‘Empoderar a los jóvenes para construir la paz’.

Conferencia del presidente del OIJJ, Francisco Legaz, 
aborda la radicalización de los jóvenes en la 
Conferencia de la UNESCO ‘La juventud e Internet’
Fuente OIJJ

El pasado 16 y 17 de junio tuvo lugar en Paris la conferencia de la  UNESCO ‘La juventud e Internet: Luchando contra la radicalización y el extremismo’ (‘Youth and the Internet: Fighting Radicalization and Extremism’), en la que este organismo presentó su marco de acción integral al respecto, bajo el lema ‘Empoderar a los jóvenes para construir la paz’. 
El Dr. Francisco Legaz Cervantes, presidente del OIJJ y ponente en la conferencia, resaltó la necesidad de destinar recursos a la prevención e intervención tempranas para alejar a los jóvenes de este fenómeno. 

La conferencia de la UNESCO ‘La Juventud e Internet’ ha reunido a profesionales de distintos ámbitos con gran experiencia en temas de juventud y radicalismo. Estos expertos compartieron políticas, prácticas y procesos que han demostrado su efectividad, e identificaron las necesidades y carencias todavía por cubrir.
Desde su experiencia profesional en investigación e intervención socioeducativa con jóvenes en conflicto con la ley, Francisco Legaz expuso que “la vinculación de los jóvenes a grupos extremistas está frecuentemente más asociada a contextos de exclusión social, abandono escolar, frustración, inseguridad y desprotección, que a motivos ideológicos”.
El Dr. Legaz resaltó por tanto la gran importancia de lograr la prevención, detección y tratamiento de estos casos en una fase temprana “reforzando la educación, la integración sociocultural y la formación laboral” para desligar a los jóvenes del proceso de captación. “Sobre todo necesitamos que los jóvenes tomen parte en la generación de espacios y programas locales y comunitarios en los que se sientan aceptados, valorados y reconocidos” remarcó.
Para alcanzar estos objetivos, el Dr. Legaz resaltó que los profesionales que tratan con estos niños y jóvenes necesitan disponer de los conocimientos y herramientas para poder identificar y atender correctamente los casos de radicalización y extremismo, de manera que puedan dialogar de forma efectiva con los jóvenes sobre los riesgos y consecuencias asociados.
En consecuencia, el doctor Legaz apostó por el diseño e implantación de políticas de prevención e intervención basadas en modelos validados, que ofrezcan conocimientos especializados, recursos y herramientas a los profesionales de los distintos sectores implicados, tales como educación, protección social, seguridad y justicia. A la vez, incidió en la necesidad de la cooperación entre estos sectores a nivel nacional e internacional, para fortalecer y unificar estrategias en contra de esta realidad cuya expansión traspasa fronteras.
De igual forma, el plan de acción integral presentado por la UNESCO durante la conferencia incluye la intervención desde distintos frentes en cooperación, como son el apoyo a proyectos de investigación relevantes, un plan de capacitación a comunidades y actores clave en el ámbito online, así como campañas de sensibilización dirigidas a responsables políticos, líderes de opinión, y el público en general.
El objetivo último de este plan es que a través de todas estas acciones se consiga proveer a los jóvenes de los conocimientos y habilidades necesarios para hacer frente a los mensajes de radicalismo y extremismo que Internet les ofrece, de manera que puedan en su lugar “implicarse de manera cívica en el mundo online”, en palabras de la Directora General de la UNESCO, Irina Bokova.
La colaboración del OIJJ con la UNESCO en este ámbito forma parte intrínseca de nuestra misión y esfuerzos por alejar a los niños y jóvenes en riesgo de exclusión de los ciclos de violencia, delincuencia y crimen a los que conducen los mensajes radicales y extremistas, y así mismo facilitar su desvinculación y rehabilitación como miembros de una sociedad que busca la paz y el respeto mutuo.

Más información

Documento

Discurso del Dr. Francisco Legaz - Conferencia ‘La juventud e Internet: Luchando contra la radicalización y el extremismo'

Educación y TICs en Latinoamérica, Boletín SITEAL

NOTICIAS

SITEAL - Sistema de Información de Tendencias Educativas en América Latina SIPI - Sistema de Información sobre la Primera Infancia en América Latina
siteal_dialogo_pulfer

Diálogo con Darío Pulfer

En una conversación con Darío Pulfer, Director de la Sede en Argentina de la OEI y Director General de IBERTIC, se trató sobre la irrupción de las nuevas tecnologías en el escenario educativo latinoamericano.

MÁS INFORMACIÓN
unnamed

Diálogo con M. Teresa Lugo. Avances en la integración de las TIC en los sistemas educativos latinoamericanos

Al analizar la integración de las TIC en las escuelas de América Latina, María Teresa Lugo observa que esta región se distingue por ser la más desigual y hererogénea pero también la más proactiva en relación con la inclusión de las tecnologías en los sistemas educativos. "El sentido de las políticas TIC en nuestra región es aportar a que se enseñe más, mejor, pero también de una manera diferente".

MÁS INFORMACIÓN
siteal-informe_2014_completo-1

Informe SITEAL 2014: Políticas TIC en los sistemas educativos de América Latina

En este séptimo Informe se presenta un panorama de las políticas para la integración de tecnologías de la información y la comunicación en los sistemas educativos de América Latina, con el objetivo de identificar qué condiciones y qué alertas se tornan relevantes para las políticas públicas en la materia.

MÁS INFORMACIÓN

Cadena perpetua a niños.

CONDENAS INHUMANAS.






Según una investigación publicada por CRIN, los niños, niñas y adolescentes pueden ser condenados a cadena perpetua en 73 países del mundo. El nuevo informe,Condenas inhumanas: cadena perpetua a niños de todo el mundo (en inglés), revisa leyes de todos los Estados para analizar de qué manera los niños pueden ser condenados a cadena perpetua. Asimismo, examina qué nuevos regímenes de penas se han implantado en los países en los que se ha abolido la prisión perpetua. Este documento también presta atención a cómo se han empleado los mecanismos de derechos humanos a nivel internacional, regional y nacional para combatir la cadena perpetua para menores y qué posibilidades ofrecen a los activistas.
Para leer la información recopilada sobre los países hispanoparlantes y de las Ámericas en español, haz clic aquí.  


Cadena perpetua para niños de todo el mundo
Las sentencias a cadena perpetua abarcan un gran rango de prácticas: desde las formas más severas, en las que la persona es sentenciada a morir en prisión, hasta sentencias más indeterminadas; cuando son dictaminadas estas últimas, no dejan claro el tiempo que la persona condenada pasará en prisión. Lo que todas las penas tienen en común es que cuando son dictadas una persona probablemente pasará el resto de su vida en prisión.
La historia jurídica y la cultura han sido claramente influyentes en la abolición de la cadena perpetua. De los 73 Estados que permiten este tipo de condenas para niños, 46 se encuentran en la Mancomunidad de Naciones. Es difícil ignorar el impacto que la tradición del derecho penal británico ha tenido en los Estados de la Mancomunidad, entre los que se incluye un enfoque punitivo hacia las sentencias de menores. Por el contrario, casi todos los Estados de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa han prohibido este tipo de condenas para niños. Esto se debe a la influencia de las fuertes restricciones en las detenciones introducidas tras el colapso del régimen del Estado Nuevo portugués. La tradición jurídica española también ha sido en gran parte contraria a la cadena perpetua; práctica que está erradicada casi por completo en América Latina. Asimismo, en Europa este tipo de condena es cada vez menor. Tan solo tres Estados la mantienen claramente, mientras que otros tres continúan mostrando una posición ambigua al respecto.

La cadena perpetua, cuando se lleva a cabo con niños, adopta diversas formas:
En aproximadamente nueve Estados es legal sentenciar a un niño a una cadena perpetua sin libertad condicional, lo que equivale a un encarcelamiento de por vida para el menor. No obstante, solo Estados Unidos emplea actualmente esta sentencia.
Sin duda alguna, la manera más común de cadena perpetua a un menor es la que permite una detención de por vida pero sujeta a la posibilidad de ser puesto en libertad condicionalmente. Esta ley está vigente en 63 países.

La detención a discreción de los tribunales o del Ejecutivo figura entre las leyes de los 27 Estados de la Mancomunidad. Esta forma de sentencia se basa en la tradición de Derecho penal británico. En algunos sistemas jurídicos, la diferencia entre la sentencia mencionada anteriormente y la cadena perpetua pueden acabar siendo insignificantes. En Reino Unido, las provisiones de liberación son las mismas que las que se aplican a la cadena perpetua; mientras que en Kenia la puesta en libertad solo puede garantizarse si se emplea la prerrogativa de indulto. Por consiguiente, las provisiones de liberación quedan a voluntad del presidente y la cadena perpetua sin la posibilidad de libertad condicional serán oficialmente lo mismo.

Como parte de la investigación, CRIN ha publicado unos perfiles de países (en inglés) en los que se detalla la legalidad de la cadena perpetua en cada Estado. Asimismo, habla de cómo se define este tipo de condena y de la disponibilidad de otras sentencias de detenciones prolongadas en el Derecho nacional. También puede leerlos perfiles de los países hispanoparlantes y de las Ámericas en español

¿Cuántos niños se ven afectados?Uno de los objetivos de la investigación era determinar cuántos niños se ven afectados por las sentencias a cadena perpetua en todo el mundo; y se pueden encontrar algunas cifras en el informe y los perfiles. Desafortunadamente, no ha sido posible obtener una descripción más detallada. Mientras que varios Estados a menudo publican datos sobre sentencias del sistema de justicia de menores, ningún país hace públicas las estadísticas completas o actualizadas sobre el número de personas que cumplen cadena perpetua por delitos que cometieron siendo menores de 18 años. Además, tampoco revelan la cantidad de tiempo que dichas personas pasaron en prisión preventiva. Esta carencia de acreditación y de información actualizada, no solo dificulta que los Estados rindan cuentas por su trato a los niños, sino que también mina la capacidad de los países para participar en investigaciones basadas en revisiones de aplicación de sentencias y en fondos de rehabilitación.

Desarrollando normas internacionales
La comunidad internacional se ha centrado durante mucho tiempo en la cadena perpetua sin libertad condicional (LWOP, por sus siglas en inglés), un tipo de sentencia destacada en muchos tratados de derechos humanos. Pese a que la LWOP es, sin lugar a dudas, la cadena perpetua más severa, este enfoque ha servido para enmascarar formas de pena perpetua generalizadas y no tan evidentes. Pero en los últimos años, este planteamiento más limitado hacia la cadena perpetua de menores ha comenzado a cambiar. La Asamblea General primero instó a los Estados a considerar la derogación de los distintos tipos de cadena perpetua de niños en 2012. Asimismo, el Consejo de Derechos Humanos exhortó en dos ocasiones a los Estados a que eliminasen este tipo de condena para niños tanto en su legislación como en la práctica. A principios de este mes, el Relator Especial sobre la tortura confirmó que la cadena perpetua y las penas de larga duración son crueles, inhumanas y degradantes y reclamó la prohibición de esta condena hacia los niños en todas sus formas.
El informe registra el desarrollo de los estándares internacionales e incluye un análisis completo del modo en el que los mecanismos de los derechos humanos de las Naciones Unidas han instado a que los Estados rindan cuentas sobre la cadena perpetua de menores.

Combatir la cadena perpetua para niños
El informe desveló una gran variación entre las maneras en las que los tribunales regionales sobre derechos humanos habían respondido para impugnar la compatibilidad de la cadena perpetua y las normas de derechos humanos. Estas variaciones abarcan desde la prohibición categórica establecida por la Corte Americana de Derechos Humanos en 2013, hasta las restricciones progresivas impuestas por Estados Unidos en materia de cadena perpetua junto con la situación, todavía sin aclarar, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha abordado la cadena perpetua en adultos en los últimos años pero no ha aclarado cómo se aplicarán estos estándares a los niños.
El informe examina estos casos en profundidad con el fin de analizar cómo podrían enfocar los futuros retos en la lucha contra la cadena perpetua para menores. También puede consultar casos de cadena perpetua publicados a través de la base de datos legal de CRIN, a la que iremos añadiendo nueva información en las próximas semanas y meses.

La campaña continúa
Esta investigación forma parte de la campaña de condenas inhumanas de CRIN que fue puesta en marcha para continuar con el estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños. El estudio de la ONU determinó la eliminación de la pena de muerte, la cadena perpetua y las penas corporales como requerimientos básicos para suprimir la violencia de los sistemas de justicia juveniles.
Nosotros nos centramos en este tipo de sentencias en concreto no solo porque eliminarlas hará que los sistemas jurídicos de todo el mundo se pongan en completa conformidad con los derechos de los niños, sino porque figuran entre las violaciones de derechos más graves del sistema de justicia. Además, su erradicación debe ser un punto de partida en cualquier reforma significativa de la justicia de menores. CRIN cree que la erradicación de los castigos crueles, inhumanos y degradantes debe ser parte de un progreso mayor hacia un sistema de justicia que respete plenamente los derechos de los niños.

Para más información:

Dar el pecho en lugares públicos de Euskadi se convierte en un derecho

Eduardo Azumendi 


La nueva Carta de Derechos y Deberes de las personas en el Sistema Sanitario de Euskadi recoge por primera vez como un derecho de las mujeres amamantar a su bebé en cualquier espacio público.
Madres hacen una "tetada" protesta para que las dejen dar el pecho 
en el Museo Picasso de Málaga

La lactancia materna en pública nunca ha pasado desapercibida. Se trata de un debate que, en mayor o menor medida, no deja de generar polémica. Bien porque se trata de normalizar o porque las madres agraviadas protestan por miradas inquisitivas o comentarios reprobatorios. A partir de ahora, amamantar a los bebés en cualquier espacio público de Euskadi se ha convertido en un derecho con todas las de ley. 


El artículo 9 de la Carta, dedicado a la asistencia sanitaria específica referida a la salud sexual y reproductiva, refleja que las mujeres tienen derecho a ser “informadas y formadas en materia de lactancia materna con objeto de fomentar su utilización en la alimentación infantil” y a “ejercer el derecho a amamantar a los hijos e hijas en cualquier espacio público”. La anterior Carta de Derechos y Deberes estaba vigente en Osakidetza desde el año 1989 y la nueva va más allá de mero catálogo de derechos y aspira a promover un ética de máximos. Y por eso, incorpora, por primera vez, derechos vinculados directamente con la buena organización y gestión del sistema sanitario, derechos referidos a colectivos integrados por personas vulnerables, así como sobre las necesidades específicas de personas afectadas por enfermedades raras y relativos a la infancia, adolescencia, sexualidad, reproducción, ancianidad y final de la vida.

Entre las novedades destaca el derecho a amamantar en público, algo que, quien más y quien menos, podía dar por supuesto, pero que ahora no deja ningún lugar a las dudas. Precisamente, del 1 al 7 de agosto se ha celebrado en más de 170 países la Semana Mundial de la Lactancia Materna, destinada a fomentar la lactancia materna, o natural, y a mejorar la salud de los bebés de todo el mundo. Con la Semana Mundial se conmemora la Declaración de Innocenti, formulada por altos cargos de la OMS y el UNICEF en agosto de 1990 con el fin de proteger, promover y respaldar la lactancia materna. Según la OMS, la lactancia natural es el mejor modo de proporcionar al recién nacido los nutrientes que necesita y la recomienda como modo exclusivo de alimentación durante los seis primeros meses de vida. A partir de entonces se recomienda seguir con la lactancia materna hasta los dos años, como mínimo, complementada adecuadamente con otros alimentos inocuos.

Juan Luis Uría, presidente de la Asociación por el Derecho a la Salud, aplaude la nueva redacción de la Carta de Derechos y Deberes. “Cuando las cosas no están reguladas, siempre hay alguien que te puede llamar la atención, aunque parezca que lo que haces es de lo más normal, como dar el pecho a tu hijo, es decir, alimentarle. Ahora, ya no hay ninguna duda al respecto”.

¡Atención! Aquí hay niños debatiendo sobre filosofía: ‘Filosofía visual para niños’.

por    
.“Los niños van a pensar, aunque nos empeñemos en que no lo hagan”.
Necesitamos que los niños tengan voz, 
esa voz que muchas veces apaga el sistema educativo al que pertenecen.


A la izquierda
A la izquierda, la ilustradora Daniela Mortagón.
Junto a ella, Ellen Duthie. Foto: Roberto Villalón.


Ellen Duthie y Daniela Martagón son dos inconscientes, 
tres si sumamos en esta aventura a su editora, Raquel Martínez Uña. 
Tres inconscientes que se han empeñado con su ‘Filosofía visual para niños’ en que hacer pensar a los niños, a sus padres y a sus maestros, es una necesidad urgente para conseguir personas críticas. Si el mundo ya tenía demasiadas dudas sin resolver, ellas han venido para multiplicarlas y abrir algo que falta mucho en estos tiempos: el diálogo y el debate a partir de preguntas como ésta: ¿Matar hormigas te parece cruel?

Advertimos a todos los adultos que antes de seguir leyendo este artículo se hagan una sencilla pregunta: ¿Son ustedes de los que necesitan instrucciones o una guía exhaustiva para entender las cosas? Si la respuesta es afirmativa, quizá no deberían seguir leyendo. O quizá sí, quizá hoy deberían hacer una excepción. 
Porque Ellen Duthie y Daniela Martagón nos traen, en unas cajas muy atractivas, Filosofía visual para niños: 14 láminas que van a dar mucho que pensar, con más de 100 preguntas que se van a multiplicar en nuestras cabezas y en el intercambio dialéctico que vendrá después.

Filosofía visual para niños, de Wonder Ponder, es un proyecto que nace en un aula de niños de cuatro años
Cada dos semanas se reunía con ellos Ellen Duthie para realizar una sesión de filosofía para niños. Una iniciativa nacida de la mano de Matthew Lipman en 1970, que vio en la filosofía el modelo necesario para hacer una transformación de las prácticas educativas tradicionales, buscando el desarrollo cognitivo del pensar en detrimento de la repetición memorística de los conceptos.

En las primeras sesiones, Ellen Duthie abría el diálogo sobre un tema concreto en torno a un álbum ilustrado, a veces sobre algunas fotografías, donde viajaba con los niños en búsqueda de las teorías del por qué de las cosas. “Tratábamos de definir qué era un buen amigo, qué entendíamos por reparto justo, ¿siempre hay que repartir la tarta en tantos trozos como niños hay o más bien habría que repartirla dependiendo de sus necesidades, de si uno es más grande o tiene más hambre?”.

Un día, Ellen Duthie quiso tratar la crueldad con los niños y ahí todo cambió. 
No terminaba de encontrar el libro ilustrado que tratara el tema como ella necesitaba. Su cabeza pedía determinadas escenas y le trasladó esa inquietud a su amiga la ilustradora Daniela Martragón. Ella, en muy poco tiempo, preparó las escenas que Ellen necesitaba. “Cuando las utilicé en clase, enseguida vi que el enganche de las imágenes con el tema era directa. Los niños empezaron rápidamente a construir cosas. Nunca me había pasado eso en sesiones anteriores. Las escenas que Daniela había dibujado eran inmediatas, lo que no pasaba con los álbumes ilustrados”.

La primera sorpresa al abrir las cajas es que no nos vamos a encontrar por ningún lado con una guía exhaustiva de uso, sólo con una pequeña tarjeta orientativa. 
Hay tantas formas de usar Filosofía visual para niños como usuarios distintos se acerquen a ellas. Desde el enfoque más frívolo, donde simplemente echemos una sonrisa al ver las láminas de golpe. Hasta el enfoque más profundo, donde con un grupo de niños se organicen el debate y el diálogo como vehículos para el aprendizaje. Se pueden usar en modo individual o en modo grupal. Puede ser un material para niños o para adultos. Con tutorización o dejándoles al libre albedrío. Cualquier uso es correcto, siempre y cuando abramos las cajas sin prejuicios.

La idea fundamental del proyecto es provocar un divertido juego en las cabecitas de los más pequeños. Pero también en las cabezotas a menudo duras de los adultos. “Juega tú también, métete a pensar tú también con ellos. Los adultos que han utilizado las cajas se han quedado pegados a ellas mucho rato, porque no encuentran respuestas claras. Sobre todo porque pensaban que sí las tenían. Al principio es un choque brusco, pero enseguida empiezas a disfrutar. Y es que de repente hay un autorreconocimiento de tu incertidumbre y te entran una ganas terribles de ponerte a pensar”, nos cuenta Raquel Martínez Uña, editora del proyecto.
De momento están en el mercado Mundo cruel y Yo, persona, cada una con unos objetivos de trabajo muy concretos. Mundo cruel quiere hacernos reflexionar sobre el concepto de crueldad y sus derivados. Es una caja que quiere que hablemos con seriedad de este concepto con preguntas del tipo: ¿Matar hormigas te parece cruel?¿Crees que a veces los niños son crueles con los adultos?¿Cualquiera puede ser una víctima?

Yo, persona invita a asombrarte y reflexionar sobre dos preguntas muy cortas y no tan sencillas: ¿Quién soy? (¿Yo?) y ¿Qué soy? (¿Persona?). Si te atreves a adentrarte en la resolución de estas dos cuestiones, tendrás que tomarte tu tiempo y reflexionar sobre los puntos clave de cada una de las preguntas de cada lámina.
Pronto vendrán más cajas para tratar temas como la libertad, la realidad, la imaginación, la felicidad, lo posible y lo imposible.

El humor está muy presente en todo el proyecto y se nota al ver los dibujos de las escenas. “Empleamos el humor como forma de cuestionarnos cosas. Una escena te puede hacer gracia y te hace preguntarte cómo te sentirías si estuvieras pasando por esa vivencia. Te ayuda a cuestionarte todo lo que hay dentro de ti, a tomarte las cosas de una forma menos seria. Además, no hemos hecho algo especialmente bonito o cómodo, esa era la primera trampa de la que queríamos huir. Hemos intentado que haya varios niveles de lectura. Con un punto de humor, el juego engancha mucho mejor. Las escenas son ricas e interesantes, son para todos los públicos y poder afinar eso nos ha llevado mucho trabajo. Ningún adulto puede quedarse indiferente antes las escenas, como les pasa a los niños”, nos explica Daniela Martagón, que ilustra el proyecto.

Tanto Ellen como Daniela han hecho un esfuerzo muy grande a la hora de redactar las preguntas y elaborar las escenas, revisándolas minuciosamente para sacar el mayor partido posible de cada una de las 14 láminas. “Vamos a hacer siempre una pregunta desde el ángulo completamente opuesto al que puedas estar mirando las escenas. Las escenas y las preguntas están pensadas para que se dé la sorpresa tanto en el niño como en el adulto. Queremos jugar con ellos”. Incluso en el proceso de producción han trabajado duramente. Desde el primer momento querían un producto 100% hecho en España, sostenible, con gastos asumibles y sin que se disparara el precio final del producto.
VXeyB-tyGQRnP74uIsayln8iVTCz5xkKZZaZegKZc64
Los libros de filosofía visual para niños, ‘Mundo cruel’ y ‘Yo, persona’.

Los adultos que no son nadie sin las guías de uso tendrán que relajarse un poco ante este innovador material. “Tendrán que prepararse un poco una vez que abran las cajas, leerse las preguntas, posicionarse antes de iniciar la conversación, para así poder enriquecer el diálogo entre los niños. Para evitar que se vayan del tema, para ayudarles a concretar, para reconducir. Si no puedes salir del ‘yo necesito un libro de texto para trabajar’, este material quizás no sea para ti. Sé que no es un material que puedan utilizar todos los maestros”, afirma Ellen Duthie.

Estamos ante unas nuevas cajas de Pandora, donde de pronto salen un montón de cosas, algunas no tan positivas al principio por la dificultad que plantea no poder dar respuestas inmediatas a la amplia variedad de escenas que hay. Pero, en el fondo, estas cajas guardan la esperanza de poder construir diálogos por el simple hecho de cuestionar cosas porque sí. “Hacerse preguntas se convierte en una actividad gustosa para mí, es un material que abre más que cierra”, añade Ellen Duthie.
ohmF5LfD1nO00RO_w-UjnvPNrLZ2S6K9EOW0_FNQWUM
“Los niños van a pensar, aunque nos empeñemos en que no lo hagan”, interviene Daniela Martagón. 
Con nuestro proyecto, piensan más a gusto, piensan en grupo, contrastando ideas, pensamientos. En ningún momento queremos darles desde Filosofía visual para niños ideas que no tendrían de otras formas. Todo lo que planteamos son cosas muy cercanas, y que van a venir antes o después y no van a necesitar de un adulto para hablar de ellas. No estamos insertando ideas, son cosas que salen de ellos, de su día a día. Sí o sí. Los niños son felices con las cajas. Tienen más problemas los adultos. Pero cuando ven cómo los niños se desenvuelven a las mil maravillas con ellas, se relajan. Es simplemente filosofía para niños, que es menos rígida de los que podemos llegar a imaginar”.

Con preguntas no directivas, con un pequeña pregunta que empieza el debate en cada escena. “Estamos tan acostumbrados a partir de la lección que queremos insertar en el niño”, termina Ellen Duthie, “que nos cuesta mucho abrir la posibilidad de barajar respuestas alternativas que no habíamos programado”.
Seamos valientes y aceptemos este reto que nos plantean desde Wonder Ponder. Porque cuando un adulto no quiere buscar respuestas, oculta al niño la posibilidad de pensar. Necesitamos que los niños tengan voz, 
esa voz que muchas veces apaga el sistema educativo al que pertenecen

Leyes de la Infancia y de la Adolescencia entran hoy en vigor, 18 de agosto

Fuente ABC.es

Acceso a los textos de 

.- Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y 

.- Ley 26/2015 de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.


Siete claves para entender la Ley de la Infancia y la Adolescencia
Foto ABC

El sistema de adopciones, la regulación de los centros de menores, o el papel de los niños en los procedimientos judiciales y su protección frente a la violencia de género ejercida contra sus madres son solo alguna de las normativas modificadas con la flamante Ley de la Infancia y de la Adolescencia. 

En realidad se trata, según Salomé Adroher, directora general de Servicios de Familia del Ministerio de Sanidad «de dos leyes mellizas, que regulan a su vez 19 leyes, altamente consensuadas por todos los partidos políticos». 

Es también «la primera Ley del mundo que recoge las orientaciones que el Comité Internacional de los Derechos del Niño realiza en cuanto a los sistemas de protección a la infancia y la adolescencia», añade Jorge Cardona, miembro del Comité Internacional de los Derechos del niño.

Estas son las siete claves para entender los principales puntos de la norma:

1. Respuesta institucional ante casos de abandono o desamparo: 
Los proyectos reforman en profundidad la respuesta institucional al abandono o desamparo pues en la actualidad, hay 35.000 menores tutelados por las administraciones, 13.400 de ellos en centros de acogida, conforme explica el Ministerio de Sanidad.
—Se dará prioridad al acogimiento familiar por encima del residencial, lo que será preceptivo en caso de menores de 3 años, y ya no se requerirá intervención judicial. Estas familias recibirán valoraciones de idoneidad, como ya ocurre con las adoptantes, y responderán al Estatuto del Acogedor Familiar, donde se recogerán sus derechos y obligaciones. En todos los casos, será preceptivo un Plan Individual de atención que se revisará periódicamente.
—Se definen tres tipos de acogimiento familiar: De urgencia (para menores de 6 años con una duración no superior a 6 meses), Temporal (máximo dos años y se resolverá si el menor vuelve con sus padres o se decide una medida más estable, como la adopción) y Permanente (se constituirá pasados los dos años de acogimiento temporal y tendrá lugar cuando no sea posible la reintegración familiar o en casos de menores con necesidades especiales, si las circunstancias lo aconsejan).

2. Respecto a la adopción
Para menores en desamparo no será necesario el asentimiento de los padres biológicos si al cabo de dos años no han intentado revocar la situación y una vez iniciado el expediente, seguirá adelante si no comparecen tras la citación. Se unifican los criterios para las familias adoptantes y se introduce la restricción a quienes estén privados de la patria potestad de un hijo. La Ley contempla asimismo que los padres que hayan «devuelto» a niños adoptados no podrán volver a solicitar de nuevo la adopción.
—Antes de que el juez autorice la adopción, podrá iniciarse un periodo de convivencia entre el menor y la familia considerada idónea, evitando así el centro de acogida. Se introduce además la adopción abierta, que permite al menor en adopción mantener relación con miembros de su familia biológica, en lo que el juez contará con el visto bueno de la familia de procedencia, de la adoptiva y del propio menor.
—Mientras, se amplía a seis semanas el plazo de que disponen las madres que hayan dado a su hijo tras el parto para asentir en el proceso de adopción, trámite que no habrán de renovar al cabo de seis meses, como ocurre en la actualidad. Se introduce además el derecho de los niños adoptados a conocer sus orígenes, que podrán consultar su expediente cuando cumplan los 18, obligando a las entidades públicas a conservar la información de la que dispongan durante al menos 50 años.

3. Aislamiento y contención. 
 En materia de desamparo, se definirá con rango estatal las situaciones de los menores en riesgo y desamparo, limitando ésta a los casos de abandono, riesgo para la vida, salud o integridad física; o la inducción a la mendicidad, la delincuencia y la prostitución. En estos casos, se dará la tutela a la administración pública que, al cabo de dos años, podrá acordar su adopción o cualquier otra medida de protección. Pasado este plazo, sólo el Fiscal y no los padres, podrán impugnar la tutela.

4. Guarda voluntaria
En cuanto a la guardia voluntaria (la que solicitan los padres a la administración) se limita también a dos años para evitar que se cronifique, al cabo de los cuales o el menor vuelve con su familia o se dicta sobre él una medida de protección estable.

5. Trastornos de conducta. 
 Uno de los aspectos más novedosos de los proyectos es que por primera vez, se regularán los centros para menores con trastornos de conducta, comúnmente conocidos como «reformatorios», mediante una modificación de la Ley de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece que no podrán convivir estos menores con otros bajo tutela pública que no tienen diagnóstico de estas características, como viene sucediendo. De hecho, para el fiscal de Sala Coordinador de Menores de Menores Javier Huete, esta parte de la ley es «muy completa, y está muy bien estructurada, por lo que dada la complejidad del tema va a servir de guía para los directores de este tipo de centros».
—Se impone la orden judicial como requisito imprescindible para el ingreso salvo urgencia (se dan 72 horas de plazo en este caso) y se concreta el régimen disciplinario, estableciendo normas para el uso de medidas de seguridad, contención y aislamiento, que no podrán utilizarse como sanción y serán «el último recurso» en casos de defensa propia, intentos de fuga, resistencia física a una orden legal, o riesgo directo de autolesión, de lesiones a otros o daños graves a la propiedad.
—Estas medidas, como la contención mecánica o física que también regula el texto, deberán responder a un principio de proporcionalidad, durar el tiempo mínimo imprescindible y aplicarse por personal con formación específica. El aislamiento, también excepcional, será acordado por el director del centro y notificado a la Fiscalía, nunca tendrá carácter disciplinario y durará máximo seis horas. Nunca se podrán administrar medicamentos como sanción.

6. Requisitos para los profesionales que trabajen con niños. 
Otra de las novedades de la Ley establece como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con niños no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación. Los profesores, entrenadores y pediatras, entre otros profesionales, deberán presentar un certificado de idoneidad que tendrán que solicitar en el Registro de Penados de España del Ministerio de Justicia para garantizar que no han sido condenados por este tipo de delitos.

7. La protección de los menores víctimas de violencia de géneroLa protección de los menores víctimas de violencia de género es union de los pilares de la nueva Ley de la Infancia. Los jueces habrán de pronunciarse obligatoriamente sobre medidas cautelares de protección del menor, y entre ellas se recoge específicamente la suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con el inculpado. Si no acordara esto, el juez tendrá que precisar cómo se hará dicha comunicación y adoptará en todo caso las decisiones necesarias para garantizar la seguridad, integridad y recuperación del menor. Realizará un seguimiento periódico de la evolución. Otras novedades consisten en que al agresor se le suspenderá el abono de la pensión de viudedad desde el momento en que sea imputado, algo que ahora podía suceder, y que los menores tendrán acceso a la pensión de orfandad completa

Una Condena Compartida.














Elizabeth García. 
Infancia y Educación
Agosto 2015.

Todo lo que conocía del mundo eran aquellas cuatro paredes y una pequeña ventana… ¿cómo es el viento?, ¿cómo pincha una barba? 
¿A qué suena el silencio? ¿Y un perro? 
 Mamá, ¿qué es afuera? Afuera, hijo, afuera es un lugar.   
Imagen de la obra de teatro “Afuera es un lugar”

Según UNICEF: “La infancia es la época en la que los niños y niñas tienen que estar en la escuela y en los lugares de recreo, crecer fuertes y seguros de sí mismos y recibir el amor y el estímulo de sus familias y de una comunidad amplia de adultos. Es una época valiosa en la que los niños y las niñas deben vivir sin miedo, seguros frente a la violencia, protegidos contra los malos tratos y la explotación. Como tal, la infancia significa mucho más que el tiempo que transcurre entre el nacimiento y la edad adulta. Se refiere al estado y la condición de la vida de un niño, a la calidad de esos años”.
Hoy abordamos una realidad compleja y delicada. Hoy queremos hacer visibles a los bebés, niños y niñas que viven con sus madres en un centro penitenciario en España.

513-3

“La legislación española contempla el derecho de las madres a mantener a sus hijos con ellas hasta que cumplan los tres años” Art. 38 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.
En España existen en la actualidad 79 centros penitenciarios, de los cuales 4 cuentan con unidades de madres dentro del centro y  uno de ellos cuenta con una unidad familiar destinada a la convivencia de la madre y el padre encarcelados con su hijo/os menores de tres años.

Según el Informe de 2014 publicado por la Secretaría General de Instituciones Penitencias, hay más de 200 niños viviendo en los centros penitenciarios junto a sus madres.

Tras constatar que este segmento de la población encarcelada es el más vulnerable y con el fin de mejorar la situación en la que viven estos niños y niñas con sus madres, en 2005 se aprobó el “Plan de amortización y creación de centros Penitenciarios” en el que se contemplaba la creación de cinco Unidades externas de Madres. Una experiencia pionera en Europa.


Estas unidades son centros específicos, independientes de los centros penitenciarios y con un régimen de convivencia específico. Su objetivo es “crear un ambiente adecuado para que los niños puedan desarrollarse emocional y educativamente durante el tiempo que tengan que permanecer en el centro, a la vez que se favorece la reinserción social las madres”. Actualmente hay en funcionamiento 3 de los 5 centros contemplados.



Mª José Gea Fernández

Para entender mejor esta realidad hoy entrevistamos a Maria José Gea Fernández

María José es Licenciada en Sociología y Experta en Políticas Sociales de Infancia por la UCM. 

Pertenece a la Asociación GSIA, Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia

a la Red Temática Internacional GEISPE sobre Género y Sistema Penal. 

Su última publicación, de 2014, es Una condena compartida. Un estudio de caso sobre el control penal. Niñ@s y mujeres en régimen carcelario. (Tierradenadie Ediciones (May 2014))


Infancia y Educación.BulletMaría José ¿Cómo valoras la situación de los niños y niñas que viven con sus madres en las cárceles españolas? 
M.J.: Valorar la calidad de vida de las personas que viven en prisión es un tema complejo, pero la de los niños y niñas que acompañan a sus madres lo es aún más. El debate sobre si debe o no permitirse que éstos residan en las prisiones siempre ha girado en torno a la importancia de mantener o no el vínculo materno-filial pero sólo desde dos opciones: que puedan estar en prisión o que sean separados/as de sus madres. Esta dicotomía resalta la escasa entidad que representan aún en el Estado español las medidas alternativas a la privación de libertad: ¿mantener el vínculo? Sí, pero no desde el ingreso en prisión del niño/a sino desde evitar el ingreso de la propia madre. La etapa de la primera infancia se caracteriza por una necesidad de estímulos alta y por el mantenimiento de unos lazos afectivos seguros y permanentes. En este caso, la pobreza estimular, especialmente en las unidades de madres ubicadas en los centros penitenciarios, rodea la permanencia en el centro (desde limitaciones visuales, de contacto con otras personas, animales, acciones cotidianas como encender o apagar una luz, abrir o cerrar una puerta…). Todas estas cuestiones y muchas otras ponen en tela de juicio el cumplimiento de los derechos del colectivo de la infancia en prisiones de adultos, siendo el principal ejemplo la inexistencia de un protocolo de actuación para con estos niños y niñas y la no preparación específica de los funcionarios/as de seguridad que mantienen algún tipo de relación con ellos. 
Infancia y Educación.BulletDesde que comenzaron a crearse los módulos externos de madres se han reducido las unidades de madres dentro de los centros penitenciarios. Parece que esta medida es positiva porque supone una mayor adecuación a las necesidades de estos niños y niñas ¿Cómo valoras la creación de estos nuevos centros específicos? 


M.J.: Efectivamente los módulos externos de madres están mucho más adaptados a las necesidades de los niños y niñas, funcionan con un régimen más abierto y se encuentran fuera de los centros penitenciarios por tanto se ha producido un avance importante. Aún así, dicha reducción no está acorde con el número de plazas existentes en las unidades externas por lo que se puede prever una cierta masificación y lentitud en el acceso a este derecho. Además debo puntualizar que la existencia de las unidades externas no supone la desaparición de los módulos dentro de prisión, ya que hay perfiles delictivos que no tienen cabida en dichos centros por lo que es importante seguir luchando por mejorar las condiciones de vida de estos niños y niñas dentro del centro penitenciario.

Infancia y Educación.Bullet¿Qué otras medidas consideras necesarias para reducir el impacto negativo que tiene esta experiencia en el desarrollo de estos niños y niñas? 
M.J.: Las medidas específicas, especialmente si hablamos de las unidades de madres que se encuentran dentro de la prisión, girarían en torno a preservar los derechos de estos niños y niñas por encima de cuestiones de seguridad, eliminando cualquier acto de violencia a su alrededor (recuentos, registros…), suprimiendo barreras arquitectónicas y adaptando el espacio verdaderamente a la realidad que alberga, implantando un protocolo de actuación para el funcionariado y una preparación específica para trabajar con infancia, facilitando visitas personales y salidas, eliminando el locutorio además de muchas otras cuestiones que se denuncian desde los estudios existentes (ver Dossier módulo de madres de la prisión de Aranjuez). Aún así serían reformas necesarias pero no supondrían la adecuación del medio para que se diera una verdadera crianza. No se puede criar de una forma saludable entre cuatro muros de hormigón.

Infancia y Educación.Bullet¿Qué publicaciones existen de referencia en este ámbito?

M.J.: Existe escasez de estudios y publicaciones sobre este tema en nuestro país pero entre las principales obras de referencia se encuentran:

Otras publicaciones y artículos:
  • Marín, C. (1999). Niños en la cárcel con su madre: Pros y contras. España.
  • Naredo, María (2007). Reclusas con hijos/as en la cárcel en Almeda, Elisabet y Bodelón, Encarna (ed.) Mujeres y Castigo: un enfoque socio-jurídico y de género. Madrid: Editorial Dykinson.
  • Galera García, Laura (2008) Niños con sus madres en prisión: retos educativos, Universidad Complutense de Madrid, España.
  • Gea Fernández, Mª José (2014). Una condena compartida. La primera infancia tras los muros de una prisión.

513-3


” Afuera es un lugar”
Teatro para bebés y niños hasta 4 años.
Autora: Elisa Vargas León
Directora: Rosa Díaz
Compañía: Arena en los bolsillos

Nos encanta la idea de que las compañías de teatro piensen en los niños y niñas ¡y en los bebés!
Enhorabuena por vuestro trabajo y os deseamos muchos éxitos en la nueva temporada.
Estaremos pendientes de vuestro calendario de funciones para la primera infancia.





Mi sincero agradecimiento a Mª José Gea (entrevista) y 
a Elisa Vargas (autora de la obra “Afuera es un lugar”) por su generosidad, su tiempo y su implicación en la elaboración de este artículo ¡GRACIAS!