Comunicado de la Asociación GSIA
ante la modificación de la Ley de Aborto.
Las amenazas por fin se han cumplido, y el Grupo Parlamentario del
partido en el gobierno acaba de anunciar la presentación de una proposición de
ley, que previsiblemente resultará aprobada, dada la condición de mayoría
parlamentaria del grupo que la presenta. Se trata de la propuesta de
modificación del artículo 13.4. de la vigente Ley Orgánica de Salud Sexual y
Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, en el sentido de
eliminar el derecho que dicha ley otorga, en exclusiva, a las mujeres de 16 y
17 años, de prestar consentimiento para la interrupción voluntaria de su
embarazo.
Existen dos circunstancias alrededor de esta inminente modificación
que nos llevan a pensar que los derechos de las niñas se supeditan a unos
intereses políticos clientelares, que tratan de congraciarse con quienes se
supone que mantienen una idea de orden social que incluye a la paternidad
entendida como un derecho de propiedad. Por un lado, hay que recordar que, en
el trámite de aprobación de la ley vigente, al texto original se le añadió una
coletilla según la cual las mujeres de esta edad debían “informar” al menos a
uno de sus progenitores acerca de su decisión, salvo en casos excepcionales. De
otra parte, la propuesta de modificación actual viene precedida de la retirada
de otro proyecto de ley por el que se restringía el derecho a decidir respecto
a su embarazo, a todas las mujeres, de cualquier edad. En esta tesitura, la
eliminación del consentimiento de las niñas se ofrece como una especie de
premio de consolación a los grupos más contrarios a respetar la libertad de
elección de las mujeres, un decir: “¡ah! ¡por ahí no pasamos! ¡las niñas! ¡no
faltaría más!.
¿Y por qué las niñas? La infancia sigue representando, en nuestra sociedad,
un símbolo de pureza primigenia que se debe preservar, porque, de alguna
manera, los adultos sentimos así que preservamos algo de nuestra propia
inocencia original. Aunque para ello tengamos que cerrar los ojos a lo real. Lo
real en este caso es que las niñas, de acuerdo con nuestra legislación actual,
todavía pueden prestar consentimiento para mantener relaciones sexuales a los
13 años, y contraer matrimonio a los 16 y, en materia de salud, de acuerdo con
la ley básica de autonomía del paciente, es suyo el consentimiento informado
también a partir de los 16 años. Sin embargo, la decisión de interrumpir su
embarazo, o de seguir adelante con el mismo (aunque éste parezca ser un detalle
que se ha escapado a los conspicuos reformadores) no dependerá ya más de su
voluntad, sino de la de sus padres. Si en la legislación hasta ahora vigente,
la coletilla que antes hemos mencionado, parecía una patética pretensión de
imponer, por ley, una relación de confianza padres/madres-hijas, la
modificación que se propone llevar a cabo ahora pretende ignorar todas las
pautas y recomendaciones de organismos internacionales, con las que se
encuentra comprometida España, respecto a la interpretación de lo que es el
principio del “respeto al interés superior del niño o de la niña”, y de lo que
significa su derecho a expresarse libremente en todos los asuntos que les
afectan.
Solamente con fines de ilustración del anterior argumento, se puede
citar, como más reciente, la declaración final del Grupo de Trabajo de la ONU
sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en
la práctica en España, del pasado 19 de diciembre. Al respecto de la nueva
propuesta legislativa que ya se conocía en aquel momento, su comentario era el
siguiente: “Esta medida restringirá
aún más el acceso de las niñas a un aborto seguro y legal, y la carga de la
prueba recaerá en las niñas, que al notificar la situación a los padres podrán
verse expuestas a un riesgo”.
Dada
la aparente inevitabilidad de la aprobación de la propuesta en sede
parlamentaria, tendremos que prepararnos, los adultos que confiamos en la
capacidad de juicio y autonomía de niñas y niños, para evitar que el mal
augurio se cumpla.
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