Artículo 1. Objeto.
1. El presente Convenio tiene por objeto:
a) Prevenir y combatir la explotación y el abuso sexual de los niños;
b) proteger los derechos de los niños víctimas de explotación y abuso sexual;
c) promover la cooperación nacional e internacional contra la explotación y el abuso
sexual de los niños.
2. Con el fin de asegurar la aplicación efectiva de sus disposiciones por las Partes, el
presente Convenio establece un mecanismo de seguimiento específico.
Acceso al Convenio (BOE de 12 de noviembre de 2010) Ratificación por el Estado Español
Según UNICEF, aproximadamente dos millones
de niños son utilizados en la “industria del sexo” anualmente. Más de 1
millón de imágenes de entre 10.000 y 20.000 niños víctimas de abuso
sexual circulan por Internet. Pocos de ellos han sido identificados. La
mayoría permanecen en el anonimato, abandonados y probablemente siguen
siendo víctimas de abusos.
No
existen estadísticas sobre el alcance del abuso sexual de menores en
Europa, pero es bien sabido que el número de casos denunciados dista
mucho del número de casos reales. Los datos disponibles muestran que en
Europa la mayoría de los abusos sexuales de menores se cometen en el
ámbito familiar, por parte de personas cercanas al niño, o per
tenecientes a su entorno social. La protección del menor contra la
violencia, especialmente la violencia sexual, ha sido, desde hace mucho
tiempo, una cuestión prioritaria para el Consejo de Europa.
Disponible en la Web de FAPMI [+]
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Fuente FAPMI
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