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«Los derechos de la infancia desde una mirada inclusiva», Jornada Plataforma de Infancia, 30 de noviembre.

Se trata de un encuentro que se realizará junto a la Plataforma del Tercer Sector, dirigido a equipos educativos y personas adultas con niñas y niñas bajo su responsabilidad con el fin de presentar la Convención de los Derechos de la Infancia desde una mirada inclusiva, con un lenguaje amigable y adaptada a diferentes franjas de edad.

La jornada “Los derechos de la infancia desde una mirada inclusiva” forma parte de las actividades que la Plataforma de Infancia y la Plataforma del Tercer Sector desarrollan conjuntamente para el acercamiento a la ciudadanía de la información y contenidos sobre los derechos de la infancia, con el objetivo de trabajar por una comunicación inclusiva del gobierno abierto. 

Tendrá lugar el próximo 30 de noviembre de 10:00h a 13:00h en la sala Valle-Inclán del Círculo de Bellas Artes en Madrid. Y está dirigida a equipos educativos y personas adultas con chicas y chicos bajo su responsabilidad. En ella se presentará la Convención de los Derechos de la Infancia adaptada a un lenguaje amigable para distintas franjas de edad y los recursos para su conocimiento y trabajo con grupos de niñas, niños y adolescentes. 

Conoce el programa e inscríbete aquí.
Convención de los Derechos de la Infancia adaptadaCon el objetivo de facilitar el conocimiento, aplicación y difusión a la infancia como sujeto de derecho, desde la Plataforma de Infancia se ha realizado la adaptación de la Convención sobre los Derechos de la Infancia a lenguaje amigable en tres franjas diferentes de edad; de 6 a 8 añosde 9 a 12 y de 13 a 17 años

Además, durante la jornada se presentará un nuevo espacio web con actividades y otros recursos para realizar con los tres grupos de edad marcados sobre los diferentes artículos de la Convención, que ayuden y faciliten el trabajo de los equipos educadores con los niños, niñas y adolescentes. 


Sobre la Convención de los Derechos de la Infancia

La Convención sobre los Derechos de la Infancia es el tratado internacional adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, que reconoce a todas las personas menores de 18 años como sujetos de pleno derecho. 

Es el más ampliamente ratificado por los países del mundo. Por tanto, los Estados Parte, incluyendo España, están obligados a respetarlos y hacerlos cumplir sin distinción de etnia, sexo, idioma, religión, opiniones, procedencia, posición económica, creencias, impedimentos, nacimiento o cualquier otra condición del niño o niña, de sus padres y madres o de sus representantes legales. 

Este tratado establece los derechos en sus 54 artículos y protocolos facultativos, definiendo los derechos humanos básicos que deben disfrutar todos los niños, niñas y adolescentes. 


La situación de la Infancia en España 2022. Plataforma de Infancia.

A pesar de los avances en políticas de infancia, las organizaciones de infancia señalan grandes carencias presupuestarias, falta de equidad y vulneraciones de los derechos de niños, niñas y adolescentes 
La Plataforma de Infancia, red de más de 70 organizaciones de infancia, presenta el informe ‘La situación de la infancia en España 2022’, una radiografía del estado de los derechos de niños, niñas y adolescentes en nuestro país que recoge el análisis de organizaciones de infancia, personas expertas en derechos de infancia y las opiniones de niños, niñas y adolescentes.   
 
Aunque en los últimos años se han producido  importantes avances legislativos en la defensa de los derechos de la infancia en España, existen grandes carencias presupuestarias, falta de equidad y preocupantes vulneraciones en el cumplimiento de los derechos de la infancia” ha señalado hoy Carles López, presidente de la Plataforma de Infancia.


Este informe analiza el estado de los derechos de la infancia en España de cara al VII ciclo de revisión sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. 
A través de este mecanismo de control, el Comité recoge las opiniones de la sociedad civil, las contrasta con las acciones del Estado para defender los derechos de la infancia y emite una serie de recomendaciones, llamadas Observaciones Finales, que los Estados deben poner en marcha en el siguiente ciclo. 
Las últimas recomendaciones que recibió España del Comité de los Derechos del Niño son de 2018. 

Las organizaciones de infancia reconocen los grandes avances en materia de derechos de infancia que han tenido lugar en España, como la aprobación de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), y de la LOMLOE, la creación del Consejo Estatal de Participación Infantil y Adolescente o las medidas aprobadas para luchar contra la pobreza infantil, como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y los complementos de infancia o la garantía infantil.  

Sin embargo, “es necesario que estos avances se acompañen de recursos económicos, desarrollos normativos y medidas específicas en todos los ámbitos, para que tengan un impacto real en la vida de los niños y niños” ha señalado López. “Además, las políticas públicas deben contar con un enfoque de derechos de infancia y con la participación de la sociedad civil y de los propios niños y niñas». 

Informe de la 1ª consulta a niños y jóvenes para la elaboración de Observación General, nº 26: Medio Ambiente.

En este proceso han participado casi 7.500 niños y jóvenes.

Un proceso de participación que  continuará entre noviembre de 2022 y febrero de 2023 como segunda fase de consulta con los niños... 

Este informe es un resumen de los resultados de un cuestionario global para niñas y niños, que fue diseñado conjuntamente con el Equipo Asesor Infantil y distribuido entre las niñas y los niños de todo el mundo entre el 31 de marzo y el 20 de junio de 2022.

El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas está escuchando los llamamientos de las niñas y los niños, dando un paso importante para hacer que los Estados parte se responsabilicen de garantizar que las niñas y los niños puedan crecer y vivir en un mundo limpio, verde, sano y sostenible, creando una Observación General sobre los Derechos del Niño y el Medio Ambiente con especial atención al Cambio Climático (Observación General Nº 26).

El derecho a un medio ambiente saludable es un requisito previo para la implementación efectiva de todos los demás derechos recogidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN).

Para garantizar que la Observación General Nº 26 sea representativa de las diversas experiencias y del interés superior de las niñas y los niños de todo el mundo, debe adoptarse un enfoque colaborativo e intergeneracional para su desarrollo. Una parte esencial del desarrollo de la Observación General Nº 26 es la participación de las niñas y los niños. Las niñas y los niños tienen derecho a expresar libremente sus opiniones sobre todos los asuntos y decisiones que les afectan y a que esas opiniones se tengan en cuenta en todos los niveles de la sociedad. Este derecho se describe detalladamente en la Observación General Nº 12 sobre el derecho de la niña/niño a ser escuchado, disponible en CRC/C/GC/12.

El Comité reconoce la importancia de trabajar con las niñas y los niños en asuntos de tanta importancia y relevancia para sus vidas. Por ello, el Comité, con el apoyo de Terre Des Hommes, estableció su primer Equipo Asesor Infantil a nivel mundial para apoyar el desarrollo de la Observación General Nº 26. El Equipo Asesor Infantil es un grupo de 13 niños expertos, de entre 10 y 17 años, de diferentes regiones, orígenes y con diversas experiencias vividas. 

El Equipo Asesor Infantil es fundamental para informar del proceso de consulta a las niñas y los niños y garantizar que éstos tengan oportunidades significativas de contribuir con sus opiniones, experiencias e ideas al desarrollo de la Observación General Nº 26.
 
Este informe es un resumen de los resultados de un cuestionario global para niñas y niños, que fue diseñado conjuntamente con el Equipo Asesor Infantil y distribuido entre las niñas y los niños de todo el mundo entre el 31 de marzo y el 20 de junio de 2022. 

Este informe resume las opiniones de las niñas y los niños y sus experiencias sobre los siguientes temas:
1) Impacto del cambio climático y daños medioambientales.
2) Pensamientos y sentimientos sobre el cambio climático y los daños medioambientales.
3) Acceso a la educación y al apoyo.
4) Tener voz y ser tomado en serio.
5) Acceso a la información.

Por último, el informe proporciona los mensajes clave compartidos por las niñas y los niños en el cuestionario.

Los resultados del cuestionario informarán al Comité en su trabajo para desarrollar el primer borrador de la Observación General Nº 26, que se pondrá a disposición del público para su revisión en noviembre de 2022. 
Entre noviembre de 2022 y febrero de 2023 tendrá lugar una segunda fase de consulta con las niñas y los niños. 

Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, Compilación a 2022

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
Observatorio del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Este trabajo ha sido elaborado por la Dirección de Políticas Públicas (DIPP) 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 
Boletín SIPROID 114, julio de 2022 

Acceso al texto las 25 Observaciones Generales del CDN desde ese enlace.

Observación General Nº 1. Propósitos de la Educación. Comité de los Derechos del Niño. (2001)

Observación General Nº 2. El papel internacional. El papel de las instituciones nacionales independientes.  Comité de los Derechos del Niño. (2002)

Observación General Nº 3. El VIH/SIDA y los derechos del niño. Comité de los Derechos del Niño. (2003)

Observación General Nº 4. La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención de los Derechos del Niño. Comité de los Derechos del Niño. (2003)
 
Observación General Nº 5. Medidas generales de aplicación de la Convención de los Derechos del Niño. Comité de los Derechos del Niño. (2003)

Observación General Nº 6. Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen. Comité de los Derechos del Niño. (2005)

Observación General Nº 7. Realización de los derechos del niño en la primera infancia. Comité de los Derechos del Niño. (2005)

Observación General Nº 8. El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes. Comité de los Derechos del Niño. (2006)

Observación General Nº 9. Los derechos de los niños con discapacidad. Comité de los Derechos del Niño. (2006)

Observación General Nº 10. Los derechos del niño en la Justicia de Menores. Comité de los Derechos del Niño. (2007)

Observación General Nº 11. Los niños indígenas y sus derechos en virtud de la Convención. Comité de los Derechos del Niño. (2009)

Observación General Nº 12. El derecho del niño a ser escuchado. Comité de los Derechos del Niño. (2009)

Observación General Nº 13. Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia. Comité de los Derechos del Niño. (2011)

Observación General Nº 14. El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial.  Comité de los Derechos del Niño. (2013)

Observación General Nº 15. El derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud. Comité de los Derechos del Niño. (2013)

Observación General Nº 16. Las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño. Comité de los Derechos del Niño. (2013)

Observación General Nº 17. El derecho del niño al descanso, el esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes. Comité de los Derechos del Niño. (2013)

Recomendación General Nº. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y
Observación General Nº 18 del Comité de los Derechos del Niño sobre las prácticas nocivas, adoptadas de manera conjunta. (2014).

Observación General Nº 19 Sobre Gasto Público y los derechos del niño (Artículo 4). Comité de los Derechos del Niño. (2016)

Observación General Nº 20 (2016) sobre la efectividad de los derechos del niño durante la adolescencia

Observación General Nº 21 sobre los niños en situación de calle. (2017)

Observación General Conjunta N° 3 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de Todos los
Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 
y Observación Gral. núm. 22 (2017) del Comité de los Derechos del Niño sobre los principios generales relativos a los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional

Observación General Conjunta N° 4 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de Todos los
Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 
y Observación Gral. núm. 23 (2017) del Comité de los Derechos del Niño sobre las obligaciones de los Estados relativas a los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional en los países de origen, tránsito, destino y retorno

Observación General N° 24 (2019) relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil

Observación General N° 25 (2021) relativa a los derechos de los niños en relación con el entorno digital




Constitucionalización de los derechos de la infancia.

María Lorena Rossel · UDLA Sede Viña del Mar.

"Sr. Director,

La redacción de la nueva Constitución ofrece la oportunidad de incorporar entre sus disposiciones los derechos de los niños, una de las iniciativas populares de norma constitucional que ha tenido más adhesiones por parte de la ciudadanía, con casi 19 mil firmas.

Recientemente, el borrador de la Nueva Constitución propone ocho normas que refieren a niños, en distintos ámbitos de su vida, consagrando derechos de participación, derecho al cuidado, derecho al deporte, derecho de los niños al resguardo de su identidad, el deber del Estado de otorgar asistencia jurídica especializada a niños, niñas y adolescentes y a participar en entornos digitales libres de violencia.

Sin embargo, el gran avance en esta materia lo constituye el artículo 11, que reconoce al niño como titular de derechos, consagrando los principios guía de la Convención sobre derechos del niño, esto es, derecho a la igualdad y no discriminación, el principio del interés superior del niño, el derecho del niño a ser oído en asuntos de su interés, a su autonomía progresiva y el derecho a su desarrollo integral. Se establece el derecho de los niños a ser protegidos contra toda forma de violencia, maltrato, abuso, explotación, acoso y negligencia e impone la obligación de contar con un sistema de protección integral de garantías de la niñez, como asimismo la existencia de mecanismos para su restitución, sanción y reparación.

Estas normas recogen el anhelo de la población respecto de este grupo, que es uno de los más vulnerables y, de aprobarse, por primera vez en la historia de Chile una Constitución reconocería los derechos de nuestros niños y establecería garantías específicas para asegurar su cumplimiento".

María Lorena Rossel
Académica investigadora de la Carrera de Derecho de UDLA Sede Viña del Mar

El derecho a la Familia y sus modalidades alternativas desde la perspectiva del niño, niña y adolescente

 

El derecho a la Familia y sus modalidades alternativas desde la perspectiva del niño, niña y adolescente


A la fecha, existe un soporte normativo internacional que aboga por el derecho de los niños, niñas y adolescentes de crecer en entornos protectores, de cuidados parentales afectivos y promotores de su desarrollo.  Desde los diferentes instrumentos internacionales sobre derechos humanos, se fortalece la presencia, importancia y responsabilidad de la familia como el escenario prioritario para propugnar los cuidados, vínculos y protección debida, teniendo como imágenes centrales a los progenitores y los parientes extendidos. Desde esta óptica, la sociedad civil, la comunidad y los Estados se articulan para acompañar y garantizar el goce pleno de derechos de la infancia.

Para los niños, niñas y adolescentes las familias son su historia, su identidad, el origen de sus vinculaciones y el desarrollo de sus afectos y habilidades; siendo muy sensible y particular su presencia para los menores de 6 años o quienes viven en situación de discapacidad. Sin embargo, existen situaciones que afectan al funcionamiento de las familias para ejercer estos roles de protección y cuidado.

La Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y los posteriores acuerdos universales y regionales a favor de la infancia, establecen como una prioridad la protección y el desarrollo de las niñas y niños, e insta a los Estados a garantizar el cumplimiento de sus derechos (UNICEF 2006). La pobreza, las movilizaciones forzosas, y todas las formas de violencia que afectan a las familias son directamente proporcionales a los cuidados, desarrollo y protección de los niños, niñas y adolescentes. Es así que en 2010 las Directrices sobre modalidades de cuidados alternativos de niñas, niños y adolescentes (Naciones Unidas), ponen en evidencia y nos alerta en evitar más separaciones familiares, que aumente la institucionalización, y que se incorporen diferentes estrategias que mantengan o reproduzcan los cuidados parentales necesarios.

Desde estas Directrices también es importante reivindicar los criterios o principios que respaldan el tratamiento ante la inminente separación de los niños, niñas y adolescentes de sus familias: el interés superior del niño como elemento central, valorar sus necesidades y la idoneidad para establecer la medida de protección alternativa más adecuada (Naciones Unidas 2019[1]). Sin embargo, muchas veces estas revisiones o criterios para el tratamiento no son representativos o reconocen las visiones de los niños, niñas y adolescentes; quienes mayoritariamente van a preferir mantener sus vínculos y acercamiento con sus familias biológicas. Todo esto representa la importancia de poner la atención a la dinámica familiar, a fortalecer sus capacidades protectoras y acompañar su desenvolvimiento frente a los diferentes problemas que las amenaza.

En diferentes encuentros infantiles y adolescentes (principalmente) se observa que cada vez más ellos y ellas están más empoderados sobre sus derechos, incluso haciendo llamamientos públicos para contrarrestar formas de castigo y violencias que reciben dentro del hogar; pero difícilmente se encontrará demandas por ser separados de sus hogares. Ellos y ellas quieren volver a sus hogares, incluso afectados por situaciones estructurales amenazantes, pero con sus familias ejerciendo ese rol cuidador y promotor de vínculos afectivos prósperos. De ahí el llamado no solo a los Estados, sino a la sociedad en pleno, a procurar evitar la separación y/o adaptar modalidades familiares alternativas transitorias; destacando la promoción y respeto a la participación de niños, niñas y adolescentes en todo el proceso.

A nivel normativo y programático, existen varios países de Latinoamérica que vienen generando las condiciones para la transformación de los enfoques de cuidado familiar ante la inminente separación familiar, promoviendo estas modalidades alternativas, tales como familia extendida, comunitaria, familias de acogimiento, etc., buscando así reducir la denominada “institucionalización” que tiene muchas consecuencias adversas para los niños, niñas y adolescentes. Desde la voces ejercidas por redes de egresados/as de programas de cuidado familiar, se prioriza la importancia de mantener los vínculos familiares originarios o extendidos. Pero, ¿dónde están las voces de los niños, niñas y de las y los adolescentes durante el proceso de análisis de la separación, de la asignación de la medida transitoria o de sus desenvolvimientos en el grupo familiar asignado?  No hay registros de estos indicadores, o al menos, desde la lógica o vista empática de ellos y ellas, lo que ameritaría grupos interdisciplinarios que demuestren el debido tratamiento durante todo el proceso.

Algunos indicios de estos métodos de relevamiento de las voces y la construcción de vínculos con los niños, niñas y adolescentes se observan a través de programas públicos y de intervención mixta con sociedad civil, a través de estrategias de acompañamiento personalizado a las familias, principalmente. Sin embargo, las valoraciones que se realizan a los programas no ponen el foco de atención o real impacto en las voces de ellos y ellas, siendo finalmente los principales beneficiarios/as.

La familia representa la base para construcción de vínculos, desde el afecto y promotores de la convivencia sana y respetuosa. Finalmente se trata de la atención, recuperación y restablecimiento de estos vínculos, pero que requieren del tratamiento y reivindicación de la participación de los niños, niñas y adolescentes. Mientras que se siga viendo o construyendo estas intervenciones alejadas de ellos y ellas, asumiendo lo que ‘es mejor’, los vínculos se hacen cada vez más distantes y fríos.

El Instituto Interamericano del Niño, la niña y adolescente viene trabajando en una Guía para promover la participación de ellos y ellas durante la implementación de medidas alternativas de cuidado familiar, a fin de no solo generar la debida información y orientación en un lenguaje accesible, sino también en instar a adultos (familiares, operadores públicos, etc.) a establecer puentes de diálogo y mejorar la empatía para la construcción de lazos. Todos somos, finalmente, parte de esta gran familia promotora y protectora de derechos de los niños, niñas y adolescentes de la región.

[1] Resolución A/RES/74/133 de 2019, “Promoción y protección de los derechos de la infancia”






 GSIA participa en su primera reunión como parte del Comité de Expertos de la Fundación Atresmedia para dar respuesta a los retos en comunicación y educación mediática de niños y jóvenes



La Fundación Atresmedia ha celebrado este miércoles la primera reunión de su Comité de Expertos. Con ella, ha quedado constituido el grupo de destacadas personalidades académicas y profesionales especializados en el ámbito de la educación, la información y la comunicación, la psicología, la sociología de la infancia y la juventud y la Administración que avalará los proyectos de la entidad en los diversos aspectos y competencias en materia de Alfabetización Mediática e Informacional (AMI), objetivo de la nueva etapa emprendida por la Fundación.


Este grupo de Expertos cumplirá así un rol de asesoramiento y orientación a la Fundación Atresmedia sobre las principales tendencias, retos y oportunidades de actuación en el ámbito de la AMI, y contribuirá a que sus proyectos tengan el mayor impacto posible entre niños y jóvenes y su entorno educativo. Asimismo, el Comité de Expertos velará por la correcta orientación pedagógica de todos los contenidos, materiales y acciones que desarrolle la Fundación.

El Comité de Expertos de la Fundación Atresmedia está integrado por:

  • El catedrático de Educación en Medios de Comunicación, presidente del Grupo Comunicar y presidente-fundador de la Red AlfaMed, Ignacio Aguaded.
  • El doctor en Ciencias de la Información y profesor de Comunicación Audiovisual y especialista en Educación y Comunicación, Joan Ferrés.
  • El presidente de Alfa-Media, Andrés Armas.
  • La vicepresidenta de IC Media, la federación de Asociaciones para la Calidad de los Medios, Marta Pellico
  • La jefa de Prensa del del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Rebeca Muñoz.
  • El director del Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado (INTEF), Julio Albalad.
  • El presidente de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), Nemesio Rodríguez.
  • La vocal de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Psicología de Madrid, Amaya Prado.
  • El vicepresidente del Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia (GSIA), Kepa Paul Larrañaga.
  • El director general de Human to Human (H2H), Luis Díaz.
  • La directora de European Youth Information and Counselling Agency (ERYICA), Eva Reina.
En su primera reunión, el Comité de Expertos ha debatido, entre otros aspectos, la importancia de trasladar la Alfabetización Mediática e Informacional a niños y jóvenes desde el entorno familiar y educativo, y se han analizado las nuevas disposiciones normativas que abren la vía para la introducción de esta disciplina en la Educación Primaria.

A raíz de esta nueva andadura, con la que la Fundación Atresmedia tiene la vocación de convertirse en una entidad de referencia en la Alfabetización Mediática e Informacional Fundación, la entidad ha estructurado su actuación en torno a tres ámbitos: investigación, sensibilización y aprendizaje, centrados en el impulso del pensamiento crítico, como herramienta fundamental para combatir la desinformación, en la promoción de la creatividad responsable y en el fomento de los valores, especialmente de aquellos relacionados con la alfabetización mediática como la libertad de expresión, la empatía, la tolerancia y el respeto.

Desde GSIA agradecemos la confianza depositada en nuestra asociación y garantizamos aportar toda nuestra sapiencia y experiencia para que así sea.





¿Cómo sería una investigación si respetara plenamente los derechos del niño?.

Abordar cuestiones éticas con los niños: un enfoque basado en los derechos del niño.

Laura Lundy, 
Michelle Templeton, 
Katrina Lloyd*. 

La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN o Convención) no menciona directamente la investigación, aunque de ella depende su implementación exitosa (Lundy y McEvoy, 2012). Sin embargo, eso no significa que el Convenio no tenga nada que ofrecer a los investigadores ni que sus disposiciones no se apliquen a ellos. Si bien los deberes principales en el CRC son de los gobiernos, se les exige que tomen medidas para garantizar que los derechos de los niños se respeten, protejan y cumplan, incluso a través de las acciones de otros, y esa obligación se extiende a la comunidad investigadora.

El Centro para los Derechos del Niño en Queen's acuñó el concepto de Enfoque Basado en los Derechos del Niño (CRBA) para investigar hace más de 15 años, después de una especie de epifanía en nuestro propio trabajo. En 2005, Laura Lundy propuso una conceptualización del derecho de los niños a ser escuchados en el artículo 12 de la UNCRC (ahora conocido ampliamente como el modelo Lundy) (Lundy, 2007). No pasó mucho tiempo para que la ironía nos diera cuenta: a los niños no se les había ofrecido espacio, voz, audiencia o influencia en nuestros propios estudios de investigación. Volteamos el espejo Lundy y nos hicimos esta pregunta: ¿cómo sería la investigación si respetara plenamente los derechos del niño?

Basándonos en la Declaración de entendimiento común de las Naciones Unidas sobre los enfoques de programación basados ​​en los derechos humanos , propusimos un CRBA para la investigación que es el siguiente:

  • Objetivo: la realización de los derechos humanos de los niños
  • Proceso: cumplimiento de los derechos humanos de los niños, incluidos, por ejemplo, los derechos a la participación, la seguridad y la no discriminación
  • Resultado: desarrollo de la capacidad de los niños para reclamar sus derechos y de los adultos para cumplir con sus obligaciones (Lundy y McEvoy, 2012).

Los proyectos del Centro siempre se enfocan explícitamente en los derechos humanos de los niños, pero comenzamos a analizarlos en busca de momentos clave para la toma de decisiones, resolviendo involucrar a los niños en esos momentos siempre que fuera posible. El resultado fue la invención de lo que ahora se conoce como Grupos Asesores de Investigación Infantil (CPAG) y Grupos Asesores de Jóvenes (YPAG)Si bien la investigación de acción participativa estaba bien establecida y la investigación entre pares estaba en aumento en ese momento (alrededor de 2006), buscábamos un enfoque que reconociera la realidad de que gran parte de la investigación académica está predeterminada y dirigida por investigadores profesionales. Lo que se nos ocurrió nos permitió actuar de manera compatible con los derechos humanos, combinando la experiencia de investigadores capacitados con la experiencia distintiva de los niños y jóvenes en las experiencias vividas por los niños.

El Comité de los Derechos del Niño ha dicho que debemos involucrar a los niños en cualquier lugar donde su contribución pueda mejorar la calidad de las soluciones (ONU, 2009). Y trabajar con CPAG y YPAG ciertamente ha valido la pena una y otra vez con los aspectos éticos de nuestros proyectos. En el nivel más simple, tienen un aporte en la redacción de folletos informativos, lo que nos ayuda a garantizar que, de hecho, es más probable que el consentimiento sea informado. En otras ocasiones, niños de 4 y 5 años nos ayudaron a idear una forma no estigmatizante de permitir que sus compañeros participaran en un estudio de fotovoz sin utilizar los datos de aquellos cuyos padres no habían dado su consentimiento (con la solución sensata que eludió al adulto investigadores que simplemente podríamos cambiar el diseño frontal de una cámara KidiZoom) (Lundy, McEvoy, Byrne, 2011). También nos han permitido cuestionar las decisiones de los comités de ética al proporcionar sugerencias sobre cómo garantizar el consentimiento voluntario en un estudio sobre un tema "sensible" (la competencia sexual de los jóvenes) (Templeton et al, 2020). De hecho, desde nuestra perspectiva, es difícil imaginar cómo la investigación puede ser informada, voluntaria y segura si no preguntamos a los niños qué significa eso desde su perspectiva y cómo ponerlo en práctica.

Una aplicación reciente de CRBA fue en el estudio Covidunder19, que creó una encuesta en línea para niños de 8 a 17 años sobre sus experiencias de sus derechos en las primeras etapas de la pandemia de Covid (Lundy et al, 2021). La encuesta estuvo disponible en 28 versiones de idiomas (incluida una lectura fácil) tanto en formato en línea como fuera de línea. Trabajando con una coalición de socios internacionales, liderada por Terres des Hommes, desarrollamos una encuesta con aportes de asesores infantiles de todo el mundo. Un YRPAG internacional compuesto por 18 niños (de 8 a 18 años) contribuyó al diseño de la encuesta, incluido el asesoramiento sobre cuestiones éticas clave.

Algunas de las cuestiones éticas que tuvimos que abordar son comunes a todas las encuestas en línea, incluida, por ejemplo, la obtención del consentimiento informado. Optamos por incluir información de consentimiento en la primera página de la encuesta. Se incluyó un hipervínculo a una versión descargable de la hoja de información aprobada que brindaba más información sobre la encuesta y lo que sucedería con los datos de los encuestados. La primera página contenía lo siguiente. La participación en esta encuesta es completamente voluntaria. Si decide participar, haga clic en 'SÍ' y luego en 'SIGUIENTE' a continuación y eso lo llevará a las preguntas de la encuesta. Si la casilla SÍ no estaba marcada, el participante no podía continuar con la encuesta. También se les dio instrucciones sobre cómo salir de la encuesta.'Si no desea participar, simplemente puede abandonar la encuesta haciendo clic en la X en la parte superior de la pantalla.' Si está de acuerdo y luego cambia de opinión, puede dejar de participar haciendo clic para salir de la encuesta. Puede omitir cualquier pregunta que no desee responder haciendo clic en el botón SIGUIENTE. Todos estos fueron redactados por investigadores adultos y luego revisados ​​y aprobados por los asesores de niños para asegurarse de que los niños los entendieran.

Otras cuestiones éticas que surgieron son más específicas de los niños. Por ejemplo, un tema clave fue si y cómo hacer preguntas sobre la seguridad de los niños y la protección contra daños cuando sabíamos que muchos niños podrían estar completando la encuesta en casa y en algunos casos en los que ellos mismos podrían no sentirse seguros. Algunas preguntas potencialmente sensibles sobre el abuso, sugeridas por una de nuestras organizaciones asociadas, llevaron a un debate sobre su idoneidad para una encuesta en línea. Se tomó la decisión con los asesores de niños de que este era un tema clave para algunos niños y que deberíamos preguntar al respecto. Sin embargo, aconsejaron que no se les pregunte a los niños si han vivido 'violencia', sino que se les pregunte si se sentían 'seguros' (más, menos o igual que antes del Coronavirus). Había una pregunta abierta en la que podían contarnos más y muchos optaron por hacerlo. También sabíamos que algunos niños podrían estar molestos por los problemas planteados en la encuesta y querrían apoyo. Algunos países socios proporcionaron los datos de contacto de sus líneas nacionales de asistencia para niñ@s, que se incluyeron en versiones nacionales específicas de la encuesta. Para otros, agregamos un hipervínculo al sitio web de Childline International para que los niños pudieran acceder al número de la línea de ayuda de su país.

El Centro para los Derechos del Niño ha estado realizando consultas globales en línea con niños, con el apoyo de una variedad de socios internacionales desde 2014. Hemos aprendido mucho en este tiempo, y gran parte de ese aprendizaje proviene de nuestros asesores infantiles. La escala del estudio Covidunder19, y el contexto en el que se realizó, centró nuestra atención directamente en los dilemas éticos en curso de este tipo de enfoque. Si bien los adultos estaban preocupados con razón de que los participantes no sufrieran daños, los asesores de niños fueron igualmente claros en que se les debería preguntar sobre todos los aspectos de sus vidas y trabajaron con nosotros para encontrar soluciones que lo permitieran. Desde la perspectiva de los derechos del niño, es imperativo garantizar que los niños puedan expresar sus puntos de vista libremente sobre 'todos los asuntos que les afectan'. En un CRBA, no es aceptable negar a los niños el derecho a ser escuchados únicamente sobre la base de que pueden sufrir daños. Más bien, existe una obligación inmediata de hacer todo lo posible para garantizar que estén a salvo y restringir el derecho solo si es necesario y de manera proporcionada. Seguir los consejos de los propios niños, como hicimos en Covidunder19, no solo es una forma obvia, sino también una forma de lograrlo que cumple con los derechos.

*Biografías de los autores

Laura Lundy es codirectora del Centro para los Derechos del Niño, Profesora de Derechos del Niño en la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y Trabajo Social de la Universidad de Queen, Belfast y Profesora de Derecho en la Facultad de Derecho del University College Cork. Es coeditora en jefe de la Revista Internacional de los Derechos del Niño. Su experiencia es en leyes y derechos humanos con un enfoque particular en el derecho de los niños a participar en la toma de decisiones, derechos educativos y la implementación de la CDN en leyes y políticas.

 

Michelle es coordinadora de proyectos de investigación en el Centro para los Derechos del Niño de la Queen's University Belfast. Tiene una amplia experiencia en la aplicación de la metodología del centro para realizar investigaciones participativas basadas en derechos con niños y jóvenes: el modelo Lundy. Su trabajo sobre los derechos y la participación de los niños abarca diversos contextos sociales y geográficos, y tiene un interés particular en facilitar el codiseño de material de investigación e intervenciones de salud y educación, con niños y jóvenes, para niños y jóvenes. Otra aplicación práctica de esta metodología es la coproducción de muchas versiones de textos legales, documentos de investigación, informes, etc. para niños/jóvenes, para hacer que la información sobre derechos sea accesible para los niños y jóvenes. 

Katrina Lloyd es profesora en la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y Trabajo Social y miembro del Centro para los Derechos del Niño (CCR) de la Queen's University Belfast. Es directora de Kids' Life and Times, una encuesta anual en línea de niños de 10/11 años en Irlanda del Norte. Tiene una amplia experiencia en la ejecución de encuestas y el análisis de datos cuantitativos. En los últimos años ha trabajado en conjunto con el personal del CCR para involucrar a niños y jóvenes en el desarrollo de cuestionarios.


Referencias:

Lundy, L. (2007). La 'voz' no es suficiente: conceptualización del artículo 12 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Revista británica de investigación educativa ,  33 (6), 927-942.
Lundy, L., McEvoy, L. y Byrne, B. (2011). Trabajando con niños pequeños como co-investigadores: Un enfoque informado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Educación temprana y desarrollo ,  22 (5), 714-736.
Lundy, L. y McEvoy, L. (2012). ¿Qué constituye un enfoque 'basado en los derechos'?. Estudios de derecho e infancia: problemas legales actuales ,  14 , 75. (Oxford: Oxford University Press)
Lundy, L et al. (2021). La vida bajo el coronavirus: puntos de vista de los niños sobre sus experiencias de sus derechos humanos. Revista Internacional de los Derechos del Niño ,  29 (2), 261-285.
Templeton, M., Lohan, M., Lundy, L. y Kelly, C. (2020). La preparación sexual de los jóvenes: conocimientos obtenidos al comparar la interpretación de un grupo asesor de jóvenes e investigadores. Cultura, salud y sexualidad ,  22 (9), 987-1000.
Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (2009 ). Comentario General No. 12 sobre el Derecho del Niño a ser Escuchado (ONU: Ginebra).

Investigación ética con niños, 

acceso a documento ERIC, español.


Qué es Ethical Research Involving Children (ERIC).
ERIC es una asociación de colaboración continua entre el Centro para Niños y Jóvenes de la Universidad Southern Cross, Australia, y la Oficina de Investigación de UNICEF, Innocenti.
ERIC tiene como objetivo ayudar a los investigadores y a la comunidad investigadora a comprender, planificar y realizar investigaciones éticas que involucren a niños y jóvenes en cualquier contexto geográfico, social, cultural o metodológico.
ERIC está motivado por una preocupación internacional compartida de que se respete la dignidad humana de los niños y se respeten sus derechos y bienestar en todas las investigaciones, independientemente del contexto. El elemento de importancia crítica para lograr esto es USTED: sus actitudes, valores, creencias, suposiciones y prácticas, ya que estos, en última instancia, dan forma a la experiencia de investigación para los niños mucho más que cualquier procedimiento escrito o lista de verificación.
Muchos investigadores informan que se sienten aislados en sus actividades de investigación, a pesar del creciente énfasis que se pone en el valor, la importancia y la legitimidad de la investigación que capta los puntos de vista y las perspectivas de los niños y jóvenes. Esta sensación de aislamiento aumenta cuando se trata de tomar decisiones informadas sobre cuestiones éticas y metodológicas complejas.
Este sitio web de ERIC ha sido diseñado específicamente para proporcionar un rico repositorio de información y recursos para ayudar a los investigadores y guiar y mejorar la investigación con niños. También tiene como objetivo fomentar la reflexión crítica, el diálogo y la colegialidad dentro y entre la comunidad internacional de investigación.