Dos pioneras en el Día de los Derechos de la Infancia, 20 de noviembre

Desde la Asociación GSIA felicitamos a todas las niñas, niños y adolescentes 
en este 20 de noviembre 2021, 
por ser el aniversario de tantas cosas positivas para ellos.

Para celebrarlo, aquí os traemos la historia de las dos hermanas Josefa (1883-1958) y Elisa Úriz Pi (1893-1979), pioneras de la moderna escuela, algo que hoy nos parece normal, pero debéis saber cómo era la educación hace 90 años y cuánto se ha avanzado, gracias a profesoras como estas hermanas.

Elisa  y Josefa Úriz Pi, hermanas

Pioneras en la Defensa de los Derechos del Niño 

y de la Escuela Moderna en España


Maestras de profesión, se considera a Josefa y a Elisa como las precursoras de la escuela moderna en España. Introdujeron los avanzados métodos educativos de María Montessori, Celestine Freinet, Ovide Decroly y Jean Piaget, entre otros, décadas antes de que comenzaran a generalizarse en el país.
Democratizaron las aulas eliminando las tarimas, se opusieron a los castigos, promovieron las asociaciones de padres y madres, sustituyeron los manuales por apuntes e introdujeron el comentario de texto sobre lecturas relacionadas con la realidad social...


Hace 80 años fueron pioneras en la defensa de los derechos de la infancia, porque propusieron que las Naciones Unidas establecieran 
tanto una Declaración Universal de los Derechos del Niño 
como la instauración de un Día Internacional de la Infancia. 


Carta de los derechos del niño

Acabada la II Guerra Mundial, y estando en el exilio parisino Pepita Úriz participa en la creación de la Carta de los Derechos del Niño, tres eran sus objetivos:

  • Asegurar unas condiciones adecuadas de vida para la infancia.
  • La igualdad de los niños ante la ley.
  • Todos los niños debían tener las mismas oportunidades de desarrollo físico e intelectual.
La iniciativa de elaborar una Carta de Derechos del Niño surge el año 1945 con una resolución asumida al año siguiente por la FDIM (Federación Democrática Internacional de Mujeres).
 
En febrero de 1947, Elisa preside en París una comisión específica con este objetivo en colaboración con la Unesco.

Y fruto de este trabajo, la ONU estableció, también un 20 de noviembre de 1959,  la Declaración de los Derechos del Niño, que se adelantó en 30 años a la actual Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada también un 20 de noviembre de 1989.

Elisa Úriz en el año 1949
Día Mundial del Niño

Elisa Úriz, en el marco de la Federación Democrática Internacional de Mujeres (FDIM), donde llegó a la secretaría general, propuso que cada 1 de junio se celebrara en todo el mundo una jornada para la infancia equiparable al 8 de marzo para la mujer. 

Tras años de trabajo, Naciones Unidas proclamó el Día del Niño, cita que muchos países siguen recordando en esa fecha.

 “Después, costó mucho que se mantuviera, porque dentro de la Federación había mujeres de muchas orientaciones políticas que apoyaban que cada país tuviera su propio día de la infancia”, declara Olga, cuya madre, Isabel Domínguez, sustituyó a Elisa como representante española en la FDIM

Participan en el Comité Patrocinador del Día Internacional del Niño que se celebra el uno de junio de cada año.  Junto a Pepita nos encontramos también a Pablo Picasso, Manuel Tuñón de Lara y al expresidente republicano José Giral.


¡¡¡¡Feliz día de la Infancia!!!!

os desea la Asociación GSIA.


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“La regulación de la comunicación audiovisual en España: la búsqueda de un consenso de mínimos para la protección de los derechos del niño”

Colaboran la Cátedra Iberdrola de Ética Económica y Empresarial-ICADE 
y la Cátedra de Comunicación en Infancia y Adolescencia-UCM

Tendrá lugar el próximo día 23 de noviembre, 9,15h 
presencial en la sede de la Universidad Pontificia Comillas 
y también podrán seguirse por streaming.

INSCRIPCIONES EN LOS SIGUIENTES ENLACES
ONLINE- https://eventos.comillas.edu/74505/
PRESENCIAL- https://eventos.comillas.edu/74520/
                       AULA P. MARTÍN DE NICOLÁS (E-308).

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'Hacer realidad la LOPIVI'. Acto Institucional por el Día Universal de la Infancia y la Adolescencia, 20 de noviembre.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha organizado el 18 de noviembre, el acto institucional por el Día Universal para los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, bajo el título 'Hacer realidad la LOPIVI'.


Acceso al video y las intervenciones de las personas profesionales y organizaciones
que han ayudado a hacer realidad nuestra #LeyDeInfancia.



🗣 La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, será la encargada de inaugurar el acto que contará con las intervenciones de Jorge Cardona, ex miembro del Comité de los Derechos del Niño y catedrático de Derecho Internacional en la Universidad de Valencia; Vicky Bernadet, resiliente de abusos sexuales infantiles y presidenta de la Fundación Vicky Bernadet; Tomás Luis Martín, magistrado del Juzgado de Violencia contra la infancia y la Adolescencia de Las Palmas de Gran Canaria (GSIA); Álex Roca, atleta y embajador de la Fundació FC Barcelona; Macarena Cespedes, vicepresidenta de la Plataforma de Infancia; y Nacho Álvarez, secretario de Estado de Derechos Sociales.
🎻 El acto será presentado por la actriz Itziar Castro y contará con el cierre musical de Aaron Lee, violinista y presidente de la Fundación Arte que Alimenta.

En el Acto institucional por el Día Universal para los Derechos de la Infancia y la Adolescencia han estdo los compañeros/as que han ayudado a hacer realidad nuestra #LeyDeInfancia.

Informe de ejecución del Comité de Lanzarote - Procesos de implementación.

del Comité Lazarote.

El informe aborda muchos aspectos del tema sumamente relevante de la violencia sexual contra los niños facilitada en línea y contiene recomendaciones para las Partes sobre cómo abordar los desafíos y corregir las deficiencias identificadas. 
El informe también incluye en su análisis las ideas y sugerencias de los propios niños.

El Comité también adoptó 3 informes de cumplimiento en el contexto del seguimiento dado por las Partes a su ronda de monitoreo urgente sobre "Protección de los niños afectados por la crisis de refugiados de la explotación y el abuso sexuales"
Estos informes se refieren a las Recomendaciones sobre el intercambio de información sobre sensibilización (R17), líneas telefónicas de ayuda a los niños víctimas (R32) y niños desaparecidos transfronterizos (R35), que pronto estarán disponibles en la página web del Comité de Lanzarote. 

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El Comité de los Derechos del Niño publicó sus decisiones en sus primeros casos de cambio climático, pero?.

16 niños de 12 países presentaron denuncia 
contra Argentina, Brasil, Francia, Alemania y Turquía,
ante el CDN (2019).

El Comité de Derechos del Niño de la ONU dictamina que 
los países tienen responsabilidad transfronteriza 
por los efectos nocivos del cambio climático.

No obstante hay  mucha frustración entre 
esos niños, niñas y adolescentes denunciantes, 
activistas  por la justicia climática.


La respuesta que recibieron los chicos y chicas activista por la justicia climática se ha dividido dramáticamente. 
Si bien algunos activistas han visto estos casos como una victoria, otros , incluidos algunos de los niños y jóvenes directamente involucrados , han sido muy críticos con el resultado. 

Tras las decisiones, ha habido muchos comentarios legales excelentes y recomendamos las respuestas de Aoife Nolan , John Knox , así como los resúmenes publicados por el observatorio de derechos del niño de la Universidad de Leiden y Child Rights Connect .

Comunicado del CDsN

GINEBRA (11 de octubre de 2021) - En un fallo histórico sobre los efectos nocivos del cambio climático en los derechos del niño, el Comité de Derechos del Niño ha determinado que un Estado parte puede ser considerado responsable del impacto negativo de sus emisiones de carbono en los derechos de los niños tanto dentro y fuera de su territorio.

El Comité de Derechos del Niño (CRC) publicó hoy su fallo, el primero de este tipo de un organismo internacional, después de examinar una petición presentada por 16 niños de 12 países contra Argentina, Brasil, Francia, Alemania y Turquía en 2019

Los niños afirmaron que estos cinco países, que eran emisores históricos y habían reconocido la competencia del Comité para recibir peticiones, no habían tomado las medidas preventivas necesarias para proteger y cumplir los derechos de los niños a la vida, la salud y la cultura. Los niños también argumentaron que la crisis climática no es una amenaza futura abstracta y que el aumento de 1,1 ° C en la temperatura promedio global desde la época preindustrial ya ha causado olas de calor devastadoras, fomentando la propagación de enfermedades infecciosas, incendios forestales, patrones climáticos extremos. , inundaciones y aumento del nivel del mar. De niños, afirmaron, se encontraban entre los más afectados por estos impactos potencialmente mortales, tanto mental como físicamente.

El Comité celebró cinco audiencias orales con los representantes legales de los niños, los representantes de los Estados y terceros intervinientes entre mayo y septiembre de 2021. También escuchó directamente a los niños. En esta histórica sentencia, el Comité concluyó que los Estados interesados ​​ejercían jurisdicción sobre esos niños.

“Los Estados emisores son responsables del impacto negativo de las emisiones que se originan en su territorio sobre los derechos de los niños, incluso los niños que pueden estar ubicados en el extranjero. La naturaleza colectiva de las causas del cambio climático no debe eximir a un Estado de su responsabilidad individual ”, dijo Ann Skelton, miembro del Comité. “Se trata de demostrar suficientemente que existe un vínculo causal entre el daño y los actos u omisiones de los Estados”, agregó Skelton.

En este caso, el Comité determinó que Argentina, Brasil, Francia, Alemania y Turquía tenían un control efectivo sobre las actividades que son fuentes de emisiones que contribuyen al daño razonablemente previsible a los niños fuera de sus territorios. Concluyó que se había establecido un vínculo causal suficiente entre el daño alegado por los 16 niños y los actos u omisiones de los cinco Estados a los efectos de establecer la jurisdicción, y que los niños habían justificado suficientemente que el daño que habían sufrido personalmente era significativo.

Sin embargo, el Comité no pudo pronunciarse sobre si los Estados partes en este caso específico habían violado sus obligaciones con la Convención sobre los Derechos del Niño . Los procedimientos de denuncia requieren que las peticiones solo sean admisibles después de que los denunciantes hayan llevado la reclamación a los tribunales nacionales y hayan agotado los recursos legales disponibles y efectivos en los países interesados ​​antes de presentar su denuncia ante el Comité.

Se puede acceder a la decisión aquí .

Aquí se puede acceder a la carta abierta del Comité a los niños y a la versión simplificada de la decisión .


Fuente CRIN, comentario a esa decisión del CDN.
Hemos estado reflexionando sobre las decisiones y estamos publicando nuestra opinión sobre lo que estas decisiones podrían significar para la lucha por la justicia climática, incluso para los niños y los jóvenes. Este artículo no pretende ser un resumen del caso o un análisis excesivamente legal de la denuncia, sino nuestra perspectiva sobre las decisiones.

No es una clara victoria o derrota para la justicia climática
Primero, estas decisiones no son una victoria o una pérdida para los derechos de los niños o la justicia climática.

Es importante reconocer que los niños, niñas y jóvenes que interpusieron esta denuncia finalmente no obtuvieron el resultado que buscaban: el Comité no consideró ni decidió si los Estados involucrados habían violado sus derechos y, por lo tanto, no pudo ordenar los recursos.

Muchos de los litigantes se sintieron claramente frustrados por el resultado, y la sensación de que los procedimientos legales se están moviendo con demasiada lentitud y rigidez para la urgencia y gravedad de la crisis climática se hace evidente.

Dicho esto, todavía hay muchas cosas positivas que pueden surgir de estas decisiones. Por primera vez, el Comité dejó claro que los Estados pueden ser responsables de los daños climáticos que ocurren más allá de sus fronteras. Esta es una luz verde significativa para futuros litigios ante el Comité. 

El Comité también estableció claramente lo que cualquier persona que presente una futura queja sobre el cambio climático debe demostrar para tener éxito. Cualquiera que esté planificando un litigio que involucre al Comité sobre este tema ahora tiene una idea mucho más clara de cómo hacerlo exitoso. 

Y finalmente, el Comité ha dado una dirección clara sobre cuándo podrá considerar las quejas climáticas. Esto es importante para los activistas, defensores y organizaciones que planean litigios por justicia climática sobre dónde es probable que tengan el mayor impacto. 

¿Quejas nacionales o internacionales?
La parte más controvertida de las decisiones para los defensores de la justicia climática ha sido el requisito de agotar los recursos internos: utilizar los tribunales nacionales o los mecanismos de denuncia antes de presentar una denuncia ante el Comité de los Derechos del Niño. Aquí es donde esta denuncia finalmente se quedó corta. 

En nuestra opinión, el Comité tenía pocas opciones sobre esta cuestión; está obligado por el tratado que creó el mecanismo de denuncia. Si bien existe un espacio absoluto para que el Comité considere directamente las denuncias cuando no hay forma de impugnar eficazmente las violaciones de los derechos del niño a nivel nacional, las dudas o suposiciones sobre la eficacia de las denuncias nacionales no son suficientes. 

Se trata principalmente de una cuestión jurídica, pero también es importante desde una perspectiva práctica. El procedimiento de denuncia del Comité de los Derechos del Niño es uno de los últimos recursos. Si el Comité socava el requisito de presentar quejas primero a través de los sistemas nacionales, haría inviable el proceso de quejas. El número de quejas que recibe aumentaría astronómicamente y la demora para todas las quejas se volvería interminable. Esto tendría consecuencias negativas para todos los que se acercan al Comité en todos los temas, ya sea que los niños sean deportados a países donde estarían en riesgo de persecución, los que intentan regresar a sus hogares después de estar detenidos en los campos de desplazados en el norte de Siria o los niños que buscan protección de la población local. violencia.

También podría tener un impacto negativo en los litigios que están actualmente en curso en los países en los que se centran estas decisiones ante el Comité si el Comité dijera que los sistemas jurídicos nacionales no pueden abordar las violaciones de los derechos del niño en el contexto de la crisis climática.

¿A dónde nos lleva esto?

Primero, es un mensaje de que el Comité no reemplazará el litigio nacional sobre el cambio climático. 

Dicho esto, nos encontramos en una etapa temprana en el desarrollo del mecanismo de quejas del Comité; en el momento en que se recibió esta queja, solo había dado su opinión sobre nueve casos. Ha habido relativamente pocos casos en los que es posible presentar una denuncia directamente al Comité sin recurrir primero a los tribunales y los mecanismos de denuncia nacionales. 

Podemos esperar mucho más debate sobre esto después de esta denuncia y puede haber algunos casos específicos de justicia climática en los que no hay forma de desafiar las violaciones de los derechos de los niños a nivel nacional, donde podría ser posible presentarse directamente ante el Comité. 

Parte de una imagen más grande
Quizás más que en cualquier otro tema de derechos humanos, existe un sentimiento abrumador, y totalmente justificado, de que no hay tiempo que perder en la lucha contra la crisis climática. Cada revés puede parecer que está haciendo retroceder una solución hasta que sea demasiado tarde. Pero necesitamos ver cada campaña, oportunidad y táctica como parte de un panorama más amplio. 

Ninguna acción ni un solo caso judicial solucionará la crisis climática; la escala del cambio necesario es simplemente demasiado grande. Eso no quiere decir que el litigio no pueda ser eficaz para impulsar las cosas, pero debemos tener una expectativa realista de lo que cada caso puede lograr y cómo encaja en el movimiento más amplio por la justicia climática. En CRIN, creemos que el Comité de los Derechos del Niño puede y debe ser una parte significativa de este proceso y, después de estas decisiones, ahora tenemos una imagen más clara del papel que puede desempeñar.  

Cualquiera que sea su opinión sobre estas decisiones, nada de esto debería quitarle nada a los activistas brillantes y dedicados que presentaron esta denuncia. 

Una vez más, son los jóvenes los que traspasan los límites de lo que es posible en la lucha por la justicia climática. 

VII JORNADA DE GSIA: El interés en el interés superior de niños, niñas y adolescentes. 24 de noviembre de 2021.

 

VII JORNADA DE GSIA: El interés en el interés superior de niños, niñas y adolescentes. 24 de noviembre de 2021.

La VII Jornada de GSIA se plantea como una aproximación al tema del superior interés desde una perspectiva legal, sociológica, desde la intervención social o desde la práctica jurídica. Pero, sobre todo, incluyendo el conocimiento de cuáles son realmente los intereses superiores desde el punto de vista de niños, niñas y adolescentes, cómo los conciben, cómo los sienten ellas y ellos mismos, y cómo deben así reconocerse y verse mejor representados.

Para ello la jornada se abre con la participación del profesor Manfred Liebel, autor del libro que da título a su ponencia, quien entiende los intereses de niños y niñas como la expresión de una situación de vida y de las experiencias relacionadas con la misma, y se cierra con una mesa compuesta por niños, niñas y adolescentes reflexionando sobre el concepto y su práctica. Entre medias estarán las intervenciones de reconocidos especialistas que hablarán desde la teoría y la práctica jurídica tanto como desde la intervención.

PROGRAMA COMPLETO
https://drive.google.com/file/d/1oh3FDdNLcUDq9PNQHr4dBYk8OtvxNmpe/view?usp=sharing

FORMULARIO de INSCRIPCIÓN:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdxf9QPwY9r80bM3PhJBrHpeRYXHyLk_8STxZVWZBdirL5Irw/viewform

Fuente 


Revista HDIA, mes de Noviembre, Revista GSIA.

 Hablando de Infancia y Adolescencia

La Asociación GSIA edita esta Revista de Prensa, mensual y digital,
que analiza la actualidad recogida por los medios 
en relación a la infancia y la adolescencia, 
aportando nuestro propio enfoque 
con distintos secciones, artículos y columnas de opinión.


Persisten las resistencias al reconocimiento
de las niñas, niños y adolescentes como ciudadanos activos del presente.

Caminar hacia la selección de lo hablado sobre la infancia y adolescencia en el mes de octubre nos exige una actitud claramente resiliente. Aceptar que estamos en un contexto caracterizado por la búsqueda del disenso y la conflictividad, implica aceptar que estamos normalizando la actitud de ir por el mundo “con el cuestionario de la dificultad”. Y efectivamente, desde esa mirada, el resultado anima más a la queja que a las propuestas.

Se entiende así el por qué encontramos en las noticias más diagnóstico y síntesis de problemas que propuestas de mejora. 
Lo que no se entiende, es que pasen desapercibidos los conceptos y valores, claramente paternalistas y pre Convención, que se escuchan en algunas declaraciones políticas. Entre ellas, y sólo como ejemplo “Los niños son de los padres, ¡y de nadie más!” realizada por Pablo Casado en Valencia, en octubre 2021.
Pero haremos el esfuerzo. Y una vez más, además de confirmar las resistencias y dificultades al reconocimiento de las niñas, niños y adolescentes como ciudadanos activos del presente, nos felicitamos de las noticias positivas que también vamos encontrando:
.- El 1º Consejo Estatal de Participación Infantil y Adolescente que se está poniendo en marcha.
.- El incremento del número de Ciudades Amigas de la Infancia de UNICEF en diferentes ciudades españolas.
.- La insistencia que los medios ponen en resaltar los riesgos que representan la utilización interesada de la infancia y adolescencia por las multinacionales de la comunicación; y las noticias sobre salud mental...
Y aniversario de la CDN, a la que la queda recorrido para socializar y afianzar los derechos escritos hace ya 32 años.  
Equipo GSIA.

Echar una lectura, siempre impactante, a nuestra "Presentación" que nos ofrece una reflexión contundente.   

No olvidar "Escaparate GSIA"  que se dedica a uno pilares que harán valer la implantación o no de la LOPIVI, como es su conocimiento, alcance y formación y sensibilización de toda la sociedad.  Sin esos la Ley Orgánica se puede quedar en nada. Pero en estos escasos 6 meses desde su aprobación ya se han puesto en marcha notables iniciativas de formación. Este "Escaparate GSIA" ofrece un buen muestra de ellas. Ese es el camino.

No te pierdas los Destacados de Blog y Noticias del GSIA donde resaltamos la próxima VII Jornada anual GSIA "El interés en el interés superior de niños, niñas y adolescentes. Claves, debates y aplicaciones prácticas" .

.- Acceso a números anteriores de la Revista "Hablando de Infancia y Adolescencia", y a un acceso directo al Blog HDIA de la Asociación GSIA.

.- Tras su remodelación nuestra web ofrece nuevas posibilidades.
Desde la web de la Asociación GSIA puedes acceder a la Biblioteca Virtual relativa a la infancia y la adolescenciaLegislación BásicaMonografíasArtículosWebs y Recursos Digitales


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El desarrollo social de menores adoptados internacionalmente e institucionalizados: habilidades sociales y relaciones con iguales a lo largo de la infancia y la adolescencia


Autora: Cáceres Campos, Isabel María
Otros: Moreno Rodríguez, María del Carmen; Román Rodríguez, Maite.

Editorial: Universidad de Sevilla. 
idUS: Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla.

Observaciones: Tesis doctoral leída en 2021 
en el Departamento de Psicología Evolutiva y 
de la Educación de la Universidad de Sevilla.





Resumen.
En una exhaustiva revisión acerca de las tendencias en la investigación sobre adopción, Palacios y Bodzinsky señalaban algunas líneas futuras de interés, entre las que se encontraba la necesidad de estudiar la integración social de los menores en sus grupos de iguales, en la escuela y en la comunidad. En los últimos años, se han realizado importantes esfuerzos por dar respuesta a esta pregunta. Sin embargo, la competencia social es un área compleja, que abarca diferentes conceptos y cuyo estudio exhaustivo requiere tener en cuenta aspectos como las características individuales de los menores, su conducta social, el contexto en el que esta se produce y las personas que le rodean y valoran la conducta. Por ello, abordar esta línea de investigación de forma comprehensiva implica estudiar a los menores en varios de sus contextos principales de desarrollo, considerando a múltiples informantes y a través de distintas metodologías. Precisamente esta es la tarea que se plantea en esta tesis doctoral. Para ello, se estudiaron las habilidades sociales y las relaciones interpersonales de menores adoptados internacionalmente de Rusia, de menores en acogimiento residencial y de un grupo de comparación de chicos y chicas de la comunidad. 

Los resultados de esta tesis doctoral evidenciaron que el desarrollo social de menores adoptados e institucionalizados se veía afectado por diversos factores. De entre las experiencias de adversidad temprana consideradas en este trabajo, la exposición prenatal a alcohol fue la que mostró un mayor efecto sobre la competencia social de los menores, de manera que quienes habían sufrido esta exposición mostraban menos habilidades sociales que quienes no habían estado expuestos. A lo largo de esta tesis doctoral también ha quedado patente la existencia de diferencias considerables entre la percepción de los propios menores, sus padres, cuidadores institucionales, del profesorado y de los iguales al evaluar la competencia social. 

Uno de los hallazgos destacables de este estudio tiene que ver con las amplias dificultades encontradas en las relaciones con iguales de los menores que han vivido experiencias de adversidad, especialmente en los adoptados internacionalmente. Entre estos menores se detectó un alto porcentaje de rechazo en el aula, que se mantuvo tanto en la infancia como durante la adolescencia. Estos hallazgos apuntan a que la escuela debe ser un objetivo prioritario de intervención. Tomar conciencia de estas dificultades y promover el trabajo integrado entre las familias, los centros de protección y las escuelas son aspectos fundamentales para promover el desarrollo social de estos chicos y chicas. 

En definitiva, los resultados de esta tesis doctoral contribuyen al conocimiento acerca del desarrollo social de menores expuestos a diversas experiencias de adversidad temprana y de protección posterior, remarcando las diferentes necesidades de intervención de estos grupos de menores, así como sus fortalezas y potencialidades. Así mismo, este trabajo abre nuevos interrogantes acerca del desarrollo diferencial de menores adoptados e institucionalizados y acerca de las conexiones entre la competencia social y otros ámbitos del desarrollo infantil. Con todo ello, este trabajo contribuye modestamente a la mejora en el desarrollo de los niños y niñas que pasan por experiencias de adversidad temprana, con el fin último de promover su bienestar en su entorno social. 

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IV Plan Local de Infancia y Adolescencia de Ayto. Madrid 2020-2023.

Para dar continuidad al compromiso con la infancia y adolescencia adquirido por el Ayuntamiento de Madrid y profundizarlo, se elabora el Plan Local de Infancia y Adolescencia de Madrid como una herramienta viva y abierta a su permanente revisión y mejora, que concreta para el periodo de 2020 a 2023 la política local en pro de la infancia y adolescencia residente en la ciudad de Madrid.
El Plan Local de Infancia y Adolescencia de Madrid fue aprobado por Acuerdo de 21 de enero de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el IV Plan de Infancia y Adolescencia 2020-2023.
Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 25 de enero de 2021