la ley debe pasar aún por el Senado, donde los partidos prevén pulir algunas discrepancias.


Como un antes y un después. Así es como buena parte, una amplia mayoría de los partidos políticos y organizaciones han definido la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia que ha aprobado este jueves el Congreso por una holgada mayoría. 
 La norma es pionera y da respuesta a las exigencias que el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas vertió sobre nuestro país hace ya más de diez años, cuando exigió un marco integral para proteger a los menores. Uno de cada cuatro han sufrido violencia en su hogar, según Save the Children; y cada tres horas se interpone una denuncia por abusos sexuales. Las cifras hablan de una realidad más frecuente de lo que parece, pero no dibujan una imagen completa: la mayor parte de esta violencia no se denuncia y permanece silenciada e impune, advierten los colectivos de infancia.

La ley, que aún debe seguir su recorrido en el Senado, prevé fundar un cambio de paradigma en este sentido, y hacer de la violencia hacia la infancia un asunto público y social, no restringido al ámbito privado, como en 2004 ocurrió con la ley contra la violencia de género. Para ello, un total de 61 artículos despliegan medidas de prevención, sensibilización, detección y reparación. Insuficientes, en todo caso, para varios partidos, que seguirán intentando reformar el texto en su siguiente fase y que insisten en la necesidad de que la ley no quede en papel mojado y se garantice su aplicación. De seguir el trámite de urgencia como hasta ahora, la norma podría estar publicada en el BOE en junio. 


Estos son diez de los cambios para la vida de los menores que ocurrirán tras su entrada en vigor:

Tendrán más tiempo para denunciar.
Una de las principales novedades es la ampliación de la prescripción de los delitos graves, entre ellos, los abusos sexuales. El tiempo no empezará a contar hasta que la víctima cumpla 35 años (y no 18 como ocurre actualmente): esto significa que dependiendo de la gravedad de los hechos, podrán denunciar hasta los 50 años en el caso del delito sexual con más pena. Ahora es hasta los 33, un plazo considerado insuficiente debido a que no es poco común que las víctimas, cuando están preparadas para romper el silencio, ya no puedan hacerlo por la vía judicial.

Solo declararán una vez
En la actualidad los menores que son víctimas de un delito suelen enfrentarse a un periplo que les obliga a repetir al menos en cuatro ocasiones lo que han vivido, provocándoles en muchas ocasiones un daño añadido. La llamada prueba preconstituida, es decir grabar su testimonio una vez y usarlo en todo el proceso, es ahora mismo una excepción (solo el 13% de las sentencias lo ordenan, según Save the Children) y lo que pretende la ley es convertir en excepción la declaración reiterada. Para ello establece como obligatoria la prueba preconstituida para menores de 14 años y con discapacidad, que solo tendrá que realizar una única narración, en la fase de instrucción, salvo si en el acto del juicio se requiere "motivadamente" por una de las partes.

Se reforzará su testimonio
Evitar que se tomen decisiones que les afecten sin contar con su visión es otro de los objetivos. La intención es blindar su derecho a ser escuchados "sin límite de edad", establece el articulado, "en todos los procedimientos administrativos, judiciales o de otra índole relacionados con la acreditación de la violencia y la reparación de las víctimas". Un derecho que solo podrá restringirse de manera motivada y cuando ello sea contrario a su interés superior. Si además tuvieran suficiente madurez, "deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten" en casos de separaciones, ya sea en procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo. La ley insiste en que se debe garantizar que sean escuchados en espacios adaptados y por profesionales y con metodologías especializadas.

Se impedirán (salvo excepciones) las visitas en casos de violencia de género.
La ley no blinda del todo la prohibición de las visitas entre menores y padres investigados por violencia de género, pero sí prevé impedirlas. Para ello establece que en los casos en los que haya una orden de protección en vigor y existan "indicios fundados" de que los hijos "hubieran presenciado, sufrido o convivido" con la violencia de género sufrida por sus madres, el juez debe suspender las visitas, la estancia y la comunicación. Solo si la parte acusada lo pide, podrá no acordarlo, pero para ello tendrá que emitir una resolución en la que explique por qué y antes está obligado a evaluar la relación paternofilial. Actualmente, esta medida se aplica en contadas ocasiones: en 2020 no llegó al 3% de las medidas cautelares dictadas.
Tampoco podrán sus progenitores tener su patria potestad en los casos de asesinatos, cuya retirada se dispone como obligatoria. En el caso de que la víctima sea uno de los hijos, el condenado perderá la patria potestad del resto, si los tuviera. Y se refuerza el impedimento de la guardia y custodia compartida si el magistrado advierte de "indicios fundados" de violencia machista en el proceso. La violencia vicaria, la que se ejerce contra los hijos e hijas en contextos de violencia de género, se incorpora a la Ley Integral de Violencia de Género y se garantiza que estos niños y niñas sean atendidos psicológicamente aunque sus madres no hayan interpuesto una denuncia, pero estén siendo asistidas en servicios especializados de violencia machista.

A sus madres no se les podrá aplicar el SAP
El uso del Síndrome de Alienación Parental (SAP), un falso síndrome no avalado por organizaciones científicas, estará vetado a través de un artículo que no lo prohíbe expresamente, pero sí señala: "Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración". El SAP sirve en algunas ocasiones para retirar custodias a mujeres que han denunciado previamente abusos sexuales o violencia de género, por lo que el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reclamado a los magistrados que no lo usen.

Sus colegios, centros de ocio y deporte tendrán protocolos contra la violencia.
Los centros educativos deberán contar con protocolos contra el abuso, el maltrato, el acoso o la violencia, para los que se contará con la participación de los niños, niñas y adolescentes. Y deberán ser aplicados en todo tipo de colegios e institutos, independientemente de su titularidad. Lo mismo para los centros en los que menores de edad practiquen deporte o actividades de ocio. Los centros educativos contarán con la figura del "coordinador de bienestar" que dará a conocer estos mecanismos y fomentará planes y medidas contra la violencia. En los deportivos y de ocio la figura será similar y se llamará "delegado de protección".

Los menores en centros de protección tendrán mecanismos de denuncia
En los centros de protección de menores de edad también será obligatoria la puesta en marcha de protocolos específicos para prevenir y detectar de forma precoz cualquier manifestación de violencia, especialmente para casos de abusos sexuales, explotación o trata. Y entre sus obligaciones se encontrará el establecimiento de mecanismos de queja y denuncia "sencillos, accesibles, seguros y confidenciales" para informar, de forma que los niños, niñas y adolescentes "sean tratados sin riesgo de sufrir represalias".
Si sufren violencia, la obligación de la ciudadanía es comunicarlo
La norma establece la "obligación" de comunicar las situaciones de violencia hacia niños o niñas que advierta cualquier persona, aun cuando no sea un delito. Este deber se exigirá de manera específica a aquellos que estén a su cargo o sean responsables de su asistencia y cuidado; por ejemplo, sanitarios o profesores.

Refuerza su buen trato por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado "actuarán como entornos seguros para la infancia y la adolescencia", dispone el articulado, para lo que contarán "con unidades especializadas en la investigación, prevención y detección" de este tipo de violencia. Se establecen, además, varios criterios de actuación, entre ellos, que "se impedirá cualquier tipo de contacto directo o indirecto en dependencias policiales" entre el investigado y el menor, se procurará que esté siempre acompañado de una persona de su confianza o "se dispensará un buen trato" al niño o niña "con adaptación del lenguaje y las formas a su edad, grado de madurez y resto de circunstancias personales".

Sus familias contarán con apoyo para promover la "parentalidad positiva"
La ley obliga a las Administraciones Públicas a promover campañas de sensibilización contra la violencia hacia los menores de edad y destinadas "a concienciar a la sociedad acerca del derecho" que tienen "a recibir un buen trato". En este sentido, se deberán aprobar planes y programas de prevención en diferentes ámbitos, entre ellos el familiar. Deberán ser medidas enfocadas, entre otras, a "erradicar el castigo con violencia física o psicológica" o promover el buen trato y la "parentalidad positiva", un concepto que se utiliza a lo largo del texto y que se refiere a una crianza basada en el interés superior del menor, en entornos afectivos y que favorezcan su pleno desarrollo

Una sentencia irrazonable.

Última hora accede al:
"...No es legítimo, ni democrático, ni garantista ignorar todos los derechos fundamentales de la víctima con el fin de preservar un derecho de la persona acusada. La niña también tiene que ver garantizados sus derechos fundamentales..."


 



Hay una culpabilización de la niña víctima, 
hay una ausencia total de cualquier conocimiento 
de cómo cursan los abusos sexuales en un contexto intrafamiliar, 
hay hasta atisbos claros de cierto racismo o xenofobia.

"Después de esa sentencia, 
el padrastro pasa de presunto inocente a inocente absoluto, 
y la niña de víctima reclamando derechos, 
a pobre mentirosa, con carencias afectivas que la llevan a fantasear" (Asociación GSIA).


Otra vez la Audiencia de Navarra. Otra vez la sección de La Manada, aunque reconstituida, y de la que ya sólo pervive su presidente. Acaban de concluir que una menor violó a su padrastro cuando éste estaba borracho y lo absuelven no más allá de una duda razonable, sino más allá de cualquier razonamiento razonable. La sentencia es técnicamente deplorable y su resultado, la desprotección de una menor vulnerable que ha dado a luz al hijo de su padrastro. 

Les resumo el caso, por si no lo conocen. Una menor llega a Urgencias con fuertes dolores abdominales resultando que está de parto, sin que nadie sepa de su embarazo, y da a luz a un niño. Los servicios de protección social se ponen en marcha. En el mismo hospital, la niña le da a su madre la explicación de que la violaron unos desconocidos cuando paseaba al perro, insistiendo en que no quería hacer nada al respecto sino olvidarse del tema. Posteriormente, cuando la madre la quiso llevar a denunciar la violación, la niña se agarró a ella y le dijo que le había mentido, que el niño era producto de relaciones sexuales con su marido y que todo había sucedido un día en el que él había llegado borracho y estaba durmiendo en el sofá para ir al cuarto de baño. La niña refiere que no sabe qué le pasó por la cabeza y que se quitó el pijama y las bragas, le bajó el calzoncillo al padrastro y se introdujo el pene en su interior. Que tras los hechos se volvió a vestir y se fue a su habitación y nunca dijo nada y que nunca había tenido relaciones sexuales ni volvió a tenerlas nunca. Todo eso se lo dice en la exploración a la magistrada instructora "incapaz de hacer una acción libre de lo sucedido y durante la declaración adoptó una postura corporal algo encogida y cerrada, mantuvo la cabeza y la mirada baja. A las preguntas formuladas, respondió de modo difícilmente audible y en forma muy breve, en muchas ocasiones solo con monosílabos de sí o no". 

El padrastro afirmó durante todo el juicio no recordar los hechos debido a la borrachera y refiere haberse enterado de todo porque se lo ha contado su mujer pero él, ni idea. El tribunal refiere que el padrastro se muestra muy fijo en su versión y lo absuelve aplicando el "in dubio pro reo" dado que consideran que existe una duda razonable de que las cosas pudieran ser de este modo.

Lo más decisivo para establecer esa duda que ellos consideran razonable, es un informe de un perito que afirma que "la posibilidad fisiológica de tener una erección del pene en estado de impregnación alcohólica, en dosis moderadas de alcohol con cifras de alcoholemia medias (1,54 g/L de alcohol en sangre) existe, no se puede descartar la tumescencia nocturna peneana". Y así es como llegamos al fallo que considera creíble que la niña abusara de su padrastro dormido, quedara embarazada y ocultara el embarazo hasta término. La tumescencia peneana. Vamos a ello. El tribunal aplica el "in dubio pro reo" con una duda irracional. El propio forense dejó claro que: "a mayor volumen de alcohol, es mayor dificultad para la erección y aún más para la eyaculación" y, vamos, que saben ustedes como yo que no hacía falta que lo dijera un perito. 

¿Y entonces? ¿Estaba tan, tan borracho que no se enteró de nada, que tuvieron relaciones con él, que eyaculó y no se despertó ni lo recuerda? Si estaba con una borrachera letárgica ¿cómo se produjo pues la tumescencia peneana de marras y la eyaculación con resultado de embarazo? ¿Estaba muy borracho o medianamente? Si estaba medianamente borracho para empalmarse lo estaba para despertarse y si no se podía despertar ¿cómo es que aquello se vino arriba y hasta manó? 
El tribunal enfrenta una prueba de cargo perfectamente definida por la fiscalía y por la acusación, una prueba de descargo que no puede comprobar y que es totalmente irrazonable. No le importa. Tampoco realizan ninguna valoración especial de la prueba ni el más mínimo esfuerzo por fundamentar una hipótesis tan descabellada que merecería de una argumentación especialmente abundante. No existe. 
La sentencia es una porquería, además. Los hechos probados arrancan con ¡las fechas de nacimiento de los abuelos de la víctima! Los magistrados nos cuentan que la madre de la niña se quedó embarazada a los 18 y repasan todo el historial de la familia inmigrante, el de sus tías, el de los maridos de sus tías, ¡hasta que la niña y su llegada a urgencias de parto aparecen en la página 12! ¿Qué pretenden los magistrados con este repaso de las características familiares, del maltrato del abuelo a su madre, en los hechos probados en el que hasta nos descubren que la víctima pudo llegar a no nacer porque su madre se planteó abortar? ¿Qué quieren decirnos? ¿Dónde han visto eso en otra sentencia?, ¡por Dios! 
Más allá de una duda razonable, los magistrados han aceptado una hipótesis loca en una sentencia que o bien está dictada desde la ignorancia o bien desde prejuicios o es un suicidio jurídico difícil de explicar, puesto que no habrá tribunal de apelación que la mantenga. Es difícil interpretarlo. Juzgan de forma absolutamente contraria a las reglas de la experiencia. El presidente del tribunal estuvo en el caso de La Manada, pero fue proclive a la violación; la segunda magistrada, una mujer, procede de un juzgado de Violencia de Género y el tercero, ¡vaya!, es catedrático de Derecho Mercantil y está por aquí de suplente. Han perpetrado una sentencia en la que los jueces no aparecen, no valoran la prueba, no razonan según las reglas de la lógica… ¿qué está pasando en la Justicia? Hay muchos casos así. Casos enloquecidos. Casos que no dependen ya ni siquiera de la formación para este tipo de delitos ni de la perspectiva de género sino incluso de una mínima pericia jurídico penal que no existe. 
Tras su marciana conclusión, me pregunto si los magistrados habrán pensado en deducir testimonio de la niña para que sea acusada de abusar de su padrastro, porque esto es lo que ellos afirman que ha sucedido. En esta sentencia hay una culpabilización de la víctima, hay una ausencia total de cualquier conocimiento de cómo cursan los abusos sexuales en un contexto intrafamiliar, hay hasta atisbos claros de cierto racismo o xenofobia, por el repaso que hacen al entorno familiar de la víctima, que no es en absoluto pertinente. Todo es más creíble que una niña víctima, hasta la hipótesis más loca.  
Ya no se trata siquiera de si creemos a la hermana, sino de si tales jueces tienen alguna credibilidad. 
Otros artículos:
.- Comunicado de Mujeres Juezas sobre la Sentencia de abuso sexual de la Audiencia Provincial de Navarra: http://www.mujeresjuezas.es/2021/04/15/comunicado-de-mujeres-juezas-sobre-la-sentencia-de-abuso-sexual-de-la-audiencia-provincial-de-navarra/
.- de la Asociación Mujeres Juezas de España: 
    Sin perspectiva de género, el Derecho Penal no sirve a las mujeres

.- https://www.eldiario.es/1_771744

Revista Derechos y Realidades, nº 4, 2021, DNI Costa Rica: Laboratorio de ideas en derechos de los NNA.



Cuarta edición:
Revista "Derechos y Realidades".


Acceso a su contenido:

  • Editorial.
  • Construyendo oportunidades para adolescentes en conflicto con la ley.
  • Evidenciar las diferentes historias de jóvenes de La Carpio.
  • Visualizar lo positivo de la comunidad de La Carpio para ir erradicando estigmas y prejuicios.
  • La Carpio desde la mirada de los jóvenes.
  • Reflexiones en el marco del XXV Aniversario de la Ley de Justicia Penal Juvenil. 






El Pleno del Congreso debate el dictamen del Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia

Hoy día 15 de abril Sique #EnDirecto El Pleno debate.


Esta norma busca la protección de todas las "personas menores de edad que se encuentren en territorio español, con independencia de su nacionalidad y de su situación administrativa de residencia y a los menores de nacionalidad española en el exterior". 
Tiene como objeto "garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia (...) estableciendo medidas de protección integral, que incluyan la sensibilización, la prevención, la detección precoz, la protección y la reparación del daño en todos los ámbitos en los que se desarrolla su vida".

▶ Youtube: https://www.youtube.com/watch?v=nM0CJTDLd4Y 🎥 Directo: https://app.congreso.es/AudiovisualCo... 📝 Nota de prensa: https://www.congreso.es/web/guest/not... 🗓 Orden del día: https://www.congreso.es/backoffice_do...

(In)seguras online, informe de Plan Internacional.

Hoy el Día de las Niñas en las TICs, Plan Internacional 
ha  presentado el informe “(In)seguras online”, 
en colaboración con el Parlamento de Andalucía.


El estudio, basado en testimonios y entrevistas en profundidad a más de 14.000 chicas de entre 15 y 25 años de 22 países, entre ellos España, revela que las niñas se enfrentan a experiencias de acoso desde los 8 años, y es entre los 14 y los 16 años cuando lo sufren con mayor frecuencia.
Descargar resultados de España
 
Las niñas, adolescentes y jóvenes usuarias de redes sociales están expuestas de forma habitual a esta forma de violencia, que incluye la recepción de mensajes explícitos, imágenes de contenido sexual, ciberacoso, amenazas de violencia física y sexual, comentarios racistas y anti-LGTBIQ+, humillaciones y burlas, y ataques por su aspecto físico.
Descargar Informe Estado Mundial de las Niñas.




Defensa y promoción de los derechos de la niñez, Conferencia de Patricia Núñez, Defensora de Infancia de Chile.

Hoy, ahora, a las 14,15 h. tenemos la posibilidad de escuchar 
a Patricia Núñez, Defensora de Infancia de Chile, 
dentro del programa de Webinars en Estudios de los Derechos de los Niños 

Comparte el webinar Mgr. Claudia Espinoza de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Chile. 

La Prof. Espinoza y el Dña. Muñoz realizarán presentaciones en español sobre "Defensa y promoción de los derechos de la niñez".

https://www.childrensrightsstudies.online/webinars  .






Jornadas de buen trato a la infancia y adolescencia.

Construir BUEN TRATO A LA INFANCIA es crear un ENTORNO 
en el que niños, niñas y adolescentes puedan sentirse SEGURAS y crecer. 


 20 abril, 2021 - 21 abril, 2021
9:30-14:00 h
Plataforma zoom
Más información
Los eventos de BBK Family

Eso exige una serie de elementos y características de los espacios físicos donde están y unas competencias, actitudes, comportamientos y valores en las personas adultas que están en ellos. 


Programa de las jornadas ONLINE 
de buen trato a la infancia y adolescencia.

.- PROGRAMA DEL DÍA 20 DE ABRIL

9:30 h Presentación de las Jornadas de la mano de BBK Family
9:35 h-Ponencia de la psicóloga PEPA HORNO: “El Entorno protector como condición del buen trato

11:00 h Descanso

11:15 h Ideas y experiencias inspiradoras sobre ENTORNOS SEGUROS en el ámbito SANITARIO (una experiencia de Euskadi y otra de fuera de la CAV).
-“Las necesidades de los/as pacientes y sus familias como guía para construir nuestro modelo de atención“. Hospital  Materno-infantil Sant Joan de Déu, Barcelona.

Grupos de ayuda, acompañamiento, orientación y formación en el abordaje del maltrato y el abuso sexual infantil. Asociación Garaitza.

12:15 h Descanso

12:30 h Ideas y experiencias inspiradoras sobre ENTORNOS SEGUROS en el ámbito FAMILIAR.

-Grupo de hombres de Ongiz-Ezberdin en el camino de la igualdad y la paternidad conscientesVitoria-Gasteiz.

-Espacio comunitario para la interacción y vinculación de las familias. Programa Casas Grandes de Madrid. Asociación Bienestar y Desarrollo.

13:35 h Cierre de las ponencias y despedida hasta el día siguiente.

Reserva tu entrada gratuita para las ponencias del 20 de abril.


.- PROGRAMA DEL DÍA 21 DE ABRIL

9:30 h Inicio de jornada

9:35 h Experiencias inspiradoras sobre ENTORNOS SEGUROS en el ámbito DEPORTIVO, DE OCIO Y TIEMPO LIBRE (una experiencia de Euskadi y otra de fuera de la CAV).

-Programa ATERPE de Protección a la Infancia del Athletic Club de Bilbao.

-Programa “La isla del tesoro” para la prevención del abuso sexual desde el ocio y tiempo libre. Fundación RANA. Palma de Mallorca.

10:35h Descanso

10:45 h Experiencias inspiradoras sobre ENTORNOS SEGUROS en el ámbito EDUCATIVO. (una experiencia de Euskadi y otra de fuera de la CAV).

-Programa Esfera Jove: Participación de jóvenes en el ámbito comunitario desde el enfoque de la Educación 360º. Fundación Marianao-Instituto Sant Boi de Llobregat.
Haizeder: una escuela a la que querrás volver. Natxitua, Ea. Bizkaia.

11:45h Descanso

12:00 h Ponencia de FRANCESCO TONUCCI: “Buen trato, bueno ¿para quién?”

13:35 h Fin de las jornadas de Buen Trato.

Reserva tu entrada gratuita para las ponencias del día 21 de abril.

Tres alumnas del Instituto de Aliste han conseguido que la UE rectifique un texto de su página web.

La UE establecía una relación directa entre migración y terrorismo.

Las jóvenes consideraron que la web de la UE establecía una relación directa entre migración y terrorismo, y eso no lo consideraron adecuado,
 y se dirigieron a la Defensora del Pueblo Europeo...

Un año después, les ha dado la razón.

Acceso al vídeo RTVE a la carta:

https://www.rtve.es/alacarta/videos/telediario/alumnas-zamora-pagina-web-ue/5835142/

Educacyl Portal de Educación

#ParticipaciónInfantil #UE

Un año sin pisar la escuela.

365 días sin clase para 114 millones de niños en Latinoamérica y Caribe, 
la región que más ha tardado en abrir los colegios  por el coronavirus. 

En este especial de El País, Planeta Futuro es una inmersión en la realidad de Latinoamérica y el Caribe y los efectos colaterales de este paréntesis educativo sin precedentes.
Sobre los  temas de Brecha Digital, de Familia, de  Educación, de Profesores y de Nutrición se ve la panorámica, no muy alentadora, que la pandemia ha hecho en esos países con sus peculiaridades.

La crisis del coronavirus ha puesto patas arriba las vidas de millones de estudiantes en América Latina y el Caribe, pero no ha afectado por igual. Chile logró llegar a la mayoría de sus alumnos a pesar de la pandemia, mientras que los de Bolivia perdieron un año completo. Para un país fueron 365 días de educación ininterrumpida; para otro, 365 días en los que el sistema educativo pareció haber caído en el olvido.

Hoy Ingrid Graciela tampoco irá al colegio. Ni mañana. Tiene nueve años y ha pasado los últimos 365 días en casa, una humilde construcción hecha de adobe, sin electricidad ni agua. Allí viven “como pueden” los siete miembros de la familia de agricultores guatemaltecos Pop Chó. 

Tal día como hoy de aquel fatídico 2020, cuando la palabra coronavirus empezó a ser cotidiana, todas las clases escolares en Latinoamérica y el Caribe habían echado ya el candado –a excepción de Nicaragua, el único país de la región que no cerró– sin saber muy bien cuándo volverían al bullicio de los recreos, los comedores llenos y las mochilas repletas de metas. 
Un año después, la escuela es apenas un recuerdo para cerca de 114 millones de niños y adolescentes. 
En agosto, según estimaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), llegaron a ser 160 millones.

Infancia, Control Social y Derechos Humanos.

Diez años de saberes en diálogo.

Coordinan:
Ana Laura López, 
Gabriela Magistris y 
Silvia Viñas.



Este libro compila un conjunto de textos sobre las infancias y los derechos humanos, organizados conforme a los siguientes ejes: historia e infancias, políticas públicas y representaciones sociales, participación y protagonismo infantil y juvenil y trabajo territorial, y literatura y discursos sobre la niñez.

Los textos reúnen la producción de estudiantes del Seminario Infancia, Control Social y Derechos Humanos de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, cuyos trabajos finales habían sido destacados por su calidad y solidez. 

Su compilación ofrece una mirada multidisciplinaria con aportes de diversos campos de saber de las ciencias sociales y humanísticas. Esta publicación pretende así aportar una mirada amplia y articulada sobre las principales problemáticas y desafíos en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes, poniendo en diálogo el pasado y el presente.

Abierto el plazo de preinscripción del Máster en Políticas de Infancia y Adolescencia, UCM.

Se ha abierto el plazo de preinscripción del 

Universidad Complutense de Madrid.

Queda abierto el plazo de preinscripción del 
Máster en Políticas de Infancia y Adolescencia: Retos Actuales,
 que patrocina la Asociación GSIA.

objetivos, programa, profesorado, calendario..

El Máster Propio en Políticas de Infancia y Adolescencia: Retos actuales, ofrece herramientas teórico-prácticas a profesionales o futuros/as profesionales e investigadores/as, que permitan conocer e intervenir en el campo social de la infancia, desde una comprensión global de la misma, que se apoya en las aportaciones de los Nuevos Estudios de Infancia y en las orientaciones que emanan de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas para las políticas de infancia.

El Máster se impartirá en su tercera edición de manera online (sincrónica) durante el curso 2021-2022 en la Escuela de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid. Desde GSIA invitamos a todos los interesados/as a que accedan a la página web.

El Máster en Políticas de Infancia y Adolescencia responde a una demanda creciente de capacitación en el área del diseño y aplicación de políticas de infancia, poniendo especialmente el foco en algunos de los grandes retos a los que se enfrentan las mismas, como son la pobreza que afecta a los niños y niñas, su vulnerabilidad frente a distintas formas de violencia, abuso y maltrato, la inmigración, la segregación en el espacio urbano, su inserción en la sociedad digital, o la satisfacción de sus derechos a la educación, la salud y a disfrutar de una vida digna.

El Máster se soporta en dos ejes teóricos principales que son, por un lado, los Estudios de Infancia (Childhood Studies) como área multidisciplinaria de conocimiento de la infancia tal y como la experimentan los niños y niñas, que considera a la infancia como una parte de la estructura social, socialmente construida, y a los niños, niñas y adolescentes como sujetos y actores sociales. Por otro lado, en los derechos humanos de los niños y niñas como base que sustenta su condición de ciudadanía.

De este modo, el Máster se inscribe en las corrientes principales que en el estudio de la infancia rigen en el plano internacional. Así mismo responde a la necesidad de que los y las profesionales que trabajan en administraciones públicas, instituciones, empresas o servicios a la infancia y la adolescencia posean una formación adecuada sobre los derechos humanos de los niños y niñas, de acuerdo a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño para España y a lo dispuesto en la nueva Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia.

Toda la información




"De la escuela inclusiva a una escuela exclusiva...". Conferencia de Francesco Tonucci.

El protagonismo de alumnas y alumnos.

 17 de abril: - 11:00h (ESPAÑA), 05:00 AM (MÉXICO),
07:00 AM (ARGENTINA), 06:00 AM (PERÚ), 
directo en youtube,


De una escuela inclusiva a una escuela exclusiva: el protagonismo de alumnas y alumnos
Hay que resaltar el papel del docente y considerarlo una pieza esencial en la educación de los niños y de las niñas, ya que  niños pasan más tiempo con nosotros/as que con su familia a lo largo del día.


Delito contra la libertad de dos niños de 17 meses.

La Fiscalía pide un año de cárcel para un periodista por acosar a niños de 17 meses.
El ministerio público quiere que se prohíba al reportero acercarse 
a menos de 500 metros de la casa y otros lugares frecuentados por los menores.
El escrito del Ministerio Público coincide con la jueza de instrucción 
que investigó los hechos.
El periodista (¿?) tendrá que sentarse en el banquillo.


La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado un año de prisión para el redactor de ok diario Alejandro Entrambasaguas por un supuesto delito de acoso y hostigamiento a dos de los hijos menores del exvicepresidente segundo del Gobierno y candidato a la Comunidad de Madrid, Pablo Iglesias, y la ministra de Igualdad, Irene Montero, en los meses de noviembre y diciembre de 2019. El ministerio público pide también que se le prohíba, durante dos años, acercarse a menos de 500 metros tanto del domicilio como de los lugares frecuentados por los menores.


Por su parte, los dirigentes de Podemos han elevado la petición a una pena de dos años de prisión, a la orden de alejamiento por cinco años y a una compensación económica de 10.000 euros por el “daño moral sufrido”.

La empresa editora del medio digital dirigido por el periodista Eduardo Inda, Dos Mil Palabras S. L., y Alejandro Entrambasaguas habían recurrido el procesamiento, pero la Audiencia Provincial denegó la petición, por lo que el reportero tendrá que sentarse en el banquillo.

Llamadas a la cuidadora
El relato de la Fiscalía añade que el acusado llamó en “reiteradas” ocasiones a María Bárbara de la Cuadra, cuidadora de los hijos de Iglesias y Montero. Primero, acudió a su domicilio en noviembre de 2019. Después de insistir llamando a la puerta de su casa, sin éxito, un vecino de De la Cuadra le dio el número de teléfono de la cuidadora y Entrambasaguas la llamó reiteradamente a lo largo de más de un mes. Entiende el ministerio público que lo hizo para conseguir información de los niños y de la propia De la Cuadra. Ella no atendió las llamadas.

Entrambasaguas también se personó varias veces en el domicilio de Iglesias y Montero, en Galapagar (Madrid), “llamando insistentemente” al telefonillo y a la puerta. Una de ellas fue sorprendido por los escoltas de Iglesias y Montero, a los cuales negó ser periodista y aseguró estar en la zona por curiosidad. Otra, llamó más de siete veces al telefonillo de la casa, según recoge el escrito del Ministerio Público, lo que alertó a los escoltas. En otra ocasión, llevó cámaras de grabación “con el fin de localizar” a los niños u “obtener en su defecto información” de ellos. El acusado preguntó incluso a menores que disfrutaban de zonas infantiles cercanas.

El escrito del Ministerio Público coincide con la jueza de instrucción que investigó los hechos en que el acusado provocó un cambio en las rutinas de los menores. Se modificaron sus horarios, el lugar de entrega y recogida, sus entornos de ocio. Los niños dejaron de salir de la vivienda por temor a que no se preservase su seguridad y su intimidad. La actuación de Entrambasaguas, entiende la Fiscalía, llevó a la cuidadora a dejar su trabajo con los niños, a finales de diciembre de 2019.

Mejoras en la ley de la infancia para eliminar obstáculos en las denuncias.

 La Comisión de Derechos Sociales del Congreso de los Diputados 
debatió y votó el 6 de abril
el informe de la Ponencia sobre la ley de protección a la infancia, 
que incluye mejoras para eliminar obstáculos en la denuncia 
por parte de los niños y en su derecho a estar informados.


La norma cuenta con el consenso de partidos y sociedad civil y tras su aprobación en Comisión,
pasará a Pleno, para continuar el trámite en el Senado con la intención de ser una de las primeras leyes aprobadas en 2021.

Son algunos de los cambios consensuados por los grupos parlamentarios a través de enmiendas transaccionadas al proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia que remitió el Gobierno al Parlamento el pasado mes de junio, según explican a Efe fuentes parlamentarias.
En su paso por la Cámara Baja, se han presentado medio millar de enmiendas que pretenden enriquecer el texto legislativo, que busca acorralar el maltrato que acecha a uno de cada cuatro niños en España y obliga a todos los ciudadanos a denunciarlo.

Entre los cambios que se proponen desde el Congreso, están el de reforzar el derecho del niño a ser informado, no solo escuchado, en procesos administrativos y judiciales y a que pueda elegir la persona que le acompañe, explican las fuentes.

También hay consenso en los grupos para promover la especialización de los funcionarios y personas que conozcan los casos, como los abogados, y en la creación de entornos digitales seguros en colaboración entre las administraciones y el sector privado.

El dictamen que se somete a votación incorpora medidas acordadas en el Pacto de Estado contra la violencia de género y propuestas de Igualdad trasladadas con el consenso de Podemos y PSOE, como la de eliminar el síndrome de alienación parental -que argumenta sin aval científico la manipulación de las madres a los niños para ponerles en contra del padre-.
También, que el juez suspenda de oficio el régimen de visitas cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal respecto al inculpado por violencia de género y existan indicios fundados de que los hijos han presenciado o sufrido el maltrato.

En relación con los centros de menores, se plantean mecanismos sencillos para que los adolescentes puedan presentar denuncias sin sufrir represalias y reforzar el papel de la Fiscalía como supervisora de los casos.
La iniciativa legislativa trasladada desde el departamento de Derechos Sociales fija que el plazo de prescripción de los delitos graves contra menores no empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido 30 años y no 18 como ahora, crea unidades especializadas en las fuerzas y cuerpos de seguridad e impulsa la formación para jueces y fiscales.

El texto enviado al Parlamento prevé la reforma de más de 15 leyes e incluye una nueva regulación a los delitos de odio, incorporando la edad como una causa de discriminación.
Se aprovecha también esta reforma para incluir la aporofobia dentro de estos tipos penales, que responde a un fenómeno social en el que en la actuación delictiva subyace el rechazo, aversión o desprecio a las personas pobres; todo ello vinculado a la pobreza infantil. EFE