Entre la violencia y el buen trato hay un gran trecho. El buen trato es algo más que la ausencia de maltrato: aspira a promover el máximo desarrollo integral del niño o niña en su entorno.
Ciudades Amigas de la Infancia
12/01/2024
Sin embargo, entre violencia y buen trato “hay muchas conductas intermedias que no son las mejores para relacionarse o cuidar de un niño o niña”. Entre ellas, “sobreproteger, infravalorar, periodos sin supervisión, falta de interés por cuestiones escolares o el distanciamiento afectivo”.
El concepto de buen trato, a efectos de la la Ley de Protección Integral a la Infancia y Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), es aquel que promueve activamente los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática, solución pacífica de conflictos, derecho a igual protección, igualdad de oportunidades y prohibición de discriminación.
Un entorno donde se da el buen trato supone para el niño o niña sentirse integrado, seguro, cuidado y querido; también, ser consciente y tener vínculos, y finalmente sentirse protagonista de su propia vida y decisiones. Además, para que se garantice el buen trato es imprescindible que exista la participación infantil.
Algo significativo es la idea que los propios niños, niñas y adolescentes tienen de lo que es “buen trato”: para ellos, este concepto abarca más de lo que aparece en la LOPIVI. Lo ubican en entorno familiar, colegio, contextos cercanos y también en sus amistades o iguales, y consideran que es importante reforzar las relaciones de ayuda, las manifestaciones de cariño y buenas palabras, la habilidad de escuchar y llegar a acuerdos, etc.
Tres elementos de la cultura del buen trato
Dentro de la cultura del buen trato hay varios elementos clave que debemos tener en cuenta:
- Entorno seguro
Es aquel que respeta los derechos de la infancia y promueve un ambiente protector físico, psicológico y social, incluido en el ámbito digital.
- Enfoque de derechos
Es el que vela por el interés superior del niño o niña, el primer paso para promover cualquier cultura de buen trato. Tenemos que entender a los niños y niñas como sujetos de derechos y no meramente como objetos de protección.
- Derecho a ser escuchado.
Todos los niños y niñas deben gozar de este derecho “independientemente de la edad, madurez, capacidades cognitivas. Que su opinión sea tenida en cuenta sí es en función de su edad y madurez”, apunta la experta. El derecho implica:
- Derecho a ser informado.
- Escucha adaptada a las necesidades.
- Formas de expresar su opinión y de ser escuchados. Pueden ser dibujos, juegos de rol, etc.
- Profesionales especializados, por ejemplo, en técnicas de entrevistas con niños o niñas.
- Informar sobre la consideración otorgada a la opinión del niño.
- Vía de recurso. Tendrá que haber manera de recurrir esa decisión.
En el marco de la LOPIVI
Para la abogada, “tenemos la suerte de contar con un marco normativo que nos ayuda a aterrizar todo esto en medidas concretas”. Menciona la LOPIVI, que considera una ley pionera en España, entre cuyas aportaciones están no solo el principio de buen trato sino también el enfoque preventivo, la inclusión del concepto de los entornos seguros y el refuerzo del derecho a ser escuchado.
Por otro lado, la ley establece dos figuras claras encargadas de implementar el buen trato: el Coordinador/a de Bienestar y el Delegado/a de Bienestar. “El primer reto tiene que ver con las funciones de estas figuras”, dice Torres. “La ley es escueta y delega en las Comunidades Autónomas las regulaciones de estas figuras”.
¿Cómo promover las figuras encargadas de la cultura del buen trato desde municipios? Para Torres, es muy interesante que las entidades locales puedan participar en el diagnóstico de necesidades debido a su proximidad con la ciudadanía: “Estáis muy cerca, podéis utilizar esos espacios de coordinación con las entidades provinciales o autonómicas para trasladar ese diagnóstico, o pequeños espacios participativos, para que las entidades os trasladen sus necesidades”, dice.
- Medidas de implementación
Su objetivo es el aterrizaje del protocolo autonómico frente a la violencia al contexto del centro y sus actividades. La LOPIVI es una ley estatal que hay que aterrizar, no solo a nivel autonómico, sino a nivel de centro escolar o del colegio: “Es imposible que un protocolo pueda abarcar toda la diversidad de la que estamos hablando. Cada entidad y cada centro va a tener que adaptar este tipo de cuestiones”, dice Torres.
Cree que lo ideal es crear políticas de salvaguarda, código de conducta claro, política de protección de datos… “Nos encontramos con casos de entidades más grandes o pequeñas que tienen desarrollado todo un sistema de protección que cuenta con código conducta, comisión de protección con reglamento interno… pero si toda esa estructura no la conocen los niños, las familias, profesionales, etc. no sirve de nada. Hay que interiorizarla”.
- Medidas de prevención
Hay que hacer una evaluación de los factores de riesgo y vulnerabilidad, y los factores protectores: “Una evaluación de ese quién, los niños y niñas con los que trabajamos. Esta evaluación debe ser periódica, porque estos niños y niñas van cambiando”.
- Medidas de formación y sensibilización
La experta propone elaborar un Plan anual de actividades dirigidas a promover el buen trato y la creación de entornos seguros. Debe incluir formación a los profesionales y voluntarios sobre protección a la infancia frente a la violencia, y también actividades de sensibilización dirigidas a los niños y niñas y sus familias.
“Te encuentras con niños y niñas que manejan conceptos como buen trato, espacio seguro, hablan de la LOPIVI…”, observa. “Hay verdaderamente un cambio, que tiene que ver con esta cultura del buen trato. Son conceptos que manejamos todos. Estamos uniformando conceptos, partiendo de una misma base, y se hace a través de esta sensibilización que tiene que ir más allá de las personas responsables: tiene que calar en los niños y niñas y las familias”.
- Medidas de detección
Destaca la necesidad de establecer cauces de comunicación directos y ágiles entre el o la responsable de protección y los profesionales, los niños y niñas, las familias y las administraciones públicas involucradas en la protección de la infancia, para que los niño o niña comuniquen situaciones de violencia o incompatibles con el buen trato.
“Es importante que las personas que están en contacto con la infancia puedan acceder a esta comisión de protección, pero también los niños y niñas”, dice. “Necesitamos espacios anónimos, personas referentes que se identifiquen claramente… también para las familias”. Advierte de que esos canales no suelen existir, y que a veces los niños no tienen ni idea de que existe esta comisión de protección.
- Medidas de actuación
Aquí destaca algunas actuaciones específicas:
- Prestar atención inmediata a las posibles víctimas.
- Activar protocolo de actuación ante la detección de indicios de violencia hacia la infancia.
- Comunicar a la Agencia Española de Protección de Datos cualquier infracción de la normativa sobre protección de datos de niños o niñas.
- Impulso en espacios de coordinación para la gestión de casos.