Literatura Infantil y Juveniel, la mejor selección 2014


Los mejores títulos de 2014: 
sueños, piratas y una revolución pingüina*


25 especialistas y libreros eligen lo más destacado del año para niños y jóvenes

Ni las trilogías de mundos distópicos, ni diarios gráficos, ni los personajes de la tele que arrasan en librerías. Veinticinco investigadores de literatura para niños, libreros, animadores a la lectura y blogueros se han decantado por los textos de siempre en su listado de mejores libros de literatura infantil y juvenil que por tercer año consecutivo elabora Babelia. En la categoría de álbum ilustrado el título más votado ha sido un clásico: La cocina de noche, de Maurice Sendak. En primeros lectores (de 6 a 12 años) lideran las aventuras piratas de El tesoro de Barracuda, de Llanos Campos. Mientras que una chilena, Lola Larra, sorprende con la novela juvenil —apta para adultos— Al sur de la Alameda, ilustrada por su compatriota Vicente Reinamontes. La fuerza y la presencia de imágenes es tal que podríamos etiquetarlo como álbum ilustrado.
Sendak, autor de Donde viven los monstruos, ha marcado todo el plan editorial de Kalandraka en 2014. En el álbum La cocina de noche, de 1970, Sendak evoca pasajes de su infancia. Algunos conservadores tildaron de escandalosas algunas escenas.

Probablemente muchos de los padres hayan crecido escuchando alguno de los populares versos que recopila 12 poemas de Federico García Lorca, el segundo mejor álbum infantil: ‘La tarara’, ‘El lagarto está llorando’ o ‘Caracola’. A nadie escapa que la infancia marcó la obra del poeta granadino, que recorrió pueblos de la geografía española recogiendo el cancionero infantil. Y en esta ocasión lo complementa los dibujos oníricos y simbólicos del mexicano Gabriel Pacheco.
El mejor libro para lectores principiantes coincide con el histórico Premio Barco de Vapor: El tesoro de Barracuda, de Llanos Campos. Chispas, un grumete de 11 años, se propone dar con el tesoro del legendario pirata Phineas Johnson Krane. Las pistas para encontrarlo están en un libro, así que la iletrada tripulación del Cruz del Sur decide aprender a leer. El segundo puesto es para El hombrecillo de gris, ocho relatos poéticos en los que Fernando Alonso reflexiona, con ilustraciones de Ulises Wensell, sobre la libertad y la justicia, la felicidad y sueños, la igualdad y la tolerancia.

“Hace unas semanas, cuando empezaron las protestas y se decidió la toma del colegio, yo pensaba que eso del centro de alumnos no tenía nada que ver conmigo. Ahora no sé qué pienso. Todo fue culpa de Paola. Por ella me quedé”. Así Nicolás, el adolescente protagonista de Al sur de la Alameda, resume su historia. La de un estudiante que sin esperarlo se ve involucrado en los inicios de la “revolución pingüina. Esta revuelta estudiantil enfrentó en 2006 a la presidenta de Chile Michelle Bachelet y 600.000 alumnos de secundaria. En contraste, Reinamontes narra de forma gráfica el punto de vista de una segunda persona que observa desde una ventana.

El segundo puesto en juvenil es para El rey Matías I, de Janusz Korczak, considerado uno de los clásicos de la literatura polaca del siglo XX. Un jovencísimo monarca se enfrenta a sus ministros para llevar a cabo sus ideales. Un relato, de los de antes.

Especialistas: Teresa Colomer (Grup de Recerca de Literatura Infantil i Juvenil de la UAB), Pedro César Cerrillo (Centro de Estudios de la Promoción de la Lectura Infantil), Elisa Yuste ( Consultoría de cultura y lectura), Luis Miguel Cencerrado (Bibliotecario y documentalista), Inés Puig (Leoteca) y Javier Flor (Peonza). Blogs: El equipo de El Templo de las Mil Puertas, Alba Úriz (Letras y escenas), Ana Nebreda (Biblioabrazo), Román Belmonte (Donde viven los monstruos), Sofía Anaínez (Volvoretas) Carmen Sáez y Mari Cruz Zurbano (La casa de Tomasa). Librerías: Club Kirico, Hipérbole, Imaginaria, Rayuela, Rayuela Infancia, Liberespacio, Dragón Lector, Hada Lucía, 35 Formiguetes, Luz de Lula, Iuvenis, Reino de Bután, Cascanueces, La mar de letras y Leolo.

Los seleccionados 

ÁLBUM ILUSTRADO
1. La cocina de noche. Maurice Sendak. Kalandraka.
2. 12 poemas de Federico García Lorca. Ilustraciones de Gabriel Pacheco. Kalandraka.
3. Ahab y la ballena blanca. Manuel Marsol. Edelvives.
4. Todos mis patitos. Janosch. Libros del Zorro Rojo.
5. El lago de los cisnes. Charlotte Gastaut. Thule.

PRIMEROS LECTORES
1. El tesoro de Barracuda. Llanos Campos. Ilustraciones de Júlia Sardà. SM.
2. El libro de las camas. Sylvia Plath. Ilustraciones de Quentin Blake. Libros del Zorro Rojo.
3. Escarabajo en compañía. Pep Bruno. Ilustraciones de Rocío Martínez. Ekaré.
4. El hombrecito vestido de gris y otros cuentos. Fernando Alonso. Ilustraciones de Ulises Wensell. Kalandraka.
5. Matti y Sami y los tres errores más grandes del universo. Salah Naoura. Lóguez.


NOVELA JUVENIL
1. Al sur de la Alameda. Lola Larra. Ilustraciones de Vicente Reinamontes. Ekaré.
2. El rey Matías I. Janusz Korczak. Nube de Tinta.
3. Alianzas. Cuentos de la luna llena. Iria G. Parente y Selene M. Pascual. Everest.
4. Los libros de A. Josep Lluís Badal. Ilustraciones de Zuzanna Celej. La Galera.
5. Ciudades de papel. John Green. Nube de Tinta.


* La llamada Revolución Pinguina ha sido uno de los hechos de mayor protagonismo de los adolescentes estudiantes... Mientras en España nos cercenan a diario el derecho a la educación de la personas, los chicos y chicas de Chile llevaron adelante una de las movilización más larga, más exitosa (Y MAS SILENCIADA POR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN) que haya habido en los últimos tiempo. Movilización que tuvo un refrendo politico, y el compromiso de toda la socieda chile por garantizar el derecho a la educación a cualquier persona del país...
En este blog hemos recogido en varias ocasiones este asunto...

Resolución del Parlamento Europeo sobre el 25 aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño

 Resolución del Parlamento Europeo sobre el vigesimoquinto aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (2014/2919(RSP) 
B8‑0285/2014

El Parlamento Europeo,
–       Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, aprobada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989,
–       Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006,
–       Visto el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea,
–       Visto el artículo 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
–       Visto el Programa de Estocolmo, aprobado en 2009, y su plan de acción asociado para 2010-2014,
–       Vista la Observación general nº 14 (2013) del Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial,
–       Visto el documento titulado «Una Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño», aprobado en febrero de 2011,
–       Visto el Consenso europeo sobre desarrollo,
–       Vistos la Declaración y el Plan de Acción adoptados en el Foro de Alto Nivel sobre la Eficacia de la Ayuda, celebrado en Busan del 29 de noviembre al 1 de diciembre de 2011,
–       Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Un lugar especial para la infancia en la acción exterior de la UE» (COM(2008)0055),
–       Vistas las Directrices de la UE para la promoción y protección de los derechos del niño,
–       Vistas las directrices de la UE sobre los niños y los conflictos armados,
–       Visto el plan de acción de las Naciones Unidas titulado «Un mundo apropiado para los niños y las niñas»,
–       Vistos el Marco Estratégico y el Plan de Acción de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia,
–       Vista la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo(1),
–       Vista la Directiva 2011/93/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil y por la que se sustituye la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo(2),
–       Vista la Estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos (2012-2016), en particular, las disposiciones relativas a la financiación de la elaboración de unas directrices para los sistemas de protección del niño y el intercambio de mejores prácticas,
–       Vista la Recomendación de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulada «Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas» (C(2013)0778),
–       Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2013, sobre la situación de los menores no acompañados en la UE(3),
–       Vista la Convención de 1979 de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Plataforma de Acción de Pekín,
–       Vistas sus Resoluciones de 25 de febrero de 2014, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la lucha contra la violencia ejercida sobre las mujeres(4) y de 6 de febrero de 2014, sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia la eliminación de la mutilación genital femenina»(5),
–       Vistas las Conclusiones del Consejo, de 5 de junio de 2014, sobre la prevención y la lucha contra todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la mutilación genital femenina,
–       Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de mayo de 2014, sobre un planteamiento basado en los derechos para la cooperación en favor del desarrollo, que abarque todos los derechos humanos,
–       Visto el artículo 7 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que reafirma que la UE «velará por la coherencia entre sus diferentes políticas y acciones, teniendo en cuenta el conjunto de sus objetivos»,
–       Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de junio de 2014, titulada «Una vida digna para todos: de la visión a la acción colectiva» (COM(2014)0335),
–       Vistas la Comunicación de la Comisión, de 12 de abril de 2005, titulada «Coherencia de las Políticas en favor del Desarrollo» (COM(2005)0134) y las Conclusiones de la sesión n° 3166 del Consejo de Asuntos Exteriores, de 14 de mayo de 2012, tituladas «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio»,
–       Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A.     Considerando que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sus protocolos facultativos constituyen la norma en materia de promoción y protección de los derechos del niño, y contienen un amplio conjunto de normas jurídicas internacionales para la protección y el bienestar de los niños;
B.     Considerando que todos los Estados miembros de la UE han ratificado la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y tienen obligaciones jurídicas claras en cuanto a la promoción, la protección y el cumplimiento de los derechos de todos los niños de su jurisdicción;
C.     Considerando que la promoción de los derechos de los niños constituye un objetivo explícito de las políticas de la UE, y que la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE exige que el interés superior del niño sea una consideración primordial en todos los actos de la Unión;
D.     Considerando que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea respetan los derechos del niño a ser escuchado y a expresar su opinión y a que esta se tenga en cuenta en todos los asuntos que le afectan en función de su edad y madurez;
E.     Considerando que los derechos del niño (especialmente el principio de su interés superior, su derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo y a la no discriminación, así como el respeto de su derecho a expresar su opinión) conciernen a todas las políticas de la Unión;
F.     Considerando que se han logrado avances desde la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, hace veinticinco años, pero que los derechos de los menores siguen siendo vulnerados en muchas partes del mundo, incluidos los Estados miembros de la UE, como consecuencia de violencia, abusos, explotación, pobreza, exclusión social y discriminación por motivos de religión, discapacidad, género, identidad sexual, edad, origen étnico, o la situación migratoria o residencial;
G.     Considerando que en 2012 murieron aproximadamente 6,6 millones de niños menores de cinco años, en su mayor parte por causas evitables, y que, por tanto se les privó de su derecho fundamental a sobrevivir y desarrollarse; que 168 millones de niños de entre cinco y diecisiete años son víctimas del trabajo infantil, lo que pone en riesgo su derecho a estar protegidos de la explotación económica y vulnera su derecho a aprender y jugar; que el 11 % de las niñas están casadas antes de cumplir los quince años, lo que pone en riesgo sus derechos a la salud, la educación y la protección; que en África Subsahariana sigue ocurriendo que uno de cada diez niños que nacen muere antes de cumplir los cinco años;
H.     Considerando que la educación (concretamente, la escolarización en enseñanza primaria para todos los niños) es un derecho fundamental al que se comprometieron los Gobiernos con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989; que el objetivo para 2015 es asegurar que todos los niños y las niñas finalicen un ciclo completo de enseñanza primaria; que, pese a haberse alcanzado algunos progresos en el mundo desarrollado, queda mucho por hacer para alcanzar ese objetivo;
I.      Considerando que las crisis humanitarias siguen teniendo consecuencias nefastas para los niños, y que, en 2014, las vidas de más de 59 millones de niños se vieron afectadas por crisis, en su mayoría relacionadas con conflictos; que en el mundo hay actualmente unos 250 000 niños soldado, el 40 % de los cuales son de sexo femenino;
J.      Considerando que, solo en 2012, casi 95 000 niños y adolescentes menores de veinte años fueron víctimas de homicidio, casi 1 000 millones de niños de entre dos y catorce años fueron objeto de castigos corporales, uno de cada tres adolescentes de entre trece y quince años ha sufrido acoso y alrededor de 70 millones de niñas de entre quince y diecinueve años fueron víctimas de alguna forma de violencia física; y que, en el mundo, 120 millones de niñas han sufrido relaciones sexuales obligadas u otro tipo de actos sexuales obligados en algún momento de sus vidas;
K.     Considerando que, en los países en desarrollo, los niños suponen la mitad de la población, y que unos 100 millones de niños viven en la UE;
L.     Considerando que, según el último boletín del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) sobre la pobreza infantil en los países ricos, desde 2008, 2,6 millones de niños han traspasado el umbral de la pobreza en los países más ricos del mundo, con lo que la cifra estimada de niños que viven en la pobreza en el mundo desarrollado ha alcanzado los 76,5 millones; que, según el mismo estudio, en 2013, 7,5 millones de jóvenes que viven en la UE estaban considerados como «ninis» (personas que ni estudian ni trabajan ni cursan ninguna formación);
M.    Considerando que la violencia contra los niños presenta muchas formas, incluidos los abusos psicológicos, físicos, sexuales, emocionales y verbales, el desamparo y la privación, y tiene lugar en muchos escenarios, como el hogar, la escuela, la atención sanitaria y el sistema judicial, el lugar de trabajo, las comunidades e internet;
N.     Considerando que la Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño traza un marco claro de actuación para la Unión, y que su aplicación ha significado un importante avance en varios ámbitos esenciales de actuación y legislación, incluida la creación de líneas de ayuda telefónica sobre niños desaparecidos, la promoción de una Justicia que tenga en cuenta a los menores, la mejora de la recopilación de datos y la integración de los derechos de los niños en la acción exterior;
O.     Considerando que todo menor es, primero y ante todo, un niño cuyos derechos deben respetarse sin discriminación, independientemente del origen étnico, la nacionalidad o la condición social, migratoria o residencial de sus padres;
P.     Considerando que las niñas y los niños tienen expectativas y formas de socialización similares y distintas, y que la discriminación que sufren ambos difiere en distintas edades;
Q.     Considerando que, aunque se ha obtenido un progreso considerable, en particular, en los ámbitos de la trata, la explotación sexual y los derechos de las víctimas, así como en relación con los niños solicitantes de asilo y no acompañados, todavía queda mucho más por hacer para asegurar el pleno respeto en toda la Unión de los derechos de los niños migrantes; que muchos niños no acompañados desaparecen o se fugan tras su primera llegada a la UE y son especialmente vulnerables a los abusos;
R.     Considerando que, dado su carácter internacional, la explotación infantil y la explotación sexual infantil en internet (incluida la proliferación de material de explotación sexual infantil en internet y la ciberdepredación) siguen siendo una preocupación notable para las fuerzas y cuerpos de seguridad, existiendo delitos como la extorsión sexual, la captación de menores o la autoproducción de material relacionado con abusos infantiles y su difusión en internet, que hacen especialmente difícil la instrucción debido a las innovaciones tecnológicas que facilitan y agilizan el acceso de los delincuentes, incluidos los ciberdepredadores, al material;
S.     Considerando que los niños se ven especialmente afectados por la pobreza y por los recortes en los regímenes de seguridad social y las prestaciones sociales fundamentales, como las ayudas familiares, y que desde 2007 dichos recortes aumentan en la UE;
T.     Considerando que el marco posterior a 2015 para el desarrollo mundial representará una oportunidad de invertir en los derechos de todos los niños, en todos los lugares del mundo, independientemente de su género, origen étnico, raza o situación económica, de discapacidad o de cualquier otro tipo;
1.      Considera que los derechos de los niños forman la esencia de las políticas de la UE y que el vigesimoquinto aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño constituye una oportunidad de asegurar su plena aplicación en la política y en la práctica y de adoptar medidas adicionales para velar por que se respeten los derechos de todos los niños en cualquier lugar, especialmente los de los más vulnerables;
2.      Acoge favorablemente el compromiso de la UE, adquirido en el Programa de Estocolmo, de establecer una estrategia de la UE integrada con objeto de promover y proteger de forma efectiva los derechos de la infancia en la política interior y exterior de la Unión Europea, así como de apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en este ámbito; pide a la Comisión que proponga para los próximos cinco años una estrategia y un plan de acción ambiciosos y amplios en materia de derechos del niño que desarrolle y complete la Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño;
3.      Se felicita por el compromiso de la UE de seguir desarrollando directrices integradas sobre protección de la infancia para reducir la fragmentación resultante de las respuestas puntuales a cuestiones específicas relacionadas con la protección de los menores, a fin de velar por que todos los niños de la Unión gocen de protección efectiva frente a todas las formas de violencia;
4.      Pide a la Comisión que realice un seguimiento y aporte información sobre la aplicación de su recomendación titulada «Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas» en los Estados miembros y asegure el acceso a servicios de calidad y la participación de los niños; pide a los Estados miembros que presentan tasas de pobreza infantil superiores a la media que se fijen objetivos nacionales y den prioridad a las inversiones destinadas a reducir la pobreza y la exclusión social de los niños y los jóvenes;
5.      Pide a la UE y a sus Estados miembros que hagan de los Objetivos de Desarrollo del Milenio la principal prioridad de sus políticas internas y sus relaciones con terceros países; destaca el hecho de que estos objetivos, especialmente la erradicación de la pobreza, el acceso a la educación para todos y la igualdad de género, solo se lograrán mediante el desarrollo de servicios públicos que sean accesibles a todos;
6.      Pide a la Comisión y a los Estados miembros que incorporen un foco explícito sobre los niños y los jóvenes en el Semestre Europeo, en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento y en la revisión de la Estrategia Europa 2020 a fin de mejorar la aplicación de la Recomendación de la Comisión titulada «Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas»;
7.      Pide a la Comisión que asegure el refuerzo de la coordinación dentro de sus diversos servicios con vistas a integrar los derechos del niño de forma eficaz en todas las propuestas legislativas, las políticas y las decisiones financieras de la UE y a realizar un seguimiento de su pleno cumplimiento del acervo comunitario en relación con la infancia y con las obligaciones derivadas de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño; pide a la Comisión que vele por que el mandato y los recursos del coordinador de los derechos de la infancia reflejen adecuadamente el compromiso de la UE de incorporar de forma sistemática y efectiva en sus políticas los derechos de los niños;
8.      Pide a la Comisión que aproveche la oportunidad que le brinda la revisión intermedia del marco financiero plurianual para asegurar que los fondos de la UE beneficien a los niños más desfavorecidos y vulnerables;
9.      Pide a los Estados miembros y a la Comisión que consideren explícitamente a los niños como prioridad a la hora de programar y aplicar políticas regionales y de cohesión, como la Estrategia Europea sobre Discapacidad, el Marco Europeo de Estrategias Nacionales de Integración de los Gitanos y la política de la UE en materia de igualdad y no discriminación; reitera la importancia de proteger y promover la igualdad de acceso a todos los derechos de los niños gitanos;
10.    Insiste en que todas las políticas en materia de derechos de la infancia deben integrar una perspectiva de género y pide que se adopten medidas concretas que refuercen los derechos de las niñas, incluidas la educación y la salud;
11.    Pide a los Estados miembros que velen por que se respete el principio del interés superior del niño en toda la legislación, en las decisiones que tomen los representantes públicos a todos los niveles y en todos los fallos judiciales, y anima a los Estados miembros a que compartan mejores prácticas a fin de mejorar la correcta aplicación del principio del interés superior del niño en toda la UE;
12.    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que emprendan las acciones necesarias para asegurar que todos los niños puedan acceder de forma efectiva a sistemas judiciales adecuados a sus necesidades y derechos específicos, sea en calidad de sospechosos, autores, víctimas o partes en el procedimiento;
13.    Pide a la Comisión que evalúe las consecuencias para los niños de las políticas de detención y los sistemas de justicia penal; señala que los derechos de los niños se ven directamente afectados en toda la UE en caso de los niños que viven en centros de detención con sus padres; subraya que se estima que cada año en la UE unos 800 000 niños son separados de uno de sus progenitores por estar este encarcelado, lo que repercute en los derechos de los niños de múltiples formas;
14.    Considera que los niños son vulnerables en su acceso a bienes y servicios; pide a la comunidad empresarial y a las partes interesadas que se abstengan de dirigir publicidad agresiva y engañosa a los niños, tanto en internet como en otros medios, poniendo en práctica, entre otras iniciativas, la aplicación de códigos de conducta vigentes; considera que la publicidad dirigida a los niños en la que se anuncian alimentos con gran cantidad de grasas, sal o azúcar debe realizarse con responsabilidad, teniendo en cuenta el aumento de la diabetes y la obesidad infantil;
15.    Considera que los datos personales de los niños en internet deben contar con la protección debida y que es necesario informarlos, de forma accesible y adecuada a ellos, sobre los riesgos y las consecuencias de utilizar sus datos personales en internet; subraya que debe prohibirse el análisis de perfiles de menores en internet; considera que todos los niños deben tener derecho a disfrutar de un entorno sano y seguro y de acceso al juego;
16.    Pide a los Estados miembros que apliquen la Directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos, por cuanto la mayoría de las víctimas de la trata son niñas y niños víctimas infantiles de explotación laboral y sexual y de otros abusos; pide asimismo a los Estados miembros y a la UE que refuercen la cooperación policial y judicial con vistas a prevenir y perseguir dichos delitos; pide a los Estados miembros que tomen medidas para combatir el traslado ilícito de niños, que trabajen en cooperación con terceros países para abordar el creciente problema del contrabando y la trata de niños, y que persigan a los traficantes con las sanciones que convenga;
17.    Considera que deben tomarse medidas para combatir el ciberacoso, y que los niños, los profesores y las organizaciones infantiles y juveniles deben desempeñar un papel activo en la sensibilización sobre este asunto;
18.    Pide a la UE y a sus Estados miembros que inviertan en servicios públicos para niños, incluida la atención infantil, la educación y la sanidad;
19.    Pide a los Estados miembros que apliquen la Directiva 2011/93/UE relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil y que refuercen la capacidad jurídica, técnica y financiera de las fuerzas y cuerpos de seguridad para reforzar la cooperación, por ejemplo con Europol, con el objetivo de investigar y desmantelar con mayor eficacia las redes de delincuencia sexual infantil dando prioridad a los derechos y la seguridad de los niños afectados;
20.    Pide un enfoque de colaboración e intercambio de información más eficaz entre las fuerzas y cuerpos de seguridad, las autoridades judiciales, el sector informático y de las comunicaciones, los proveedores de servicios de internet, la banca y las organizaciones no gubernamentales, incluidas las dedicadas a la juventud y la infancia, con el objetivo de velar por los derechos y la protección de los niños en internet y de que la Ley los considere personas vulnerables; pide a la Comisión que tome la iniciativa de pedir a todos los Estados miembros que actúen para luchar contra todas las formas de ciberdepredación y ciberacoso;
21.    Considera que los niños no acompañados son especialmente vulnerables; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen la Resolución del Parlamento, de 12 de septiembre de 2013, sobre la situación de los menores no acompañados en la UE; pide a los Estados miembros que apliquen plenamente el paquete de medidas sobre el Sistema Europeo Común de Asilo a fin de mejorar la situación en la UE de los menores no acompañados; pide a los Estados miembros que actúen para poner fin a la detención de niños migrantes en la Unión; celebra la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-648/11, MA, BT, DA/Secretary of State for the Home Department, en la que se afirma que el Estado miembro responsable de examinar las solicitudes de asilo presentadas en más de un Estado miembro por un menor no acompañado es el Estado en el que este se encuentre después de haber presentado ante él una solicitud; recuerda que un menor no acompañado es ante todo un niño expuesto a un peligro potencial y que la protección de los niños, y no las políticas de inmigración, debe ser el principio rector de los Estados miembros y la Unión Europea en este ámbito, respetándose así el principio esencial del interés superior del niño;
22.    Pide a los Estados miembros que apliquen las normas establecidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño en relación con los niños privados de atención parental, y en las Directrices de las Naciones Unidas sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños; pide a la Comisión que utilice los fondos estructurales de la UE para apoyar la transición de los servicios institucionales a otros basados en la comunidad; pide a la Comisión que, en vista del considerable número de casos en los que presuntamente las autoridades públicas de algunos Estados miembros han procedido a adopciones forzadas sin el consentimiento de los padres, presente medidas concretas para asegurar que las prácticas en materia de adopción que llevan a cabo los Estados miembros sean en el interés superior del niño;
23.    Pide a todos los Estados miembros que faciliten la reunificación familiar de forma positiva, humana y ágil, con arreglo al artículo 10 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño;
24.    Subraya la necesidad de un enfoque más coordinado en la búsqueda de los niños desaparecidos en la UE; pide a los Estados miembros que refuercen la cooperación policial y judicial en los casos transfronterizos de desapariciones de niños y que creen líneas de ayuda telefónica de búsqueda de niños desaparecidos y presten apoyo a las víctimas de abusos infantiles; pide a los Estados miembros que faciliten la adhesión sin contratiempos de Marruecos, Singapur, la Federación de Rusia, Albania, Andorra, Seychelles, Gabón y Armenia al Convenio de 1980 de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores;
25.    Pide a la Comisión que, en su revisión del Reglamento (CE) nº 2201/2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, tome buena nota del interés superior del niño, teniendo en cuenta las lagunas en la aplicación y la ejecución del Reglamento en los Estados miembros en relación con los derechos parentales y de guarda y custodia;
26.    Condena todas las formas de violencia contra los niños, los abusos físicos, sexuales y verbales, los matrimonios forzosos, el trabajo infantil, la prostitución, la trata, la tortura, los crímenes de honor, la mutilación genital femenina, el uso de niños soldado y de niños como escudos humanos, la privación, el desamparo y la desnutrición; considera que la tradición, la cultura y la religión nunca deben utilizarse para justificar la violencia contra los niños; pide a los Estados miembros que cumplan sus obligaciones y combatan todas las formas de violencia contra los niños, también prohibiendo y sancionando formalmente el castigo corporal contra los niños; pide a los Estados miembros que refuercen su cooperación y su diálogo con terceros países, que emprendan acciones de sensibilización y que defiendan el respeto de los derechos del niño en todo el mundo;
27.    Condena el uso de los niños para fines o actividades militares y terroristas; recuerda la importancia de prestar apoyo y asistencia psicológicos a todos los niños que hayan estado expuestos a actos de violencia o sean víctimas de guerra; celebra la iniciativa de la Unión «Niños de la Paz» y subraya la importancia de velar por que los niños afectados por conflictos tengan acceso a la educación; pide a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) que apoye la campaña de las Naciones Unidas «Niños, no soldados», encaminada a poner fin al reclutamiento y la utilización de niños soldados por parte de las fuerzas de seguridad para 2016;
28.    Pide a la VP/AR que dé prioridad a los derechos de los niños en toda la acción exterior de la UE a fin de velar por su incorporación efectiva en las políticas, también en el contexto de los diálogos sobre derechos humanos, los acuerdos comerciales, el proceso de adhesión y la política europea de vecindad, así como en las relaciones con el Grupo de Estados de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), en particular, los países en conflicto; pide a la VP/AR que informe anualmente al Parlamento sobre los resultados obtenidos por la acción exterior de la UE en materia de infancia;
29.    Pide a la Comisión que integre los derechos de los niños en la cooperación para el desarrollo y en la ayuda humanitaria a fin de velar por una financiación suficiente, y que aumente el nivel de protección de los niños afectados por emergencias o catástrofes naturales o provocadas por el hombre, los niños desplazados internos y los niños refugiados; subraya la importancia de vincular la ayuda de emergencia, la rehabilitación y el desarrollo, especialmente en crisis prolongadas, y de integrar la innovación y las nuevas tecnologías en las políticas y los programas de la Unión, fomentando así la mejora de los derechos de los niños en contextos de desarrollo y emergencia;
30.    Celebra el hecho de que el Premio Nobel de la Paz de 2014 se haya otorgado conjuntamente a Kailash Satyarthi y Malala Yousafzai por su compromiso con la defensa de los derechos de los niños, especialmente el derecho de todos los niños a la educación; elogia el respaldo público que la Red del Premio Sájarov ha brindado a iniciativas de sensibilización sobre la violencia contra los niños; considera que ello es clara demostración del importante papel desempeñado por la sociedad civil y las organizaciones internacionales en la defensa y la promoción y protección de los derechos consagrados en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño;
31.    Subraya el importante papel desempeñado por los interlocutores sociales y las autoridades locales en la defensa de los derechos del niño, y pide al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo que actúen y elaboren dictámenes para participar plenamente en la defensa de los derechos del niño en las políticas de la Unión;
32.    Pide a las instituciones de la UE, a los Estados miembros, a las autoridades locales, a los interlocutores sociales y a la sociedad civil que unan sus fuerzas y cooperen a todos los niveles para mejorar la situación de los niños en la UE y en el resto del mundo; celebra y apoya el Manifiesto por los Derechos del Niño, cofirmado por UNICEF y otras catorce organizaciones de defensa de los derechos de los niños, y anima a más diputados, tanto europeos como nacionales, a que lo firmen y se conviertan en «defensores de los derechos del niño»;
33.    Expresa la voluntad de crear un intergrupo dentro del Parlamento Europeo sobre los derechos y el bienestar de los niños, que se basaría en el Manifiesto por los Derechos del Niño y funcionaría como órgano competente para la promoción de los derechos de los niños en todas las políticas y actividades del Parlamento Europeo en el contexto de los asuntos interiores y exteriores; apoya, por tanto, la iniciativa de designar «puntos de referencia» sobre los derechos de los niños dentro de cada comisión parlamentaria para velar por su incorporación en todas las políticas y textos legislativos que se aprueben;
34.    Considera importante aumentar la participación de los niños en sus actividades parlamentarias en consonancia con las prácticas establecidas por la Unión Interparlamentaria y UNICEF; pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades locales que estudien vías y medios de reforzar la participación de los niños y los adolescentes en el proceso de adopción de decisiones; recomienda el uso de las nuevas tecnologías y la innovación para consultar a los niños y los jóvenes e incrementar la participación infantil;
35.    Pide a los Estados miembros que ratifiquen sin demora todos los protocolos facultativos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño;
36.    Pide a la Comisión y a la VP/AR que estudien vías y medios de que la UE se adhiera unilateralmente a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño;
37.    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior, al Comité de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo, al Secretario General de las Naciones Unidas, a la Presidenta del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y al Director Ejecutivo de UNICEF.

(1)
DO L 101 de 15.4.2011, p. 1.
(2)
DO L 335 de 17.12.2011, p. 1.
(3)
Textos Aprobados, P7_TA(2013)0387.
(4)
Textos Aprobados, P7_TA(2014)0126.
(5)
Textos Aprobados, P7_TA(2014)0105.

#AyotzinapaSomosTodos. Sobre la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”

¡Mamá! ¡Papá!, un niño informado, 
¡jamás será engañado!
Infancia y adultos ante Ayotzinapa
Diciembre 2014

Vamos a encontrarlos y vamos a hacerles justicia.
Autor de foto sin identificar.
  A poco más de dos meses de la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”, situada en el poblado de Ayotzinapa, Municipio de Tixtla, estado de Guerrero, la emergencia de niños y niñas manifestándose en las calles comienza a llamar cada vez más la atención de los medios de comunicación, y a generar debates entre adultos en las redes sociales sobre si deberían o no participar y por qué. 
No es casual ni lo uno ni lo otro, es el reflejo de la crisis de la política gobernante mexicana.

Muchas preguntas nos provocan a los adultos, la cada vez más creciente necesidad de hablarles a los niños y niñas sobre las atrocidades cometidas por el gobierno y la delincuencia en el caso de los estudiantes. 
Hermann Bellinghausen, en Qué es eso, se pregunta  cómo  explicarles  a  los  niños  lo  sucedido,  ante  una  noticia  ampliamente difundida  y de  la que  todo adulto opina, discute  o protesta, hasta los distraídos, los frívolos, los apartados, los ignorantes, los tibios, los cínicos.

Pero muchas más preguntas provocan a los adultos, las preguntas de los niños y niñas sobre los detalles del caso de los estudiantes desaparecidos, estudiantes como ellos mismos. Cómo explicar el horror y responder las dudas sobre un cuento que jamás hubiésemos querido contarles, se pregunta Ximena Antillón en Ayotzinapa para María. Justamente el primer paso es ese: No dejar sin respuestas a María.

A la par de las preguntas, muchas inquietudes nos provocan a los adultos la necesidad de hacer  participes  a  niños  y  niñas  de  la  tristeza,  indignación,  dolor  y  rabia  ante  los
estudiantes agredidos, muertos, desaparecidos impunemente, ante la complicidad de aquellos quienes se dicen nos proporcionan bienestar, sí, #FueElEstado. Es la hora de la creatividad,  aciertan  en señalar  Soren  García y Adriana Segovia  cuando se preguntan
¿Cómo hablar a los niños sobre Ayotzinapa?, para proponer a niños y niñas acciones simples y concretas como hacer un dibujo, escribir una carta para los desaparecidos, para sus padres, para el presidente; inventar una canción o un poema que recuerde a los estudiantes. La  Carta a los niñonautas, porque ellos también tienen que saber, el Podcast de MVS Noticias, es también un ejemplo.

Podría suceder que, una vez superado el avasallamiento de preguntas e inquietudes adultas,  decidimos  que  nuestras  expresiones  y  emociones  deben  de  buscar  otros similares, encontrarse con otros adultos y otros niños y niñas, quienes han generado la misma solidaridad con padres y familiares de los estudiantes, así como la misma exigencia de justicia. No fue casual que una de las primeras marchas infantiles visibles, sucedida el
24 de octubre, fue la del Jardín de Niños “Vicente Guerrero”, en el Municipio de Tixtla, lugar donde nación el independentista Vicente Guerrero y donde está la Escuela de los estudiantes desaparecidos,  Marchan Niños en Tixtla por caso Ayotzinapa.

Si como adultos, hemos llegado a este punto en nuestras prácticas sociales con niños y niñas sobre el caso Ayotzinapa, deberíamos darnos cuenta que hemos ya construido un proceso reflexivo con ellos, niños y niñas que comprenden, de acuerdo a su edad, lo que sucede y el motivo por el cual hay que salir a marchar, protestar y manifestarse. Así lo demuestran, quienes organizaron y promovieron la participación de un contingente de niños y niñas, en la manifestación del 20 de Noviembre de 2014, en la Ciudad de México, Niños Por Ayotzinapa.

Pero  también,  los  niños  y  niñas  han  visto  u  oído  que  los  policías  atacan  a  los manifestantes, que cuando hay marchas salen encapuchados a generar violencia, que protestar es peligroso, que lo mejor es quedarse en casa, cada quien con su miedo y su indignación. Es entonces cuando surge otra inquietud, otro temor, el favorito de los gobiernos corruptos y asesinos: qué tal que si salimos a manifestarnos, acompañados de niños y niñas, sean hijos, familiares, amigos o alumnos, nos sucede algo parecido a lo que vivió Juan Martín Pérez con su hijo de 3 años, durante la misma marcha del 20 de noviembre,  La policía llegó a agredirnos directamente; no escuchaba nada.

Tal como escribió Andrea Bárcena, el 29 de noviembre, en  Marchas, monstruos y poesía, a los niños y niñas hay que hablarles siempre con la verdad, sin horrorizarlos, pues se trata de que los participantes expresen sus angustias y temores para superarlos al convertirlos en belleza. También Andrea anunciaba que habían pospuesto el proyecto de una marcha de menores, programada para el día siguiente, hasta saber si las autoridades capitalinas y federales pondrían límites a sus policías.


Sin embargo, así como los adultos debemos garantizar la seguridad, física y emocional, de niños y niñas, también debemos asegurarles la posibilidad de expresarse y manifestarse libremente por las calles, como un derecho que todos y todas tenemos, sin importan la edad.  Por  lo  que  diversos  adultos,  algunos  en grupo  y  otros  de  manera  individual o familiar, decidieron sí salir el 30 de diciembre a manifestarse, facilitando y acompañando a niños y niñas para expresarse porque los 43 estudiantes de Ayotzinapa regresen vivos y exigir justicia por la desaparición forzada que han sufrido.

Acompañados de padres, madres y adultos, niños y niñas realizaron carteles y dibujos expresando su preocupación por la violencia y su enojo hacia el presidente Peña Nieto,
#LosQueremosVivos. Los carteles fueron realizados en la explanada de  Bellas Artes, para posteriormente marchar por la Alameda, regresar a Bellas Artes y tomar la avenida 5 de mayo hasta llegar al  Zócalo donde, después de algunas consignas, tales como “Queremos crecer, no desaparecer”, “Estudiar, aprender, para al pueblo defender”, “Los niños conscientes, se unen al contingente”, “No somos de izquierda, tampoco de derecha, solo somos niños haciendo conciencia”, “¡Mamá, papá, Un niño informado, jamás será engañado!”, el contingente de niños y niñas menores de edad fueron a colgar los carteles en las vallas que resguardan al Palacio Nacional.

Cada vez son más los adultos que estamos convencidos que niños y niñas deben (in)formarse y manifestarse sobre cuestiones sociales y políticas para hacerse de su propia opinión. Así lo reafirmaron los padres y madres quienes, en la marcha del 6 de diciembre, conformaron al   “Contingente  Carriola”  , #NoTenemosMiedo. De lo contrario, declarar las manifestaciones públicas como espacios no aptos para infancia, es meterle  reversa a la Convención sobre los Derechos del Niño, es volver a la exclusión e  invisibilidad de la infancia, ha señalado Kathia Loyzaga en  El derecho a la participación política de las niñas y niños; pues  después  de  niños  y  niñas,  seguirían  las  personas  de  la  tercera  edad,  las mujeres, las personas con capacidades diferentes, y así, hasta que  en las calles sólo se encuentren  los  de  negro  contra  los  de  azul  o  verde,  intimidando  e  impidiendo  la participación y el ejercicio de nuestros derechos, 

“Migración Infantil: rupturas generacionales y de género. Las niñas peruanas en Barcelona y Santiago de Chile”, Tesis Doctoral de Iskra Pavez

Iskra Pavez, socia GSIA 
recibe Premio Extraordinario 
a Mejor Tesis Doctoral de Sociología 
en Barcelona
Iskra Pavez viajó recientemente a la ciudad de Barcelona,
donde recibió oficialmente el Premio en el marco de la Festa Anual
de la Associació d’Amics de la Universitat Autónoma de Barcelona. 

La integrante de GSIA, Iskra Pavez Soto, recibió el Premio Extraordinario 
La distinción es otorgada por el Consejo Académico del Departamento 
de Sociología de la Universidad Autónoma de Barcelona.


La Tesis con la que Pavez Soto se adjudicó el reconocimiento, se titula: “MigraciónInfantil: rupturas generacionales y de género. Las niñas peruanas en Barcelonay Santiago de Chile, y fue la culminación de sus estudios de Doctorado en Sociología en dicha Universidad catalana, en el  año 2011. En ese momento la Tesis fue evaluada con la máxima ditinción “sobresaliente cum laude” por prate del Tribunal, cabe decir que este último estaba compuesto por Dra. Lourdes Gaitán, presidenta de GSIA, Dra. Claudia Pedone y Dra. Carlota Solé.

Generalmente, cuando las familias participan en procesos migratorios sus principales motivaciones son mejorar sus condiciones de vida presentes, pero a la vez, puede ser muy habitual que proyecten la emigración como un medio para que sus hijas e hijos tengan acceso a mayores oportunidades de estudio y trabajo en el futuro y logren la movilidad social intergeneracional. 
De este modo, las niñas y los niños se convierten en protagonistas del proyecto migratorio familiar, desde el momento que tienen la misión de demostrar su éxito o fracaso; sin embargo, a pesar de esta centralidad en la migración familiar, habitualmente se desconocen las formas concretas en que participan y cómo les afectan estos procesos.

Justamente, esta Tesis Doctoral analiza las diferencias y desigualdades que experimentan los niños y particularmente las niñas en cuanto al ejercicio de sus derechos y libertades, las experiencias escolares y las expectativas de futuro a través de un diseño cualitativo, que combina la entrevista en profundidad con la observación participante para estudiar las diversas dimensiones del proceso migratorio infantil de cada contexto receptor, Barcelona y Santiago de Chile.

La Tesis Doctoral fue realizada desde la perspectiva teórica y metodológica de la Sociología de la Infancia que respeta y valora el punto de vista de las niñas y los niños, viéndoles como sujetos de derechos que reflexionan sobre sus experiencias, oyendo y aprendiendo del mundo infantil.
Además, es una Tesis que aborda un tema poco estudiado en la Sociología y también un tanto desconocido para la sociedad en general, respecto a cómo se informan, opinan y/o participan las niñas y los niños peruanos en todo el proceso migratorio internacional, analizando cómo viven los cambios generacionales y de género que la migración trae consigo.



Iskra Pavez viajó recientemente a la ciudad de Barcelona, donde recibió oficialmente el Premio en el marco de la Festa Anual de la Associació d’Amics de la Universitat Autónoma de Barcelona. 

Mayor información en el siguiente link: 

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P.D.: 
Desde aquí felicitamos a Iskra por su trabajo y por el esfuerzo compartido con la Asociación GSIA en el conocimiento y reconocimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Y le damos los gracias por compartir con todos nosostros esta investigación. Felicidades!


Observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño sobre las prácticas nocivas y Recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

Recomendación general núm. 31 
del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y 
Observación general núm. 18 
del Comité de los Derechos del Niño sobre las prácticas nocivas, 
adoptadas de manera conjunta  por

Comité de los Derechos del Niño y
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. 
14 de noviembre de 2014 
14-64765X (S)  

En base a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y
a la Convención sobre los Derechos del Niño 


I. Introducción

II. Objetivo y alcance de la recomendación u observación general conjunta

III. Justificación de la recomendación u observación general conjunta


IV. Contenido normativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de 
Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño 

V. Criterios para determinar prácticas nocivas 

VI. Causas, formas y manifestaciones de las prácticas nocivas 
A. Mutilación genital femenina 
B. Matrimonio infantil o forzoso 
C. Poligamia
D. Delitos cometidos por motivos de “honor” 

VII. Marco general para hacer frente a las prácticas nocivas 
A. Reunión de datos y supervisión
B. Legislación y su cumplimiento 
C. Prevención de prácticas nocivas
D. Medidas cautelares y servicios de respuesta 

VIII.  Difusión y uso de la recomendación u observación general conjunta y presentación de
informes

IX. Ratificación de tratados o adhesión a estos y reservas