El Tribunal Constitucional ha publicado una sentencia pionera en la que establece que el interés superior del menor está por encima de la pugna por su custodia.





El Tribunal Constitucional ha publicado una sentencia pionera en la que establece que el interés superior del menor está por encima de la pugna por su custodia, a raíz del recurso de amparo que presentó la española Desirée Vicente porque la Audiencia Provincial de Madrid, sin valorar que la niña estaba integrada ya en España, la obligaba a entregar a su hija de 5 años al padre suizo residente en aquel país que además estaba imputado por un delito de violencia de género contra ella.

La mujer víctima de la violencia machista Desiré Vicente en una imagen de archivo.  EFE
La mujer víctima de la violencia machista
Desiré Vicente en una imagen de archivo.EFE
Se trata de la primera vez que el Constitucional aborda esta cuestión, para la que no existe doctrina y que está regulada en el Convenio de la Haya sobre la restitución de menores. No entra en el fondo de esta cuestión, se limita a evaluar los argumentos de la Audiencia Provincial de Madrid para ordenar la devolución de la niña y concluye que las circunstancias de la menor no fueron tenidas en cuenta, según informó Europa Press.

En concreto, la Sala Segunda del Alto Tribunal anula la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en marzo de 2015 porque considera que "vulnera el derecho fundamental" de la madre a "la tutela judicial efectiva sin indefensión" (24.1 de la Constitución), tal y como avanzó este jueves Europa Press.

Asimismo, ordena que se retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la citada resolución de la Audiencia para que el tribunal dicte una nueva "respetuosa con el derecho fundamental vulnerado", como recoge la sentencia.

Conforme explica el fallo de la Sala Segunda, en el procedimiento la Audiencia Provincial de Madrid no tuvo en cuenta que desde el momento en que el padre reclamó en vía judicial la restitución de la menor y hasta que se dictó sentencia habían pasado 20 meses, cuando el Convenio de la Haya establece que en estos casos, se debe resolver en el plazo de seis semanas.

"La dilación del procedimiento judicial no se ha debido ni a la tardanza en su iniciación ni al comportamiento del promotor del incidente sino a diversas vicisitudes procesales entre las que destaca la declinatoria por falta de competencia objetiva, al existir denuncias de violencia de género. Este Tribunal con la decisión que adopta constata que la lamentable dilación del procedimiento tendente a la restitución en las circunstancias excepcionales que presenta el caso enjuiciado no puede menoscabar el interés superior de la menor impidiendo valorar su situación actual de integración en el nuevo medio", sostiene.

"Este Tribunal con la decisión que adopta constata que la lamentable dilación del procedimiento tendente a la restitución en las circunstancias excepcionales que presenta el caso enjuiciado no puede menoscabar el interés superior de la menor impidiendo valorar su situación actual de integración en el nuevo medio", sostiene el Alto Tribunal.

Sobre la situación de la menor, que ahora tiene seis años, el TC indica que por exigencia del principio de interés superior de la misma, imponía una valoración, "omitida en la resolución impugnada", que ponderase el conjunto de circunstancias como la edad, el entorno y la convivencia habitual, incrementada con la presencia de un nuevo miembro en el contexto familiar (su hermano de ahora 16 meses) y la escolarización desde el año 2013 de la niña en España.

Esto último, a juicio del Constitucional, "genera el reconocimiento de la insuficiencia de motivación en la resolución impugnada, que es inherente al contenido constitucional del artículo 24.1 de la CE".

La abogada: "Se ha evitado un caso como el de Carrascosa"
En declaraciones a Europa Press, los abogados de Desiree Vicente, Almudena Mendoza y Juan Ramón Montero, advirtieron de que la actuación del Tribunal Constitucional evitó la restitución de la menor al padre suizo y haya acabado como el caso de la española Maria José Carrascosa, que estuvo en prisión en Estados Unidos, acusada de secuestrar a su hija pese a contar con la custodia en España.

Los abogados indicaron también que en el auto de la Audiencia se obvió la imputación del padre de la niña en un procedimiento penal y no acató la valoración del Juzgado de Violencia de Genero que alertó del riesgo de la menor. "Ha estado en busca y captura para declarar en el procedimiento penal y ni siquiera ha venidoa España a defenderse", advirtieron.

La primera agresión se produjo en Grecia en 2013 
Todo comenzó en agosto de 2013 cuando de vacaciones en Grecia con su pareja e hija, Desiree Vicente sufrió en la vía pública una agresión física de éste y el abuelo paterno de la niña, "en presencia de la menor y de varios testigos", según ella misma contó a Europa Press y documentó en su momento la policía griega, que envió a madre e hija a Madrid en el primer vuelo a España con ayuda del consulado.

Vicente explica que él, Philippe Kitsos, diputado suizo y concejal en la ciudad donde vivían los tres, obtuvo "en 24 horas" la custodia en un tribunal suizo aunque al tratar de ejecutarla en España, un Juzgado de Familia se lo negó.

El padre pide por primera vez la restitución de la menor en noviembre de 2013, alegando secuestro parental de menores, una petición que llega al Juzgado de Violencia contra la Mujer número 11, que desestima al considerar que "existe un grave peligro para la niña".

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