Universidad de Salamanca
- Título propio: Diploma de Especialización en la Infancia en la Sociedad Vulnerable: Intervención, Inclusión y Participación
- Rama de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas
- Centro: Facultad de Ciencias Sociales
- Tipo de enseñanza: Semi-Presencial
- Idioma: Español
- Director/a: Fernando Gil Villa.
- Duración: Un curso (Año natural: de enero a julio.)
- Créditos ECTS: 50€
- Plazas de nuevo ingreso: 30
- Precio: 2000€ (Preinscripción: 250€)
- Coste por crédito: 40€
El Título Propio “La infancia en la sociedad vulnerable: intervención, inclusión y participación” nace con el fin de formar
profesionales que puedan participar en diferentes equipos
multidisciplinares y en las diversas modalidades de atención a la
infancia que se llevan a cabo a través de las acciones de promoción y
defensa de sus derechos, de las actuaciones para la prevención de todas
las situaciones que interfieren en el normal desarrollo personal y
social del niño o adolescente, de la acción de protección en los casos
de riesgo y desamparo, así como en la promoción de buenas prácticas que
estén relacionadas con la Convención sobre los Derechos del Niño, que
sean creativas o innovadoras y potencien la coordinación entre
organismos, la participación ciudadana y las alianzaz a favor de la
infancia y la adolescencia.
Desde la crisis financiera del año 2008, muchos países
industrializados están asistiendo a un decrecimiento, manifestado en el
desempleo y en la incapacidad de los gobiernos de mantener sistemas de
protección más estables para hacer frente a las consecuencias. Una de
las principales víctimas de esa austeridad son los niños, niñas y
adolescentes (NNyA). Ante dicho cambio en el modelo de bienestar
europeo, es evidente la necesidad de formar profesionales que puedan
contribuir a la defensa de los derechos de los menores de edad,
entendiendo que no existe una diferencia tajante entre las necesidades
de protección y las necesidades relacionadas con la autonomía del
sujeto, sino que la mejor forma de garantizar social y jurídicamente la
protección a la infancia es promover su autonomía como sujeto. Por otra
parte, sólo se podrá contribuir al bienestar de la infancia y
adolescencia desde la corresponsabilidad de diferentes actores y
perspectivas. A tal fin, el trabajo interdisciplinar en la intervención
con infancia y adolescencia en situación de vulnerabilidad social se
convierte en una necesidad de nuestra sociedad actual y en un importante
yacimiento de empleo. Por ello, se busca capacitar para el diseño,
desarrollo y evaluación de diversas estrategias de intervención,
inclusión social y participación, respetando los derechos fundamentales y
de igualdad entre hombres y mujeres, haciendo especial hincapié en los
derechos de los NNyA.
Además de ser un compromiso ético que la sociedad debe contraer con
sus miembros, los poderes públicos, por imperativo legal, deben asegurar
a los niños y niñas la protección y el cuidado que sean necesarios para
su bienestar y desarrollo integral, arbitrando las medidas tendentes a
que las personas a cuyo cargo se encuentran los menores de edad, los
protejan y promuevan el ejercicio de sus derechos. Estos derechos se han
plasmado a lo largo del siglo XX en diferentes instrumentos normativos
de carácter internacional, nacional y autonómico, convirtiendo a los
NNyA en sujetos de derecho, y convirtiendo esa tutela en un asunto de
carácter público, superando el contexto propiamente familiar y privado.
En este sentido los poderes públicos deben ser garantes y protectores
del cumplimiento de los derechos de todos los niños, niñas y
adolescentes. Así, hay que destacar en el ámbito Internacional la Convención de los Derechos del Niño,
aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de
noviembre de 1989, donde se recogen y desarrollan los principios
enunciados en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959.
En el ámbito estatal, hay que destacar la tutela desde nuestra norma
suprema, concretada principalmente en el art. 39.4 CE, que establece que
los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos
internacionales que velan por sus derechos, e incluso en el art. 39.3
que afirma que los padres deben prestar asistencia de todo orden a los
hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y
en los demás casos en que legalmente proceda, debiendo en los casos que
no sea así articular los poderes públicos los mecanismos adecuados de
tutela e intervención.
Es en el marco de estas competencias donde el legislador estatal ha
regulado las instituciones jurídico-públicas y privadas sobre las que se
asienta la protección del menor, siendo su máximo exponente la LO
1/1996, de 15 de enero de Protección jurídica del menor, que es un marco
regulador que garantiza a los menores una protección uniforme en todo
el territorio del Estado, y que ha servido de referencia a la
legislación que las Comunidades Autónomas han ido aprobando de
acuerdo con su competencia en materia de asistencia social, servicios
sociales y protección pública de menores de edad. Pero esta norma ha
sido objeto de reforma por la LO 8/2015, de 22 de julio, de modificación
del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que busca
la mejora de los citados instrumentos de protección, a los efectos
de continuar garantizando a los NNyA una protección uniforme en
todo el territorio del Estado, que, como indica su Exposición de
Motivos,“sirva de marco a las Comunidades Autónomas en el desarrollo de
su respectiva legislación de protección de menores, con independencia de
su situación administrativa, en caso de extranjeros”.
Igualmente, y dado el contenido del Título Propio que se presenta,
hay que mencionar también la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,
reguladora de la responsabilidad penal de los menores, que ha sido
objeto de varias reformas desde su entrada en vigor, siendo la producida
por la LO 8/2006 la más importante. Esta norma del año 2000 supuso un
punto de inflexión en nuestro Derecho en el modelo de tratamiento del
menor de edad que delinque; con ella se abandona el modelo tradicional
de justicia penal juvenil, denominado «de protección» o «tutelar», por
el denominado modelo «de justicia» o «educativo-
responsabilizador», en el que además de ese carácter educativo se
responde al fin político-criminal de endurecer la respuesta penal frente
al menor de edad que delinque. Asimismo, en el ámbito de las CC. AA.,
el artículo 148 CE contempla que las Comunidades Autónomas pueden asumir
competencias en materia de asistencia social. Como consecuencia de
ello, muchas administraciones autonómicas han llevado a cabo políticas
públicas en materia de protección y tutela de menores, respetando la
legislación civil, penal y penitenciaria de carácter estatal.
Toda esta normativa expuesta, y los diferentes cambios que se están
produciendo en la evolución de las familias y la infancia en el contexto
de una sociedad vulnerable, hacen necesario un análisis de estas
características, con el fin de profundizar en los derechos y necesidades
de la infancia. Y en ese contexto cobra especial relevancia la
intervención socioeducativa con esta población, con consideración a
aquellos NNyA que se encuentran en situación de riesgo y vulnerabilidad
sociall.
Al mismo tiempo, con este Título se pone el acento en la importancia
de continuar apostando por la necesidad de articular la alianza, el
trabajo en red, la cooperación y la participación como elementos
fundamentales para el impulso de los derechos de la infancia en el
ámbito local, en la línea desarrollada en el IV Congreso Internacional de Ciudades Amigas de la Infancia, organizado por UNICEF. Del mismo modo, conecta con los objetivos y principios de la Acción Local para la Agenda 2030,
impulsada por la ONU, considerando que la vulnerabilidad, la exclusión y
la falta de sostenibilidad tienen una naturaleza global y local tanto
en su origen como en las potenciales soluciones. Por tanto, el Título
abre un campo novedoso para los técnicos y representantes públicos
municipales, organizaciones ciudadanas, profesionales, investigadores y
estudiantes universitarios que estén interesados en conocer la agenda
internacional y sus implicaciones en clave local en materia de derechos
de la infancia y, al mismo tiempo, ofrece la posibilidad de adquirir
herramientas para el diseño de políticas públicas con enfoque de Infancia y de Agenda 2030.
Para dar respuesta a estas inquietudes, se cuenta con docentes de
la USAL desde una adecuada formación multidisciplinar
(Psicología, Sociología, Trabajo Social, Derecho,
Comunicación, Educación, Antropología, etc.), que reúnen los
conocimientos necesarios, tanto teóricos como prácticos, sobre las
materias del Plan de Estudios. Se cuenta también con una amplia oferta
de profesionales y entidades (públicas y privadas) que trabajan en el
campo de la infancia, de tal manera que, a partir de sus experiencias
profesionales, se consiga formar expertos de la intervención, inclusión y
participación con una visión interdisciplinar, amplia y global de las
diferentes situaciones que pueden interferir en el desarrollo de niños,
niñas y adolescentes. Y todo ello con vistas a que se puedan reconducir
las situaciones de riesgo, desamparo y vulnerabilidad social de estos
colectivos a través de medidas, acciones, actividades, iniciativas o
experiencias de diversas instituciones que trabajan en el ámbito de la
infancia.
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