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Mensaje a los talibanes y a los líderes de todo el mundo. Firma por el derecho de los niñas afganas a su educación: Petición de Malala Yousafzai ...

 Los talibanes impiden acudir a millones de niñas a la escuela.

Queridos amigos y amigas:
 
Los talibanes intentaron matarme mientras luchaba por la educación de las niñas. Y ahora acaba de pasar un mes desde que, en Afganistán, los talibanes impiden acudir a millones de niñas a la escuela.

La situación es desesperada y nuestras hermanas de Afganistán necesitan ayuda. Así que te pido personalmente que te unas a mí y a las defensoras afganas de los derechos de las mujeres Zarqa Yaftali y Shaharzad Akbar para exigir a nuestros mandatarios que hagan lo necesario para que todas las niñas afganas regresen a la escuela.

Ayúdanos a hacer de este uno de los mayores llamamientos a favor de la educación de las niñas que el planeta haya visto jamás y se lo entregaré directamente a los líderes del G20. Firma con un clic y comparte con todo el mundo: 


A los talibanes y a los líderes de todo el mundo:

Hace un mes, los talibanes cerraron la puerta de las escuelas a millones de niñas afganas, quitándoles no solo la educación sino también su futuro.

Afganistán es ahora el único país del mundo que prohíbe la educación a las niñas. Los líderes de todo el planeta deben tomar medidas urgentes y decididas para que cada niña afgana vuelva a la escuela.
  • A las autoridades talibanes: aseguraron al mundo que respetarían los derechos de las niñas y las mujeres, pero le están negando a millones de ellas su derecho a aprender. Reviertan la prohibición que de facto existe sobre la educación de las niñas y reabran las escuelas secundarias femeninas inmediatamente.
  • A los líderes de las naciones del G20: discutir la importancia de la educación no es suficiente. Utilicen la Declaración de los Líderes del G20 para exigir a los talibanes que permitan que las niñas acudan a la escuela y proporcionen fondos urgentes para financiar un plan educativo coordinado para todos los niños y niñas de Afganistán.
  • A los líderes de países musulmanes: la religión no justifica que las niñas no vayan a la escuela. Déjenle esto claro a los líderes talibanes haciendo declaraciones públicas sobre el imperativo islámico a favor de la educación femenina completa.
Cuanto más tiempo pasen las niñas fuera de la escuela, más improbable será que regresen. Únete a nosotras para exigir a los líderes de todo el mundo que defiendan el derecho de las niñas afganas a aprender y liderar.

Atentamente,


Zarqa Yaftali, Malala Yousafzai, Shaharzad Akbar
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Índice de riesgo climático para la infancia.


Noticias de la ONU

El mes de julio más caluroso jamás registrado, el Mediterráneo en llamas con cientos de devastadores incendios... Episodios extremos, en buena parte causados por la crisis climática, se repiten a lo largo de todo el mundo y cada vez son más frecuentes. ¿Quiénes son los más afectados? Como siempre: las niñas y los niños.

Los niños de la República Centroafricana, el Chad, Nigeria, Guinea y Guinea-Bissau son, en concreto, los más vulnerables a los efectos del cambio climático, según nuestro primer Índice de Riesgo Climático de la Infancia. Pero todos los niños, en todos los lugares, pueden verse afectados por este fenómeno que pone en peligro su salud, su educación y su protección y los expone a enfermedades mortales.

La crisis climática es una crisis de los derechos de la infancia
“La crisis climática es una crisis de los derechos de la infancia: Presentación del Índice de Riesgo Climático de la Infancia” es el primer análisis exhaustivo de los riesgos climáticos desde la perspectiva de los niños. En el índice, los países se clasifican en función de la exposición de los niños a las perturbaciones climáticas y medioambientales, como los ciclones y las olas de calor, así como su vulnerabilidad a esas perturbaciones según su acceso a los servicios esenciales.

Lo hemos presentado hoy en colaboración con Fridays for Future cuando se conmemora el tercer aniversario del movimiento mundial de lucha por el clima de los jóvenes.

La mitad de los niños en el mundo viven en uno de los 33 países “de muy alto riesgo”-

El informe revela que alrededor de 1.000 millones de niños (casi la mitad del total de 2.200 millones que hay en el mundo) viven en uno de los 33 países considerados “de muy alto riesgo”.

Estos niños se enfrentan a la combinación letal de estar expuestos a múltiples perturbaciones climáticas y medioambientales y ser altamente vulnerables debido a la precariedad de los servicios esenciales que reciben, como el agua y el saneamiento, la atención médica y la educación.
Los resultados del informe muestran la cantidad de niños afectados en la actualidad y revelan unas cifras que seguirán empeorando a medida que los efectos del cambio climático se aceleren.
“Por primera vez disponemos de un panorama completo que nos revela dónde y de qué forma los niños son vulnerables al cambio climático, y se trata de un panorama mucho más grave de lo que podíamos imaginar. Las perturbaciones climáticas y medioambientales están menoscabando la totalidad de los derechos de los niños, desde su acceso a un aire limpio, alimentos y agua potable, hasta su derecho a una educación, a una vivienda, a estar protegidos contra la explotación e incluso a sobrevivir. La vida de prácticamente todos los niños resultará afectada”, ha explicado nuestra directora ejecutiva, Henrietta Fore.
“Los niños llevan tres años alzando la voz desde todos los rincones del mundo para pedir que se tomen medidas. UNICEF respalda su reivindicación en favor del cambio con un mensaje irrefutable: la crisis del clima es una crisis de los derechos de la infancia, ha añadido Fore.

Principales resultados:
El Índice de riesgo climático para la infancia revela los siguientes datos:
•    240 millones de niños están muy expuestos a las inundaciones costeras;
•    330 millones de niños están muy expuestos a las inundaciones fluviales;
•    400 millones de niños están muy expuestos a los ciclones;
•    600 millones de niños están muy expuestos a las enfermedades transmitidas por vectores;
•    815 millones de niños están muy expuestos a la contaminación por plomo;
•    820 millones de niños están muy expuestos a las olas de calor;
•    920 millones de niños están muy expuestos a la escasez de agua;
•    1.000 millones de niños están muy expuestos a niveles cada vez más elevados de contaminación atmosférica.

Si bien casi todos los niños del mundo corren el riesgo de sufrir alguna de estas amenazas climáticas y medioambientales, los datos revelan que los países más afectados se enfrentan a crisis múltiples y a menudo solapadas que podrían mermar el progreso en materia de desarrollo y aumentar las carencias de la infancia. 

Se estima que 850 millones de niños (uno de cada tres en todo el mundo) viven en zonas donde se solapan al menos cuatro de las perturbaciones climáticas y medioambientales anteriormente citadas. Además, nada menos que 330 millones de niños (uno de cada siete en todo el mundo) viven en zonas afectadas como mínimo por cinco peligros considerables.

Del mismo modo, el informe revela incoherencias entre los países donde se generan las emisiones de gases de efecto invernadero y aquellos en los que los niños sufren las peores consecuencias del cambio climático.

En conjunto, los 33 países “de muy alto riesgo” emiten tan solo el 9% de las emisiones mundiales de CO2. Por el contrario, los 10 países que generan más emisiones representan casi el 70% de las emisiones mundiales. Sin embargo, solo uno de estos países se encuentra clasificado como país “de muy alto riesgo” en el índice.

“El cambio climático es profundamente desigual”
“El cambio climático es profundamente desigual. Aunque ningún niño es responsable del aumento de las temperaturas mundiales, ellos sufrirán las peores consecuencias. Los niños de los países menos responsables sufrirán más que nadie”, ha señalado nuestra directora ejecutiva.

“Sin embargo, todavía nos queda tiempo para actuar. Mejorar el acceso de los niños a los servicios esenciales, como el agua y el saneamiento, la salud y la educación puede aumentar notablemente su capacidad para sobrevivir a los peligros del clima. UNICEF insta a los gobiernos y a las empresas a escuchar a los niños y dar prioridad a las medidas que los protejan de los efectos del cambio climático, al tiempo que aceleran el trabajo para reducir drásticamente las emisiones de gases de efecto invernadero”, ha añadido Fore.

Si no se toman las medidas necesarias para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero cuanto antes, los niños seguirán sufriendo más que nadie. En comparación con los adultos, los niños necesitan más alimentos y agua por cada unidad de peso corporal; tienen menos capacidad para sobrevivir a los fenómenos meteorológicos extremos; y son más susceptibles a las sustancias químicas tóxicas, los cambios de temperatura y las enfermedades, entre otros factores.

“Seguirán surgiendo movimientos de jóvenes activistas por el clima que continuarán creciendo y luchando por lo que es justo porque no tenemos elección”, han afirmado Farzana Faruk Jhumu (Bangladesh), Eric Njuguna (Kenya), Adriana Calderón (México) y Greta Thunberg (Suecia), pertenecientes al movimiento Fridays for Future y coautores del prefacio del informe, al que también prestan su apoyo.
“Debemos afrontar los hechos, reconocer que el cambio climático es una crisis y actuar con la premura necesaria para garantizar que los niños de hoy hereden un planeta habitable”, han explicado las y los jóvenes.

Nuestras peticiones a gobiernos, empresas y actores relevantes:
Desde UNICEF exigimos a los gobiernos, las empresas y los actores relevantes que tomen medidas como las siguientes:
1.    Aumentar las inversiones destinadas a la adaptación y la resiliencia al clima en los servicios más importantes para la infancia. Si queremos proteger a los niños, a las comunidades y las personas más vulnerables de los efectos más graves del cambio climático que ya están comenzando a surgir, es necesario adaptar los servicios más importantes, como los sistemas de agua, saneamiento e higiene y los servicios de salud y educación.
2.    Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. A fin de evitar los peores efectos de la crisis climática, es necesario emprender acciones contundentes de inmediato. Antes de 2030, los países deben reducir sus emisiones un 45% como mínimo (en comparación con los niveles de 2010) para impedir que la temperatura aumente más de 1,5ºC.
3.    Proporcionar a los niños educación sobre el clima y competencias ecológicas, ya que son fundamentales para su adaptación y su preparación ante los efectos del cambio climático. A pesar de ser los menos responsables, los niños y los jóvenes sufrirán las desastrosas consecuencias de la crisis del clima y la inseguridad del abastecimiento de agua. Tenemos el deber de actuar en defensa de todos los jóvenes y de las generaciones futuras. 
4.    Incluir a los jóvenes en todas las negociaciones y las decisiones relacionadas con el clima a nivel nacional, regional e internacional, incluida la COP26. Los niños y los jóvenes deben participar en todos los procesos de formulación de decisiones relacionadas con el clima.
5.    Garantizar que la recuperación de la pandemia de COVID-19 sea respetuosa con el medioambiente, genere bajas emisiones de carbono y beneficie a todo el mundo, de una forma que no ponga en peligro la capacidad de las generaciones futuras para abordar y responder a la crisis climática.

Niños y niñas migrantes en una de las rutas más peligrosas del mundo.

 

Canarias: Niños y niñas migrantes en una de las rutas más peligrosas del mundo

Hacia una política de contingencia con enfoque de derechos de la infancia



UNICEF España ha presentado hoy Canarias: niños y niñas migrantes en una de las rutas más peligrosas del mundo, informe que refleja la situación tanto de las más de 2.500 personas, presumiblemente menores de edad no acompañadas, que hay actualmente en las islas, como de un sistema que ha intentado dar atención a los 3.830 menores de edad que han llegado a Canarias desde 2019.

Descarga este Informe 

El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas ya alertó a España, en sus recomendaciones de 2018, sobre la necesidad de garantizar una atención adecuada a la infancia migrante no acompañada. Por ello, ese año llevamos a cabo el primer diagnóstico de los derechos de los niños y niñas migrantes no acompañados en la frontera sur española (Andalucía, Ceuta y Melilla). Tres años después, hemos realizado un segundo trabajo, esta vez centrado en las condiciones de recepción y acogida de los niños y niñas migrantes en las Islas Canarias, que también contiene una actualización de la situación en Andalucía y Ceuta, y una serie de recomendaciones para impulsar una verdadera política de Estado para la protección de los derechos de las niñas y los niños en contexto de migración.

Puedes encontrar toda la información aquí

Fuente Unicef España

 



Infancia: el desafío futuro del derecho a tener derechos.

El ordenamiento jurídico está empezando a abrir los ojos ante los niños como titulares de derechos fundamentales. 
Se empieza a hablar, asimismo –y recuperando la idea de Jacques-Yves Cousteau del “Bill of rights for future generations”–, de la necesidad de reconocer derechos a las generaciones futuras, a través del reconocimiento de la posición preferente de los niños y niñas para ser titulares de los mismos.


La nacionalidad, la situación administrativa, la edad, la capacidad, en algunos ordenamientos jurídicos, en tiempos más o menos pretéritos, el sexo. Estas son las condiciones principales que pueden modular la titularidad de los derechos fundamentales. Son las claves del derecho a tener derechos. Si hoy me detengo en la minoría de edad, es por cuatro razones de contexto que me parecen relevantes:
  1. El 11 de enero de 2021, el Gobierno alemán acordó iniciar un procedimiento de reforma del art. 6 (2) de la Ley Fundamental de Bonnpara incorporar los derechos del niño al texto constitucional; 
  2. Entretanto, en la frontera sur de Europa, concretamente en Canarias y en Ceuta, se están produciendo desde hace meses entradas de niños, niñas y adolescentes de origen extranjero que llegan solos a nuestras fronteras y que, al llegar, se encuentran con la insuficiencia del modelo asistencial y el sometimiento a una serie de procedimientos que priorizan su condición de extranjería sobre su condición de infancia, dando prueba de ello los catorce dictámenes del Comité de Derechos del Niño que han constado el incumplimiento de la Convención (CDN) por parte de España respecto de los menores extranjeros no acompañados; 
  3. Por su parte, el TEDH cerró el 27 de mayo el plazo concedido a 33 gobiernos europeos para responder a las cuestiones planteadas en relación con la demanda  de seis niños y jóvenes portugueses que les imputan falta de cumplimiento de los acuerdos internacionales para frenar el cambio climático, afectando ello a su derecho a la integridad física y moral; y, 
  4. Por último, en España entró en vigor el 25 de junio la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), poniendo de manifiesto la existencia de una opinión mayoritaria respecto de la necesidad de reforzar el estatuto de protección de la infancia.

Se pone así de manifiesto que el ordenamiento jurídico está empezando a abrir los ojos ante los niños como titulares de derechos fundamentales. Se empieza a hablar, asimismo –y recuperando la idea de Jacques-Yves Cousteau del “Bill of rights for future generations”–, de la necesidad de reconocer derechos a las generaciones futuras, a través del reconocimiento de la posición preferente de los niños y niñas para ser titulares de los mismos.  Pero también se evidencian las dificultades que experimentan las personas menores de edad a la hora de activar los mecanismos de garantía de esos mismos derechos, de forma autónoma e independiente. De modo que la proclamación de sus derechos corre el riesgo de ser meramente declarativa. 

Resulta evidente que, en todos los ordenamientos, los menores de edad (independientemente ahora de donde se fije esa mayoría, que suele estar en los 18 años -art. 1 CDN-) adolecen de falta de capacidad procesal plena, siendo este un elemento intrínsecamente vinculado a su estatuto jurídico. Por esa razón, aunque el ordenamiento nacional propio, o incluso el sistema internacional de derechos humanos a través de lo recogido en la CDN, les reconozca la plena titularidad de los derechos recogidos en las respectivas declaraciones (excepción hecha del de participación política), lo cierto es que ese reconocimiento puede quedar vacío de contenido si esos mismos ordenamientos no prevén mecanismos adecuados de garantía. Resulta paradójico pero los menores de edad son individuos cuya inmadurez, desde el parámetro de observación de la vida adulta, lleva asociada la limitación de la autonomía y de la capacidad de obrar, y esas limitaciones son completadas por la capacidad de los mayores de edad, o por las autoridades que velan por sus intereses, compensando así su situación de desventaja. Ahora bien, su situación de vulnerabilidad inmanente, que les hace sin duda merecedores de protección, justifica también algunas limitaciones introducidas en el pleno disfrute y ejercicio de sus derechos, y esa minoración puede llegar a reforzar la situación de vulnerabilidad en determinadas circunstancias, particularmente en contextos de conflicto de intereses entre el menor, suficientemente maduro para identificar los que le son propios, pero insuficientemente capaz para defenderlos en un sistema procesal de garantías que le niega plena capacidad de obrar. La calificación, por tanto, de la situación o condición de vulnerabilidad en este caso, es sumamente compleja porque puede provocar un efecto de refuerzo de la propia situación de desventaja. 

Para evitar que esto suceda, los ejemplos que justificaban detenernos en este tema nos ofrecen también ideas sobre los mecanismos de superación de la paradoja. El reconocimiento constitucional específico de los niños, niñas y adolescentes como titulares de derechos fundamentales propios e independientes de los que se reconocen a sus progenitores, y como sujetos autónomos de su unidad familiar resulta fundamental a la hora de evaluar adecuadamente la preminencia del interés superior de menor, y en el momento de considerar la identificación de los límites de los derechos de los menores y de sus progenitores o tutores legales. Por eso, la propuesta de reforma del art. 6 (2) de la Constitución Alemana ha sido objeto de severas críticas por parte de muchas organizaciones de infancia. De un lado, la propuesta no se alinea con el estándar actual de protección de los derechos de la infancia que marca el CoDN en la interpretación que formula la CDN, lo que podría interpretarse como una reducción de la base de garantía. De otro, se propone la incorporación de la reforma en el precepto referido a la familia, y con una mención expresa de que la responsabilidad principal de los padres no se verá afectada por el reconocimiento de derechos, de modo tal que podría entenderse que, ante una situación de conflicto de intereses entre el menor y sus progenitores, prevalecerá siempre el de los padres suponiendo ese interés un límite implícito a los derechos del menor de edad. Por tanto, conviene reconocer expresamente a los niños y niñas como titulares de los derechos reconocidos en la Constitución, sin que ese reconocimiento suponga que vienen a introducirse más límites de los que se derivan de la CDN, que debe ser considerada como decantación del ius cogens internacional en este ámbito. Un buen modelo de referencia, en este sentido, puede ser el art. 24 CDFUE.

Además, es preciso prever las políticas de infancia como políticas de promoción y desarrollo de los derechos fundamentales de los menores, y como implementación de las obligaciones positivas de los Estados en la garantía de los derechos, porque de otro modo, asociaremos los derechos de la infancia con derechos de prestación, y no como derechos de libertad en sentido estricto, que es lo que efectivamente son. Los menores no pueden disfrutar del pleno ejercicio de sus derechos sin acciones específicas que hagan posible superar su situación de vulnerabilidad. Entre esas acciones, es fundamental atender a la promoción de mecanismos específicos de defensa y tutela de los derechos. El art. 14 LOPIVI reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita a los menores de edad en el marco de determinados procedimientos, y la LOPJM [art. 10.2.e)] prevé la posibilidad de que se nombre al menor un defensor judicial “para emprender las acciones judiciales y administrativas necesarias encaminadas a la protección y defensa de sus derechos e intereses”. Desde otro punto de vista, la modificación de las normas procesales o de contenido material, para contemplar particularidades vinculadas a la infancia también coadyuva a mejorar el pleno disfrute de los derechos de los niños y niñas (véase el caso de los nuevos arts. 109 bis, 110, o 132 del Código Penal español).

Por último, es preciso asumir un cambio de paradigma y superar la concepción adultocéntrica de los derechos que impera en la interpretación del ordenamiento. Los derechos de los adultos de que dependen los menores no pueden ser considerados sistemáticamente como prioritarios, por el mero hecho de tratarse de las personas que los tienen bajo su responsabilidad, siendo un ejemplo paradigmático de lo dicho la necesidad de superar las reticencias a retirar la patria potestad o los derechos parentales en los supuestos de violencia de género de que son víctimas los menores (véanse, en este sentido, las nuevas redacciones de los arts. 92, 154, 158 del Código Civil por la LOPIVI), o a considerar las libertades educativas de los hijos como preferentes, en determinados supuestos, a las libertades de enseñanza de los padres. Y ese salto lógico y metodológico nos hará más sencillo integrar y conformar adecuadamente la noción de derechos de las generaciones futuras, porque nos permitirá asumir lo relativo del alcance y proyección de nuestros derechos presentes y lo pernicioso de su expansión inconsciente.

*Este comentario es resultado de la investigación desarrollada en el marco del I+D+i “LÍMITES A LA FRAGMENTACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA EUROPA INTEGRADA Y UN CONTEXTO GLOBALIZADO: SUJETOS, ORDENAMIENTOS, COMPETENCIAS, ESTÁNDARES Y TERRITORIO” (DER2017-85659-C5-4-RS), financiado por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad del Gobierno de España. 

* Itziar Gómez Fernández https://www.ibericonnect.blog/perfil/itziar-gomez-fernandez/. “Infancia: El Desafío Futuro Del Derecho a Tener Derechos» IberICONnect, 5 de julio 2021. https://www.ibericonnect.blog/2021/07/infancia-el-desafio-futuro-del-derecho-a-tener-derechos/.

Itziar Gómez Fernández: Letrada del Tribunal Constitucional de España, Profesora e investigadora en el área de Derecho Constitucional del Departamento de Derecho Público de la Universidad Carlos III de Madrid. Es autora unas 50 publicaciones fruto de su actividad investigadora, además de haber participado en distintos proyectos de investigación y de cooperación nacionales e internacionales, y de haber presentado ponencias en congresos y seminarios científicos tanto a nivel nacional como internacional. Ha impartido cursos y seminarios en una quincena de Universidades europeas y latinoamericanas.

El trabajo infantil aumenta por primera vez en 20 años y la pandemia puede empeorar la situación, 12 de junio.

 12 de junio, día mundial contra la explotación laboral de niñas, niños y adolescentes.
Los avances para acabar con esta explotación se han estancado por primera vez en dos décadas y 
la pandemia de COVID-19 amenaza con abocar al trabajo infantil a nueve millones más de niños para 2022. 
Un nuevo estudio de UNICEF Y OIT indica que el mundo no está en vías de eliminar el flagelo para 2025 
y que, para cumplir esa meta, el progreso global tendría que ser casi 18 veces más rápido que en los últimos 20 años. 

Noticias de la ONU

Durante los últimos cuatro años, el número de niños que trabaja ha aumentado en 8,4 millones, elevando hasta 160 el número de niños, niñas y adolescente que desempeñan alguna tarea laboral señala un informe conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Fondo de la ONU para la Infancia (UNICEF), junio 2021.


El estudio advierte que los avances para acabar con el trabajo infantil se han estancado por primera vez en 20 años, invirtiendo una tendencia a la baja que permitió reducir esta lacra en 94 millones entre 2000 y 2016.

Pero esas no son las únicas malas noticias que aporta el informe, lanzado un día antes de la celebración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, ambos organismos advierten que la cifra todavía podría crecer más debido a debido a la COVID-19.

Se calcula que la pandemia del coronavirus podría abocar a nueve millones más de niños al trabajo infantil hacia finales de 2022 y que, según las predicciones de un modelo de simulación, esta cifra podría aumentar hasta los 46 millones si los menores carecen de acceso a una cobertura de protección social básica.

En cifras concretas, el reporte señala que se ha producido un aumento significativo del número de niños de 5 a 11 años que trabajan, una franja de edad que representa algo más de la mitad de la cifra total mundial, y que desde 2016 también creció en 6,5 millones el número de menores de 5 a 17 años que desempeñan tareas peligrosas, hasta alcanzar los 79 millones.

Estamos lejos de acabar con el trabajo infantil para el 2025

Sin embargo, el nivel de progreso varía drásticamente según las regiones.

Aunque desde el 2008 disminuyó el porcentaje y el número de niños que trabajan en Asia y el Pacífico y en América Latina y el Caribe, la aparición de la COVID-19 pone en peligro ese avance.

Por otro lado, desde 2016 aumentó en 16,6 millones en África subsahariana, región responsable de gran parte del incremento global del trabajo infantil. La subida se debió a múltiples factores como el crecimiento de la población, las crisis recurrentes, la pobreza extrema y las medidas inadecuadas de protección social.

El estudio indica que el mundo no está en vías de eliminar el trabajo infantil para 2025, como lo plantean los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Para cumplir esa meta, el progreso global tendría que ser casi 18 veces más rápido que el ritmo alcanzado en las dos últimas décadas.

Según las estimaciones realizadas antes de la pandemia del coronavirus y basadas en la velocidad de los cambios entre 2008 y 2016, en 2025 habrá unos 140 millones de niños trabajando si no se toman las medidas adecuadas de forma acelerada.

© UNICEF/Kamuran Feyizoglu
Un niño turco trabajando en el campo. El 70% del trabajo infantil ocurre en la agricultura.

El sector agrícola concentra la mayoría del trabajo infantil

Otras conclusiones clave del informe son:              

  • Por sectores, el agrícola, con un 70% o 112 millones, es donde se desempeñan la mayoría de los niños que trabajan, seguido por el 20% en los servicios con 31,4 millones de menores afectados, y el 10% en la industria, que emplea a 16,5 millones de niños.
  • Casi el 28% de los niños de 5 a 11 años y el 35% de los niños de 12 a 14 años que trabajan van a la escuela.
  • El trabajo infantil es más frecuente entre los niños que entre las niñas en todos los grupos de edad. Sin embargo, la brecha de género en el trabajo infantil se reduce si se tienen en cuenta las tareas domésticas realizadas por las niñas durante al menos 21 horas a la semana.
  • La prevalencia del trabajo infantil en las zonas rurales (14%) es casi tres veces superior al de las zonas urbanas (5%).
  • Los niños que trabajan corren el riesgo de sufrir daños físicos y mentales. El trabajo infantil compromete su educación, restringe sus derechos y limita sus oportunidades futuras, además de que conduce a círculos viciosos de pobreza y trabajo infantil por generaciones.
UNICEF/ Nyani Quarmyne
Niños trabajando en una instalación informal de procesamiento de oro en Ghana. El trabajo infantil es algo común, debido a la pobreza.

Para invertir la tendencia al alza del trabajo infantil, la OIT y UNICEF piden:

  • Una protección social adecuada para todos, que incluya prestaciones universales para los niños.
  • Aumentar el gasto en educación de calidad y conseguir que todos los niños vuelvan a la escuela, incluidos los que no iban antes de la COVID-19.
  • Fomentar el trabajo decente para los adultos, de modo que las familias no tengan que recurrir a la ayuda de los niños para generar ingresos familiares.
  • Acabar con las normas de género nocivas y la discriminación que influyen en el trabajo infantil.
  • Invertir en sistemas de protección de la infancia, desarrollo agrícola, servicios públicos rurales, infraestructuras y medios de vida

"Servicios de protección para niños, niñas y adolescentes extranjeros no acompañados en Europa”, Estudio Ararteko.

Este estudio de la Defensoría del Pueblo del País Vasco, 
presentado en la Conferencia Mundial del Instituto Int. del Ombudsman (IOI), 
selecciona y recopila una serie de prácticas prometedoras 
en el ámbito de la protección a niñas y niños extranjeros no acompañados.



Los niños y niñas extranjeros no acompañados constituyen, actualmente, uno de los principales desafíos de la migración para las sociedades y administraciones públicas europeas.

No obstante, el reto de acoger y alojar a esos niños y niñas va mucho más allá de asegurar sus derechos fundamentales y necesidades más básicas, como la alimentación, la vivienda, la atención sanitaria, la educación, la asistencia jurídica, etc. El verdadero desafío al que deberán enfrentarse las autoridades europeas y nacionales durante los próximos años es su integración y participación en las comunidades de acogida, su transición a la edad adulta o su futuro acceso al empleo.

Para realizar el estudio, el Ararteko hizo un exhaustivo trabajo de síntesis de los estándares internacionales fijados por las instituciones y organismos internacionales más relevantes en la materia (Comité de Derechos del Niño, agencias de las Naciones Unidas, Consejo de Europa o agencias de la Unión Europea), con el fin de poder determinar qué prácticas se ajustaban a estos estándares.
Posteriormente, se colaboró con defensorías del pueblo de toda Europa integradas en el IOI y en la Red Europea de Defensorías de Infancia (ENOC) para obtener información sobre la práctica de los distintos Estados y regiones con respecto a las actuaciones dirigidas a la protección de niñas y niños extranjeros no acompañados.
El estudio se centra en cuestiones transversales (el derecho de las niñas y niños a ser escuchados, o la formación del personal implicado), en las primeras fases de la acogida (llegada a la frontera, determinación de la edad) y en posteriores etapas de esta (acceso a servicios como educación o sanidad).
El estudio permite obtener una lista de estándares sobre protección de niños, niñas y adolescentes no acompañados, elaborados a partir de las directrices internacionales existentes en la materia. Ofrece, además, un amplio abanico de prácticas, tanto de administraciones como de defensorías del pueblo, que se pueden considerar como positivas.

Entre sus principales conclusiones, destaca la constatación de que, en aquellos Estados y regiones, como en Euskadi, en los que prima la condición de niño, niña o adolescente sobre su situación administrativa en relación con la migración, los niños, niñas y adolescentes extranjeros no acompañados reciben una mejor atención que en los lugares en los que ésta se supedita a la regularización administrativa.

Además, es necesario realizar mayores esfuerzos para garantizar el derecho de los niños y niñas no acompañados a ser escuchados en todos los aspectos.

Los Estados deben esforzarse más por garantizar que todas las personas profesionales que trabajan con niños y niñas no acompañados en el contexto de la acogida, tanto directa como indirectamente, reciban una formación necesaria y adecuada.

El proceso de compartir y trasladar información entre los actores relevantes, tanto en el ámbito nacional como internacional, sigue generando dificultades prácticas considerables y, por tanto, continúa siendo un desafío importante. La necesidad de intervención de las instituciones de defensoría del pueblo y de defensa de los derechos de la infancia corrobora la existencia de una deficiencia que hay que corregir, y subraya la necesidad de que los Estados encuentren maneras de intercambiar de forma rápida y efectiva información confidencial y colaborar.

Es preciso un mayor esfuerzo para asegurar la rápida asignación de una tutela y/o representación legal en el momento de llegada al país de acogida, y para dar prioridad a los procedimientos que afecten a niños y niñas no acompañados.

Los Estados deben incidir más en garantizar el acceso a servicios de salud mental y de rehabilitación para los niños y niñas no acompañados que sufren dificultades psicológicas y/o han sido víctimas de la violencia, el abuso, etc.

Es necesario crear estructuras de apoyo para las personas tutoras con el fin de proporcionarles asistencia, asesoramiento, conocimientos y competencias cuando se necesite.

La regularización de la situación administrativa de los niños y niñas no acompañados mientras son menores de edad (y están siendo atendidos), así como al alcanzar la mayoría de edad, debe convertirse en un objetivo primordial de la política de los Estados.

Por último, debería valorarse que, cuando los niños y niñas no acompañados alcanzan la mayoría de edad, sigan teniendo acceso a las políticas sociales (educación, atención sanitaria, servicios económicos y sociales, etc.), así como a medidas de apoyo individual y de seguimiento, hasta su autonomía personal.

El informe se complementa con los informes realizados por las Defensorías del Pueblo de los Países Bajos y Grecia, dedicados a la integración de las personas solicitantes de asilo y refugiadas, a los procedimientos en frontera y a la devolución de personas extranjeras. Las tres defensorías colaboraron en el marco de la sección europea del Instituto Internacional del Ombudsman para sacar adelante este trabajo.

Vitoria-Gasteiz, 28 de mayo de 2021


Red Niños y Trabajo

Recientemente se ha presentado la Red Niños y Trabajo, Children Work.
Aquí su presentación y Objetivos:

Somos un grupo internacional y diverso de investigadores académicos y profesionales preocupados por la infancia y los derechos del niño, con un interés particular en el trabajo infantil. 

Si bien creemos firmemente que se debe eliminar el trabajo dañino realizado por los niños, es de vital importancia que las intervenciones y campañas se basen en la evidencia, se informen sobre las propias experiencias de los niños trabajadores y consideren el bienestar de manera integral: deben atender al bienestar general. -ser y desarrollo de los niños - físico, mental, social y espiritual - según lo estipulado por la CDN (artículos 17, 23, 27, 32). 

Este sitio web está dedicado a nuestros esfuerzos y publicaciones con este fin.



Declaración Red de Niños y Trabajo.

Muchachos dirigiendo un taller de reparación de bicicletas en Asuán,Egipto.
 
Fotografía de Carl Heibert.  

Nuestro objetivo fundamental es que los niños y niñas, como es su derecho, vivan en un entorno que permita y promueva su desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social, en su máximo potencial*.   
El desarrollo efectivo en cualquier ámbito requiere de la participación activa de los niños.  También requiere su protección contra daños, pero toda protección debe tener en cuenta la intención más amplia de permitir que los niños prosperen: un enfoque estrecho en proteger a los niños de riesgos particulares con demasiada frecuencia da lugar a restricciones que pueden obstaculizar su bienestar y obstaculizar sus oportunidades de desarrollar

 Aplicando esta preocupación fundamental al trabajo de los niños, hemos llegado a reconocer que los niños y adolescentes pueden y trabajan, con o sin pago, para mantenerse a sí mismos y a sus familias, particularmente en situaciones de pobreza severa, pero también en una variedad de contextos y entornos culturales.  En muchos casos, su trabajo permite a los jóvenes aprender habilidades técnicas, comerciales y para la vida que los ayudan a lograr una vida digna y productiva como adultos dentro de sus sociedades, un aprendizaje que es especialmente importante donde la educación disponible ofrece beneficios limitados. 

 También es importante observar que el trabajo está integrado en las relaciones sociales y que las relaciones de apoyo son clave para el bienestar y el desarrollo de los niños. A través del trabajo, incluso los niños pequeños participan en las actividades de sus familias y comunidades, realizando tareas y quehaceres y, en ocasiones, contribuyendo al sustento familiar mediante el trabajo remunerado o no remunerado; de esta manera, construyen sus relaciones con quienes les rodean y desarrollan un sentido de responsabilidad social y económica y de ciudadanía. 

 Sin embargo, el trabajo que realizan los niños y adolescentes puede tener efectos tanto negativos como positivos. En particular, el trabajo a veces obstaculiza o impide la escolarización, o conlleva un grave riesgo de daño físico o psicológico. Sin embargo, las intervenciones destinadas a proteger a los niños impidiéndoles trabajar con demasiada frecuencia dañan las posibilidades de los niños que se supone deben estar protegidos, privándolos de los beneficios de un trabajo seguro y, a veces, empujándolos a peores formas de trabajo. 

 Por tanto, es necesario prestar mucha atención al trabajo que realizan los niños e intervenir en su nombre cuando el trabajo les perjudique. 
Décadas de investigación en todos los continentes nos llevan a concluir que el respeto genuino de los derechos del niño requiere que la intervención se aplique y evalúe de acuerdo con los siguientes criterios clave: 

1.-  Los niños deben poder realizar un trabajo que los beneficie y contribuya a su pleno desarrollo. Es importante reconocer y aprovechar los aspectos positivos del trabajo infantil, tanto dentro del trabajo en sí como en cualquier intervención destinada a beneficiar a los niños trabajadores. Y es importante que los niños puedan trabajar con dignidad. 

2.-  Los niños que trabajan no deben ser perjudicados ni explotados a través de su trabajo. La atención debe centrarse en prevenir daños en lugar de prevenir el trabajo. 

 3.-  Los niños que trabajan no deben ser perjudicados ni explotados mediante ninguna intervención destinada a su beneficio. No deben ser criminalizados por su trabajo. 

4.-  Las políticas y los programas relacionados con el trabajo infantil o el trabajo infantil deben basarse en pruebas empíricas sobre los efectos en el bienestar y el desarrollo de los niños y responder a ellas, tanto con respecto a su trabajo como a las intervenciones en el trabajo infantil. 

5.-  Las políticas deben abordar los factores estructurales, políticos y económicos que llevan a los niños a buscar trabajo de manera que los perjudique, en lugar de simplemente buscar sacarlos del trabajo. En esa consideración se incluye una educación de calidad a fin de hacer realidad los derechos del niño y los objetivos de la educación, así como las prácticas comerciales y de producción que llevan a los niños a realizar trabajos nocivos. 

6.-  Todos los actores deben reconocer y apoyar la participación sistemática de los niños para determinar su propio interés superior y promover sus derechos humanos en general. En particular, los niños que trabajan son trabajadores y deberían tener todos los derechos de los trabajadores, incluido el derecho a defender sus intereses. 

 * Cf. Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN) artículos 17, 23, 27, 29, 32.

La web cuenta con informacion y accesos a iniciativas colectivas, a  estudios de casos e a investigaciones.

Acesso a los Miembros de la Red, entre los que se encuentran dos miembros de la Asociacion GSIA.


"Jóvenes Migrantes sin referentes familiares en Euskadi. Diagnóstico y propuestas de actuación"

Estudio realizado por ARARTEKO, 
oficina de la Defensoría del Pueblo de Euskadi.

Fuente, Elena Ayarza Elorriaga
Haur eta Nerabeentzako Bulegoko Arduraduna
Responsable de la Oficina de la Infancia y la Adolescencia.
ARARTEKO.

Este estudio tiene su origen en el análisis de las quejas trasladadas por particulares y organizaciones sociales a lo largo de los últimos años denunciando la situación de vulnerabilidad social en la que se encuentran estas personas jóvenes y que apuntan a dificultades de muy diversa índole (inscripción en el padrón municipal, obtención y renovación de la autorización para residir y trabajar, cobertura de necesidades básicas, participación en programas de emancipación, acceso a itinerarios formativos), incluso, en los casos más graves, a situaciones "de calle".

Entre las fuentes utilizadas, se ha podido contar con información proveniente de 16 administraciones consultadas, y personas en contacto habitual con estos y estas jóvenes.

El estudio finaliza con unas recomendaciones a las administraciones vascas que el Ararteko considera necesarias para mejorar la atención a estas personas.

Entre ellas, destacan unas propuestas de actuación para:

· Avanzar en la interlocución con la Administración General del Estado, con el ánimo de facilitar el acceso al trabajo y la regularización administrativa.

· Elaborar, en el marco de las políticas de apoyo a la juventud vasca en sus procesos de emancipación y de las políticas en materia de integración y participación social de las personas inmigrantes, una estrategia integral destinada a las y los jóvenes migrantes de 18 a 23 años sin referentes familiares.

· Fortalecer una orientación jurídica adecuada, coherente y coordinada.

· Ampliar el parque de viviendas dotacionales a disposición de ayuntamientos, diputaciones forales y entidades sociales para que ofrezcan una respuesta habitacional digna.

· Garantizar los ingresos necesarios para hacer frente a las necesidades básicas y a los gastos derivados del proceso personal de inclusión social y laboral.

· Abrir una reflexión en torno a la respuesta que corresponde al sistema vasco de servicios sociales, clarificando tanto su papel respecto a otras políticas públicas, como su articulación interna.

· Consolidar los procesos iniciados para la cualificación profesional y evaluar los elementos que dificultan su éxito.

· Profundizar en el desarrollo del espacio sociosanitario para personas en situación de exclusión social y, en concreto, la cobertura de los programas de convalecencia y psiquiatría de calle.

· Intensificar las actuaciones dirigidas a la generación y fortalecimiento de vínculos comunitarios entre las personas jóvenes migrantes que residan en el municipio y el resto de vecinos y vecinas.

· Impulsar acciones concretas de sensibilización (antirrumores, etc.) y formaciones específicas respecto a las conductas discriminatorias, diferencias de trato y estigmatización social hacia estos jóvenes.

· Mejorar los mecanismos para la detección de situaciones de trata de seres humanos o explotación de cualquier tipo.

El Ararteko considera que una sociedad como la vasca, que se define como abierta, plural y con valores, no puede renunciar a compartir su futuro con personas jóvenes, entusiastas y deseosas de ofrecer lo mejor de sí mismas a esta comunidad. El futuro lo construimos entre todos y todas, sin exclusiones.

Vitoria-Gasteiz, 18 de marzo de 2021


Documentos
Jóvenes migrantes sin referentes familiares en Euskadi Jóvenes migrantes sin referentes familiares en Euskadi
Resumen y recomendaciones del estudio - Jóvenes migrantes sin referentes familiares en Euskadi Resumen y recomendaciones del estudio - Jóvenes migrantes sin referentes familiares en Euskadi