La justicia española frente al abuso sexual infantil en el entorno familiar



Análisis de Casos
Save the Childen


Save the Children presento el día 27/9/12 el informe "La justicia española frente al abuso sexual infantil en el entorno familiar", en el que alerta de las graves deficiencias del sistema a la hora de dar respuesta a las víctimas,especialmente cuando se trata de niños muy pequeños.
En una serie de casos analizados, se pone de manifiesto que, ante la dificultad de acreditar los hechos en estos casos, debido entre otras razones a la corta edad de las víctimas, la Administración de Justicia tiende a archivar las causas sin investigar suficiente y diligentemente los casos, dejándolas en graves situaciones de desprotección y riesgo.


A partir del análisis de casos concretos y de autos de Audiencias Provinciales, hemos reconstruido el camino judicial que un niño o niña y su representante legal tienen que seguir en España para lograr protección y justicia en casos de abuso sexual infantil.

“Los casos y los autos analizados confirman que en España no se están aplicando estándares internacionales para la protección de los niños y niñas en el ámbito de la Administración de Justicia y que resulta urgente revisar la normativa y la práctica judicial”, explica Yolanda Román, Responsable de Incidencia Política.

Muchas veces se pone en duda la credibilidad de la víctima por su corta edad, o incluso, tras una prueba pericial, se archiva la causa por no poder obtener la información suficiente del niño o niña.

Almudena, de 5 años, ante la petición de de que represente lo vivido frente a cuatro adultos desconocidos se paraliza y renuncia a continuar el relato, tapándose el rostro con un abrigo. Este gesto y una forma muy madura de expresarse para su edad son interpretados por el juez y la fiscal como un indicador de falta de credibilidad de su testimonio y acuerdan el sobreseimiento de la causa porque la niña “no es nada creíble' y los indicios no son suficientes para probar el abuso sexual. En el mismo auto, el juez deniega la práctica de pruebas por innecesarias. Contra este auto, la madre interpone un recurso de apelación que actualmente está pendiente de resolución. (Extracto de uno de los testimonios del informe)

“La temprana edad debería ser un incentivo para esclarecer los hechos, no un impedimento añadido. No se puede exigir a un niño que se exprese como un adulto para poder probar los hechos que relata, lo que es exigible es que el Estado ponga en marcha todos los medios y las máximas cautelas para esclarecer los hechos y proteger al niño, pero lo que hemos visto es que ante la dificultad de probar hechos tan graves, los jueces prefieren archivar las causas” dice Román.

El informe ha detectado una barrera de partida: ni el niño o niña ni el progenitor que denuncia resultan creíbles para los jueces, fiscales y abogados, que suelen alegar falta de credibilidad de las víctimas o que éstas están manipuladas.

Cuando Raquel tenía 3 años de edad, al regresar del fin de semana de visitas con el padre, apareció con las braguitas manchadas de un líquido que podría ser sangre y quejándose de dolor en la vagina. En el hospital relató a los médicos que su padre “le había metido algo como un cuchillo”. El hospital denunció los hechos, pero el juzgado de instrucción tardó seis meses en iniciar la investigación, no dictó ninguna medida cautelar de protección y el examen forense de la niña se produjo un año después de la denuncia. Durante ese año, el régimen de visitas continuó como hasta entonces, a pesar de que los síntomas de la niña se incrementaban. La madre siguió cumpliendo con el régimen de visitas, ya que el abogado le aconsejó que de lo contrario podrían interpretar que existía manipulaci&o acute;n materna. Cuando por fin se produce el examen forense un año más tarde, se aprecia que el padre presenta coductas de riesgo para la niña. (Extracto de uno de los casos del informe)

Deficiencias en el sistema
Es llamativa además la falta de especialización de los profesionales que intervienen en los procesos judiciales de casos de abuso sexual infantil. Ni los jueces de instrucción, ni los fiscales, ni los abogados de oficio ni los equipos psicosociales o forenses de los juzgados que intervienen en el proceso tienen la obligación de especializarse. Esta falta de formación puede tener un gran impacto a la hora de impulsar la investigación, valorar adecuadamente las pruebas y, por tanto, decidir sobre el archivo de la causa.

Resultan preocupantes las deficiencias detectadas en todos los casos a la hora de determinar el interés superior del niño o niña y la falta de rapidez en los procesos. Además, en el ámbito civil se toman medidas sobre guarda y custodia y régimen de visitas, a veces cuando está abierto el proceso penal por los presuntos abusos sexuales, sin tener en cuenta los posibles abusos o riesgos para los niños.

“En ocasiones vemos que existe un régimen de visitas sin vigilancia, cuando todavía están investigando los abusos sexuales o no se han descartado vía penal, que pueden significar un peligro para el niño, ya que se les está obligando a vivir con su agresor”, añade Román.

Save the Children reclama, entre otras, la puesta en marcha de las siguientes recomendaciones:
- Aprobar una normativa que reconozca y promueva de manera expresa los derechos de los niños y niñas en los procesos judiciales.
- Asegurar la adecuada preparación y especialización de profesionales y metodologías adecuados.
- Garantizar asesoramiento e información especializada a los representantes legales de los niños y niñas que denuncien un caso de abuso infantil.
- Garantizar que no se repitan las agresiones a través de medidas de protección judicial.

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